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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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P.Y. Examen Madrid Abril 2.010.REVISIÓN DE EXAMEN

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  • #16
    Re: P.Y. Examen Madrid Abril 2.010.REVISIÓN DE EXAMEN

    Unas , quiero empezar pidiendo disculpas por si a alguien he molestado, la verdad es que en esto de escribir hay momentos en que se te va un poco la olla.
    Estoy seguro que en la DGMM hay profesionales muy competentes y que en general intentan hacer las cosas lo mejor que pueden, pero hay hechos que por lo menos como usuario, que además pago como todos por esos servicios, no puedo dejar de expresas mi molestia.

    Yo ya he realizado todos los examenes que de momento tienen, os cuento las ¿preguntas que estan mal redactadas, o simplemente mal?, bueno un error lo tenemos todos.
    ¿Porque en Andalucía no necesitas entregar el certificado del reconocimiento médico hasta que te tengan que dar el título ya que no existe ningún sitio que diga que para examinarte necesites nada y en Madrid lo presentes de inicio.?
    ¿Porque en Cataluña te dan un carnet provisional y en Madrid no, si ya eres patrón?.
    ¿porque hay comunidades en las que te sacas copia de tu examen y te dan las correcciones para que tu compruebes tus errores y aciertos y en Madrid no te dejan sacarte ni tus hojas?
    ¿por que se tarda más de 3 semanas en corregir ?

    Si en cada comunidad hay una cosa que se hace mejor que en otra, porque no se reunen y trabajan sus buenas prácticas.
    os recuerdo que estos señores estan pagados por nosotros, pues que lo hagan bien, perdón lo mejor posible.

    Repito no quería y pido disculpas molestar a ningún funcionario, y en concreto en la DGMM seguro que hay muchos buenos profesionales, pero el nivel de atención al "contribuyente" desde mi opinión es muy mejorable, también podía ser peor lógicamente, pero no entiendo que no mejore con cosas que ya estan haciendo en otras administraciones y que sin ningún coste se traduce en una mejor calidad de atención al ciudadano, pero lo dicho es una opinión y de nuevo mis disculpas.

    PD No soy funcionario soy contribuyente.

    Buena mar.
    lamardeescuelas

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    • #17
      Re: P.Y. Examen Madrid Abril 2.010.REVISIÓN DE EXAMEN

      Originalmente publicado por Capitan Resaca Ver Mensaje
      ¿Porque en Andalucía no necesitas entregar el certificado del reconocimiento médico hasta que te tengan que dar el título ya que no existe ningún sitio que diga que para examinarte necesites nada y en Madrid lo presentes de inicio.?
      ¿Porque en Cataluña te dan un carnet provisional y en Madrid no, si ya eres patrón?.
      ¿porque hay comunidades en las que te sacas copia de tu examen y te dan las correcciones para que tu compruebes tus errores y aciertos y en Madrid no te dejan sacarte ni tus hojas?
      ¿por que se tarda más de 3 semanas en corregir ?
      Ains... pues sí, yo también me pregunto por qué tenemos 17 reinos de taifas.... que oye, no tiene que ser todo igual para todo el mundo, pero como somos gilis, pues acabamos así, con 17 reinos de taifas. Si funciona tan mal para un simple examen de patrón, échale para las cosas importantes que muevan dinero de verdad....

      Dioses...

      Comentario


      • #18
        Re: P.Y. Examen Madrid Abril 2.010.REVISIÓN DE EXAMEN

        Originalmente publicado por molaluis Ver Mensaje
        Buenos días,alguien de los que solicitamos REVISIÓN DE EXAMEN, ha recibido contestación.
        En mi caso, solicité la revisión el día 27 de Abril, y hasta ahora, nada.
        Bueno... ya han pasado a definitivas las notas, ahora ya podemos sacar conclusiones reales. Yo no tenia nada recurrido, no puedo 'postear en serio'; pero me parece bueno sacar conclusiones:

        • Parece que no han contestado por escrito. Utilizan la web para comunicar el resultado de la revisión.
        ¿Podeis p.f. confirmarlo? ¿alguien ha recibido alguna carta?
        (personalmente, no me parece mal: la web es una manera eficaz y rápida de comunicar; pero creo parece recordar que 'prometian contestar por correo', y en ese caso, deberian cumplir)
        • ¿Que tal os ha ido la revisión? (al final del dia, esto es lo que cuenta)


        Con los otros temas que se planteaban (capacidad de mejora en el proceso) no se muy bien que sacar.... de lo dicho. hay cosas que son 'de cajón', y me temo que de este foro no van a ningun lado.

