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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

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3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

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Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

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En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Navegar con bandera holandesa

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  • #31
    Re: Navegar con bandera holandesa

    El Jigger, lo conozco, ese barco se ha traido hace relativamente poco tiempo, creo que un año mas o menos, con lo cual es facil que todavia no se hayan topado con ninguna inspección y pase desapercibido.
    Es un barco un tanto especial, biquilla, casco de acero, unos cuantos años, pero en general en buen estado. De linea muy bonita.
    Lo de la bandera, como seas residente y el barco este a tu nombre mal asunto para librarse, si no eres residente o no esta a tu nombre ya hay mas posibilidades de poder llevarlo.
    Saludos
    Auskalo
    Navego luego existo.

    Comentario


    • #32
      Re: Navegar con bandera holandesa

      Originalmente publicado por Auskalo Ver Mensaje
      El Jigger, lo conozco, ese barco se ha traido hace relativamente poco tiempo, creo que un año mas o menos, con lo cual es facil que todavia no se hayan topado con ninguna inspección y pase desapercibido.
      Es un barco un tanto especial, biquilla, casco de acero, unos cuantos años, pero en general en buen estado. De linea muy bonita.
      Lo de la bandera, como seas residente y el barco este a tu nombre mal asunto para librarse, si no eres residente o no esta a tu nombre ya hay mas posibilidades de poder llevarlo.
      Saludos
      Auskalo

      Si el barco no está a tu nombre ¿q hay q hacer para no tener problema? y en este caso ¿es indiferente q tenga badera de pais comunitorio o pais sudamericano?

      abrazos para todos

      Comentario


      • #33
        Re: Navegar con bandera holandesa

        Aggggg....
        ya lo tengo muchisimo mas oscuro que antes, entre banderas , matriculas, ciudadania interrupta...
        esto estara hecho para que ganen su diezmo las gestorias y los funcionarios, ...de que si no

        ..la lontananza sai
        é come il vento
        che fa dimenticare chi non s'ama..
        spegne i fuochi piccoli,
        ma accende quelli grandi


        Comentario


        • #34
          Re: Navegar con bandera holandesa



          A todo esto: ¿alguien sabe con certeza de alguien al que le incautaran o precintaran el barco por cuestiones de abanderamiento?

          E cercaronme as ondas...

          Comentario


          • #35
            Re: Navegar con bandera holandesa

            Originalmente publicado por Chagho Ver Mensaje


            A todo esto: ¿alguien sabe con certeza de alguien al que le incautaran o precintaran el barco por cuestiones de abanderamiento?

            - He visto varios barcos precintados, no se de ninguno incautado.

            - Uno de ellos era de un amigo, nacionalidad francesa, residencia legal en España, barco bandera inglesa a nombre de su esposa de nacionalidad inglesa, le paro la GC en la mar y lo llevaron a puerto, precintaron el barco, para poderlo solucionar creo que tuvo que pagar el impuesto de matriculacion a hacienda, no se si algo mas, ahora el barco sigue con bandera inglesa, pero ya esta legal y no ha tenido mas problemas. Creo que el coste era similar a tener el barco en bandera española, pero como era un barco de autoconstrucción, el legalizarlo en España era muy complicado, por eso ha decidido mantener la bandera inglesa.

            - Tengo otro amigo aleman con residencia legal en España, tiene el barco con bandera alemana, para poderlo tener legal en España creo que ha tenido que pagar el impuesto igual que el otro. Mantiene la bandera alemana para evitar tener que cumplir con la legislación de seguridad española, que como todos sabemos es muy estricta y cara, ademas no tiene que pasar la ITV ni tanques de KKs etc...

            - Lo logico es que los barcos lleven bandera del pais del armador, todo lo demas acostumbran a ser triquiñuelas legales que normalmente tienen por fin ahorrarse pagar impuestos como los demas.

            Comentario


            • #36
              Re: Navegar con bandera holandesa

              Originalmente publicado por Auskalo Ver Mensaje
              El Jigger, lo conozco, ese barco se ha traido hace relativamente poco tiempo, creo que un año mas o menos, con lo cual es facil que todavia no se hayan topado con ninguna inspección y pase desapercibido.
              Es un barco un tanto especial, biquilla, casco de acero, unos cuantos años, pero en general en buen estado. De linea muy bonita.
              Lo de la bandera, como seas residente y el barco este a tu nombre mal asunto para librarse, si no eres residente o no esta a tu nombre ya hay mas posibilidades de poder llevarlo.
              Saludos
              Auskalo
              Pues tampoco no es así, porque según el país.

              Por ejemplo en inglaterra, lo ingleses tienen unas leyes de navegación que definen incluso que es a efectos de sus leyes de náutica un familiar directo o que se entiende por amigo del armador (sí tal cual leen). Y para que el barco sea de uso privado y no CHARTER, no sólo no debe haber contratos, sino que además debe estar gobernado por el propietario, un familiar directo o un amigo del armador (y para ser una de estas tres personas no puede ser cualquier persona, queda muy bien delimitado y definido).

