VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

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10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

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14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

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Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Utilizar un equipo de VHF sin título habilitante

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  • Utilizar un equipo de VHF sin título habilitante

    Hola, amigos...

    ¡Una ronda para todos!, a ver si nos da la lucidez suficiente para abordar este problema que yo, por más que he buscado en este foro, en Google y en la legislación que ha caído en mis manos... no he sido capaz de resolver.

    Vaya por delante que mi cuestión asume el hecho de querer hacer las cosas "bien" (léase legalmente), que para hacerlas mal siempre se está a tiempo. O:-)

    Mi dilema es cómo usar un equipo de VHF sin tener ningún título. Os planteo la situación:

    Tengo claro que en España no se puede operar ninguna estación de radio (de ningún tipo) sin el título o licencia adecuados y, por supuesto, sin pagar las tasas correspondientes por uso del espacio público radioeléctrico.

    En las embarcaciones de recreo esto se suele solucionar gracias al título que ostenta el patrón (PNB, PER, PY, CY...), que le habilita para hacer uso de la estación que hay a bordo (que además se ha instalado cumpliendo un proyecto y pasando una inspección regularmente) sea ésta obligatoria o no.

    ¿Pero qué pasa con todas esas embarcaciones que no necesitan de titulación pero embarcan un equipo portátil de VHF (walkie talkie) por seguridad?

    Me refiero a embarcaciones pequeñas, de vela ligera, kayaks... que pueden navegar libremente por algunas zonas pero no necesitan de título para manejarlas (ni siquiera de autorización federativa -titulín-).

    Esas embarcaciones no tienen nobre, ni mucho menos indicativo ni constan en ningún registro. Y supongo que al no ser estaciones registradas (porque las embarcaciones no lo están), sería ridículo pedir títulos como el de Operador Restringido del SMSSM.

    Mis grandes dudas son:

    - ¿Pueden embarcar legalmente un equipo de VHF?
    - ¿Qué titulación requieren los tripulantes para poder usarlas?
    - ¿Cómo se identifican al hacer una llamada?
    - ¿Sería lógico usarlas para tráfico regular a parte del de emergencia, seguridad...?

    Y mirando un poco más allá...

    - ¿Hay alguna forma (legal) de usar esos equipos desde tierra para escucha o para tráfico con otras embarcaciones?

    Os agradecería cualquier luz que podáis echarme sobre el tema porque estoy realmente perdido. :-)

    Gracias a todos,
    Xisco.
    Tanmateix...

    Xisco Lladó

    [39º36,3'N 002º41,9'E]



  • #2
    Re: Utilizar un equipo de VHF sin título habilitante

    Originalmente publicado por Xisco Ver Mensaje
    .../...

    - ¿Hay alguna forma (legal) de usar esos equipos desde tierra para escucha o para tráfico con otras embarcaciones?

    .../...
    Como por ejemplo los marineros del club ¿en virtud de que indicativo o autorización circulan por los pantalanes con su walkie?

    O cuando el practico se lleva el walkie a la cafetería para estar localizado.



    Saludos
    A veces, al atardecer, en mi isla, los viejos marinos cuentan historias del mar y los jóvenes fingen que se las creen.

    Comentario


    • #3
      Re: Utilizar un equipo de VHF sin título habilitante

      Hola a todos,

      Ante todo unas cañas y las disculpas por no aparecer mucho en la Taberna.
      Para usar las frecuencias marinas no se necesita un título habilitante, para las frecuencias de radioaficionados, si. De hecho los equipos VHF que se compran con las frecuencias de radioaficionados no tienen las marinas y viceversa. Aunque metiendo mano en el equipo esta limitación se puede arreglar.
      La identificación de una llamada se realizaría con el nombre de la embarcación y por supuesto no hay ninguna limitación para hacer escuchas en cualquier banda o frecuencia.

