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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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equipamiento de seguridad y zonas de navegación

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  • #16
    Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

    Buenas:
    Hace unos meses pase la ITB y le pregunte esto mismo al inspector.
    Me dijo que en la inspeccion te van a pedir el material de la zona para la que este despachado el barco, pero a la hora de navegar, solo debes llevar a bordo la obligatoria para la zona en la que estes.
    Es decir si vas a fondear en la playa de al lado, no tienes que levar la balsa salvavidas ni los botes de humo.

    Comentario


    • #17
      Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

      Originalmente publicado por jonam52 Ver Mensaje
      Pues os agradezco el comentario a todos porque hay cantidad de gente haciendo videos en youtube diciendo que segun el nuevo reglamento el barco tiene que ir equipado segun la categoria del mismo independientemente de la zona en que esté navegando...
      Parece lo mas lógico la verdad...
      Me he leido el decreto de 2021 y lo que me chirria es que en la introducción se diga que son normativas "europeas" cuando no es asi para nada... En Francia ya se permiten las cartas electronicas siempre que esten actualizadas y no se obliga a llevar ya las de papel, asi como el libro de faros, la señales, tablas de mareas, diario de abordo, etc... todo puede ser electronico. Me gustaria saber cuantos siguen todavia usando las cartas de papel y el sextante teniendo gps que son mil veces mas exactos... ¿que puede fallar la electricidad? pues si, pero tambien te puede llevar el viento la carta de papel al mar, romperse el sextante, etc etc etc....

      Si llevas cartas electrónicas tipo ECDIS ya no necesitas llevar cartas en papel, creo.

      Comentario


      • #18
        Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

        ECDIS (Sistema de información y visualización de cartas electrónicas) es un equipo que integra la lectura de cartas SENC en interfaz con otros equipos de navegación como GPS, Gyro, RADAR, ARPA, Echo Sounder AIS, etc.
        Para evitar tener cartas de navegación en papel es necesario tener 2 ECDIS a bordo, como es el caso en la Marina Mercante (SOLAS capítulo V).

        Comentario


        • #19
          Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

          Originalmente publicado por garrika Ver Mensaje
          Alguien ha podido preguntar en algún organismo cómo hay que interpretar la norma?
          El equipo de seguridad que ha de ir a bordo es el correspondiente a la zona de navegación en la que se encuentre la embarcación y para el número de personas que se encuentren a bordo en cada momento. Es independiente de la zona para la que esté despachada la embarcación. Y esto es así para todas las embarcaciones, independientemente de que tengan o no el marcado CE y de cuál sea el modelo de su certificado de navegabilidad (1414, 1313, 1212 y 1010).

          Hay tropecientos hilos en esta Taberna donde se explica esto, por ejemplo:




          Y lo aclaró la DGMM hace exactamente 10 años:

          El caso es que en el RD 1435/2010 se estableció el nuevo modelo de certificado de navegabilidad para embarcaciones de recreo (conocido como 1414) en el que desaparece el inventario del equipo al dorso de los certificados, figurando la declaración: "El patrón será responsable de navegar dentro de la zona permitida en función de la categoría de diseño, el equipo de seguridad, salvamento, contraincendios, navegación, prevención de vertidos por aguas sucias, equipo de comunicaciones, seguros de responsabilidad civil y de la titulación que posea para el gobierno de embarcaciones según la legislación vigente."

          Así las cosas, existían barcos de recreo con el certificado de navegabilidad modelo 1414 en los que no se especifica el inventario de equipo, figurando la declaración antes transcrita, y barcos con los certificados de navegabilidad antiguos, los modelos 1313, 1212 y 1010 en los que sí figura el inventario de equipo.

          Al ser tratados de distinta manera las embarcaciones según el modelo de certificado de navegabilidad y suponer una contradicción, ANAVRE formuló (hace ya varios años) una consulta a la DGMM para ver si los barcos de recreo con certificados modelos 1313, 1212 y 1010 tenían que llevar todo el equipo de seguridad a bordo para todas las personas autorizadas y para la zona para la que estuviera autorizada o si, por el contrario, deberían de ser tratadas de la misma manera que las embarcaciones con el modelo 1414 y llevar el equipo para la zona en la que se encontraran y las personas que hubiera a bordo.

