VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
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¿ Puede casar legalmente un Capitán ?

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  • #16
    Re: ¿ Puede casar legalmente un Capitán ?


    Claaaaaroooo, si es que siempre se me olvida lo esencial! Lo importante no es el hecho de casarse, lo importante es... cumplir con las obligaciones propias del matrimonio!
    De maestros y navegantes

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    • #17
      Re: ¿ Puede casar legalmente un Capitán ?

      Originalmente publicado por Nonick Ver Mensaje
      En el matrimonio por el rito católico los ministros son los contrayentes. El cura es solo un testigo priviliegiado. De modo que si por cualquier causa no puede asistir basta la manifestación de voluntad de los contrayentes si no hay impedimentos impedientes para la validez del matrimonio.
      Todo esto si me acuerdo bien del canónico y no lo han cambiado.
      Pues si no recuerdo mal, y creo que no, en el rito católico los contrayentes son los receptores pacientes del sacramento matrimonial, siendo el cura quien, por haber recibido el sacramento del Orden, queda habilitado para administrar el resto de sacramentos por necesidad. A excepción del sacramento bautismal, el único que puede ser administrado por cualquier persona (aunque no esté bautizada ella misma), cuando concurra fuerza mayor, con absoluta validez canónica siempre que el bautizador haya empleado la fórmula trinitaria.
      Es decir, que sin cura oficiante no hay boda católica posible, ni extremauncion, ni eucaristía, ni penitencia ni nada...


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      • #18
        Re: ¿ Puede casar legalmente un Capitán ?

        Originalmente publicado por alarones Ver Mensaje
        Hola a todos

        En este tema me pregunto, y si el peligro de muerte viene de una mala interpretación de una tremebunda tormenta , vamos que caen 4 gotas y el PNB de turno aprecia que va a naufragar y ya tá, matrimonio de parte de la tripulación y el acta a la bolsita de plástico pa la posteridad y todo ello en la bocana del puerto

        En lenguaje juridico el peligro de muerte re refiere a que existen las mismas posibilidades de vivir que de morir. La incertidumbre de la vida o la muerte es la misma. No necesariamente tiene que haber una muerte inminente, solo incertidumbre.

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        • #19
          Re: ¿ Puede casar legalmente un Capitán ?

          Si tiene incertidumbre de morir y se casa el matrimonio no esta consumado porque se esta muriendo y no tiene el cuerpo como para consumaciones
          Ahora, si lo consuma y por esa causa muere por la incertidumbre de no haber quedado bien, se le perdonará, o eso le arrastrara en la otra vida
          Salud y uno esperando una kdd como agua de mayo
          sigpic

          Socio fundador ANAVRE
          apuntate a la asociación
          ANAVRE
          http// anavre.org

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          • #20
            Re: ¿ Puede casar legalmente un Capitán ?

            Yo tengo aprendido una norma que aplico en mi barco , que por cierto es mi república independiente ,donde el capitán, que soy yo, manda, ordena, y es señor de la vida y la muerte, en estas circunstancias entendereis que normalmente navego sólo.
            LOS MATRIMONIOS QUE CELEBRO A BORDO DURAN LO QUE DURA LA TRAVESÍA
            AGUR Y BUEN VIENTO
            Quien no tenga que hacer ,arme navio o tome mujer
            EB2288

            Comentario


            • #21
              Re: ¿ Puede casar legalmente un Capitán ?

              Originalmente publicado por VCF1 Ver Mensaje
              Ahora, si lo consuma y por esa causa muere por la incertidumbre de no haber quedado bien, se le perdonará, o eso le arrastrara en la otra vida
              Salud y uno esperando una kdd como agua de mayo
              Si muere por causa de haber consumado la coyunda, y la muerte se da entre picores irresistibles, edema de glotis y rash cutaneo, podría ser que la vulva estuviera en mal estado o que estuviera envenenada por dentro. Esto lo ha de determinar un perito forense, que estudiará detenidamente la vulva para descubrir en ella signos o indicios de mala fe.
              De entrada, y según la Constitucion española, la vulva sería inocente hasta que no se demuestre lo contrario y solo podrá ser examinada en presencia de un abogado.
              Si fallece de forma fulminante durante la coyunda, dejando a la señora en un tris de alcanzar el pinaculo del placer, el Capitán o Comandante del Yate, a petición de la viuda y por razones humanitarias, está legalmente autorizado a culminar el coito.


