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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Prácticas de PER. ¿Sirven para expedir PNB y PER?

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  • Problemas Prácticas de PER. ¿Sirven para expedir PNB y PER?

    Buenos días.


    En Catalunya, varios estamos con la mosca detrás de la oreja. A dia de hoy los funcionarios no me han podido dar una respuesta a esta cuestión, solo "creo que...", "cuando vayas a tramitar el per lo miramos....","Hay una consulta abierta, pero no sabemos nada....".


    Leyendo el real decreto de marras, no hace ninguna referencia a que no sean válidas.





    Expongo las preguntas:



    1- Prácticas de PER hechas.

    ¿Sirven en cualquier caso para expedir el título de PNB y mas adelante el de PER? (Conforme se aprueban las partes correspondientes).


    ¿Hay alguna limitación?


    Si no sirven, ¿donde esta esto reflejado?. ¿Tiene algún sentido que las prácticas "se gasten" cada vez que se expide un título?



    2- Una vez aprobado el examen de PNB y expedido el título. ¿Se tiene que aprobar la parte complementaria para PER en las dos próximas convocatorias?


    No veo lógico que ni siquiera los funcionarios que se encargan de hacer esto lo sepan, y que tengan que estar consultando con el BOE a cada momento. Y aún así cada uno acaba diciéndote una cosa diferente.


    Saludos.
    Puma 26

  • #2
    Re: Prácticas de PER. ¿Sirven para expedir PNB y PER?

    Hola
    Tienes razón es penoso que al final vayas a la administración y no sepan decirte que hacer.
    Si tienes el teórico del PNB aprobado te puedes presentar 3 convocatorias sucesivas al PER sin tener que sacarte el título de PNB, teóricamente el certificado de las prácticas se usan en la expedición de un título, si usas tus prácticas para expedir el PNB tendrás que repetirlas para expedir el PER, esto como dices NO sale reflejado en ningún BOE, que yo sepa al menos, pero me costa que es la forma de proceder.

    Buena mar.
    lamardeescuelas

    Comentario


    • #3
      Re: Prácticas de PER. ¿Sirven para expedir PNB y PER?

      Si no sale reflejado en ningún lado y la administración procede así, tenemos que hacer algo. ¿No creéis?
      Puma 26

      Comentario


      • #4
        Re: Prácticas de PER. ¿Sirven para expedir PNB y PER?

        Al margen de los problemas que hayn surgido y contestando a la pregunta del post, sí lque sirven las practicas del PER para las de PNB.

        Comentario


        • #5
          Re: Prácticas de PER. ¿Sirven para expedir PNB y PER?

          Originalmente publicado por SAMORP Ver Mensaje
          Al margen de los problemas que hayn surgido y contestando a la pregunta del post, sí lque sirven las practicas del PER para las de PNB.
          La pregunta es ¿Sirven para expedir PNB y PER?

          La aclaro, ¿con unas prácticas completas de PER se puede expedir el título de PNB al aprobar la teórica de PNB y el título de PER al aprobar el complementario?
          Puma 26

          Comentario


          • #6
            Re: Prácticas de PER. ¿Sirven para expedir PNB y PER?

            A día de hoy 11.30h. conversación mantenida telefónicamente con Maria Cinta de L´Atmetlla Dep.Agricultura, Ramaderia i Pesca etc (Catalunya):

            Puedo expedir el PNB con prácticas de PER: SI
            Pierdo las prácticas de PER si expido PNB: NO
            Durante cuanto tiempo se me mantienen las prácticas de PER.:

            24 meses de la fecha de las prácticas.


            No pregunté: cuántas convocatorias...: ERROR.

            Miércoles subo a BCN: REPETIRÉ LAS PREGUNTAS, (seguiré informando)
            http://designlight1.blogspot.com.es/

            Comentario


            • #7
              Re: Prácticas de PER. ¿Sirven para expedir PNB y PER?

              Jajaja
              Llame esta mañana a l'atmella, pregunte por Cinta, pero no le llegue a preguntar nada a ella, me paso con la persona que lleva el caso de las prácticas fantasma ( la jefa creo ).

              Y hoy me ha dicho lo contrario. Que no sirven. Según ella si expido el PNB con las prácticas de PER 16h, luego tengo que volver a hacer las 16h para expedir PER.



              ¿Nadie de ANAVRE puede hacer la consulta a la DGMM?
              ¿Cada comunidad puede hacer y deshacer a sus anchas?

              No brindó....
              Puma 26

              Comentario


              • #8
                Re: Prácticas de PER. ¿Sirven para expedir PNB y PER?

                Originalmente publicado por Robao Ver Mensaje
                Jajaja
                Llame esta mañana a l'atmella, pregunte por Cinta, pero no le llegue a preguntar nada a ella, me paso con la persona que lleva el caso de las prácticas fantasma ( la jefa creo ).

                Y hoy me ha dicho lo contrario. Que no sirven. Según ella si expido el PNB con las prácticas de PER 16h, luego tengo que volver a hacer las 16h para expedir PER.



                ¿Nadie de ANAVRE puede hacer la consulta a la DGMM?
                ¿Cada comunidad puede hacer y deshacer a sus anchas?

                No brindó....
                DE VERDAD! CÓMO! QUÉ! , juro que es lo que me ha dicho Cinta esta mañana, la próxima lo grabo, increible .

                El miércoles voy a BCN, me haré el loco como si no supiera nada y lo REPREGUNTO.