          La DGMM resolvió, con toda lógica, que debería de ser así, que el equipo de seguridad que ha de ir a bordo es el correspondiente a la zona de navegación en la que se encuentre la embarcación y para el número de personas que se encuentren a bordo, independientemente del modelo de certificado de navegabilidad.

          Y para unificar criterios en las Capitanías la DGMM emitió en noviembre de 2013 (hace ya diez años) el siguiente oficio:


          Posteriormente, en cuanto al criterio a seguir con las embarcaciones con los certificados antiguos, equiparándolos al modelo 1414, la DGMM emitió en diciembre de 2013 la siguiente circular:


          Una de grog

          Comentario


          • #20
            Respuesta: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

            Eso se contradice un poco con lo que hacen (o hacían) a la hora de pasar la ITB, en donde miran para que zona tienes despachado el barco e inspeccionan el equipo de seguridad que llevas a bordo y que debe (o debía) de coincidir con lo necesario para dicha zona.

            ¿No inspeccionan ahora los equipos de seguridad en la ITB? Hace tiempo que no paso ninguna y con este barco la próxima me toca en junio de 2025.
            No terra sed aquis.

            Comentario


            • #21
              Re: Respuesta: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

              Originalmente publicado por flipk12 Ver Mensaje
              Eso se contradice un poco con lo que hacen (o hacían) a la hora de pasar la ITB, en donde miran para que zona tienes despachado el barco e inspeccionan el equipo de seguridad que llevas a bordo y que debe (o debía) de coincidir con lo necesario para dicha zona.

              ¿No inspeccionan ahora los equipos de seguridad en la ITB? Hace tiempo que no paso ninguna y con este barco la próxima me toca en junio de 2025.
              Yo la pase este año y mi barco tiene marcado CE , me pregunto para que zona la tenia y le dije que tenia lo necesario para 25 millas y me pidió y miro todo lo necesario para dicha zona .

              Comentario


              • #22
                Respuesta: Re: Respuesta: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                Originalmente publicado por lolomo Ver Mensaje
                Yo la pase este año y mi barco tiene marcado CE , me pregunto para que zona la tenia y le dije que tenia lo necesario para 25 millas y me pidió y miro todo lo necesario para dicha zona .
                Eso es lo que recuerdo, inspección en función de la zona de despacho.
                No terra sed aquis.

                Comentario


                • #23
                  Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                  Sabiendo la empanada mental que tienen la DGMC, las Capitanías y los inspectores, ¿de verdad merece la pena seguir soportando ITBs inútiles si por el mismo precio de una nos podemos librar de todas - y de paso, de un buen número de estupideces delirantes - para siempre?

                  No lo entiendo...

                  Saludos y
                  Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

                  Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)

                  Comentario


                  • #24
                    Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                    Originalmente publicado por chukel Ver Mensaje
                    El equipo de seguridad que ha de ir a bordo es el correspondiente a la zona de navegación en la que se encuentre la embarcación y para el número de personas que se encuentren a bordo en cada momento. Es independiente de la zona para la que esté despachada la embarcación. Y esto es así para todas las embarcaciones, independientemente de que tengan o no el marcado CE y de cuál sea el modelo de su certificado de navegabilidad (1414, 1313, 1212 y 1010).

                    Hay tropecientos hilos en esta Taberna donde se explica esto, por ejemplo:




                    Y lo aclaró la DGMM hace exactamente 10 años:

                    El caso es que en el RD 1435/2010 se estableció el nuevo modelo de certificado de navegabilidad para embarcaciones de recreo (conocido como 1414) en el que desaparece el inventario del equipo al dorso de los certificados, figurando la declaración: "El patrón será responsable de navegar dentro de la zona permitida en función de la categoría de diseño, el equipo de seguridad, salvamento, contraincendios, navegación, prevención de vertidos por aguas sucias, equipo de comunicaciones, seguros de responsabilidad civil y de la titulación que posea para el gobierno de embarcaciones según la legislación vigente."