        Insisto: 'suerte para los recurridores'

        Comentario


        • #19
          Re: P.Y. Examen Madrid Abril 2.010.REVISIÓN DE EXAMEN

          Originalmente publicado por Kepilla Ver Mensaje
          Bueno... ya han pasado a definitivas las notas, ahora ya podemos sacar conclusiones reales. Yo no tenia nada recurrido, no puedo 'postear en serio'; pero me parece bueno sacar conclusiones:

          • Parece que no han contestado por escrito. Utilizan la web para comunicar el resultado de la revisión.
          ¿Podeis p.f. confirmarlo? ¿alguien ha recibido alguna carta?
          (personalmente, no me parece mal: la web es una manera eficaz y rápida de comunicar; pero creo parece recordar que 'prometian contestar por correo', y en ese caso, deberian cumplir)
          • ¿Que tal os ha ido la revisión? (al final del dia, esto es lo que cuenta)

          Con los otros temas que se planteaban (capacidad de mejora en el proceso) no se muy bien que sacar.... de lo dicho. hay cosas que son 'de cajón', y me temo que de este foro no van a ningun lado.

          Insisto: 'suerte para los recurridores'

          Yo diría:

          no veo problema en contestar mediante la simple publicación de notas definitivas si te transforman el suspenso en aprobado


          pero si te ratifican el suspenso inicial:
          1. no has tenido acceso a tu examen, ni a los criterios de corrección,
          2. falta la necesaria motivación del acto
          3. no tienes ni siquiera constancia de que, efectivamente, han revisado
          el examen

          es una práctica deplorable, desde el punto de vista de la legislación de procedimiento administratiovo y de lo que se consideran principios de buena administración; no tiene ninguna defensa ni justificación

          respecto a lo de que esto no va a ninguna parte, pues depende: si la gente recurre poniendo de relieve vicios procedimentales, en algún momento tendrán que prestar más atención; igual que si presentas las quejas cuando y donde procede. En todo caso, estoy tomando nota de todo para cuando me nombren DGMM

          Ahora en serio, mi impresión es que el tratamiento que de estas pruebas hace la DGMM es de mucha peor calidad que los estándares que se aplican, por ejemplo, en oposiciones (en la Administración general del Estado, al menos), en las que la conflictividad y las quejas son proporcionalmente menores y los procedimientos de corrección de irregularidades funcionan.

          un saludo, y a ver si los recurridores contestais a las preguntas de Kepilla, que son esenciales para tener criterios en casos similares

          Comentario


          • #20
            Re: P.Y. Examen Madrid Abril 2.010.REVISIÓN DE EXAMEN

            Buenas tardes a todos:
            Parece ser, que ya hay notas definitivas. En mi caso, seguimos donde estábamos, solo notas provisionales(suspenso,navegación).
            Con respecto a la solicitud de revisión de examen(hecha 27/04), nada,
            no he recibido respuesta.
            Habrá que ir pensando, en el RECURSO DE ALZADA.
            Sería bueno saber, si han contestado alguna solicitud de revisión de examen. ¿Algún cofrade ha recibido contestación?.
            Saludos cordiales.

            Comentario


            • #21
              Re: P.Y. Examen Madrid Abril 2.010.REVISIÓN DE EXAMEN

              En mi caso solicité revisión de una asignatura de Capitán. Sinceramente me parece increíble todo lo que pasa.

              Una amiga solicitó revisión de de otra asignatura distinta, también de Capitán, y ha recibido contestación que confirma el suspenso, en el mismo escrito se indica que contra la resolución se puede presentar un recurso en el plazo de un mes a partir de la fecha del mismo. ¿Y los demás? ¿Qué plazo tenemos si no tenemos ni respuesta?

              En Patrón de Yate un amigo también reclamó y le contestaron con otro escrito totalmente documentado, aceptando una de las reclamaciones como un error y confirmando la nota exacta (con números) en otra, todo ello firmado por tres personas del ministerio incluyendo la directora general, con número de expediente y una pegatina con código de barras. En el escrito actual sólo dice suspenso, ni nota ni nada, parece un salir del paso y punto; eso si, da el plazo para la reclamación.

              Me parece que la falta de transparencia (no dejar sacar ni los exámenes, no explicar por qué se ha suspendido, etc.), la incoherencia en el tratamiento y la falta de trabajo en ni siquiera contestar son una auténtica vergüenza, por no hablar de los errores que comenten en la redacción de los exámenes, etc. Es de lamentar la situación.

              Si alguien tiene alguna idea de cómo elevar una protesta que permita denunciar la situación yo estoy totalmente a favor.

              Desde luego no hay celebración.
              es probable que nunca haya respuesta
              pero igual seguiremos preguntando
              ¿qué es por ventura el mar?
              ¿por qué fascina el mar? ¿qué significa
              ese enigma que queda
              más acá y más allá del horizonte?