      Salu2
      "El mar nunca pregunta por el tamaño del barco, sino por la talla de su tripulación". (Dennis Conner)

      Comentario


      • #4
        Re: Utilizar un equipo de VHF sin título habilitante

        Originalmente publicado por matero Ver Mensaje
        Hola a todos,

        Ante todo unas cañas y las disculpas por no aparecer mucho en la Taberna.
        Para usar las frecuencias marinas no se necesita un título habilitante, para las frecuencias de radioaficionados, si. De hecho los equipos VHF que se compran con las frecuencias de radioaficionados no tienen las marinas y viceversa. Aunque metiendo mano en el equipo esta limitación se puede arreglar.
        La identificación de una llamada se realizaría con el nombre de la embarcación y por supuesto no hay ninguna limitación para hacer escuchas en cualquier banda o frecuencia.

        Salu2
        Siento llevarte la contraria, pero para poder transmitir desde cualquier emisora se necesita licencia ,incluidas por supuesto las bandas marinas, por eso los radioaficionados no pueden utilizar estas frecuencias. Solo estan exentos de licencias los walkies con frecuencia PMR (esos que suelen vender en pareja).
        La escucha es libre en teoria (que te pille la policia escaneando sus frecuencias).
        Un saludo

        Comentario


        • #5
          Re: Utilizar un equipo de VHF sin título habilitante

          El actual reglamento de radiocomunicaciones marítimas exige que las embarcaciones que dispongan de algún equipo transmisor de radiocomunicaciones de uso marítimo, bien de uso obligatorio o de instalación voluntaria, deberán contar con la correspondiente Licencia de Estación de Barco que expide la DGMM, documento que autoriza y ampara el uso de los equipos, canales y/o frecuencias reseñados en ella.

          Sólo se exime de disponer de tal licencia a las embarcaciones que dispongan únicamente de equipos radiotelefónicos portátil de VHF cuyo uso se destine exclusivamente a emergencias marítimas.

          Además, la Ley General de Telecomunicaciones tipifica como infracciones graves las siguientes:
          • La interceptación, sin autorización, de telecomunicaciones no destinadas al público en general.
          • La divulgación del contenido, o de la simple existencia, de mensajes no destinados al público en general emitidos o recibidos a través de servicios de telecomunicaciones, a los que se acceda mediante la interceptación voluntaria o involuntaria, su publicación o cualquier otro uso de ellos sin la debida autorización.
          Sacad vuestras propias conclusiones.
          Saludos,

          Comentario


          • #6
            Re: Utilizar un equipo de VHF sin título habilitante

            En Alemania es obligatorio tener desde hace un tiempo, superado un curso de radio para poder usarla. Una normativa parecida a la que -según creo- vamos a tener aquí en España desde Noviembre.

            Lo aberrante del caso es que allí las empresas de charter sólo te alquilan barcos con radio, si tienes el correspondiente título. Si no lo tienes, se te alquila el barco sin emisora.

            ¿En qué lugar queda la seguridad, la integridad de las personas que van a bordo, si ocurre algo y por no tener el papelito, no pueden pedir socorro?

            Me parece una absoluta aberración.
            El mar es la cuna en la que mezo mis sueños.
            ______________________________________

            SE VENDE VELERO TAYLOR SOMO S-23 CON MOTOR INTRABORDA:
            http://foro.latabernadelpuerto.com/s...ad.php?t=40917

            http://www.cosasdebarcos.com/barco_7...851664567.html

            Comentario


            • #7
              Re: Utilizar un equipo de VHF sin título habilitante

              Por partes,

              1º las embarcaciones de recreo y de acuerdo con la legislación vigente y segun las zonas de navegación para las que están habilitadas tienen la obligacion de llevar emisora de VHF y con DSC.

              2º El hecho de llevarla, obliga a la solicitud de la correspondiente licencia de Estación de Barco, la cual va ligada al nombre y matricula de la embarcación. Esa licencia debería de indicar el correspondiente indicativo de llamada.

              3º Las emisoras VHF de las embarcaciones Obligan la comunicación barco-barco o barco costera, o barco puerto, embarcadero, o marinería. No estan autorizadas para comunicarse, por ejemplo, con otra emisora VHF marina instalada en casa. Por la misma regla no se debe de utilizar una emisora en casa para llamar a un barco.

