VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
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Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e

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  • #16
    Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e

    Originalmente publicado por Vagamares Ver Mensaje
    Buenos días. Te diré lo que pasa: a los tres o cuatro días de solicitar y pagar por la Licencia de Estación de Buque, lo cual me exigieron, y al ir a retirar el certificado de navegabilidad nuevo con el alta de la radio DSC, me dijeron que no iban a tramitar de momento las licencias, ya que como hay mas de 300.000 buque en España, estaban muy atareados con el tema. En fin...

    ¡¡VIVASPAÑA!!


    Saludos.

    Vagamares
    Yo llevo 3 mese detras de la dichosa licencia y recibí la misma contestación que tú.

    Saludos,,,

    Comentario


    • #17
      Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e

      Originalmente publicado por Inspectorate Ver Mensaje
      Amigo Keith11,

      La LEB es un documento independiente. Es normal que aún no la tengas. Por el momento sólo las están expidiendo en los servicios centrales de la DGMM (Madrid). Hasta donde yo sé, el volumen de tramitación es tal que se están retrasando en su entrega. Supongo que con el tiempo, se delegará en los servicios periféricos la tramitación y expedición de las LEB para determinados tipos de barcos (Me atrevo a aventurar que para los de recreo y los pesqueros de hasta 24m, tal y como se ha hecho en otras ocasiones con otros temas).

      Lo que me cuentas de tu hoja de asiento puede ser. Tu barco será de más de 7,5m de L y su abanderamiento se solicitó con anterioridad al 1 de Octubre de 2007. En estos casos, el expediente sube al RCB (Registro Central de Buques), posteriormente será devuelto a la Capitanía delñ puerto de matrícula para la finalización del trámite y se te entregará la hoja de asiento definitiva.

      Por otro lado, si tu barco es de más de 20 TRB/GT, en Madrid te tramitarán la Patente de Navegación, lo que puede estar causando algo más de demora.

      Saludos.


      Tabernerooooooooooooo...

      una rondas para la cofradia ... que corran de mi cuenta... pero a Inspectorate pongale la ronda doble... ya sabe ... me lo apunta en la barra de hieloooooo

      Saludos

      Comentario


      • #18
        Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e

        Originalmente publicado por caballero Ver Mensaje
        Una preguntita, ya también estoy tramitando el alta de una DSC para un barco de menos de 6 metros y zona 4.

        Lo del impuesto ese de 47€, me abian dicho que solo se paga una vez , ¿esto es así o hay que pagarlo anualmente?, de ser así (como y donde se paga?.

        Puedes imprimirla desde aquí (LEB 46,37 €) y efectuar el pago en una entidad bancaria.



        sigpic

        Comentario


        • #19
          Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e

          Originalmente publicado por Nelson Ver Mensaje
          Puedes imprimirla desde aquí (LEB 46,37 €) y efectuar el pago en una entidad bancaria.



          Gracias por el link, pero ¿esta tasa es anual? o solo se paga para dar de alta el equipo.
          Dame fuerzas para cambiar las cosas que no puedo aceptar y coraje para aceptar las cosas que no puedo cambiar.

          Comentario


          • #20
            Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e

            Originalmente publicado por Inspectorate Ver Mensaje

            .... Quiero matizar aquí que el apartado número 6 del post del hilo al que hago referencia arriba no debe llevar a confusión, pues el DSC es obligatorio en zona 2 a partir del 1 ENE 2008, efectívamente, pero en virtud del Art. 12.5, si se decide instalar con anterioridad a esa fecha, tal equipo deberá reunir -a partir de ese momento- los requisitos que le serían exigibles a partir del 1 ENE 2008 si no se instalara antes....

            Saludos.
            Muchas gracias Inspectorate. Es un lujo tenerte en la Taberna. Al menos tu me has dado las claves de "el porqué" de estas decisiones absurdas.

            Efectivamente el artículo 12.5 del Decreto famoso, dice textualmente (lo transcribo para otros cofrades que no tengan el BOE a mano)

            "... Cualquier equipo radioelectrico que se instale en un buque, aun cuando no exista la obligación de su instalación, se considerará, a los efectos del registro, reconocimiento e inspección como si fuera obligatorio y deberá cumplir con las normas exigidas para cada equipo... ".

