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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

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Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

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PER, sin las pràcticas de vela

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  • PER, sin las pràcticas de vela

    Buenas!

    Tengo una duda respecto a la navegación a vela.
    Cuando saqué el PER recuerdo que legalmente, cuando se va a vea y motor a la vez se considera embarcacion impulsada a motor..
    En ese caso, el aquí presente no tiene las prácticas de vela, navegando, podré navegar a vela siempre y cuando lleve el motor en marcha?

    Unaronda pa todos!

  • #2
    Re: PER, sin las pràcticas de vela

    Originalmente publicado por Jordy Ver Mensaje
    Buenas!

    Tengo una duda respecto a la navegación a vela.
    Cuando saqué el PER recuerdo que legalmente, cuando se va a vea y motor a la vez se considera embarcacion impulsada a motor..
    En ese caso, el aquí presente no tiene las prácticas de vela, navegando, podré navegar a vela siempre y cuando lleve el motor en marcha?

    Unaronda pa todos!
    Hola, no podrás, si llevas las velas desplegadas estas navegando a vela y tienes que estar habilitado

    Comentario


    • #3
      Re: PER, sin las pràcticas de vela

      Siento decirte que no.
      Si no tu título no tiene la habilitación para navegar a vela, no podrás navegar con un velero.
      Si lo que quieres es navegar a vela ¿por qué no haces las prácticas y te habilitas para navegar a vela?


      RAFNI KAI
      www.RAFNI.es

      "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad"

      Comentario


      • #4
        Re: PER, sin las pràcticas de vela

        Buenas:
        He consultado este tema con el instructor del PER que yo tuve.
        Un velero puedes manejarlo a motor sin problema, de hecho las practicas de motor las hice en el mismo que las practicas a vela.

        En cuanto al tema de llevar las velas desplegadas, el me dijo que por definicion un velero a vela y motor, se considera un buque de propulsion mecanica, eso si, en ese caso debes llevar un cono negro invertido en la proa.

        Esa es, segun el, la teoria, ahora bien, una cosa es que lleves mayor y genova y el cono dichoso y le digas al venemerito que es para ahorrar combustible, que el barco va mas estabilizado, etc, y otra es que vayas a toda leche, con spi, planeando las olas, igual el venemerito no se lo cree.

        de todas formas creo que el hecho de que lleves una titulacion, aunque sea la de motor, si no esta por buscarte las cosquillas, no te dira gran cosa, que hagas las practicas, etc.

        Lo mejor es que lo tengas en regla y te olvidas de problemas.

        Comentario


        • #5
          Re: PER, sin las pràcticas de vela

          Grácias por resolverme la duda!

          YA tenia decidido sacarme las prácticas de vela en vrano...o con el PY
          pero me hacia grácia aprender a usar las velas

          Grácias a todos! QUE CORRA EL RON

          Comentario


          • #6
            Re: PER, sin las pràcticas de vela

            Estimados cofrades, saludos y

            Pues siento disentir, pero en la definición de velero que hace la DGM en el BOE de las titulaciones dice más o menos textualmente: "Se considera velero todo barco cuyo medio principal de propulsión sean las velas". Por lo tanto, no puedes patronear un velero, a motor y con el aparejo cargado (mucho menos con el trapo arriba), si no tienes la titulación adecuada.

            Otro saludo y más
            Si ves rodar al patrón por la escala, NO le eches una mano. Él es patrón y sabe por qué se cae.

            Si tengo que ser parte del rebaño, me pido ser el perro.

            Comentario


            • #7
              Re: PER, sin las pràcticas de vela

              A mi siempre me han dicho, amigos, familiares, jefe de estudios del club nautico, profesor prácticas PER... que una embarcación que navega a vela y motor se considera embarcación a motor.