              Comentario


              • #22
                Re: P.Y. Examen Madrid Abril 2.010.REVISIÓN DE EXAMEN

                Si, realmente es lamentable, pero, es lo que hay.
                Yo, sigo sin contestación a mi solicitud de revisión(27/04/10), y entiendo
                que, al no haber ningún reglamento especifico, sobre la revisión de examen. Deberemos atenernos a la Ley 30/92 de 26 de Noviembre, Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Según la cual, si no nos contestan en el plazo de tres meses, deberemos entender denegada la revisión por "silencio administrativo". Entonces, habría que interponer "Recurso de Alzada", solicitando el aprobado de la asignatura, y, alegando para ello, entre otras cosas, la no contestación a nuestra solicitud. Otra cuestión a tener en cuenta es, cuando las notas provisionales se conviertan en definitivas, es decir, si esto ocurre antes de los tres meses(Silencio administrativo)y, no han contestado, al ver que nuestras notas son definitivas, tendremos un mes para efectuar el correspondiente "Recurso de Alzada".
                Bueno, yo pienso actuar de esta forma, salvo que, algún cofrade nos aporte alguna idea mejor.
                Saludos cordiales.

                Comentario


                • #23
                  Re: P.Y. Examen Madrid Abril 2.010.REVISIÓN DE EXAMEN

                  Pues nada, a mi no me han contestado, pero han rectificado mi suspenso de navegación de las notas provisionales a un aprobado en las definitivas. En cualquier caso ya he pagado las tasas de Junio.

                  Comentario


                  • #24
                    Re: P.Y. Examen Madrid Abril 2.010.REVISIÓN DE EXAMEN

                    Enhorabuena por tu aprobado, por favor, me puedes decir cuando hiciste la solicitud de revisión. Es por intentar establecer una relación entre la fecha de solicitud y la de contestación.
                    Mi instancia la presenté el día 27/4/10.
                    Muchas gracias y saludos cordiales,

                    Comentario


                    • #25
                      Re: P.Y. Examen Madrid Abril 2.010.REVISIÓN DE EXAMEN

                      Originalmente publicado por molaluis Ver Mensaje
                      Enhorabuena por tu aprobado, por favor, me puedes decir cuando hiciste la solicitud de revisión. Es por intentar establecer una relación entre la fecha de solicitud y la de contestación.
                      Mi instancia la presenté el día 27/4/10.
                      Muchas gracias y saludos cordiales,
                      Pues no sé la fecha exacta, pero fue a los dos días de la publicación de las notas provisionales, para que hagas las cuentas, si té es muy importante te lo puedo mirar.

                      Comentario


                      • #26
                        Re: P.Y. Examen Madrid Abril 2.010.REVISIÓN DE EXAMEN

                        No hace falta que lo mires. Sabiendo que tardaste un par de días en solicitar la revisión. Yo tarde aproximadamente ocho, deben de estar a punto de contestarme.
                        Muchas gracias y enhorabuena otra vez.

                        Comentario


                        • #27
                          Re: P.Y. Examen Madrid Abril 2.010.REVISIÓN DE EXAMEN

                          ¡Por fin! he recibido la contestación a la revisión de examen, dice textualmente:
                          "En contestación a su escrito de 27 de Abril de 2.010, solicitando la revisión del examen de NAVEGACIÓN de Patrón de Yate realizado en Madrid, convocatoria de Abril de 2.010, se informa que reunido el Tribunal en sesión extraordinaria y después de revisar el examen, éste manifiesta lo siguiente:
                          Se ratifica en la calificación inicial de SUSPENSO dado que el ejercicio, una vez revisado y comprobado que los ejercicios y preguntas están dentro del programa de la asignatura de navegación de patrón de yate, publicado en el anexo III de la orden FOM/3200/2007, puntos 2.1.9, 2.2.4., 2.2.6., no supera la puntuación mínima requerida para aprobar.
                          Contra la presente Resolución, podrá interponer ante la Sra. Directora General de la Marina Mercante, en el plazo de un mes a partir de la recepción del presente escrito, recuro de alzada previsto en el artículo 114 de la Ley de Regimen Jurídico de las AA.PP. y del PA. Común.

                          lo firma El Secretario del tribunal con el VºBº del Presidente.

                          ¿ Que opinión os merece la contestación? teniendo en cuenta que, en mi solicitud de revisión, la pedía una explicación de porque; de los tres problemas incluidos en el examen, uno no tenia solución(por saltar un dato)y otro no figuraba en el temario colgado en la WWW de Marina Mercante.
                          Espero vuestros comentarios y sugerencias, para un posible Recurso de Alzada.
                          Saludos cordiales.