            Vamos, que cualquier cambio, precipita la entrada en vigor de la norma.

            Lo que pasa es que en mi caso no pretendía cambiar. Ahi esta la que considero erronea interpretación de la inspección, que insisto debería permitir el equipo actual, al menos hasta el 1 de enero del 2008, y luego si quieren que me llamen a capítulo para exigirme el cambio segun normativa. ¿o no?

            Desde luego, cuando menos un pelin rebuscadillo ese articulito si que es. En definitiva esta puesto para "cazar" a los que piensen que se van a librar hasta la próxima ITB. De eso nada. Todos a pasar por caja.

            Gracias de nuevo Inspectorate.

            He releido lo que ya antes habías escrito sobre la clase A y B, pero sigo sin aclararme. ¿Tengo que leer la norma SOLAS para saber algo mas de la clase B?. No he visto esa denominación en las múltiples búsquedas que hice en todo internet.
            Editado por última vez por liman; 06/12/2007, 19:14:14. Razón: Añadir párrafo sobre clase B

            Comentario


            • #21
              Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e

              Originalmente publicado por caballero Ver Mensaje
              Gracias por el link, pero ¿esta tasa es anual? o solo se paga para dar de alta el equipo.
              Tendrás que pagar dos tasas que tienen ese importe:
              1. Por asignación de número MMSI (indispensable para la funcionalidad DSC de tu equipo VHF)
              2. Por expedición de la LEB.
              Ambas sólo se pagan una vez.

              Salutem.

              P.D.: Me estoy planteando muy seriamente montar una asesoría Náutico-Técnico-Jurídica
              Saludos,

              Comentario


              • #22
                Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e

                Originalmente publicado por liman Ver Mensaje
                Muchas gracias Inspectorate. Es un lujo tenerte en la Taberna. Al menos tu me has dado las claves de "el porqué" de estas decisiones absurdas.

                Efectivamente el artículo 12.5 del Decreto famoso, dice textualmente (lo transcribo para otros cofrades que no tengan el BOE a mano)

                "... Cualquier equipo radioelectrico que se instale en un buque, aun cuando no exista la obligación de su instalación, se considerará, a los efectos del registro, reconocimiento e inspección como si fuera obligatorio y deberá cumplir con las normas exigidas para cada equipo... ".

                Vamos, que cualquier cambio, precipita la entrada en vigor de la norma.

                Lo que pasa es que en mi caso no pretendía cambiar. Ahi esta la que considero erronea interpretación de la inspección, que insisto debería permitir el equipo actual, al menos hasta el 1 de enero del 2008, y luego si quieren que me llamen a capítulo para exigirme el cambio segun normativa. ¿o no?

                Desde luego, cuando menos un pelin rebuscadillo ese articulito si que es. En definitiva esta puesto para "cazar" a los que piensen que se van a librar hasta la próxima ITB. De eso nada. Todos a pasar por caja.

                Gracias de nuevo Inspectorate.

                He releido lo que ya antes habías escrito sobre la clase A y B, pero sigo sin aclararme. ¿Tengo que leer la norma SOLAS para saber algo mas de la clase B?. No he visto esa denominación en las múltiples búsquedas que hice en todo internet.
                Pues no sólo existe el equipo CLASE B, sino, como verás un poco más abajo, algún otro tipo más.

                Adentrarse más puede resultar tedioso y complicado para el lego en la materia o para el no profesional.

                Me atrevo a decirte que te debería bastar con saber que el R.D. 1185/2006 no exige literalmente la clase A, sino el cumplimiento con las disposiciones del R.D. 809/1999 (Es decir, que el equipo cuente con el marcado de timón). El equipo Clase B, que existe, cumple con esto. Otra cosa es que el distribuidor intente colar un clase A o que, por razones que escapan a mi conocimiento, los equipos clase B no entren en producción en la cuantía que lo hacen los Clase A o los Clase D.