              En nuestra querida España, literalmente buceamos perdidos en miles de leyes que se contradicen unas con otras, que no hay quien las entienda.

              Mi consejo, si lo compras: BANDERA ESPAÑOLA. Pagarás un impuesto de matriculación y un proyecto que te saldrá sobre 2.000 euros 0 3.000 euros (según sea el tamaño real).

              Comentario


              • #37
                Re: Navegar con bandera holandesa

                Originalmente publicado por Nostramo Ver Mensaje
                - He visto varios barcos precintados, no se de ninguno incautado.

                - Uno de ellos era de un amigo, nacionalidad francesa, residencia legal en España, barco bandera inglesa a nombre de su esposa de nacionalidad inglesa, le paro la GC en la mar y lo llevaron a puerto, precintaron el barco, para poderlo solucionar creo que tuvo que pagar el impuesto de matriculacion a hacienda, no se si algo mas, ahora el barco sigue con bandera inglesa, pero ya esta legal y no ha tenido mas problemas. Creo que el coste era similar a tener el barco en bandera española, pero como era un barco de autoconstrucción, el legalizarlo en España era muy complicado, por eso ha decidido mantener la bandera inglesa.
                ¿Quien dijo que no hay piratas en nuestras costas? (sobre todo teniendo en cuenta que se trata de recaudar un impuesto ilegal, puesto por España como una burla de trileros a la normativa Europea de armonizacion del IVA)

                Comentario


                • #38
                  Re: Navegar con bandera holandesa

                  Originalmente publicado por rusho Ver Mensaje
                  Hablando con una amiga funcionaria y muy "hacendosa" que sabe de ir y venir (IVA y VENIA, a menudo), me dice que una cosa es la bandera y otra la matriculacion siempre desde el punto de vista de hacienda....., otra cosa son las capitanias y adlateres que desconozco lo que opinan.
                  La idea es la siguiente, que pasa si pagas el impuesto de matriculacion, pero no abanderas?, ya que Schengen te permite libre circulacion de bienes y capitales, no veas la pasta que te puede ahorrar en adlateres.
                  Un saludo
                  Esta prohibido internacionalmente navegar sin bandera, por lo que el abanderamiento es obligatorio, pero de ahí a que tengas que abanderar un barco en España y no en cualquier otro país de la Comunidad Europea ya me parece otro cantar.

                  Comentario


                  • #39
                    Re: Navegar con bandera holandesa

                    Vaya follon!

                    Este tema me interesa y me preocupa. Mi plan es regresar a Espanya (despues de 20 anyos!) con mi familia y barco. Nuestro barco esta abanderado en USA (doble nacionalidad). Si me toca pagar impuestos y me llega (estamos intentando ahorrar lo suficiente para poder ir), pues habra que pasar por el tubo. Existe una excepcion para emigrantes retornados (mi caso) a la que quizas nos podamos acoger. Pero no quiero abanderar el barco en Espanya ya que si no encontramos trabajo o no funciona habra que volver a USA, ademas el sistema de homologacion y titulaciones de Espanya resulta prohibitivo si vienes de fuera de la comunidad europea. (de echo lo normal seria poder abanderar el barco con bandera espanyola aunque vivas fuera, pero con el sistema de homologaciones, inspeciones y estampitas de aqui es una cosa de risa)

                    En fin ya se vera. Quizas en un par de anyos las cosas estaran mas claras. Entre tanto el que sepa sobre esto que lo cuente que me interesa por la cuenta que me trae.

                    Saludos.

                    Alex






                    Apúntate a la


                    ASOCIACIÓN DE NAVEGANTES DE RECREO


                    (ANAVRE)

                    Comentario


                    • #40
                      Re: Navegar con bandera holandesa

                      que par de "junk sail", le veo a ese Freedom
                      ... lo veo...lo veo...


                      ..la lontananza sai
                      é come il vento
                      che fa dimenticare chi non s'ama..
                      spegne i fuochi piccoli,
                      ma accende quelli grandi


                      Comentario


                      • #41
                        Re: Navegar con bandera holandesa

                        A ver: no quiero asustar a nadie, pero esta es la legislacion aplicable (ilegal a la luz de la normativa europea, pero aplicable en España):

                        Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales. BOE 29 Diciembre.
                        Disposiciones Adicionales.
                        Primera. Deberán ser objeto de matriculación definitiva en España los medios de transporte nuevos o usados, a que se refiere la presente Ley, cuando se destinen a ser utilizados en el territorio español por personas o entidades que sean residentes en España o que sean titulares de establecimientos situados en España.

                        Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
                        Artículo 116. Infracciones muy graves. Son infracciones muy graves las acciones u omisiones tipificadas en los artículos 114 y 115 anteriores cuando ocasionen lesión a alguna persona que motive baja por incapacidad laboral superior a siete días, o daños o perjuicios superiores al millón de pesetas, las que pongan en grave peligro la seguridad del buque o de la navegación, la reincidencia en cualquiera de las faltas tipificadas como graves antes del plazo establecido para su prescripción, y en todo caso las siguientes:
                        3. Infracciones contra la ordenación del tráfico marítimo.
                        c) Navegar sin que el buque se halle debidamente matriculado.
                        Artículo 120. Multas y sanciones accesorias.
                        3. En caso de infracción muy grave, la sanción será:
                        c) En las infracciones contra la ordenación del tráfico marítimo, multa de hasta 50.000.000 de pesetas.

