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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Prohibición de hacerte tus reparaciones en port ginesta

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  • #16
    Re: Prohibición de hacerte tus reparaciones en port ginesta

    En el Port de Vilanova ya hace un par o tres de años que no te dejan trabajar en el varadero. Me tocaba ir a Calafell a carenar. Me acabo de mudar a Port Balis y ya me han dicho que tampoco se puede. Alguien sabe cuál es el varadero más cercano donde te dejen pintar tu barco? Gracias!

    Comentario


    • #17
      Re: Prohibición de hacerte tus reparaciones en port ginesta

      Segur de Calafell

      Comentario


      • #18
        Re: Prohibición de hacerte tus reparaciones en port ginesta

        Originalmente publicado por jorgesanchis Ver Mensaje
        Buenos días cofrades.

        El problema reside básicamente en la ley de protección de riesgos laborales.

        Esta ley, exige en los ambientes laborales, una formación y una certificación por parte del varadero de su personal en materia de seguridad en el trabajo, epis… etc.

        Las empresas externas que trabajen en el varadero tienen que aportar dicha documentación, mensualmente o cuando vayan a acceder al varadero.

        Esto por tanto, imposibilita de facto a que cualquier persona que no sea profesional y con la documentación al día, pueda trabajar en un varadero aunque no exista interés económico, por que sea el propio armador.

        Saludos.

        Jorge Sanchis.


        Enviado desde mi iPad utilizando Tapatalk
        Eso son tonterías, y la excusa que se inventan para que tengas que contratárselo a ellos. Hay varaderos que ni presentando a un proveedor con esos certificados les dejan hacer trabajos sobre la obra viva.

        Luego no soy experto, pero un autónomo no se le aplica la ley de riesgos laborales...

        Comentario


        • #19
          Re: Prohibición de hacerte tus reparaciones en port ginesta

          Es la tendencia generalizada, en los puertos deportivos.
          Me esperan los dias
          que pretendo llenar
          y que me hagan vibrar.
          Y aprendiendo mi vida
          solo quiero sentir
          que no es vida perdida

          Comentario


          • #20
            Re: Prohibición de hacerte tus reparaciones en port ginesta

            En Guardamar del segura idem de lo mismo,....hace un par de años que lo cortaron y solo ellos pueden trabajar en varadero

            Comentario


            • #21
              Re: Prohibición de hacerte tus reparaciones en port ginesta

              Originalmente publicado por tony17 Ver Mensaje
              Eso son tonterías, y la excusa que se inventan para que tengas que contratárselo a ellos. Hay varaderos que ni presentando a un proveedor con esos certificados les dejan hacer trabajos sobre la obra viva.

              Luego no soy experto, pero un autónomo no se le aplica la ley de riesgos laborales...
              Si eres autónomo y tienes empleados, has de contratar una (otra más) empresa a la que has de pagar. Como la itb pero cada año.
              Saludos

              Comentario


              • #22
                Re: Prohibición de hacerte tus reparaciones en port ginesta

                Originalmente publicado por jonam52 Ver Mensaje
                Perdona pero las Marinas gestionan un espacio publico que sigue siendo propiedad de la Comunidad Autónoma y tienen una concesión que es de gestionar un SERVICIO PUBLICO con unas CLAUSULAS que tienen que cumplir y que estan en unos contratos que se han publicado en los Boletines Oficiales.

                Por lo tanto hay que ver esos contratos y ver si les autorizan o no a restringir el acceso a los propietarios de los barcos a los que PRESTAN SERVICIO.

                Pero vamos, si ya empezamos pensando que eso es privado y ahi pueden hacer lo que les dé la gana mal vamos.


                Buenas. con permiso del cofrade voy a actuar un poco de abogado del diablo:

                Las marinas gestionan una concesión estatal a cambio de una cantidad de dinero y mediante un "contrato" que hay que respetar por ambas partes, pero es una S.A. privada con unos accionistas como cualquier otra empresa y desde luego no es un servicio público, es un negocio con ánimo de lucro como lo es la terraza de un bar situada en una acera.

                Hay muchos negocios que funcionan de forma similar, Hipermercados, parkings, etc.

                ¿Pueden decidir quien trabaja? pues no sé, pero cuando lo hacen quiero pensar que es porque previamente se han asesorado, pero vete a saber.

                Como ejemplo diré que en mi anterior puerto que es una marina gestionada por una empresa municipal hace mas de 25 años que solo puede trabajar una empresa. Por si le pica la curiosidad a alguien hablo de Port Saplaya

                En el caso de los CN al final son los socios quienes mandan y en principio no hay ánimo de lucro por lo que generalmente se trata de facilitar las cosas al socio, lo cual no significa que se le den las mismas "ventajas" al no socio.

                Y como ejemplo pongo mi actual CN donde siempre se ha permitido trabajar a cualquiera y además a unos precios muy competitivos, pero desde hace un par de años y a raíz de unas movidas ya solo pueden usar el varadero los socios

                Todo esto a mi no me parece ni mejor, ni peor, pero es lo que hay.
                .

                sigpic Slava Ukrayini!.