              4º En casa se puede tener una emisora como receptor, nadie puede prohibir las escuchas de forma "particular" teniendo la obligación de guardar el secreto de las mismas y no utilizar para nada la información recibida. En caso de recibir un MAY DAY, y percatarse que no hay nadie que responda al mismo, podría llamar por telefono a la autoridad competente e indicar lo escuchado, pero solo eso.

              5º Cualquier Walki de VHF marino, se puede utilizar siempre en comunicación barco-barco o costera, como la emisora fija, pero solo eso, no hace falta licencia alguna, lo ampararía la propia embarcación.

              En cuanto a la licencia de radio, solo puedo señalar que la solicite en año pasado en el mes de Mayo, pagando la correspondiente tasa, y sin recibir hasta el día de la fecha noticia alguna de la DGMM. Junto a la documentación del barco guardo la correspondiente solicitud y pago de tasas para justificar mi demanda.

              Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante)
              EA 3 CBT

              Comentario


              • #8
                Re: Utilizar un equipo de VHF sin título habilitante

                Originalmente publicado por Inspectorate Ver Mensaje
                Además, la Ley General de Telecomunicaciones tipifica como infracciones graves las siguientes:
                • La interceptación, sin autorización, de telecomunicaciones no destinadas al público en general.
                • La divulgación del contenido, o de la simple existencia, de mensajes no destinados al público en general emitidos o recibidos a través de servicios de telecomunicaciones, a los que se acceda mediante la interceptación voluntaria o involuntaria, su publicación o cualquier otro uso de ellos sin la debida autorización.
                Sacad vuestras propias conclusiones.
                Gracias por las beers, ya tenía el gaznate reseco

                A lo que vamos: hay un hilo similar a este en un foro de radio.

                Mi opinión es que el legislador no emplea el idioma correctamente. Es decir, creo que utiliza "interceptar" como sinónimo de "escuchar". Bien, según el Diccionario, esto no es así.

                Un usuario del idioma, al leer "interceptar", se preguntaría: ¿me he apropiado o he impedido que el mensaje llegue a destino? La respuesta sería "no", puesto que sólo estaba "escuchando" y, además, el mensaje sí continuó y llegó a destino.

                Ya me he encontrado bastantes redacciones de Leyes que son equívocas, en el sentido de que la interpretación no se corresponde con el uso del grupo de hablantes que emplean el idioma.

                Prost...
                rookie
                EC2ALV

                "matar a un hombre no es protejer una idea (doctrina), si no matar a un hombre"
                Sebastian Castellio, Contra Libellum


                "The [U.S.] Constitution is a limitation on the government, not on private individuals... it does not prescribe the conduct of private individuals, only the conduct of the government... it is not a charter for government power, but a charter of the citizen's protection against the government". Author and philosopher Ayn Rand (1905-1982)

                Comentario


                • #9
                  Re: Utilizar un equipo de VHF sin título habilitante

                  Originalmente publicado por Tatatoa Ver Mensaje
                  Por partes,

                  1º las embarcaciones de recreo y de acuerdo con la legislación vigente y segun las zonas de navegación para las que están habilitadas tienen la obligacion de llevar emisora de VHF y con DSC.

                  2º El hecho de llevarla, obliga a la solicitud de la correspondiente licencia de Estación de Barco, la cual va ligada al nombre y matricula de la embarcación. Esa licencia debería de indicar el correspondiente indicativo de llamada.

                  3º Las emisoras VHF de las embarcaciones Obligan la comunicación barco-barco o barco costera, o barco puerto, embarcadero, o marinería. No estan autorizadas para comunicarse, por ejemplo, con otra emisora VHF marina instalada en casa. Por la misma regla no se debe de utilizar una emisora en casa para llamar a un barco.