                          Comentario


                          • #28
                            Re: P.Y. Examen Madrid Abril 2.010.REVISIÓN DE EXAMEN

                            Originalmente publicado por molaluis Ver Mensaje
                            ¡Por fin! he recibido la contestación a la revisión de examen, dice textualmente:
                            "En contestación a su escrito de 27 de Abril de 2.010, solicitando la revisión del examen de NAVEGACIÓN de Patrón de Yate realizado en Madrid, convocatoria de Abril de 2.010, se informa que reunido el Tribunal en sesión extraordinaria y después de revisar el examen, éste manifiesta lo siguiente:
                            Se ratifica en la calificación inicial de SUSPENSO dado que el ejercicio, una vez revisado y comprobado que los ejercicios y preguntas están dentro del programa de la asignatura de navegación de patrón de yate, publicado en el anexo III de la orden FOM/3200/2007, puntos 2.1.9, 2.2.4., 2.2.6., no supera la puntuación mínima requerida para aprobar.
                            Contra la presente Resolución, podrá interponer ante la Sra. Directora General de la Marina Mercante, en el plazo de un mes a partir de la recepción del presente escrito, recuro de alzada previsto en el artículo 114 de la Ley de Regimen Jurídico de las AA.PP. y del PA. Común.

                            lo firma El Secretario del tribunal con el VºBº del Presidente.

                            ¿ Que opinión os merece la contestación? teniendo en cuenta que, en mi solicitud de revisión, la pedía una explicación de porque; de los tres problemas incluidos en el examen, uno no tenia solución(por saltar un dato)y otro no figuraba en el temario colgado en la WWW de Marina Mercante.
                            Espero vuestros comentarios y sugerencias, para un posible Recurso de Alzada.
                            Saludos cordiales.
                            Pues me parece que solamente motivan la pertinencia del AIS
                            Si vas a interponer alzada, ten en cuenta lo siguiente:

                            - en primer lugar, que la preparación de la resolución del recurso se suele atribuir a unidades especiales dentro de los Ministerios (Subdirecciones de Recursos), ubicadas en Secretarías Generales Técnicas; aunque la firma corresponda a la DGMM, un órgano externo a ella examinará tus alegaciones y preparará la respuesta.

                            - respecto al AIS, es cierto que está en el nuevo temario y que hay un disclaimer en la página web de fomento. Yo, sin embargo argumentaría:
                            en la página web no se recoje (en esta nueva convocatoria siguen sin hacerlo -hasta ayer por lo menos-); preguntar por algo no incluido en la información facilitada es, cuando menos, contrario a los principios de transparencia (artículo 3.5 Ley 30/1992), buena fe y confianza legítima -en la medida en que con su comportamiento ha generado una determinada expectatiiva en las personas que confían en la exactitud de la información facilitada- (artículo 3.1, segundo párrafo, Ley 30/1992), máxime cuando Fomento fue reiteradamente advertido por otros interesados del error padecido en la publicación del temario
                            además, para cerrar este apartado, yo pondría de relieve que en ningún lugar de la Resolución de convocatoria existe una remisión expresa a la Orden de 2007 en cuanto al temario por el que se rigen las pruebas: si te lees la Resolución de diciembre de 2009 y la página web de Fomento, puedes legítimamente pensar que los temas de los que te examinas son los recogidos en la página web: la vinculación al temario de 2007 es algo que han "olvidado" u omitido incluir en la convocatoria y, para añadir más confusión, la página web no recoje el temario moderno.

                            -respecto a los problemas sin solución, volvería a argumentar lo mismo, señalando que no está motivada la razón por la que la pregunta está correctamente formulada y los criterios aplicados en su corrección; creo recordar que alguien comentó que se había preguntado en el examen a los del Tribunal y que se comentó que la pregunta estaba bien puesta y tenía solución: si esto es así (que no estoy seguro, me parece haberlo visto en un post antiguo) habría que elaborar un poco la idea de que este comentario contribuyó a generar más confusión (por si argumentan diciendo que la cuestión se solucionaba señalando por qué el problema no tenía solución, no se si me explico)


                            -tienes que pedir la apertura del trámite previsto en el artículo 112.1 Ley 30/1992 (alega, además de este artículo, el 35 y elLey 30/1992) : señala que no has tenido acceso al expediente ni a los criterios de corrección, siendo manifiestamente insuficiente la motivación de la resolución de revisión del examen. señala que los motivos articulados lo son sin perjuicio de que posteriormente, a resultas de la información que obtengas en trámite de vista puedas completarlos, adicionarlos o modificarlos.

                            Un saludo
                            Editado por última vez por sinous; 11/06/2010, 14:28:12.

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                            • #29
                              Re: P.Y. Examen Madrid Abril 2.010.REVISIÓN DE EXAMEN

                              Muchas gracias SINOUS, por tus acertados comentários. No he podido dedicarle tiempo a este asunto, debido a un viaje de trabajo. Ahora, estoy de nuevo aquí y, lo primero que quiero, es preparar el Recurso de Alzada. Me gustaría que le echaras un vistazo, cuando lo tenga hecho. ¿Que te parece?
                              Saludos cordiales.

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