                Comentario


                • #23
                  Re: Prohibición de hacerte tus reparaciones en port ginesta

                  Tenemos lo que nos merecemos por no protestar MUCHO mas.
                  Solución?, pues juntarse el mayor numero posible de usuarios y largarse a otro varadero donde permitan hacerlo.
                  Donde yo atraco, la gestioN la lleva un club con sus directiva y mas de 1.000 socios. Hace pocos años, un presidente que era un autentico sinvergüenza, intento privatizar la marina seca dándosela a un amigo que tenia una náutica, menos mal que alguien corrió la voz y se le pararon los pies al instante.
                  El negocio hubiera sido redondo pues hay mas de 600 amarres.
                  Yo tengo claro que el día que eso pase, vendo el barco y me compro un bote a remos y que se rían de SPM.

                  Comentario


                  • #24
                    Prohibición de hacerte tus reparaciones en port ginesta

                    Originalmente publicado por tony17 Ver Mensaje
                    Eso son tonterías, y la excusa que se inventan para que tengas que contratárselo a ellos. Hay varaderos que ni presentando a un proveedor con esos certificados les dejan hacer trabajos sobre la obra viva.

                    Luego no soy experto, pero un autónomo no se le aplica la ley de riesgos laborales...

                    La ley de protección de riesgos laborales se aplica a todo el mundo que accede a un centro de trabajo.

                    Los que van de visita cumplen unas normas, que van asociadas a el riesgo que ello implique. Estos riesgos se evalúan, y es la empresa la responsable de exigir que se cumplan las medidas de seguridad por parte de los visitantes.

                    Un vístante no puede trabajar.

                    Los que trabajan y son empleados cumplen las normas, para evitar los riesgos asociados a su puesto. Previamente evaluados.

                    Y los externos, tienen que acreditar que tienen los epis, certificados, formaciones y demás parafernalia que les exija, en función de la actividad que vayan a desarrollar.

                    Esto se tiene que acreditar de cada persona de forma individual.

                    Si no, la persona no accede a la instalación aunque lo mande el mismísimo Putin, el papá de Roma o Pedro Sánchez….

                    Bueno en el caso de que lo mande nuestro presidente, con que diga… “todo bien no?” ya puede hacer lo que le venga en gana.

                    Ahora en serio….

                    Parte de mi actividad profesional se desarrolla en instalaciones portuarias y es así siempre.

                    De verdad, no le deis más vueltas a este tema.

                    Saludos.

                    Jorge Sanchis.


                    Enviado desde mi iPad utilizando Tapatalk

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                    • #25
                      Re: Prohibición de hacerte tus reparaciones en port ginesta

                      La carta que han enviado dice:


                      Port Ginesta, 16 de septiembre de 2022
                      Apreciados clientes y usuarios,
                      Tras las últimas auditorias para la certificación de la norma internacional ISO 45001 en
                      Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo a las indicaciones de nuestro Servicio de
                      Prevención Ajeno (SPA) para el necesario cumplimiento de la Coordinación de
                      Actividades Empresariales (CAE), según RD 171/2004 de 30 de enero en base a la Ley
                      31/1995 de 8 de noviembre en Prevención de Riesgos Laborales y con el objetivo de
                      garantizar la correcta aplicación de las citadas normativas y dar cumplimento profesional
                      a las mismas, en aras de una mayor seguridad en las operaciones de trabajo en el varadero
                      de Port Ginesta les informamos que, a partir del 01 de octubre de 2022, queda prohibido
                      a los particulares realizar cualquier tipo de trabajo en embarcaciones en el varadero de
                      Port Ginesta, siendo necesario que éstos sean realizados por empresas, trabajadores de
                      éstas o autónomos que estén dados de alta y validados en la plataforma de CAE de la
                      ACPET (Associació Catalana de Ports Esportius i Turístics).

                      Los particulares/armadores, podrán acceder al varadero mediante una acreditación
                      como visitantes cumpliendo con el Reglamento del puerto, para poder revisar y controlar
                      los trabajos que se estén realizando en sus embarcaciones.
                      Aquellas empresas o trabajadores que no estén validados por la citada plataforma,
                      tampoco podrán acceder a trabajar dentro del recinto del varadero

                      Comentario


                      • #26
                        Re: Prohibición de hacerte tus reparaciones en port ginesta

                        Originalmente publicado por jorgesanchis Ver Mensaje
                        La ley de protección de riesgos laborales se aplica a todo el mundo que accede a un centro de trabajo.

                        Los que van de visita cumplen unas normas, que van asociadas a el riesgo que ello implique. Estos riesgos se evalúan, y es la empresa la responsable de exigir que se cumplan las medidas de seguridad por parte de los visitantes.

                        Un vístante no puede trabajar.

                        Los que trabajan y son empleados cumplen las normas, para evitar los riesgos asociados a su puesto. Previamente evaluados.