                La Metamorfosi de Kafka la entendí mejor
                http://designlight1.blogspot.com.es/

                Comentario


                • #9
                  Re: Prácticas de PER. ¿Sirven para expedir PNB y PER?

                  No dudó ni un momento de tu palabra Jordi, expongo lo que a mi me han dicho, pese que he hablado con Cinta NO me ha contestado ella.

                  Saludos.
                  Puma 26

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Prácticas de PER. ¿Sirven para expedir PNB y PER?

                    ¿Alguien más puede aportar algo a este hilo?

                    ¿Se podría hacer una pregunta vinculante a la DGMM?

                    Saludos.
                    Puma 26

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Prácticas de PER. ¿Sirven para expedir PNB y PER?

                      Originalmente publicado por Robao Ver Mensaje
                      ¿Alguien más puede aportar algo a este hilo?

                      ¿Se podría hacer una pregunta vinculante a la DGMM?

                      Saludos.
                      Sí que se puede y es un procedimiento bastante habitual cuando hay dudas.
                      Están obligados a contestarte, no suelne tardar mucho, y por supuesto es vinculante.
                      En este caso deberías dirigirte a titulaciones de recreo

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Prácticas de PER. ¿Sirven para expedir PNB y PER?

                        ¿Como se contacta con ellos?
                        Puma 26

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Prácticas de PER. ¿Sirven para expedir PNB y PER?

                          Ayer miércoles 12/08/2015. 11h. Departament d´Agricultura. Ramaderia, Pesca, etc etc etc c/ Avda. Diagonal etc etc de Barcelona.

                          A mi pregunta (no es de mi interés, lo pregunté por tí Robao ): ya no se pueden presentar las prácticas si no son vía telemática....
                          Respuesta: cara de desconcierto: pues claro que sí.
                          Replico: es que un amigo me ha comunicado que no se las habeis aceptado "en papel" ...:
                          Réplica: si, se siguen aceptando sin problemas...., se para... piensa.... excepto si vienen desde otra comunidad" que necesitamos la confirmación telemática...
                          Respondo: ah..... biennn....


                          Le dejo un rato tranquilita que tramite mi documentación.... raka raka (ordenador) raka raka impresora, llamada a L´Átmetlla (para variar), un par de sellos en un impreso y.... zaska! mi tema solucionado... o eso me dicen .

                          Me entrega la documentación con cara de... (uno menos...) yo con mi cara de sonrisa y de super agradecimiento..... y le suelto...:

                          Escucha... perdona.... una pregunta...: (los de detrás de la cola por el rabillo los ví... cara de asesinos...normal )

                          SI EXPIDO EL PNB PIERDO LAS PRÁCTICAS DE PER CON UNA SÓLA CONVOCATORIA DE TEÓRICA¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿
                          Respuesta: SÍ!
                          Contesto: NO!, me dijo Cinta de l´Atmella que no las perdía.... cara de

                          Teléfono en mano: llama a l ´Atmetlla....bla bla bla (con Cinta...) NO NO LAS PIERDE!
                          Contesta: me puedes pasar con un tal (no quisiera mentir creo que dijo Albert...no estoy seguro...)

                          BCN: pregunta al tal Alt...: pierde las prácti.... bla bla bla....
                          L´Atmetlla: SÍ! después de muchas preguntas (entiendo que de usuarios)...llamé a la DGMM I ME LO CONFIRMARON, UNA VEZ EXPEDIDO EL PNB SE PIERDEN LAS PRÁCTICAS DE PER.

                          Marga mi pareja puede dar fe de toda la conversación, es tremendo me he expedido el PNB y para casa, no necesito más, una pena de sistema, un churro, una gran decepción de experiéncia, me voy paso de vosotros, lo más positivo las prácticas con unos muy buenos compañeros y con un excelente Capitán, lo demás un churro provinciano.




                          PD: Por cierto a la funcionaria (la que pagamos todos>) que estaba detrás de la columna después de mirarse por balumba/balung/internet o yo que sé... unas chaquetas de invierno y varios modelos sobre unos 30 min. tiempo de nuestra espera... me dice Marga (mi pareja) ya ha parado... a lo que le comunico: NO ahora está contestando los Wasss, Marga se extiende y flipa! ES VERDAD!.
                          No lo digo por todos los funcionarios... sólo algún comentario.... por el segurata de la entrada...levanta el culo algún día digo... te colé los cascos el bolso y yo que se, pitó todo y tu charlando, al que hace las fotocopias de los DNI´s en la entrada... ya lo sé...vas a tope de curro, y a los que recepcionan la documentación...otro día disimula y no te comas el yogourt delante mío...es un consejo
                          Lanzo el mensaje sin reelerlo, voy llamando a mi abogado
                          http://designlight1.blogspot.com.es/

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                          • #14
                            Re: Prácticas de PER. ¿Sirven para expedir PNB y PER?

                            Jajaja ( me río por no llorar ).

                            Y pensar que todo este circo lo pagamos entre todos.


                            Bueno, a mi me llegó a decir una funcionaría que no pensara en eso, que aprobara la teórica del PER y que ya veríamos.

                            Sólo los que hemos pasado por allí nos podemos creer que hay gente que llevamos desde el día 28 de Julio esperando a que les de la gana darnos un provisional.



                            Al final he conseguido no decir lo que pienso
                            Puma 26

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Prácticas de PER. ¿Sirven para expedir PNB y PER?

                              haces las de Capitan y te valen para pnb,per y py

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