VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Registrar un minicat 310?

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  • #16
    Re: Registrar un minicat 310?

    Como no tengo facebook les he enviado un email y me han dicho que no dan numero de bandera a ese modelo.

    Comentario


    • #17
      Re: Registrar un minicat 310?

      Es un artefacto de playa, no le des más vueltas. No creo que nadie te vaya a buscar las cosquillas, salvo que cometas una irresponsabilidad, delito, o alguna otra desgracia. En este caso ni por muchos papeles que te den, ni por muy almirante en plaza que seas te vas a librar de lo que toque.
      No tiene sentido que pidas licencia federativa, y menos número de vela, que lo da la clase a la que pertenezcas y no la fede, y tu embarcación, que no es de competición, solo podría optar a interserie si te dieran rating un medidor oficial, cosa que dudo, ,y sino está en el listado del schr (small catamarán hándicap rating) no puedes competir.
      Le puedes poner el número que quieras a la vela, y los dibujitos que quieras. Yo sacaría un buen seguro y me preocuparía en saber manejar bien la embarcación para asumir los riesgos que conlleva.

      Comentario


      • #18
        Re: Registrar un minicat 310?

        Lo del número de vela tampoco te hace falta. Eso es para barcos exclusivamente de regatas exentos de cualquier obligación de registro más que la federativa, tipo los Mini transat, los de la Vendée Globe y así.

        La ventaja de un Estado de Derecho reside en que las normas son públicas y accesibles a cualquiera. Y en las normas está clarísimo, como hemos indicado varios:

        No, no tienes que inscribir ni registrar ni matricular ni abanderar.
        No, no tienes porqué tener licencia federativa.
        No, no tienes porqué tener número vela registrado federación.
        No, no tienes obligación de asegurar responsabilidad civil.
        No, no le es aplicable el Rd 339/2021 sobre equipos de seguridad.

        Tu navegación viene limitada por la certificación del fabricante: En cuanto a número de personas, 2, y en cuanto a categoría D del barco, que lo restringe a zona 7 y determinadas condiciones de viento y ola.

        Después ya está el sentido común. ¿Llevar chaleco salvavidas? Conviene. ¿Asegurarlo? Conviene. ¿Llevar algún medio de contacto por si acaso? Conviene.

        En España ya estamos muy limitados por la legislación "por nuestro bien", para alguna cosa en la que estamos libres de más controles, permisitos, tasas e historias, es que nos cuesta trabajo hasta creerlo. No lo estropeemos.

        Saludos

        Comentario


        • #19
          Re: Registrar un minicat 310?

          De ahi se deduce que una embarcacion a vela puede navegar por donde quiera en la zona 7 sin inscripcion, seguro y equipo de seguridad?

          Y yo, comprobado en Capitania, que navego en la misma zona con una neumatica a motorcillo me exigen todo eso por no navegar a vela?

          Aqui hay algo que no cuadra y me huelo que nuestro cofrade se la juega con la guardia civil si sale asi sin mas a la brava sin ningun equipo ni seguro.

          Insisto que hable con Capitania al respecto.

          Comentario


          • #20
            Registrar un minicat 310?

            Es que no es una embarcación a vela. Es un artefacto flotante.
            Es así. Y ha sido así siempre.
            Saludos.

            Enviado desde mi MI 8 mediante Tapatalk

            Comentario


            • #21
              Re: Registrar un minicat 310?

              Originalmente publicado por marinisimo Ver Mensaje
              De ahi se deduce que una embarcacion a vela puede navegar por donde quiera en la zona 7 sin inscripcion, seguro y equipo de seguridad?

              Y yo, comprobado en Capitania, que navego en la misma zona con una neumatica a motorcillo me exigen todo eso por no navegar a vela?

              Aqui hay algo que no cuadra y me huelo que nuestro cofrade se la juega con la guardia civil si sale asi sin mas a la brava sin ningun equipo ni seguro.

              Insisto que hable con Capitania al respecto.
              Eso lo deduces tú, pero porque prefieres no leer las normas. Leyéndolas te cuadrará:

              Una embarcación de recreo de eslora entre 2,5m y 24m está obligada a registrarse o a matricularse. Tu neumática si está en esa eslora, también. (RD 1435/2010)

              La del cofrade que inició el hilo no tiene propulsión mecánica y entra dentro de lo que el RD 1435/2010 define como "artefactos flotantes o de playa", no de las embarcaciones. Por lo que no tiene esa obligación.

