VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
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Comparativa ordenadores Mares economicos...

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  • #16
    Re: Comparativa ordenadores Mares economicos...

    En España se puede bucear hasta 40 metros con aire, y 55 m para inmersiones excepcionales:

    ORDEN de 14 de Octubre de 1997, por la que se aprueba las Normas de Seguridad
    para el Ejercicio de Actividades Subacuaticas.

    CAPITULO III. Buceo deportivo-recreativo
    Artículo 24. Sobre la práctica del buceo deportivo-recreativo.
    1. Todo practicante de una de las modalidades de actividades subacuáticas, deberá
    http://www.mtas.es/insht/legislation...bacuaticas.htm (30 de 44) [11/08/2004 14:08:01]
    O.M. de 14 de Octubre de 1997. Normas de Seguridad para Actividades Subacuaticas
    encontrarse en posesión de un «Seguro de accidentes y de responsabilidad civil»,
    que pueda cubrir cualquier tipo de incidente que pueda producirse durante el
    desarrollo de las mismas.
    2. En la realización de operaciones de buceo, se evitará planear las inmersiones al
    límite de las tablas de descompresión, dándole al buceador un tiempo o profundidad
    de seguridad, sobre el límite de las mismas. Los programas de enseñanza para la
    obtención de los distintos títulos, deberán incluir explicaciones y manejo de las tablas
    de descompresión establecidas en estas normas.
    3. En la práctica del buceo deportivo-recreativo, las tablas de descompresión incluidas
    en el anexo III podrán ser sustituidas por un descompresímetro digital debidamente
    aprobado.
    4. Cuando por cuestiones excepcionales se justifique el riesgo de una inmersión en
    solitario, el buceador irá siempre unido a la superficie por un cabo de seguridad.
    5. En las inmersiones previstas a más de 40 metros de profundidad, es aconsejable la
    utilización de equipos de comunicación con superficie.
    6. En el transporte de las botellas de buceo deberá procurarse que las mismas sean
    siempre fijadas sujetándolas por la grifería y el cuerpo de los cilindros, no por los
    atalajes, para evitar su rotura y posible caída.
    7. Los compresores accionados por motores de explosión, sólo deberán hacerse
    funcionar en espacios exteriores, colocando la toma de aspiración a unos dos metros
    del nivel del suelo y a barlovento del escape del motor del compresor.
    8. Los límites de profundidad para operaciones de buceo con aire quedan determinados
    por las siguientes cotas a nivel del mar:
    a. 40 metros: Inmersiones con equipo autónomo de aire.
    b. 55 metros: Inmersiones excepcionales con aire o nitrox (aire enriquecido).

    9. Solamente podrán realizar operaciones de rescate o de recuperación de cadáveres,
    las Fuerzas de Seguridad del Estado y/o buceadores con la titulación profesional
    correspondiente, salvo en circunstancias de emergencia donde la intervención
    represente la protección de vidas humanas.
    10. La responsabilidad de la preparación y planeamiento de una operación de buceo,
    recaerá siempre sobre el buceador de mayor rango. Del mismo modo, todo el
    personal que participe en la misma, deberá estar enterado del programa que se va a
    llevar a cabo.
    http://www.mtas.es/insht/legislation...bacuaticas.htm (31 de 44) [11/08/2004 14:08:01]
    O.M. de 14 de Octubre de 1997. Normas de Seguridad para Actividades Subacuaticas
    11. Se tomarán precauciones cuando se hagan inmersiones en fondos de fango, para
    evitar la pérdida de visibilidad o el enterramiento del buceador o de su equipo.
    12. Se preverán métodos de tratamiento y medidas a adoptar en caso de accidente
    causado por la vida marina, tóxica o agresiva, cuando se hagan inmersiones en
    aguas con alta concentración de vida marina peligrosa.
    13. Se dispondrá de una embarcación en superficie para ayuda y auxilio de los
    buceadores. Siempre que sea posible, se dispondrá en ella de una pareja de
    seguridad, lista para hacer inmersión.
    14. Toda embarcación que participe en operaciones de buceo, deberá izar la bandera
    ALFA del Código Internacional de Señales y, a ser posible, balizará con la misma
    señal DOS puntos de la zona de inmersión.
    15. Se exigirá a los centros de alquiler de material y a los buceadores la responsabilidad
    y puesta a punto del mismo.
    16. La unidad mínima en el agua para efectuar inmersiones con equipos autónomos será
    una pareja de buceadores y que deberán estar sometidos a las siguientes
    restricciones:
    a. No podrá realizar actividades subacuáticas todo aquel buceador que se
    encuentre en bajo estado físico, psíquico, tensión, ansiedad, embriaguez,
    enfermedad, sueño, ingestión de drogas o de similares efectos.
    b. No se efectuarán actividades de buceo cuando las condiciones atmosféricas
    impidan la maniobra normal de la embarcación de apoyo para la recogida de
    los buceadores.
    c. No se realizarán inmersiones que requieran paradas de descompresión en el
    agua cuando el estado del agua no permita realizar, con seguridad, las paradas
    reglamentarias o mantener la profundidad con exactitud.
    d. Se evitará, en la medida de lo posible, la realización de inmersiones con
    corrientes superiores a un nudo.
    17. El equipo mínimo obligatorio que debe llevar un buceador autónomo será:
    a. Chaleco compensador de la flotabilidad, que deberá de constar de un sistema
    de hinchado bucal, y otro automático directo de la botella de suministro
    principal, o alimentado por medio de un botellín.
    b. La botella contará con un mecanismo de reserva o con un sistema de control
    http://www.mtas.es/insht/legislation...bacuaticas.htm (32 de 44) [11/08/2004 14:08:01]
    O.M. de 14 de Octubre de 1997. Normas de Seguridad para Actividades Subacuaticas
    de la presión interior.
    c. Reloj y profundímetro o descompresímetro digital.
    d. Cuchillo.
    e. Dos segundas etapas, aunque se recomienda llevar dos reguladores
    independientes.

