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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
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Publicación habilitaciones profesionales

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  • #16
    Respuesta: Publicación habilitaciones profesionales

    Las excursiones y pesca son hasta 5 millas de la costa,nada de marina,puerto o playa.



    Para una cosa que esta mas clara que el agua de las pilas butismales si que le damos vueltas

    b) Realizar actividades de atraque, fondeo, remolque o desplazamiento de
    embarcaciones de recreo dentro de las aguas correspondientes a puertos, puertos
    deportivos, marinas o playas, así como su traslado a otro puerto o lugar siempre que la
    navegación no tenga lugar a una distancia superior a CINCO MILLAS náuticas de la costa.
    c) Realizar pruebas de mar de embarcaciones de recreo y motos náuticas.
    d) Y el gobierno de embarcaciones destinadas al socorrismo en playas.
    2. Los poseedores de los títulos de capitán de yate y patrón de yate podrán
    igualmente patronear embarcaciones de recreo transportando hasta 6 pasajeros
    para la realización de excursiones turísticas y la práctica de pesca de recreo, dentro
    del mismo ámbito geográfico señalado en el PARRAFO ANTERIOR
    Editado por última vez por Pepota; 04/05/2019, 11:15:02. Razón: afirmar contenido

    Comentario


    • #17
      Re: Publicación habilitaciones profesionales

      Originalmente publicado por Mateando Ver Mensaje
      Me entra la duda de si han ampliado las atribuciones de los PPER. En la exposición de motivos del R.D. lo da a entender así:

      Transcurridos ocho años desde la creación de este certificado, y tras afianzarse este cada vez más, se pone de manifiesto la necesidad de racionalizar tanto los requisitos de obtención del mismo, estableciendo la superación de determinados cursos de especialidad más acorde con el trabajo realizado por dichos patrones que la exigida actualmente, así como una ampliación de sus atribuciones profesionales

      Pero en la redacción el único cambio que veo en ese sentido es la referencia al número máximo de personas que puede transportar:

      Antes decía:
      ) Gobierno de embarcaciones matriculadas en la lista sexta o séptima, siempre y cuando no lleven más de 12 personas, incluida la tripulación, en las zonas y condiciones que determine la Dirección General de la Marina Mercante.

      Ahora dice:
      a) Gobierno de embarcaciones matriculadas en la lista sexta o séptima, siempre y cuando no lleven más de 12 pasajeros, en las zonas y condiciones que determine la Dirección General de la Marina Mercante

      El concepto de Pasajero está definido en R .D. 1435/2010 "Art. 2. t) «Pasajeros»: las personas que vayan a bordo de una embarcación, excepto los niños menores de un año, y el patrón y los miembros de la tripulación, así como las personas empleadas u ocupadas a bordo de la embarcación en cualquier cometido que esté relacionado con las actividades de la misma."

      Creo que se debería haber dejado más claro, porque puede ser causa de muchas denuncias. Sobre todo cuando se limitan a 6 pasajeros, como es el caso de las nuevas habilitaciones.



      Entonces teniendo claro la diferencia entre tripulación y pasaje.
      Un PPER puede llevar un barco de 12+2? es decir 12 pasajeros + Patrón + Marinero?

      Que pensáis?
      Yo pago el café

      Comentario


      • #18
        Re: Publicación habilitaciones profesionales

        Lo de la distancia debe entenderse, a mi entender, del siguiente modo:

        Para transportes de material, suministros y embarques/desembarques: 5mn de la LINEA DE COSTA, habilitados todos (PER, PY, CY). Esto tiene sentido porque si el PER de la zodiac trabaja para un chiringuito, repartiendo mojitos por el fondeo, que está a más de 5mn del puerto base de la zodiac no podría currar y todo esto no tendría sentido..

        Sin embargo, para los PYs y CYs habilitados para excursiones con pasajeros, el límite sí que sería a 5 mn del puerto base que esté el barco despachado.. con todo es algo confuso..

        Comentario


        • #19
          Re: Publicación habilitaciones profesionales

          Originalmente publicado por aldebaran431 Ver Mensaje
          Entonces teniendo claro la diferencia entre tripulación y pasaje.
          Un PPER puede llevar un barco de 12+2? es decir 12 pasajeros + Patrón + Marinero?

          Que pensáis?
          Yo pago el café
          Yo entiendo que sí. 12 + la tripulación, los que sean, sin superar el máximo número permitido para la embarcación.

          Comentario


          • #20
            Re: Publicación habilitaciones profesionales

            Originalmente publicado por aldebaran431 Ver Mensaje
            Entonces teniendo claro la diferencia entre tripulación y pasaje.
            Un PPER puede llevar un barco de 12+2? es decir 12 pasajeros + Patrón + Marinero?