              A efectos de seguro obligatorio, todas las de propulsión mecánica, tu neumática supongo, sí. Sin propulsión mecánica y eslora menor 6 metros, no.

              A efectos de material de seguridad. Se consideran embarcaciones de recreo a todas, da igual su propulsión, entre 2,4 y 24m eslora, (art 1), pero el art 2 deja fuera a los "artefactos flotantes de recreo, entendiéndose por tales los siguientes..." y entre los siguientes no está tu neumática, pero sí el minicatamarán 310.

              En fin, puedo estar equivocado. Pero por lo que veo en las normas, Capitanía hace muy bien en exigirte todo eso para tu neumática, pero no tiene porqué exigirle nada al minicat 310. Me cuadra perfectamente.


              Por si tienes curiosidad:

              En cuanto a obligaciones de registro o matriculación:
              RD 1435/2010, artículos 2, Definiciones, y artículo 3, Ámbito de aplicación.

              En cuanto a consideración de embarcaciones de recreo a efectos de este Reglamento de seguro de responsabilidad civil:
              RD 607/1999, artículo 2 del Anexo

              En cuanto a material de seguridad:
              RD 339/2001, Art1, objeto y Art 2, ámbito de aplicación.

              Comentario


              • #22
                Re: Registrar un minicat 310?

                Totalmente de acuerdo. Lo que pasa es que los artefactos flotantes no pueden salirse segun ley de la zona balizada de la playa (maximo 200 metros y 50 si no hay playa creo recordar) y me parece muy limitado. Creo que nuestro cofrade habla de ir mas lejos. Si se va a limitar a esos 200 metros pues, como decis, no necesita equipo de seguridad y demas.

                Comentario


                • #23
                  Re: Registrar un minicat 310?

                  unas rondas para todos!!

                  yo llevo saliendo mas de 5 años con un hobie fx one de 5 metros de eslora en valencia y ningún problema, incluso tuve un rescate de salvamento por vuelco en solitario y tampoco me dijeron nada por no estar matriculado, lo único que te recomiendo es hacerte un seguro (en el mío con allianz pago poco mas de 100€ anuales) un buen walkie una linterna sumergible y un remo plegable, pero esto ya es mas de sentido común.

                  Salut

                  Comentario


                  • #24
                    Re: Registrar un minicat 310?

                    Originalmente publicado por marinisimo Ver Mensaje
                    Totalmente de acuerdo. Lo que pasa es que los artefactos flotantes no pueden salirse segun ley de la zona balizada de la playa (maximo 200 metros y 50 si no hay playa creo recordar) y me parece muy limitado. Creo que nuestro cofrade habla de ir mas lejos. Si se va a limitar a esos 200 metros pues, como decis, no necesita equipo de seguridad y demas.
                    Repito que estás equivocando conceptos.
                    Donde no se puede navegar es en la zona de baño. Ni las embarcaciones ni los artefactos de cualquier tipo de propulsión. (En realidad si, pero con las.consabidas restricciones de que si hay canal, que si a menos de 3 nudos, que si en vertical a la costa, etc..)

                    Enviado desde mi MI 8 mediante Tapatalk

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                    • #25
                      Re: Registrar un minicat 310?

                      Originalmente publicado por marinisimo Ver Mensaje
                      Totalmente de acuerdo. Lo que pasa es que los artefactos flotantes no pueden salirse segun ley de la zona balizada de la playa (maximo 200 metros y 50 si no hay playa creo recordar) y me parece muy limitado. Creo que nuestro cofrade habla de ir mas lejos. Si se va a limitar a esos 200 metros pues, como decis, no necesita equipo de seguridad y demas.
                      Nira, tu bien sabes la confusión y cantidad de normas, contranormas, normitas y panfletos que tenemos que manejar para saber un poco que dice la legislación, y aunque seguro que en algún sitio lo deja más claro, te pongo aquí quien define la zona de navegación y elementos de seguridad para los "artefactos flotantes" que no es otro que el Capitán marítimo de la zona.
                      Te aseguro que en ninguna zona te dejan navegar con artefactos flotantes en las zonas de baño que son las que tu mencionas (200m y 50m).

                      Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo, por el que se regula el equipo de seguridad y de prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo.