    Comentario


    • #17
      Re: Comparativa ordenadores Mares economicos...

      Hola Ricardo , permíteme que haga un par de puntualizaciones a tu respuesta.

      Decir que bucear a menos de 75m con trímix es exagerado es no entender para qué se usa el He.

      Bucear a 75m con aire quiere decir que respiramos O2 a una presión parcial de 1.78 , creo que sobran los comentarios...

      Sin ninguna acritud.
      Un saludo.

      Comentario


      • #18
        Re: Comparativa ordenadores Mares economicos...

        ¡Andá! ... ¡quién anda por aquí! ... ¡el Nacho!. Chaval, me alegro de saber de ti. Y sí, sigo intentando que la gente del "recreativo" sea coherente.

        Un ejemplo es este hilo:

        Las agencias de enseñanza por una parte limitan sus cursos básicos a una profundidad moderada (PADI 21 m; SSI 25 m, etc.). Nadie hace caso, Ven que su seguro les ampara hasta 40 m y van más profundo de cabeza.

        Por otro lado, son agencias extranjeras que no pueden contradecir a la -obsoletísima- legislación nacional (40 m y 55 m).

        Por otro, enseñan que no se debe bajar a más de 30 m con aire por un problema de narcosis de N2, pero todo el mundo se salta esto a la torera, al parecer, (mientras se respetan como si estuvieran grabados en piedra otros límites que rozan el esperpento como las 24h antes de volar).

        Para acabar el disparate, las mismas agencias que enseñan que no se debe superar la cota de 30 m con aire por la narcosis, imparten cursos y dan titulaciones (?) de buceo "profundo" (?) con aire a 40 m.

        Todo esto es un auténtico disparate. Y la realidad es que bucear a 40 m o 50 m con aire es bucear narcotizado con una gran probabilidad y es bucear BAJO TECHO, aunque ese techo sea "virtual" porque, en caso de fallo catastrófico, no se puede llegar a superficie (vivo, se entiende). Y los problemas en ese caso hay que resolverlos dentro del agua y con la cabeza despejada.

        Y para bucear así hay que emplear otros gases, otros procedimientos, otros equipamientos y, sobre todo, tener otros conocimientos y otro entrenamiento -que no es el recreativo ni de lejos-.


        Como ves, sigo predicando en el desierto, Nacho. Un abrazo.

        Comentario


        • #19
          Re: Comparativa ordenadores Mares economicos...

          saludos,lo anteriormente escrito por gualdrapa es correctisimo,al anterior(buzo) le recuerdo que la normativa sobre buceo salio completamente renovada y modificada en julio del 2010 y autoriza a los recreativos a una profundidad maxima de 30m exactamente igual que los 2ª restringida o pequeña profundidad(buzos profesionales),esa es la ley en este momento salvo se cambiara algo posteriormente en algún anexo que no conozco.Las certificaciones pueden poner lo que quieran y autorizarte a 1000m,pero si somos buzos de verdad sabemos bien hasta donde se puede bajar y con que tipo de suministro,asi como la mezcla mas segura,lo demas es jugarsela tontamente,y lo que es peor inducir a otros a que se la jueguen,y eso si esta mal,debemos ser cuidadosos con la informacion que vertemos en la web pues en según que temas la desinformación puede costar cara.

          Comentario


          • #20
            Re: Comparativa ordenadores Mares economicos...

            Pues debo estar oxidado respecto a la legislación vigente. Te agradeceré que me informes sobre el texto normativo al que haces referencia (de julio de 2010).

            Un saludo

            Comentario


            • #21
              Re: Comparativa ordenadores Mares economicos...

              sorry queria decir 2009.,aunque creo que el B.O.E es de finales de Junio,cuando se publico el convenio de buceo profesional.

              Comentario


              • #22
                Re: Comparativa ordenadores Mares economicos...

                Pues sigo sin saber a cual te refieres. Si puedes ampliar algun detalle, te lo agradeceré. Me gustaría ver los cambios que comentas.

                Comentario

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