            Que pensáis?
            Yo pago el café

            A falta de aclararlo quien mandará en muchos casos son las plazas que permiten las características del barco: si permite 8 son 8 en total y con su chaleco por persona y capacidad de la balsa adecuada al número de personas a bordo


            LSV - BARCO KAU-BÉ.
            "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV).

            MMSI: 261000743

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            Comentario


            • #21
              Re: Publicación habilitaciones profesionales

              Originalmente publicado por LSV Ver Mensaje
              A falta de aclararlo quien mandará en muchos casos son las plazas que permiten las características del barco: si permite 8 son 8 en total y con su chaleco por persona y capacidad de la balsa adecuada al número de personas a bordo


              Así es, pero es totalmente independiente de la actividad o de la titulación del patrón. En ninguna embarcación pueden ir más personas del "número máximo de personas a bordo" que aparezca en su hoja de asiento o en su ITB.

              Comentario


              • #22
                Re: Publicación habilitaciones profesionales

                Originalmente publicado por javichi Ver Mensaje
                Se confirma el borrador sobre estas habilitaciones profesionales.
                Se abre una nueva etapa en la náutica de recreo en España.

                La tarta se reparte en trocitos más pequeños y tocará a menos... la clave para sobrevivir será ser LOS MEJORES PROFESIONALES.

                Yo pienso que a más barco de alquiler hay, más afición genera. De hecho hay quién empieza paseando en una golondrina y termina de profesional en la náutica.

                Hace muchos años, hará como 16 años, en Santa Pola había muy pocos barcos que te llevasen a la isla de Tabarca, ahora es un escándalo la cantidad de barcos que hay en el paseo marítimo de Santa Pola, se ponen a vender los tickets como si fueran pescado, con unos gritos, se pelean por los clientes... una cosa...
                La verdad es todo un espectáculo.

                Y al final, siempre van llenos todos los barcos.

                Hace años sólo llenaban los 3-4 barquitos que había, no sé exactamente, pero yo recuerdo que no eran muchos, y ahora es una enorme cantidad de barcos que hacen excursiones allí, cada año son más los que se apuntan a comer tarta, pero lo curioso es que siempre llega para todos...

                Así que no cunda el pánico.

                Sí que es cierto que al haber más competencia, los precios tendrán que bajar algo , o en todo caso ofrecer rutas que no tengan tanta competencia, ofrecer algo especial a bordo, como una merienda, un detalle, algo distinto,.. tratar bien al cliente para que repita y recomiende... en fin... que habrá que esforzarse en ser los mejores? por supuesto, pero eso en todos los trabajos, pienso yo.


                Mucha suerte para todos
                "Erase una vez, una mujer de un barco enamorada...."sigpic

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                • #23
                  Respuesta: Re: Publicación habilitaciones profesionales

                  Originalmente publicado por Kalael Ver Mensaje
                  Lo de la distancia debe entenderse, a mi entender, del siguiente modo:

                  Para transportes de material, suministros y embarques/desembarques: 5mn de la LINEA DE COSTA, habilitados todos (PER, PY, CY). Esto tiene sentido porque si el PER de la zodiac trabaja para un chiringuito, repartiendo mojitos por el fondeo, que está a más de 5mn del puerto base de la zodiac no podría currar y todo esto no tendría sentido..

                  Sin embargo, para los PYs y CYs habilitados para excursiones con pasajeros, el límite sí que sería a 5 mn del puerto base que esté el barco despachado.. con todo es algo confuso..
                  Para una cosa que esta mas clara que el agua de las pilas butismales si que le damos vueltas

                  b) Realizar actividades de atraque, fondeo, remolque o desplazamiento de
                  embarcaciones de recreo dentro de las aguas correspondientes a puertos, puertos
                  deportivos, marinas o playas, así como su traslado a otro puerto o lugar siempre que la
                  navegación no tenga lugar a una distancia superior a CINCO MILLAS náuticas de la costa.
                  c) Realizar pruebas de mar de embarcaciones de recreo y motos náuticas.
                  d) Y el gobierno de embarcaciones destinadas al socorrismo en playas.
                  2. Los poseedores de los títulos de capitán de yate y patrón de yate podrán
                  igualmente patronear embarcaciones de recreo transportando hasta 6 pasajeros
                  para la realización de excursiones turísticas y la práctica de pesca de recreo, dentro
                  del mismo ámbito geográfico señalado en el PARRAFO ANTERIOR

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