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              • #22
                Re: ¿ Puede casar legalmente un Capitán ?

                Estamos derivando de un tema extrictamente legal a otro mas bien mosquetero:
                uno per tutti, ...tutti per uno

                Y yo SI,...soy celoso......
                ..la lontananza sai
                é come il vento
                che fa dimenticare chi non s'ama..
                spegne i fuochi piccoli,
                ma accende quelli grandi


                Comentario


                • #23
                  Re: ¿ Puede casar legalmente un Capitán ?

                  En mi barco y en lugar visible llevo una placa que dice textualmente:
                  "Marriages performed by the captain of this vessel are for the duration of this voyage only"
                  La ceremonia culmina con el paso de ambos contrayentes por debajo de la quilla ya sea de forma voluntaria (recomendada) o forzada. En este último caso al volver a tierra notifico los hechos a la autoridad competente.
                  Videos

                  Alex Sailing en Facebook

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                  • #24
                    Re: ¿ Puede casar legalmente un Capitán ?

                    A bordo hay que celebrar muchos matrimonios,siempre que nadie se entere ni te vea.

                    Comentario


                    • #25
                      Re: ¿ Puede casar legalmente un Capitán ?

                      ...josuss que tropa...
                      ..la lontananza sai
                      é come il vento
                      che fa dimenticare chi non s'ama..
                      spegne i fuochi piccoli,
                      ma accende quelli grandi


                      Comentario


                      • #26
                        Re: ¿ Puede casar legalmente un Capitán ?

                        En que quedamos puede no puede casar un capitan...
                        Si es asi que papeles hay que hacer para que sea civilmente legal...


                        Viva los novios
                        .... De pronto un día sentirás que el viento pasa por dentro de tu cuerpo antes de que llegue a la vela y, cuando percibas esa sensación, ya no habrá nadie que pueda enseñarte nada. Entonces dependerá todo de tu inspiración...

                        Manuel Vicent
                        (Son de Mar)

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                        • #27
                          Re: ¿ Puede casar legalmente un Capitán ?

                          ¿Tiene el patrón de una embarcación de recreo la misma autoridad, derechos y deberes que un capitán de un buque mercante?

                          Sí. Puede efectuar casamientos, refrendar testamentos y aplicar la disciplina, en las mismas condiciones que un capitán mercante. Respecto a la responsabilidad sobre la tripulación, el régimen es diferente. Si bien es cierto que los invitados en una embarcación de recreo asumen el riesgo implícito en la navegación de forma voluntaria, cuando alguna acción del patrón aumenta ese riesgo y se produce un accidente resultando dañado un invitado aquel puede resultar responsable.

                          Comentario


                          • #28
                            Re: ¿ Puede casar legalmente un Capitán ?

                            Originalmente publicado por carles_ Ver Mensaje
                            ¿Tiene el patrón de una embarcación de recreo la misma autoridad, derechos y deberes que un capitán de un buque mercante?

                            Sí. Puede efectuar casamientos, refrendar testamentos y aplicar la disciplina, en las mismas condiciones que un capitán mercante. Respecto a la responsabilidad sobre la tripulación, el régimen es diferente. Si bien es cierto que los invitados en una embarcación de recreo asumen el riesgo implícito en la navegación de forma voluntaria, cuando alguna acción del patrón aumenta ese riesgo y se produce un accidente resultando dañado un invitado aquel puede resultar responsable.
                            Y agrego que también se da la situación inversa: autoridad para restringir o suspender por los medios proporcionados y a su alcance, los derechos individuales de los invitados, cuando de la conducta impropia de alguno de ellos pueda derivarse un peligro grave para la integridad del buque y su tripulación, dando parte de inmediato a las autoridades cuando se produzca el desembarco. Esto fue una de las primeras cosas que me enseñaron. Borracheras a bordo, las que se tercien, si son de buen rollito, pero jugar con las bengalas (por ejemplo) o ponerse violentos, ni hablar.



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