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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

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3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

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7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

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10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

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Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Material de seguridad y zona.

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  • Material de seguridad y zona.

    Buenas tardes y ron para todos
    Bueno, al final me movieron el post de "Aclaraciones real Decreto" a cuestiones legales, por si alguien quiere seguirlo este es el enlace:



    Y como no se si entra mucha o poca gente a subforo de "Cuestiones Legales" pues os pongo la ultima entrada que he puesto:

    Buenas nuevamente.
    Todavía no me han contestado oficialmente al correo que envié, pero como hoy he estado en Capitanía para solicitar el cambio de zona de navegación (de la 3 a la 4) he aprovechado para hablar con uno de los inspectores sobre el correo que les envié.
    El inspector me dice que ahora mismo para las embarcaciones SIN marcado CE y por lo tanto las que tienen una zona determinada en el certificado de navegación la normativa es que tienen que llevar en todo momento el equipo de seguridad que le marca la zona de navegación que ponga en el certificado.
    Por lo tanto si en el certificado pone zona 3 tendrá que llevar balsa, radiobaliza, etc correspondiente a la zona 3.
    La interpretación que hacen es la siguiente:

    Su barco está autorizado según el certificado a navegar por la zona 3 y por tanto su zona de navegación es la zona 3 y consecuentemente debe llevar el material de de la zona 3 que se describe al dorso del certificado.
    La zona 3 no abarca desde las 12 hasta las 25 millas, la zona 3 abarca desde la costa hasta las 25 millas y por lo tanto en la bocana del puerto ya estás en zona 3 porque mi zona de navegación es entre 0 y 25 millas. Es una interpretación un tanto retorcida pero no carente de sentido.
    Bueno, al final he optado por cambiar el barco de zona y pasarlo a zona 4.
    No tengo ganas de amargarme con una posible sanción, recursos y más recursos.

    Si al final me contestan al email os pondré la contestación.
    Saludos


    A mitad del post está el email que presenté el viernes.

    Saludos nuevamente.

  • #2
    Re: Material de seguridad y zona.

    es que de este tema ya hemos hablado muchas veces. La ley es clara diga lo que diga un inspectorcillo de no sé donde. La interpretación de que ya en la bocana del puerto es zona 3 es como de broma o de pensar que somos retrasados.

    Yo creo que ya casi todos tenemos claro como va esto del material de seguridad y las zonas de navegación.

    Comentario


    • #3
      Re: Material de seguridad y zona.

      Originalmente publicado por jonam52 Ver Mensaje
      es que de este tema ya hemos hablado muchas veces. La ley es clara diga lo que diga un inspectorcillo de no sé donde. La interpretación de que ya en la bocana del puerto es zona 3 es como de broma o de pensar que somos retrasados.

      Yo creo que ya casi todos tenemos claro como va esto del material de seguridad y las zonas de navegación.
      Tu puedes tener claro todo lo que tu quieras pero el que aplica la ley o la normativa piensa otra cosa y al final es el que te pondrá la multa o no.
      Yo tengo una interpretación de la legitima defensa que no coincide ni de lejos con la que dice la ley y al final me van a condenar o no, no por lo que yo crea si no por lo que crea el que la aplica.

      Comentario


      • #4
        Re: Material de seguridad y zona.

        las zonas se miden desde la costa [ATTACH]96112[/ATTACH]

        Comentario


        • #5
          Re: Material de seguridad y zona.

          Originalmente publicado por pedroJ Ver Mensaje
          las zonas se miden desde la costa [ATTACH]96112[/ATTACH]
          El Decreto dice lo siguiente Artículo 1. Objeto.
          1. El presente real decreto tiene por objeto:
          a) Establecer el equipo de seguridad y de prevención de la contaminación que deben llevar a bordo, con carácter obligatorio, las embarcaciones de recreo en función de la zona en la que se encuentren navegando.