                      "Disposición adicional primera. Zona de navegación de embarcaciones excluidas.
                      El capitán marítimo, dentro de las zonas de navegación establecidas en el artículo 3, fijará las zonas para las cuales autoriza la navegación de las embarcaciones excluidas del ámbito de aplicación de este real decreto........"

                      Llevo muchos años navegando en kayak de mar (artefacto flotante) y eso es lo que se nos aplica.........ya, hasta los socorristas de la playa, nos impiden acercarnos a la orilla; en fin que no quiero cansaros con el temita.
                      Solo lo escribo para que al menos sirva para que todo el mundo consulte las normas de su Capitanía para conocer las limitaciones de los artefactos esos

                      Comentario


                      • #26
                        Re: Registrar un minicat 310?

                        Originalmente publicado por marinisimo Ver Mensaje
                        Totalmente de acuerdo. Lo que pasa es que los artefactos flotantes no pueden salirse segun ley de la zona balizada de la playa (maximo 200 metros y 50 si no hay playa creo recordar) y me parece muy limitado. Creo que nuestro cofrade habla de ir mas lejos. Si se va a limitar a esos 200 metros pues, como decis, no necesita equipo de seguridad y demas.
                        Nira, tu bien sabes la confusión y cantidad de normas, contranormas, normitas y panfletos que tenemos que manejar para saber un poco que dice la legislación, y aunque seguro que en algún sitio lo deja más claro, te pongo aquí quien define la zona de navegación y elementos de seguridad para los "artefactos flotantes" que no es otro que el Capitán marítimo de la zona.
                        Te aseguro que en ninguna zona te dejan navegar con artefactos flotantes en las zonas de baño que son las que tu mencionas (200m y 50m).

                        Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo, por el que se regula el equipo de seguridad y de prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo.

                        "Disposición adicional primera. Zona de navegación de embarcaciones excluidas.
                        El capitán marítimo, dentro de las zonas de navegación establecidas en el artículo 3, fijará las zonas para las cuales autoriza la navegación de las embarcaciones excluidas del ámbito de aplicación de este real decreto........"

                        Llevo muchos años navegando en kayak de mar (artefacto flotante) y eso es lo que se nos aplica.........ya, hasta los socorristas de la playa, nos impiden acercarnos a la orilla; en fin que no quiero cansaros con el temita.
                        Solo lo escribo para que al menos sirva para que todo el mundo consulte las normas de su Capitanía para conocer las limitaciones de los artefactos esos

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                        • #27
                          Re: Registrar un minicat 310?

                          Si, eso es lo mejor, consultar con la Capitania.

                          Un ejemplo es que en Fuengirola exigen tambien registro de motor para las neumaticas, cosa que no exige en otras provincias. Esto es por lo de las lanchas rapidas de contrabando de Gibraltar, para tener controlada cualquier lancha que lleve un motor muy rapido.

                          Cada Capitania tiene normas diferentes para la zona 7, lo normal es que permitan navegar hasta una milla de la costa pero depende de la Capitania que sea asi o no.

                          Comentario


                          • #28
                            Re: Registrar un minicat 310?

                            Si preguntas en capitanía y acabas con las policía local y vigilantes de playas, que ninguno tiene ni puta idea de lo que es un minicat 310 o cualquier otra 3
                            embarcación artefacto playero.....al final acabas con un patito de goma o un corcho del decatlón.

                            Comentario


                            • #29
                              Re: Registrar un minicat 310?

                              Y para saber como entrar y salir del agua (que esa es otra) con embarcaciones o artefactos flotantes, en lugar de discutir con "todo el mundo" es mejor tener claro lo que dice la Guardia Civil en sus web (que algo saben de esto)







                              En resumen:
                              "Todas las embarcaciones o artefactos flotantes, cualquiera que sea su medio de propulsión, que salgan o se dirijan a las playas, deberán hacerlo perpendicularmente a tierra, navegando con precaución y siempre a menos de tres nudos desde los 200 metros hasta la costa, o viceversa. Si existen canales balizados de acceso, éstos se usarán obligatoriamente."

                              Hay que aprovechar a navegar estos meses antes del verano que luego es todo mucho más desconcertante

                              Editado por última vez por esscapar; 25/03/2022, 15:39:44.

                              Comentario


                              • #30
                                Re: Registrar un minicat 310?

                                Gracias a todos por las ideas y consejos

                                Comentario

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