                Cito literalmente la Rec. UIT-R M.493-6 de la U.I.T: (Este tipo de normativa es poco conocida a nivel "de la calle", y demasiado específica y técnica. Efectívamente, es difícil encontrarla en internet, quizás armándose de paciencia y buscando mucho...)
                • El equipo de clase A que incluye todas las facilidades definidas en el Anexo I, cumplirá las necesidades de transporte que impone el SMSSM de la OMI para instalaciones en las bandas de ondas hectométricas y decamétricas.
                • El equipo de clase B ofrece las facilidades mínimas al equipo a bordo de barcos donde no es preciso el equipo ded clase A y cumple las necesidades de transporte mínimas que impone el SMSSM de la OMI para instalaciones en las bandas de ondas hectométricas y/o métricas.
                • El equipo de clase D está destinado a suministrar facilidades mínimas de LSD de socorro, urgencia y seguridad en ondas métricas, así como la llamada y recepción de rutina, sin cumplir necesariamente las estipulaciones mínimas de transporte que impone el SMSSM de la OMI para instalaciones en la banda de ondas métricas.
                • El equipo de clase E está destinado a suministrar facilidades mínimas de LSD de socorro, urgencia y seguridad en ondas hectométricas y/o decamétricas, así como la llamada y recepción de rutina, sin cumplir necesariamente las estipulaciones mínimas de transporte que impone el SMSSM de la OMI para instalaciones en las bandas de ondas hecométricas y decamétricas.
                • El equipo clase F está destinado al suministro de LSD de socorro, urgencia y seguridad en la banda de ondas métricas, y también a la recepción de acuses de recibo de sus propias llamadas de socorro (para terminar la transmisión). Este equipo ha reemplazado al equipo de clase C.
                Insisto, para la zona 2, vale un equipo Clase B.

                Saludos
                Saludos,

                Comentario


                • #23
                  Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e

                  Desde aqui quisiera agradecer a Inspectorate su paciencia y dedicacion para con nosotros ya que sin duda su posicion tiene que ser un tanto incomoda al leer tantas criticas (no dudo que merecidas) a sus compañeros de oficio.

                  Creo que es ejemplar que alguien de la administracion, aun que sea a titulo personal y en su tiempo libre, se preocupe por aclararnos algunos de los temas que tanto nos cuestan de entender.

                  Dicho esto solo me queda decir , GRACIAS Inspectorate!!! ojala hubiera mas como tu.

                  Hacer de abogado del diablo y mas de un modo altruista no debe ser tarea facil.
                  No hi pots perdre res, si vols podràs
                  no pots perdre el temps, els dies s’estan acabant
                  Viu la vida viu, no paris mai
                  sent que cada respir és de veritat

                  (Clepton)

                  Comentario


                  • #24
                    Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e

                    Originalmente publicado por Inspectorate;169497[*
                    El equipo de clase B ofrece las facilidades mínimas al equipo a bordo de barcos donde no es preciso el equipo ded clase A y cumple las necesidades de transporte mínimas que impone el SMSSM de la OMI para instalaciones en las bandas de ondas hectométricas y/o métricas.


                    Dios mio!

                    O se trata de una traducción literal del checo mediante cibertraductor, o mis neuronas han sucumbido de pronto.

                    Comentario


                    • #25
                      Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e

                      Originalmente publicado por Inspectorate Ver Mensaje

                      3.- La Licencia de Estación de Barco, LEB, (que es su nombre) es el documento que legitima a tu barco, para que con el equipo radioeléctrico que lleva instalado, pueda hacer uso del espectro radioeléctrico, que te recuerdo es un bien de dominio público y, por tanto, sujeto a autorización administrativa, la cual se plasma en esa Licencia.
                      Pues por eso mismo, como es un bien de dominio público no deveríamos pagar nada. El aire también es un bien de dominio público, y que yo sepa nadie paga nada por respirar, aunque no me sorprendería nada que con la clase de gobernantes que tenemos pronto nos coloquen a todos un bonito respirómetro.
                      Paiss de pandereta¡¡
                      Saludos y... una vez mas, a pagar, que al final de tanta verborrea, sólo se trata de eso, de pagar y punto.

                      Comentario


                      • #26
                        Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e

                        Apreciado inspectorate.

                        Estoy de acuerdo contigo en que no es mal ejercicio informarse un poco antes de hablar alegremente.