              Es más, el jefe de estudios del club náutico (que es capitán de la marina mercante) me dijo que la habilitación a vela si la quieres para ir a dar una vuelta de vez en cuando es tontería. Me explico: para entrar y salir de puerto hay que ir a motor, y en medio del mar si vas a vela, ves venir de lejos la barquilla (GC) por lo que enciendes motor y sin problemas.
              Un detalle es llevar el cono tirangular, aún que núnca he visto usarlo, sólo lo he visto en libros.
              Dado que esto me lo dijo el de la escuela, que parte de los ingresos van para el funcionamiento del club, me parece algo a destacar.

              ORDEN FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por
              la que se regulan las condiciones para el
              gobierno de embarcaciones de recreo.

              5. «Embarcación a motor»: Aquella embarcación en
              la que uno o varios motores constituyen el modo principal
              de propulsión.
              6. «Embarcación a vela»: Aquella embarcación en la
              que el aparejo de vela constituye su forma principal de
              propulsión.


              Se puede discutir si el medio principal de propulsión en un velero que navegue simultaneamente a motor y vela, es la vela o el motor, pero yo me inclino por pensar que es el motor. Entre otras cosas porque con el motor encendido tienes la misma maniobrabilidad (o casi la misma) que una motora, y por algo -teoricamente- tienes que llevar el triangulito, para que los demás te identifiquen como buque a motor y no tengas la preferencia de paso por llevar las velas.

              Otro tema seria a la hora de participar en una regata, en la que sólo puedes navegar a vela, en cuyo caso si o si has de tener la habilitación a vela (yo la tengo).

              Este es mi punto de vista, si alguien tiene argumentos para desmontar mi razonamiento agradecería que los compartiera.

              sin más, unas
              ____________________
              Nasideb

              Comentario


              • #8
                Re: PER, sin las pràcticas de vela

                El argumento es muy simple,
                en un barco de vela, aunque vaya a motor, si le pasa algo al barco y el patrón no tiene la titulación habilitada a vela el seguro hará todo lo posible por no pagar ninguna responsabilidad civil

                Por no hablar de que si le pasa algo a algún tripulante la responsabilidad puede ser penal, ya que realmente carecerías del carnet para llevar ese barco.

                Comentario


                • #9
                  Re: PER, sin las pràcticas de vela

                  Bueno según me contaron a mí en la escuela nautica, un velero que con motor y vela es considerado buque de propulsión mecanica, por lo tanto se le aplican esas normas, las de propulsión mecanica, y si te dicen algo y ven el motor está encendido lo mismo, si tu titulo es a per a motor ningún problema. Ahora, eso me dijeron en la escuela nautica, luego del dicho al hecho puede ir mucho....

                  un saludo

                  Comentario


                  • #10
                    Re: PER, sin las pràcticas de vela

                    Un velero con las velas desplegadas es un velero.
                    Ahora bien si además de vela lleva motor, aunque no deja de ser un velero, a efectos de preferencias de paso o de maniobrabilidad se considera de motor,pero no deja de ser un velero.
                    de ir a motor sin estar habilitado, puedes hacerlo,pero deja las velas en casa.
                    Te dicen que es un velero que en ciertas circunstancias, se considerará como si fuese de motor.
                    No nos confundamos,un velero es siempre un velero, aunque-repito-se considere otra cosa en un momento puntual.

                    Comentario


                    • #11
                      Re: PER, sin las pràcticas de vela

                      Vamos a ver. Un velero aunque este navegando a motor sigue siendo un velero.
                      Según definición del diccionario de la real academia de la lengua.
                      Velro.
                      de vela.
                      1. m. Mar. El que aprovecha con cualquier aparejo la fuerza del viento.

                      Por la tanto esta claro que en velero su medio principal de propulsión es la vela, y por tanto el motor no deja de ser un medio secundario de propulsión, así que no se considera en definición un barco de propulsión mécanica, aunque para el RIPA lo sea.

                      Normalmente los controles de la GC del mar son en las entradas de los puertos, y se controla la documentación "parado" en el muelle.

                      Si vas en un velero, y que esta claro que sales del puerto a motor, y cuando te paran, te acercas navegando a motor, atracas en el muelle y empieza el cotidiano cotejo de papeles, certificados y titulación, el correspondiente agente, "denunciará" (que no multará, eso lo hará la autoridad maritima competente) que vas patroneando un velero sin la habilitación adecuada, porque un velero es un velero y una motora es una motora y esta clarisimo.