                  4º En casa se puede tener una emisora como receptor, nadie puede prohibir las escuchas de forma "particular" teniendo la obligación de guardar el secreto de las mismas y no utilizar para nada la información recibida. En caso de recibir un MAY DAY, y percatarse que no hay nadie que responda al mismo, podría llamar por telefono a la autoridad competente e indicar lo escuchado, pero solo eso.

                  5º Cualquier Walki de VHF marino, se puede utilizar siempre en comunicación barco-barco o costera, como la emisora fija, pero solo eso, no hace falta licencia alguna, lo ampararía la propia embarcación.

                  En cuanto a la licencia de radio, solo puedo señalar que la solicite en año pasado en el mes de Mayo, pagando la correspondiente tasa, y sin recibir hasta el día de la fecha noticia alguna de la DGMM. Junto a la documentación del barco guardo la correspondiente solicitud y pago de tasas para justificar mi demanda.

                  Sólo unas puntualizaciones a lo señalado:

                  1.- No todas las embarcaciones con estación de barco disponen de distintivo de llamada. Por no estar obligadas a tenerlo, no se les asigna.

                  2.- La LEB es obligatoria también para los equipos VHF portátiles de uso marítimo ya se instalen en cumplimiento de una obligación o de forma voluntaria, salvo cuando se destinen exclusivamente a servicios de emergencias marítimas.

                  Saludos,

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Utilizar un equipo de VHF sin título habilitante

                    A ver, a mi me han quedado unas dudas.

                    Mi barco está en zona D1 (5 millas) No es obligatorio tener VHF.

                    Se puede llevar VHF portatil pero . . ¿ha de tener papeles o puede ser cualquiera?

                    ¿Llamar por el 9 a otro club, con una portatil, para pedir permiso para entrar a tomar café no es una emergencia?

                    Saludos,

                    manuweb

                    Jarrrrrrrr. . . . Visita mi web: elmaestroweb.es

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Utilizar un equipo de VHF sin título habilitante

                      el rollo que sigue, no se corresponde con el título del hilo; pero bueno a ver si encaja:

                      si alguien tan amable me puede aclarar algunas dudas que tengo:

                      1-a) las emisoras fijas de tierra en banda marina VHF tales como clubs naúticos, cofradías de pescadores, oficinas de prácticos, base de remolcadores, aguadores,..., base de cruz roja, etc..., quién les autoriza Telecomunicaciones terrestres (por su ubicación terrena) o la DGMM (por las frecs. que utilizarán, banda marina) ??????

                      1-b) se les asigna una frec. determinada y fija, o será un equipo normal de vhf (chs simplex, dúplex), pudiewndo moverse por su ámbito ?????????

                      2-los talkies VHF banda marina que se usan en tierra como por ej. los amarradores, prácticos, marinería clubs naúticos,...etc., que conversan tanto con su punto base, como entre éllos, como con las embarcaciones, quién los autoriza Telecom., la DGMM,??????? , y qué margen de amplitud de frecs. se les asigna ?????

                      3-los típicos talkies que llevan las zodiacs de escuelas de vela, para comunicarse entre sí, con su club u oficina, con los marineros del pantalán, para pedir ayuda llegado el caso.... idem, idem, idem.

                      4-las muy comunes emisoras fijas de tierra trabajando en Onda Media/Onda Corta por ej. de cofradías de pescadores, oficinas de armadores,..., que emiten sus partes meteo regularmente y pasan todos los recados tierra-barco-tierra necesarios.... sin ir más lejos la nuestra Rueda de los Navegantes..., y que en la mayoría de los casos utilizan frecs. que no son banda marina... idem, idem......

                      sorry, por el rollo; pero este tema pienso que daría para mucho...

                      que hay 3 días de fiesta por la proa.
                      venga itxoso´ra ¡

                      terrestres kanpora ¡

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Utilizar un equipo de VHF sin título habilitante

                        Há muitos anos que em Portugal, França, Inglaterra etc é obrigatório ter certificado de estação de rádio (VHF) numa embarcção com o respectivo indicativo de chamada (Call Sign) e, actualmente no caso do DSC com o nº MMSI.
                        É também obrigatório ter alguém a bordo com a licença de operador de rádio.

