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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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El limite de las 12 personas

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  • #16
    Re: El limite de las 12 personas

    Originalmente publicado por dunic Ver Mensaje
    Me gustaria saber que pasa con los barcos que segun el Certificado de Navegablidad dispones de 12 tripulantes y en el certificado de Rating emitido por la Ranc pone :Maximo 13 , se esta "fuera de la Ley"

    algun chapuza penso mal en los tripulantes que podian llevarse si tener en cuenta la Normativa .

    Otra chapuza mas
    Esta es otra gran cagada del RN que la conoce de sobra Chimo Devesa. Porque el tema no es que el número de personas supere el que pone el certificado de navegabilidad, que ya es un problema, sino que en algunos casos el número supera lo que pone la placa del marcado CE (número máximo de personas que el barco podrá llevar durante toda su vida, el certificado de navegabilidad indicará un número menor o igual al de la placa).

    NO SE PUEDE LLEVAR EN NINGUN CASO MAS PERSONAS A BORDO DE LAS QUE PONE EL CERIFICADO DE NAVEGABILIDAD.

    Entonces, como el límite de tripulantes no lo elige, ni escoge el armador (como se hacía con el IMS al definir un peso máximo de la tripulación) pues lo que ocurre que en muchos casos estamos regalando segundos/milla de rating por no poder llevar en la banda todas las personas que indica el rating.

    Este punto ya ha causado grandes problemas a muchos armadores, y graves problemas en algunas regatas.

    Comentario


    • #17
      Re: El limite de las 12 personas

      Originalmente publicado por m28mediterraneo Ver Mensaje
      Esta es otra gran cagada del RN que la conoce de sobra Chimo Devesa. Porque el tema no es que el número de personas supere el que pone el certificado de navegabilidad, que ya es un problema, sino que en algunos casos el número supera lo que pone la placa del marcado CE (número máximo de personas que el barco podrá llevar durante toda su vida, el certificado de navegabilidad indicará un número menor o igual al de la placa).

      NO SE PUEDE LLEVAR EN NINGUN CASO MAS PERSONAS A BORDO DE LAS QUE PONE EL CERIFICADO DE NAVEGABILIDAD.

      Entonces, como el límite de tripulantes no lo elige, ni escoge el armador (como se hacía con el IMS al definir un peso máximo de la tripulación) pues lo que ocurre que en muchos casos estamos regalando segundos/milla de rating por no poder llevar en la banda todas las personas que indica el rating.

      Este punto ya ha causado grandes problemas a muchos armadores, y graves problemas en algunas regatas.
      Pues no sabes como me alegro, porque pensaba que era el unico que protestaba en el desierto .............
      Manel - EA3CBQ

      Socio fundador Anavre n° 15

      de Baja por en crisis económica ??

      Comentario


      • #18
        Re: El limite de las 12 personas

        Passenger ships - usually defined as a ship carrying more than 12 passengers - on international voyages must comply with all relevant IMO regulations, including those in the SOLAS and Load Lines Conventions.
        Fuente: http://www.imo.org/Safety/mainframe.asp?topic_id=356

        Aparentemente, España aceptó tanto la convención SOLAS como la Load Lines. Esta información también estaría disponible en la web de la International Maritime Organization en formato Excel (http://www.imo.org/includes/blastDat...3/status-x.xls).

        Lo que me sigue extrañando es que la titulación de capitán de yate no tenga ninguna limitación mas haya del número de personas que pueden ir a bordo. Es decir, si el día de mañana un magnate que posea la titulación de capitán de yate decide adquirir un carguero, certificarlo para 12 personas y montar su complejo de ocio con un campo de golf artificial, pista de tenis, piscina olimpica, etc... ¿Puede llevar ese barco legalmente?

        Acepto que no sería el "yate" mas bonito del mundo... Pero antaño la gente adquiría barcos de vela que se habían empleado para la carga. Por no mencionar que algunos "yates" pertenecientes a principes, sultanes y magnates exceden de las esloras de algunos cargueros pequeños... Incluso tenemos algunos "megayates" de vela que exceden de las esloras de pequeños cargueros, como puede ser el caso del "Halcón Maltes" (http://www.symaltesefalcon.com/).

        ¿Realmente la única limitación de la titulación de capitán de yate es no poder llevar a mas de 12 personas a bordo?

        Comentario


        • #19
          Re: El limite de las 12 personas

          Originalmente publicado por beagle Ver Mensaje
          Fuente: http://www.imo.org/Safety/mainframe.asp?topic_id=356

          Aparentemente, España aceptó tanto la convención SOLAS como la Load Lines. Esta información también estaría disponible en la web de la International Maritime Organization en formato Excel (http://www.imo.org/includes/blastDat...3/status-x.xls).

          Lo que me sigue extrañando es que la titulación de capitán de yate no tenga ninguna limitación mas haya del número de personas que pueden ir a bordo. Es decir, si el día de mañana un magnate que posea la titulación de capitán de yate decide adquirir un carguero, certificarlo para 12 personas y montar su complejo de ocio con un campo de golf artificial, pista de tenis, piscina olimpica, etc... ¿Puede llevar ese barco legalmente?