                    Así las cosas, existían barcos de recreo con el certificado de navegabilidad modelo 1414 en los que no se especifica el inventario de equipo, figurando la declaración antes transcrita, y barcos con los certificados de navegabilidad antiguos, los modelos 1313, 1212 y 1010 en los que sí figura el inventario de equipo.

                    Al ser tratados de distinta manera las embarcaciones según el modelo de certificado de navegabilidad y suponer una contradicción, ANAVRE formuló (hace ya varios años) una consulta a la DGMM para ver si los barcos de recreo con certificados modelos 1313, 1212 y 1010 tenían que llevar todo el equipo de seguridad a bordo para todas las personas autorizadas y para la zona para la que estuviera autorizada o si, por el contrario, deberían de ser tratadas de la misma manera que las embarcaciones con el modelo 1414 y llevar el equipo para la zona en la que se encontraran y las personas que hubiera a bordo.

                    La DGMM resolvió, con toda lógica, que debería de ser así, que el equipo de seguridad que ha de ir a bordo es el correspondiente a la zona de navegación en la que se encuentre la embarcación y para el número de personas que se encuentren a bordo, independientemente del modelo de certificado de navegabilidad.

                    Y para unificar criterios en las Capitanías la DGMM emitió en noviembre de 2013 (hace ya diez años) el siguiente oficio:


                    Posteriormente, en cuanto al criterio a seguir con las embarcaciones con los certificados antiguos, equiparándolos al modelo 1414, la DGMM emitió en diciembre de 2013 la siguiente circular:


                    Una de grog

                    Hace 10 años mandaron ese escrito, pero la actual normativa es de Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo

                    Comentario


                    • #25
                      Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                      Originalmente publicado por garrika Ver Mensaje
                      Hace 10 años mandaron ese escrito, pero la actual normativa es de Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo
                      ... que tampoco aclara nada...

                      El problema es que los superlistos de la DGMC no saben redactar normativa, la lían y luego tienen que desdecirse con infinidad de circulares, escritos y papelitos, que sólo mandan a quienes les interesa, y que tampoco saben anular cuando ya no valen.

                      En fin, dan ganas de reír por no llorar.

                      Saludos y
                      Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

                      Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)

                      Comentario


                      • #26
                        Respuesta: Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                        Originalmente publicado por Apagapenol Ver Mensaje
                        Sabiendo la empanada mental que tienen la DGMC, las Capitanías y los inspectores, ¿de verdad merece la pena seguir soportando ITBs inútiles si por el mismo precio de una nos podemos librar de todas - y de paso, de un buen número de estupideces delirantes - para siempre?

                        No lo entiendo...

                        Saludos y
                        ¿Abanderar en Polonia dices?

                        Tengo varios amigos que lo hicieron y están contentos. Yo de momento estoy despachao hasta junio de 2025, cruzaré ese puente cuando llegue a él.

                        Al final es un barco pequeño, zona 4, lo único preocupante el VHF si quiero poner DSC y AIS y el puto tanque de KK que no se donde meterlo.

                        El problema es que no veo yo un velero que se llama Santa Cruz como la caravela, he decidido no cambiarlo, con una bandera polaca en el culo. Se me hace raro.
                        No terra sed aquis.

                        Comentario


                        • #27
                          Re: Respuesta: Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                          Originalmente publicado por flipk12 Ver Mensaje
                          ¿Abanderar en Polonia dices?

                          Tengo varios amigos que lo hicieron y están contentos. Yo de momento estoy despachao hasta junio de 2025, cruzaré ese puente cuando llegue a él.

                          Al final es un barco pequeño, zona 4, lo único preocupante el VHF si quiero poner DSC y AIS y el puto tanque de KK que no se donde meterlo.