          Segun vuestra interpretación, nada más salir del puerto ya es zona 1 porque la zona 1 incluye a todas las aguas navegables , por lo tanto, toda embarcación que navegue en zona 1 debe llevar balsa salvavidas, aunque sea un bote de remos y esté en la bocana del puerto porque ya navega por zona 1.

          Comentario


          • #6
            Re: Material de seguridad y zona.

            Originalmente publicado por jonam52 Ver Mensaje
            El Decreto dice lo siguiente Artículo 1. Objeto.
            1. El presente real decreto tiene por objeto:
            a) Establecer el equipo de seguridad y de prevención de la contaminación que deben llevar a bordo, con carácter obligatorio, las embarcaciones de recreo en función de la zona en la que se encuentren navegando.

            Segun vuestra interpretación, nada más salir del puerto ya es zona 1 porque la zona 1 incluye a todas las aguas navegables , por lo tanto, toda embarcación que navegue en zona 1 debe llevar balsa salvavidas, aunque sea un bote de remos y esté en la bocana del puerto porque ya navega por zona 1.
            No, está udd equivocado segun se sale de puerto la zona a considerar es la que el barco este despachado, si salen dos barcos juntos por ej, y uno está despachado para zona 4 desde la costa empieza a contar hasta 12 millas, si el otro barco está despachado para zona 3 desde la costa empieza a contar hasta las 25 millas, eso son las zonas y los despachos, desde que se sale de puerto la zona es la que está despachado el barco, por eso si un barco está despachado para zona 3 desde que sale de puerto está navegando en zona 3, es la que le atribuye su despacho,
            Editado por última vez por pedroJ; 26/08/2025, 19:03:07.

            Comentario


            • #7
              Re: Material de seguridad y zona.

              Originalmente publicado por pedroJ Ver Mensaje
              No, está udd equivocado segun se sale de puerto la zona a considerar es la que el barco este despachado, si salen dos barcos juntos por ej, y uno está despachado para zona 4 desde la costa empieza a contar hasta 12 millas, si el otro barco está despachado para zona 3 desde la costa empieza a contar hasta las 25 millas, eso son las zonas y los despachos,
              Kafkiano...

              incerti quo fata ferant, ubi sistere detur
              ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos.

              Comentario


              • #8
                Re: Material de seguridad y zona.

                Originalmente publicado por pedroJ Ver Mensaje
                No, está udd equivocado segun se sale de puerto la zona a considerar es la que el barco este despachado, si salen dos barcos juntos por ej, y uno está despachado para zona 4 desde la costa empieza a contar hasta 12 millas, si el otro barco está despachado para zona 3 desde la costa empieza a contar hasta las 25 millas, eso son las zonas y los despachos,
                Pues deberías llamar al gobierno para que cambien ese Decreto que está equivocado porque dice que el equipo de seguridad se debe llevar en funcion DE LA ZONA EN LA QUE SE ENCUENTRE NAVEGANDO y no en función de lo que pone en el certificado.

                Comentario


                • #9
                  Re: Material de seguridad y zona.

                  Originalmente publicado por jonam52 Ver Mensaje
                  Pues deberías llamar al gobierno para que cambien ese Decreto que está equivocado porque dice que el equipo de seguridad se debe llevar en funcion DE LA ZONA EN LA QUE SE ENCUENTRE NAVEGANDO y no en función de lo que pone en el certificado.

                  Pero es que ud no lo entiende, la zona por la que está navegando es la zona 3
                  aunque esté a 200 metros de la costa, es la zona que le atribuye su certificado de despacho, desde la línea de costa hasta 25 millas mar adentro
                  y lo dejo, no hay quien haga ver a quien no quiere ver

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Material de seguridad y zona.

                    Originalmente publicado por jonam52 Ver Mensaje
                    Pues deberías llamar al gobierno para que cambien ese Decreto que está equivocado porque dice que el equipo de seguridad se debe llevar en funcion DE LA ZONA EN LA QUE SE ENCUENTRE NAVEGANDO y no en función de lo que pone en el certificado.