                        Uma rodada para todos!
                        "ESTA É A MARGEM DO AZUL,
                        NENHUM OUTRO LIMITE RECONHEÇO AO SANGUE."
                        A.Martins

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Utilizar un equipo de VHF sin título habilitante

                          Hola Inspectorate, ¿a que te refieres con LSB?, ¿es el DSC en inglés?.
                          Mi opinión es que sacando mis concluisiones si lo tienes en el barco sólo para escuchar no pasa nada, pero si se pone en contacto contigo la Benemérita y tu les contestas con un VHF portátil...como no tengas toda la documentación en regla...Vas *odido.
                          "Si se ve bien, probablemente salga bien."

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Utilizar un equipo de VHF sin título habilitante

                            Bueno, veo que este es un tema que la mayoría no tenemos nada claro. :-)

                            Os agradezco a todos vuestras respuestas pero especialmente las aclaraciones de Inspectorate...

                            Originalmente publicado por Inspectorate Ver Mensaje
                            El actual reglamento de radiocomunicaciones marítimas exige que las embarcaciones que dispongan de algún equipo transmisor de radiocomunicaciones de uso marítimo, bien de uso obligatorio o de instalación voluntaria, deberán contar con la correspondiente Licencia de Estación de Barco que expide la DGMM, documento que autoriza y ampara el uso de los equipos, canales y/o frecuencias reseñados en ella.

                            Sólo se exime de disponer de tal licencia a las embarcaciones que dispongan únicamente de equipos radiotelefónicos portátil de VHF cuyo uso se destine exclusivamente a emergencias marítimas.

                            Además, la Ley General de Telecomunicaciones tipifica como infracciones graves las siguientes:
                            • La interceptación, sin autorización, de telecomunicaciones no destinadas al público en general.
                            • La divulgación del contenido, o de la simple existencia, de mensajes no destinados al público en general emitidos o recibidos a través de servicios de telecomunicaciones, a los que se acceda mediante la interceptación voluntaria o involuntaria, su publicación o cualquier otro uso de ellos sin la debida autorización.

                            Sacad vuestras propias conclusiones.
                            Desde el punto de vista legal, me queda claro que:
                            • Bajo ningún concepto se puede usar un equipo de VHF desde tierra ni siquiera para escucha.
                            • Se puede embarcar un equipo portátil en una embarcación sin LEB sólo si se usa para el tráfico de emergencia.

                            Lo que no me acaba de quedar claro es si las personas que van a usar ese equipo necesitan de alguna titulación o autorización.

                            En cualquier caso, gracias de nuevo a todos. :-)

                            Saludos,
                            Xisco.
                            Tanmateix...

                            Xisco Lladó

                            [39º36,3'N 002º41,9'E]


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                            • #15
                              Re: Utilizar un equipo de VHF sin título habilitante

                              Originalmente publicado por Xisco Ver Mensaje
                              Bueno, veo que este es un tema que la mayoría no tenemos nada claro. :-)

                              Os agradezco a todos vuestras respuestas pero especialmente las aclaraciones de Inspectorate...



                              Desde el punto de vista legal, me queda claro que:
                              • Bajo ningún concepto se puede usar un equipo de VHF desde tierra ni siquiera para escucha.
                              • Se puede embarcar un equipo portátil en una embarcación sin LEB sólo si se usa para el tráfico de emergencia.
                              Lo que no me acaba de quedar claro es si las personas que van a usar ese equipo necesitan de alguna titulación o autorización.

                              En cualquier caso, gracias de nuevo a todos. :-)

                              Saludos,
                              Xisco.
                              Sí, los operadores de los equipos de comunicaciones deben estar debidamente titulados. En el caso de las embarcaciones de recreo, el título que les habilita para el gobierno de la embarcación lo hace, asimismo, para operar la estación de barco.

                              Saludos,

                              Comentario

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