                      No entrará en detalles si despues pretendías navegar solo a motor. (para que puñetas lleva velas esa embarcación si no es para utilizarlas), y quien dice a la autoridad que no vas a usarlas.

                      Es como cuando "pillan" al propietario de un barco en lista 6ª de menos de cuatro años y éste alega que solo está probando el motor, o que va a llevarlo a otro puerto para alquilarlo. La denuncia esta asegurada y el palo que pone la Agencia Tributaria es seguro, que de eso hay muchos que pueden atestiguarlo.
                      Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante)
                      EA 3 CBT

                      Comentario


                      • #12
                        Respuesta: PER, sin las pràcticas de vela

                        Te aconsejo que te saques las practicas de vela con el per, ya te valen en el futuro si te sacas PY y ademas no haces alguna tonteria de la que te puedas arrepentir, las practicas son bonitas y entretenidas.

                        saludos
                        sigpic El tiempo que pasas navegando,
                        no se descuenta del resto de tu vida
                        ......es tiempo extra.

                        Comentario


                        • #13
                          Re: PER, sin las pràcticas de vela

                          Sería bueno saber que piensan las compañías de seguros.
                          No creo que pagasen ni un euro en caso de producirse un siniestro, aunque jureis que el motor iba arrancado y que por lo tanto es un barco de motor.

                          Por otro lado veo que estais mezclando cosas. Vamos a ver según el reglamento de abordajes, página 6 (9ª edición de julio de 2.009),
                          Definiciones generales
                          Regla 3
                          b) La expresión "buque de propulsión mecánica" significa todo buque movido por una máquina.
                          c) la expresión "buque de vela" significa todo buque navegando a vela siempre que su maquinaria propulsora, caso de llevarla, no se esté utilizando.

                          Viendo esto, es correcto lo que os han contado en las escuelas náuticas, pero esto es solo para comprender el Reglamento Internacional para prevenir los abordajes en la mar. Según naveguemos a motor o a vela deberemos de actuar de una forma o de otra.

                          Otra cosa distinta es en la documentación de los barcos.
                          Según el Registro Marítimo Español pone, en mi caso, muy claro:
                          Clasificaciones
                          Tipo de embarcación: Recreo y Deportivas
                          Subtipo de embarcación: Motovelero

                          Está claro, o por lo menos y lo tengo claro, que mi barco es un velero y por tanto necesito estar habilitado a vela.

                          Espero que salgan personas que sepan mas que yo para aclarar esta situación.

                          Saludos
                          Rafa


                          RAFNI KAI
                          www.RAFNI.es

                          "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad"

                          Comentario


                          • #14
                            Re: PER, sin las pràcticas de vela

                            Estáis confundiendo la legislación española (véase ORDEN FOM/3200/2007) con el RIPAM, a efectos legales 1 velero es siempre 1 velero vaya o no a motor y hay que estar habilitado legalmente para llevarlo con velas o sin ellas. A efectos del RIPAM un velero que tambien se propulse a motor tiene las mismas preferencias que una embarcación a motor.

                            Comentario


                            • #15
                              Re: PER, sin las pràcticas de vela

                              Originalmente publicado por ercapitantan Ver Mensaje
                              El argumento es muy simple,
                              en un barco de vela, aunque vaya a motor, si le pasa algo al barco y el patrón no tiene la titulación habilitada a vela el seguro hará todo lo posible por no pagar ninguna responsabilidad civil

                              Por no hablar de que si le pasa algo a algún tripulante la responsabilidad puede ser penal, ya que realmente carecerías del carnet para llevar ese barco.
                              Si los seguros de barco funcionan como los del coche, no deberías ni de tener seguro. Para asegurarte has de tener la titulación. Otra cosa es que lo gobierne otro patrón distinto al armador que no tenga la habilitación a vela segun lo que dices.

                              ____________________
                              Nasideb

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