                        Dices que:
                        Art. 52.3 aptdo a) Los equipos de radiocomunicaciones instalados en las embarcaciones de recreo autorizadas a navegar en las zonas 1 y 2 deberá cumplir los requisitos del R.D. 809/1999 (Marcado de timón), es decir, ser clase A, para el caso de la zona 2, también vale clase B.

                        Pero el tema no era tan sencillo para mi antes de tus aclaraciones. El citado artículo dice (corto y pego del BOE):
                        a) Los equipos de radiocomunicaciones y dispositivos de salvamento obligatorios en los buques de recreo de las zonas de navegación 1 y 2, en los buques de carga y de servicios de puerto de la clase T, en todos los buques de pesca de litoral, altura y gran altura, y en todos los buques de pasaje, deberán cumplir los requisitos exigidos por el Real Decreto 809/1999, de 14 de mayo, y disponer del marcado de conformidad reproducido en su anexo C.

                        Y las 30 páginas del Real Decreto 809/1999 reconocerás que son un poco farragosas para los simples mortales.

                        Debo de dar las gracias a tus compañeros de “mi” Capitanía por su paciencia conmigo por mi interpretación personal de tanta disposición y articulo referenciado a otro que a su vez hace mención de otro que tiene que cumplir con otro, etc. Para al final concluir que tiene cumplir las disposiciones SOLAS, por cierto después de varias consultas a Madrid, por que nadie lo tenía tan claro como pareces tenerlo tú.

                        El articulo 12.5 , motivo de otra de las discusiones dice:
                        12.5. Cualquier equipo radioeléctrico que se instale en un buque, aun cuando no exista la obligación de su instalación, se considerará, a los efectos de registro, reconocimiento e inspección como si fuera obligatorio y deberá cumplir con las normas exigidas para cada equipo.


                        Este artículo habla del equipo y sus características, es decir, que si instalas un determinado equipo, estés obligado a llevarlo o no, debe cumplir con el marcado CE, homologación en la DGMM y todas las disposiciones necesarias aplicables al equipo, pero no parece referirse a su utilización en una zona determinada de navegación.

                        De todas formas hace tiempo que acepté como dogma de fe que para la zona 2 es necesario una emisora clase A (ahora tambien de clase B). Mi pregunta en tono jocoso, nunca con intención de molestar a nadie, era fundamentalmente por el tema de la L.E.B, ya que despues de 3 embarcaciones y todas con emisora nunca me la habian pedido.


                        Un saludo y gracias por las aclaraciones.
                        Saludos
                        Hay tres tipos de marinos : el primer grupo es el de los teóricos : saben todo pero no navegan. El segundo grupo es el de los prácticos : si navegan todo aunque no sepan nada. Un tercer grupo une la teoría y la practica : no navegan y no saben nada.

                        Comentario


                        • #27
                          Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e

                          Originalmente publicado por Quim Ver Mensaje
                          Desde aqui quisiera agradecer a Inspectorate su paciencia y dedicacion para con nosotros ya que sin duda su posicion tiene que ser un tanto incomoda al leer tantas criticas (no dudo que merecidas) a sus compañeros de oficio.

                          Creo que es ejemplar que alguien de la administracion, aun que sea a titulo personal y en su tiempo libre, se preocupe por aclararnos algunos de los temas que tanto nos cuestan de entender.

                          Dicho esto solo me queda decir , GRACIAS Inspectorate!!! ojala hubiera mas como tu.

                          Hacer de abogado del diablo y mas de un modo altruista no debe ser tarea facil.
                          Gracias Quim.

                          Un saludo.
                          Editado por última vez por Inspectorate; 06/12/2007, 22:12:40.
                          Saludos,

                          Comentario


                          • #28
                            Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e

                            Amigo Brutus:

                            Como sabes, de la Administración, por regla general, se habla muy mal. Muchas veces injustificadamente y sin conocimiento de causa.
                            Como espero que comprendas, en muchas ocasiones resulta difícil discernir cuándo se habla en serio o en tono jocoso, y a mí, como funcionario, no me gusta del todo ( y lo expreso así porque por lo general no hago caso de comentarios en foros de internet) que se difame -directa o indirectamente- al colectivo al que pertenezco de forma gratuita.