          Acepto que no sería el "yate" mas bonito del mundo... Pero antaño la gente adquiría barcos de vela que se habían empleado para la carga. Por no mencionar que algunos "yates" pertenecientes a principes, sultanes y magnates exceden de las esloras de algunos cargueros pequeños... Incluso tenemos algunos "megayates" de vela que exceden de las esloras de pequeños cargueros, como puede ser el caso del "Halcón Maltes" (http://www.symaltesefalcon.com/).

          ¿Realmente la única limitación de la titulación de capitán de yate es no poder llevar a mas de 12 personas a bordo?
          Sin parecer pesado, repito la definicón que da la IMO para pasajeros (que recoge el SOLAS):
          Se define por "pasajero", toda persona que no sea:
          i) el capitán, un miembro de la tripulación u otra persona empleada u ocupada a bordo del buque en cualquier cometido relacionado con las actividades del mismo; y
          ii) un niño de menos de un año.


          A lo cual vuelvo a añadir las mismas cuestiones que dije más arriba:
          Cuando uno sale con su barco de forma privada, ¿quien es y quien no es miembro de la tripulación, y por tanto NO es pasajero?

          Asimilar en uso privado de un yate como pasajero a toda persona embarcada, es quizás ir demasiado lejos en la interpretación de las normas???????

          Comentario


          • #20
            Re: El limite de las 12 personas

            Originalmente publicado por m28mediterraneo Ver Mensaje
            Se define por "pasajero", toda persona que no sea:
            i) el capitán, un miembro de la tripulación u otra persona empleada u ocupada a bordo del buque en cualquier cometido relacionado con las actividades del mismo; y
            ii) un niño de menos de un año.
            A tenor de la defición que has expuesto, supongo que se podría decir:

            Un pasajero es cualquier persona mayor de un año de edad que no figure inscrita como tripulante en el rol de la embarcación.
            Editado por última vez por beagle; 17/07/2008, 12:07:23.

            Comentario


            • #21
              Re: El limite de las 12 personas

              Originalmente publicado por beagle Ver Mensaje
              A tenor de la defición que has expuesto, supongo que se podría decir:

              Un pasajero es cualquier persona mayor de un año de edad que no figure inscrita como tripulante en el rol de la embarcación.
              Como por ejemplo el patrón... o ¿tu si estás inscrito como tripulación de tu barco?

              Saludos
              A veces, al atardecer, en mi isla, los viejos marinos cuentan historias del mar y los jóvenes fingen que se las creen.

              Comentario


              • #22
                Re: El limite de las 12 personas

                Repito el planteamiento, yates en suso privado (no comercial, ni charter) sin tripulación contratada.

                Ahora la pregunta, ¿Quien está enrolado como patrón de su propio barco?

                (Si nos enrolamos como patrones de nuestro propio barco, no puede llevarlo, ni moverse de su amarre sin su patrón enrolado a bordo en ningún caso).

                Si enrolo a un tripulante, como justifico que cumplo yo como armador con todas las obligaciones legales que conlleva el tener tripulación enrolada (No se si incluso hay que pagarle seguridad social).

                ¿Alguien tiene personas enroladas en su yate? (Yo creo que ni el patrón, ¿entonces que ocurre que hasta el patrón es un pasajero (menuda contradicción es tener un barco donde todas las personas embarcadas son pasajeros, será que los barcos se manejan y gobiernan solos)??????

                Estos son los problemas de no separar las cuestiones de mercantes de las de náutica deportiva. Es imposible llevar con toda la lógica las reglas y definiciones de un mundo de mercantes al de nuestros yatecitos. Por algo las propias normal INTERNACIONALES refrendadas por todos los estados con costa del mundo dicen que estas no son aplicables a los yates sin explotación comercial.

                Pero luego, en España que somos más papistas que el papa, vamos y decimos que sí serán aplicables a los yates y a todo lo que flote. Luego vienen normas de europa y otras que se crean arreglando esto en parte, pero no se deroga por completo, y al final no hay una tortilla, sino un revuelto hehco con huevos pasados y caducados.

                Esto los países de nuestro entorno hace años que lo arreglaron.

                Estas argumentaciones deberían añadirse además a la protesta sobre el RD sobre concentraciones náuticas y regatas, que para mi debiera finalizar reclamando, además de la derogación de ese RD, la creación de una subdirección general de náutica de recreo y deportiva con su propia ley orgánica que haga que todo lo que es aplicable a todos los mercantes en general sea de aplicación a los yates, y empiece a regular para yates sin perder de vista lo que es un yate (que no es ferry de la TRAS ni un petrolero).
                Editado por última vez por m28mediterraneo; 17/07/2008, 14:48:11.