                    A ver Jonam52, yo soy el primero que ha interpretado la norma en ese sentido y si lees el email que envié a Capitanía ese es mi argumento y mi interpretación.
                    Pero PedroJ también tiene razón puesto que esa es la lectura que ellos hacen de la normativa, de hecho esta mañana he utilizado este mismo argumento de: EN FUNCION DE LA ZONA EN LA QUE SE ENCUENTRE NAVEGANDO.

                    Y ellos me contestan que efectivamente debo llevar el equipo de seguridad en función de la zona en la que se encuentre navegando, pero que yo, a tenor de lo que indica mi certificado, en el momento en el que salgo del atraque ya estoy navegando en zona 3, porque la zona 3 no va desde las 12 millas (donde acaba la zona 4) hasta las 25 millas (donde acaba la zona 3) sino que la zona 3 va desde 0 millas hasta las 25 millas.

                    Vuelvo a insistir que la interpretación es retorcida pero tiene su lógica y por tanto si te para la GC y te solicita la balsa salvavidas o la radiobaliza porque tienes en el certificado la zona 3 levantaran acta y la enviaran a Capitanía y probablemente te sancionen, que puedes alegar y contraalegar y patalear, si; que es muy posible que te caiga la multa finalmente, también.

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Material de seguridad y zona.

                      Es que con esa interpretación, cualquier barco según sale del puerto ya está navegando en todas las zonas de la 1 a la 6, porque en realidad se superponen. Si se aleja más de 5 millas de puerto, ya sólo está en las 1,2,3 y 4. Y así sucesivamente.
                      incerti quo fata ferant, ubi sistere detur
                      ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos.

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Material de seguridad y zona.

                        Originalmente publicado por Bertie Ver Mensaje
                        Es que con esa interpretación, cualquier barco según sale del puerto ya está navegando en todas las zonas de la 1 a la 6, porque en realidad se superponen. Si se aleja más de 5 millas de puerto, ya sólo está en las 1,2,3 y 4. Y así sucesivamente.
                        Pues No, cuando se sale de puerto se esta en aguas territoriales de España, que alcanzan como todos sabemos hasta las 12 millas, y la zona de navegación que se encuentra el barco es la que está determinada en su despacho, y se empieza a contar desde la costa hasta donde sea esa zona, ya lo he expuesto antes, si un barco esta a solo una milla de la costa, y tiene despacho de zona 3 está navegando en zona 3 que es desde la costa hasta 25 millas, mar adentro,
                        esto no es invención mia ni de ningún inspector, es lo que dicta la norma, Que esté mal yo no lo pongo en duda, que sea un absurdo, según nosotros los que intentamos navegar, tranquilos no lo cuestiono, pero es el sistema, y creo - en mi opinión - que en caso de contencioso, un juez fallaría a favor de la norma,
                        repito es una opinión muy particular, pero lean lo que el mismo cofrade ha escrito, es lo que le han dicho en la propia capitanía,
                        un saludo y una cerveza fria,

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Material de seguridad y zona.

                          Con esa lógica administrativa: si un barco despachado para zona 3 en cuanto sale de puerto está navegando en zona 3, también es requisito tener el título de PY según sales de puerto porque navegas en zona 3

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Material de seguridad y zona.

                            Originalmente publicado por Karonte1888 Ver Mensaje
                            Con esa lógica administrativa: si un barco despachado para zona 3 en cuanto sale de puerto está navegando en zona 3, también es requisito tener el título de PY según sales de puerto porque navegas en zona 3
                            No, la titulación no dice nada de zonas de navegación, establece las millas a las que te puedes alejar.
                            Con que retuerzan la normativa la DGMM es suficiente, no vayamos dando ideas
                            Editado por última vez por Curroalberola; 26/08/2025, 22:31:28.

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Material de seguridad y zona.

                              Tampoco la categoría de diseño indica la zona de navegación con distancia a la costa, sino la altura de ola y fuerza del viento que resiste el diseño del barco.
                              Salvo en la DGMCh

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