                          El problema es que no veo yo un velero que se llama Santa Cruz como la caravela, he decidido no cambiarlo, con una bandera polaca en el culo. Se me hace raro.
                          Hay montones de barcos con bandera española y nombre guiri.
                          Las criaturas de la luna huelen y rondan las cabañas.
                          Vendrán las iguanas vivas a morder a los hombres que no sueñan.

                          Comentario


                          • #28
                            Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                            El tema es, a la hora de pasar la ITB, ¿pueden pedirte que muestres a bordo todo el material para la zona máxima del certificado?

                            Me explico:
                            una cosa es que pidan que muestres la baliza o la emisora con DSC, que son artículos ligados al barco por MMSI y matrícula y me parece necesario que estén abordo,

                            y otra diferente la pirotecnia o chalecos o una balsa salvavidas que puedes alquilar según necesites o no.


                            ¿Alguien puede aclararlo con experiencia reciente?

                            Graciassss

                            Newton

                            El movimiento se demuestra andando.

                            Comentario


                            • #29
                              Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                              Originalmente publicado por garrika Ver Mensaje
                              Hace 10 años mandaron ese escrito, pero la actual normativa es de Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo
                              El artículo 12 del Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo, por el que se regula el equipo de seguridad y de prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo es claro, el equipo de seguridad será el de la zona de navegación en que se encuentre la embarcación:

                              Artículo 12. Material náutico.
                              1. Las embarcaciones de recreo, en función de la zona en la que se encuentren navegando, deberán disponer del material náutico indicado en la siguiente tabla:



                              Originalmente publicado por Newton Ver Mensaje
                              El tema es, a la hora de pasar la ITB, ¿pueden pedirte que muestres a bordo todo el material para la zona máxima del certificado?

                              Me explico:
                              una cosa es que pidan que muestres la baliza o la emisora con DSC, que son artículos ligados al barco por MMSI y matrícula y me parece necesario que estén abordo,

                              y otra diferente la pirotecnia o chalecos o una balsa salvavidas que puedes alquilar según necesites o no.


                              ¿Alguien puede aclararlo con experiencia reciente?

                              Graciassss

                              En las 3 ITB que he pasado con este barco (con dos empresas distintas), nunca me han comprobado el equipo de seguridad.

                              Como por aquí se dice que hay inspectores que lo piden, la última vez que la pasé se lo comenté al inspector y me dijo que si quería comprobábamos que estuviera todo por si me paraba la GC, pero que el informe no tenía por objeto comprobar ni si el equipo de seguridad estaba a bordo ni si estaba OK (sin caducar), que eso era mi responsabilidad cuando estuviera navegando.

                              Una de grog

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                              • #30
                                Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                                Originalmente publicado por Newton Ver Mensaje
                                El tema es, a la hora de pasar la ITB, ¿pueden pedirte que muestres a bordo todo el material para la zona máxima del certificado?

                                Me explico:
                                una cosa es que pidan que muestres la baliza o la emisora con DSC, que son artículos ligados al barco por MMSI y matrícula y me parece necesario que estén abordo,

                                y otra diferente la pirotecnia o chalecos o una balsa salvavidas que puedes alquilar según necesites o no.


                                ¿Alguien puede aclararlo con experiencia reciente?

                                Graciassss
                                En la normativa está muy claro, el material de seguridad tiene que ser el correspondiente a la zona de navegación. Por lo tanto, puedes tener un barco de categoria oceánica y si solo navegas en zona 6 no necesitas ni emisora ni radiobaliza, ni balsa ni nada de lo demás, por más oceanico que sea el barco.. o ¿es que no puede uno comprarse un barco oceánico y salir solo a menos de 2 millas para darse un baño o pescar un rato y volver a puerto? conozco a mucha gente que no lo mueven más...



                                PD: es que estamos acostumbrados a que siempre nos compliquen la vida que para una vez que lo ponen facil se nos hace raro y nos entran dudas!
                                Editado por última vez por jonam52; 21/11/2023, 13:01:11.

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