                Comentario


                • #23
                  Re: El limite de las 12 personas

                  Originalmente publicado por m28mediterraneo Ver Mensaje
                  ...............

                  Estas argumentaciones deberían añadirse además a la protesta sobre el RD sobre concentraciones náuticas y regatas, que para mi debiera finalizar reclamand, además de la derogación de ese RD, la creación de una subdirección general de náutica de recreo y deportiva con su propia ley orgánica que haga que todo lo que es aplicable a todos los mercantes en general sea de aplicación a los yates, y empiece a regular para yates sin perder de vista lo que es un yate 8que no es ferry de la TRAS ni un petrolero).
                  totalmente de acuerdo
                  Manel - EA3CBQ

                  Socio fundador Anavre n° 15

                  de Baja por en crisis económica ??

                  Comentario


                  • #24
                    Re: El limite de las 12 personas

                    Originalmente publicado por m28mediterraneo Ver Mensaje
                    ...la creación de una subdirección general de náutica de recreo y deportiva con su propia ley orgánica que haga que todo lo que es aplicable a todos los mercantes en general sea de aplicación a los yates, y empiece a regular para yates sin perder de vista lo que es un yate (que no es ferry de la TRAS ni un petrolero).
                    Totalmente deacuerdo con este punto.

                    ¿Porque no hacer una recogida de firmas entre todos y ver si surte algún efecto?
                    Editado por última vez por beagle; 17/07/2008, 15:33:13.

                    Comentario


                    • #25
                      Re: El limite de las 12 personas

                      Hola y unas rondas para todos

                      Solo recordar que para un yate de más de 24 metros es de aplicación toda la normativa SOLAS en materia de construcción y tripulación. La tripulación deberá ser profesional (excepto en caso del patrón que podrá ser un capitán de yate) , según indique la normativa deberá llevar una tripulación mínima, con al menos un mecánico y un marinero.

                      Saludos

                      Comentario


                      • #26
                        Re: El limite de las 12 personas

                        No my friend whitecast,

                        Dice el SOLAS:
                        Regla 3
                        Excepciones

                        a) Salvo disposición expresa en otro sentido, las presentes reglas no serán aplicables a:


                        i) buques de guerra y buques para el transporte de tropas;

                        ii) buques de carga de arqueo bruto inferior a 500;

                        iii) buques carentes de propulsión mecónica;

                        iv) buques de madera de construcción primitiva;

                        v) yates de recreo no dedicados al tráfico comercial;

                        vi) buques pesqueros.



                        b) Exceptuando lo expresamente prescrito en el capítulo V, ninguna de las presentes disposiciones se aplicará a los buques que naveguen exclusivamente por los Grandes Lagos de América del Norte y en el río San Lorenzo, en los parajes limitados al este por una línea recta trazada desde el cabo de Rosiers hasta West Point, en la isla Anticosti y, al norte de dicha isla, por el meridiano de 638.






                        Un yate privado NO es SOLAS.




                        La recogida de firmas me parece una gran idea, pero a esta iniciativa seguro que se sumarían la mayoría de los clubes náuticos españoles, todas las asociaciones de profesionales y sus asociados que llevan años clamando al cielo esto: ANEN; ADIN; AEGY, un montón de diseñadores e incluso ingenieros navales estoy seguro también la firmarían, todos los regatistas, pescadores no profesionales, buceadores, importadores, fabricantes, talleres, . . . UN MONTONAZO DE GENTE!!!!!!!).




                        Y porqué nó dos cosas, una recogida de firmas para dos cosas:
                        Dando su apoyo a esta reclamación, y
                        Otra directamente pra presentar una propuesta de ley popular (o como se llame) al congreso. (Estoy seguro que al mínimo de firmas necesarias para presentarla se llegaría).




                        Respecto a otros estados, no es Andorra. Sino mirar el Reino Unido, Italia, Francia, o cualquier país del norte de Europa. Nos ganan por goleada, están millones de años luz por delante de nosotros.



                        ES EL MOMENTO DE EMPEZAR A PENSAR EN PASAR A LA ACCIÓN:

                        Comentario


                        • #27
                          Re: El limite de las 12 personas

                          El nombre oficial es "Iniciativa Legislativa Popular" (http://www.senado.es/otrasdis/legisl...s/LORG384.html). Sería necesario reunir un mínimo de 500.000 firmas. En mi humilde opinión es posible lograrlo e incluso superarlo.

                          Con la colaboración de los clubes naúticos, asociaciones naúticas, escuelas naúticas, y recogiendo firmas en los puertos deportivos sería bastante factible superar ese número de firmas. Si hubiese algún cofrade abogado dispuesto a invertir un poco de tiempo en escribir la ley popular con la ayuda y/o ideas de otros cofrades se podría empezar a mover todo para ver si es posible crear una subdirección de la marina de recreo.

                          Yo no tendría ningún problema en desplazarme a distintos puertos, clubes, etc... de la zona para hacerles la noticia y la posibilidad de que firmen por la iniciativa.

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