                        Y los externos, tienen que acreditar que tienen los epis, certificados, formaciones y demás parafernalia que les exija, en función de la actividad que vayan a desarrollar.

                        Esto se tiene que acreditar de cada persona de forma individual.

                        Si no, la persona no accede a la instalación aunque lo mande el mismísimo Putin, el papá de Roma o Pedro Sánchez….

                        Bueno en el caso de que lo mande nuestro presidente, con que diga… “todo bien no?” ya puede hacer lo que le venga en gana.

                        Ahora en serio….

                        Parte de mi actividad profesional se desarrolla en instalaciones portuarias y es así siempre.

                        De verdad, no le deis más vueltas a este tema.

                        Saludos.

                        Jorge Sanchis.


                        Enviado desde mi iPad utilizando Tapatalk


                        Entonces en los varaderos que si se permite trabajar a propietarios ¿lo hacen ilegalmente?
                        No lo veo.

                        Saludos.
                        sigpic

                        Comentario


                        • #27
                          Re: Prohibición de hacerte tus reparaciones en port ginesta

                          Port Ginesta alega el RD 171/2004 de 30 de enero en base a la Ley
                          31/1995 de 8 de noviembre en Prevención de Riesgos Laborales


                          El primer articulo dicho RD dice:


                          CAPÍTULO I

                          Disposiciones generales


                          Este real decreto tiene por objeto el desarrollo del artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, referido a la coordinación de actividades empresariales


                          Por lo que es evidente que no es aplicable a trabajo amateur

                          Comentario


                          • #28
                            Prohibición de hacerte tus reparaciones en port ginesta

                            Originalmente publicado por Al Idrisi Ver Mensaje
                            La carta que han enviado dice:


                            Port Ginesta, 16 de septiembre de 2022
                            Apreciados clientes y usuarios,
                            Tras las últimas auditorias para la certificación de la norma internacional ISO 45001 en
                            Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo a las indicaciones de nuestro Servicio de
                            Prevención Ajeno (SPA) para el necesario cumplimiento de la Coordinación de
                            Actividades Empresariales (CAE), según RD 171/2004 de 30 de enero en base a la Ley
                            31/1995 de 8 de noviembre en Prevención de Riesgos Laborales y con el objetivo de
                            garantizar la correcta aplicación de las citadas normativas y dar cumplimento profesional
                            a las mismas, en aras de una mayor seguridad en las operaciones de trabajo en el varadero
                            de Port Ginesta les informamos que, a partir del 01 de octubre de 2022, queda prohibido
                            a los particulares realizar cualquier tipo de trabajo en embarcaciones en el varadero de
                            Port Ginesta, siendo necesario que éstos sean realizados por empresas, trabajadores de
                            éstas o autónomos que estén dados de alta y validados en la plataforma de CAE de la
                            ACPET (Associació Catalana de Ports Esportius i Turístics).

                            Los particulares/armadores, podrán acceder al varadero mediante una acreditación
                            como visitantes cumpliendo con el Reglamento del puerto, para poder revisar y controlar
                            los trabajos que se estén realizando en sus embarcaciones.
                            Aquellas empresas o trabajadores que no estén validados por la citada plataforma,
                            tampoco podrán acceder a trabajar dentro del recinto del varadero


                            Es tal cual.

                            Se ajusta a ley.

                            La plataforma CAE, donde tienes que registrarte si eres profesional y colgar la documentación.

                            Certificado epis de cada empleado.
                            ITA de la empresa.
                            Certificados de formación.
                            Certificados de aptitud física…

                            Etc..


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                            • #29
                              Prohibición de hacerte tus reparaciones en port ginesta

                              Originalmente publicado por magallanesXIX Ver Mensaje


                              Entonces en los varaderos que si se permite trabajar a propietarios ¿lo hacen ilegalmente?
                              No lo veo.

                              Saludos.

                              Puede darse el caso…

                              Que un club náutico tenga un lugar que se parezca a un varadero, pero que no sea un varadero… que no esté explotado como varadero. Y no haya una empresa detrás que lo haga.

                              En tal caso, aunque parezca un varadero… pues no lo sea. O que no pueda ofrecer servicios a terceros.

                              Lo que no se… son en este supuesto, el alcance de las responsabilidades, frente a un siniestro.

                              Y por tanto, también habría que valorar… si frente a un siniestro, tu aseguradora se pueda eximir de asumir pagos…

                              Hay que contemplar todos los escenarios.


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                              • #30
                                Re: Prohibición de hacerte tus reparaciones en port ginesta

                                Pero esto no es un "riesgo laboral". No aplica la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

                                Es un riesgo sí, como también lo es salir a navegar o a escalar picos. Pero no es "laboral".

                                Laboral tiene que ver con el trabajo en su aspecto económico, jurídico o social. Pero hacerse uno mismo las tareas de su barco es un hobby...

                                Es como si estoy en casa y me intoxico con el pegamento o las pinturas de hacer maquetas.
                                "Se puede sacar más provecho de una partida perdida que de cien ganadas"

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