                            En cualquier caso, siento que mi comentario te haya molestado -si lo ha hecho- y espero que los míos te hayan sido de utilidad.

                            Saludos.
                            Editado por última vez por Inspectorate; 06/12/2007, 22:06:11.
                            Saludos,

                            Comentario


                            • #29
                              Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e

                              Apreciado inspectorate.
                              Para nada me han molestado tus comentarios al contrario, me han servido de mucha ayuda aunque no estoy de acuerdo en alguna de tus interpretaciones de la ley, como la del artículo 12.5.
                              Entiendo que como funcionario te molestes por algunos injustificados ataques a la Administración.

                              Un saludo y unas
                              Saludos
                              Hay tres tipos de marinos : el primer grupo es el de los teóricos : saben todo pero no navegan. El segundo grupo es el de los prácticos : si navegan todo aunque no sepan nada. Un tercer grupo une la teoría y la practica : no navegan y no saben nada.

                              Comentario


                              • #30
                                Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e

                                Originalmente publicado por Inspectorate Ver Mensaje
                                Pues no sólo existe el equipo CLASE B, sino, como verás un poco más abajo, algún otro tipo más.

                                Adentrarse más puede resultar tedioso y complicado para el lego en la materia o para el no profesional.

                                Me atrevo a decirte que te debería bastar con saber que el R.D. 1185/2006 no exige literalmente la clase A, sino el cumplimiento con las disposiciones del R.D. 809/1999 (Es decir, que el equipo cuente con el marcado de timón). El equipo Clase B, que existe, cumple con esto. Otra cosa es que el distribuidor intente colar un clase A o que, por razones que escapan a mi conocimiento, los equipos clase B no entren en producción en la cuantía que lo hacen los Clase A o los Clase D.
                                Cito literalmente la Rec. UIT-R M.493-6 de la U.I.T: (Este tipo de normativa es poco conocida a nivel "de la calle", y demasiado específica y técnica. Efectívamente, es difícil encontrarla en internet, quizás armándose de paciencia y buscando mucho...)
                                • El equipo de clase A que incluye todas las facilidades definidas en el Anexo I, cumplirá las necesidades de transporte que impone el SMSSM de la OMI para instalaciones en las bandas de ondas hectométricas y decamétricas.
                                • El equipo de clase B ofrece las facilidades mínimas al equipo a bordo de barcos donde no es preciso el equipo ded clase A y cumple las necesidades de transporte mínimas que impone el SMSSM de la OMI para instalaciones en las bandas de ondas hectométricas y/o métricas.
                                • El equipo de clase D está destinado a suministrar facilidades mínimas de LSD de socorro, urgencia y seguridad en ondas métricas, así como la llamada y recepción de rutina, sin cumplir necesariamente las estipulaciones mínimas de transporte que impone el SMSSM de la OMI para instalaciones en la banda de ondas métricas.
                                • El equipo de clase E está destinado a suministrar facilidades mínimas de LSD de socorro, urgencia y seguridad en ondas hectométricas y/o decamétricas, así como la llamada y recepción de rutina, sin cumplir necesariamente las estipulaciones mínimas de transporte que impone el SMSSM de la OMI para instalaciones en las bandas de ondas hecométricas y decamétricas.
                                • El equipo clase F está destinado al suministro de LSD de socorro, urgencia y seguridad en la banda de ondas métricas, y también a la recepción de acuses de recibo de sus propias llamadas de socorro (para terminar la transmisión). Este equipo ha reemplazado al equipo de clase C.
                                Insisto, para la zona 2, vale un equipo Clase B.

                                Saludos

                                Contestación perfecta y útil de lo más. Ya sabes, en vista de las circustancias una aseosoria técnico/legal de naútica debe ser una mina. A la espera de que la montes, un millon de gracias.

                                En cuanto a lo marcado en rojo, está claro que las razones todos las conocen. Es la misma por la que curiosamente el equipo clase A mas barato "ya esta descatalogado". ¡El gran negocio de los proveedores de electrónica naútica que nos tienen cautivos con aquiescencia de la administración que lo propicia y lo consiente.
                                Editado por última vez por liman; 07/12/2007, 00:53:14. Razón: error ortográfico

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