                        O sea, que por un lado esta la obligacion de matricular y pagar el impuesto (si no lo pagas Hacienda te levanta una liquidacion, con sancion). Y por otro, dado que la esa ley fiscal dice que es obligatorio matricular, si no lo haces podria caerte la sancion de la Ley de Puertos (la cual la pondria capitania).

                        PREGUNTA PARA INSPECTORATE: Si pagas el impuesto de matriculacion (para no tener problemas fiscales) y te abstienes de matricular y mantienes la bandera de origen, si le llega a Capitanía una denuncia de los "ranitas" o los azules de aduanas, ¿capitania incoa un expediente sancionador e impone la multa correspondiente?
                        Gracias, saludos, y rondas ...
                        Editado por última vez por Capità Drake; 05/09/2007, 20:30:36.

                        Comentario


                        • #42
                          Re: Navegar con bandera holandesa

                          Pues veamos.
                          Este es un tema delicado y es complicado generalizar.
                          Voy a intenter ceñirme al caso propuesto, aunque dicho sea de paso, no me dedico a estas cosas directamente en mi puesto de trabajo, aunque igual se lo comento al compañero que las lleva...

                          Si se incumple la obligación de matricular el barco preceptuada en la Ley 38/1992 sobre impuesto especiales, la Capitanía remitirá la denuncia a Hacienda.

                          Navegar en esas condiciones podría suponer infracción de algunos preceptos de la Ley 27/1992, por ejemplo los recogidos en el artículo 116.3. Estas son infracciones tipificadas como muy graves, sancionables, como bien apuntas con hasta 50.000.000 de pesetas.

                          Si Hacienda y Fomento incoan ambos expediente, en aplicación del principio básico "non bis in idem" no se podría sancionar dos veces por lo mismo, por lo que la sanción que recaería sería la más gravosa para el responsable de la misma.

                          Salutem.
                          Saludos,

                          Comentario


                          • #43
                            Re: Navegar con bandera holandesa

                            Originalmente publicado por Inspectorate Ver Mensaje
                            Pues veamos.
                            Este es un tema delicado y es complicado generalizar.
                            Voy a intenter ceñirme al caso propuesto, aunque dicho sea de paso, no me dedico a estas cosas directamente en mi puesto de trabajo, aunque igual se lo comento al compañero que las lleva...

                            Si se incumple la obligación de matricular el barco preceptuada en la Ley 38/1992 sobre impuesto especiales, la Capitanía remitirá la denuncia a Hacienda.

                            Navegar en esas condiciones podría suponer infracción de algunos preceptos de la Ley 27/1992, por ejemplo los recogidos en el artículo 116.3. Estas son infracciones tipificadas como muy graves, sancionables, como bien apuntas con hasta 50.000.000 de pesetas.

                            Si Hacienda y Fomento incoan ambos expediente, en aplicación del principio básico "non bis in idem" no se podría sancionar dos veces por lo mismo, por lo que la sanción que recaería sería la más gravosa para el responsable de la misma.

                            Salutem.
                            Que rapido, Inspectorate. Gracias. Pero yo digo si has pagado el impuesto pero luego no matriculas y sigues navegando con bandera extranjera. Osea que Hacienda no sancionaria porque los impuestos estan pagados... Crees que en capitania si iniciaria el expediente por la infraccion del 116 (teniendo en cuenta que es la ley de impuestos especiales la que establece que debe matricularse) o crees que no harian nada?

                            Comentario


                            • #44
                              Re: Navegar con bandera holandesa

                              No, es que la Ley 38/1992 no sólo obliga a pagar el impuesto, sino a matricular (abanderar) en España:

                              Disposición adicional primera:


                              Deberán matricularse en España los medios de transporte, nuevos o usados, a que se refiere la presente Ley, cuando se adquieran por personas, entidades o titulares de establecimientos con domicilio o residencia fiscal en dicho territorio para circular o ser utilizados en el mismo.

                              Salutem.
                              Saludos,

                              Comentario


                              • #45
                                Re: Navegar con bandera holandesa

                                Originalmente publicado por malamar Ver Mensaje
                                que par de "junk sail", le veo a ese Freedom
                                ... lo veo...lo veo...


                                De “Junk” (trasto en inglish) nada, jeje Un precioso “Cat-Ketch” (o “Cat-Chup” ?), que aun no me acabo de creer que es mio .

                                (NOTA: “Catboat”: barco con un mastil sin obenques y muy adelantado a proa, muy popular en la bahia del Chesapeake a principios del siglo pasado. “Ketch” Barco de dos mastiles con el palo de mesana por delante de la barra del timon.)

                                Saludos
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