VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

Anuncio

Colapsar

NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
Ver más
Ver menos

Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

Colapsar
X
 
  • Filtrar
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes

  • #46
    Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

    Originalmente publicado por danmar Ver Mensaje
    Buenas a todos

    De todo lo publicado aquí, me surge la duda de si hablamos de oído o de verdad de que la GC este multando a alguien por esta situación, de verdad alguien ha sido multado en las islas por cruzar sin la habilitación del PER o esto es simplemente para meterles miedo a la gente y que las academias hagan su agosto?

    Enviado desde mi SM-G925F mediante Tapatalk
    La GC no multa. En todo caso denuncia y el que sanciona es otro órgano (varía dependiendo del tipo de infracción y de la cuantía de las sanciones).
    No tengo ningún interes en ninguna academia náutica y no he opinado. Me he limitado a indicar el texto legal donde se regula la materia.
    Personalmente, sólo una vez me ha pedido la documentación la GC, además, en un barco de alquiler. Sin consecuencias, afortunadamente.

    Comentario


    • #47
      Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

      Entonces si no está denunciando o multando de que estamos hablando?

      De verdad crear estas hilos sin ni ganas argumentación me parece hablar por hablar.

      Enviado desde mi SM-G925F mediante Tapatalk

      Comentario


      • #48
        Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

        Originalmente publicado por danmar Ver Mensaje
        Entonces si no está denunciando o multando de que estamos hablando?

        De verdad crear estas hilos sin ni ganas argumentación me parece hablar por hablar.

        Enviado desde mi SM-G925F mediante Tapatalk
        Un brindis, el hilo en mi opinión es bastante interesante, un cofrade tenia dudas y según he leído ha desistido en aventurarse, yo si que conozco a uno de pararlo a 10 millas cuando compraron un velero y en la travesía para atajar los pararon, Estaba habilitado para zona 5, y le pusieron mas que le costo el velerito. Cuando vas a Baleares incumples la zona de navegación por que estas fuera del puerto base y el titulo los que tienen el per. Por lo que la receta no te la quita nadie. Yo personal mente conozco mucha gente que sin tener habilitada la zona o titulo cruzan desde Denia, denunciados nadie, que se puede denunciar seguro que si.

        De 12 a 24 millas de la costa:

        La Zona Contigua es la extensión de mar adyacente al Mar territorial, que abarca desde las 12 hasta las 24 millas marinas contadas desde la línea de base a partir de la cual se mide la anchura del mar territorial. En esta franja de agua, el Estado ribereño no tiene soberanía, sino que sus derechos están determinados solo en materia aduanera, sanitaria, fiscal y migratoria. "Sacado de wikipedia"

        Por lo cual por titulación no te van a multar pasado a 12 millas en el trayecto.



        “La vida es como un viaje por la mar: hay días de calma y días de borrasca; lo importante es ser un buen capitán de nuestro barco.” -Jacinto Benavente- .....

        Comentario


        • #49
          Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

          Me asaltan dudas que espero me aclaréis después de tomar alguna cosita.
          Con el PER no puedo saltar a Baleares
          Con la ampliación, si puedo, cambiando de zona de la 4 a la 3 o la 2.
          Y ahora si solo tengo el PER y bandera belga ¿Puedo pasar?. Según me ha parecido entender la GC solo tiene jurisdicción hasta las 12 millas ¿ Es asi???
          Con independencia de zona??

          Comentario


          • #50
            Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

            Originalmente publicado por ARISTOS2 Ver Mensaje
            Me asaltan dudas que espero me aclaréis después de tomar alguna cosita.
            Con el PER no puedo saltar a Baleares
            Con la ampliación, si puedo, cambiando de zona de la 4 a la 3 o la 2.
            Y ahora si solo tengo el PER y bandera belga ¿Puedo pasar?. Según me ha parecido entender la GC solo tiene jurisdicción hasta las 12 millas ¿ Es asi???
            Con independencia de zona??
            La Guardia Civil (y las demas fuerzas del estado) tienen jurisdicción en las condiciones que la legislación de España les otorga.

            Puesto que el estado Español ha firmado la convención del mar (Montego Bay) se ha comprometido a considerar como mar territorial las 12 millas. Sobre esta zona tiene potestad para legislar libremente... incluso en temas administrativos.

            No obstante, a cualquier embarcación de pabellón español en cualquier lugar del globo, si es abordada por una autoridad del estado español se le puede exigir el cumplimiento de todos los requerimientos administrativos que el estado español exige a sus embarcaciones. Son territorio de España estén donde estén y por tanto han de respetar la normativa correspondiente.

            Para las embarcaciones con pabellón extranjero es diferente pues a partir de las 12 millas del mar territorial estan totalmente amparadas por la normativa administrativa de su pabellón aunque debe someterse a otro tipos de normativa según las zonas correspondientes. Atribuciones que si se les otorga a los estados ribereños bajo la convención del mar y que son relativas a aduanas, inmigración o explotación de recursos, todo ello según la zona.

            Resumiendo:

            Barco Español: Debe cumplir siempre la normativa española. Aquí y en la china popular. Y puede ser sancionado por ello. Aquí y en pleno Océano Pacifico.... si es que se encuentra con un buque Español con la autoridad correspondiente.

            Barco extranjero: Hasta 12 millas puede tener que obedecer ciertas normas que se le apliquen por el estado ribereño. Por ejemplo el tema de los títulos recientemente exigibles. Fuera de las 12 millas solo se rigen por la normativa de su pabellón.

            Por tanto con pabellón extranjero se requiere al menos una titulación de PER (sin habilitar) para poder alcanzar legalmente las 12 millas de la costa. Mas allá se requiere la titulación que le exige su pabellón por lo que un PER con pabellón Belga estaría cumpliendo perfectamente la normativa Belga navegando incluso sin titulación. Por tanto, en ningún momento estaría desamparado por su seguro ni seria sancionable, ni por la normativa española ni por la belga.

            Como regalo un tema de un músico Belga... Wim Mertens.



            Editado por última vez por Invitado; 26/05/2016, 20:44:30.

            Comentario


            • #51
              Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

              Originalmente publicado por pinguino Ver Mensaje
              La Guardia Civil (y las demas fuerzas del estado) tienen jurisdicción en las condiciones que la legislación de España les otorga.

              Puesto que el estado Español ha firmado la convención del mar (Montego Bay) se ha comprometido a considerar como mar territorial las 12 millas. obre esta zona tiene potestad para legislar libremente... incluso en temas administrativos.

              No obstante, cualquier embarcación de pabellón español en cualquier lugar del globo, si es abordada por una autoridad del estado español se le puede exigir el cumplimiento de todos los requerimientos administrativos que el estado español exige a sus embarcaciones. Son territorio de España estén donde estén y por tanto han de respetar la normativa correspondiente.

              Para las embarcaciones con pabellón extranjero es diferente pues a partir de las 12 millas del mar territorial estan totalmente amparadas por la normativa administrativa de su pabellón aunque debe someterse a otro tipos de normativa según las zonas correspondientes. Atribuciones que si se es otorga bajo la convención del mar y que son relativas a aduanas, inmigración o explotación de recursos, todo ello según la zona.

              Resumiendo:

              Barco Español: Debe cumplir siempre la normativa española. Aquí y en la china popular.

              Barco extranjero: Hasta 12 millas puede tener que obedecer ciertas normas que se le apliquen por el estado ribereño. Por ejemplo el tema de los títulos recientemente exigibles. Fuera de las 12 millas solo se rigen por la normativa de su pabellón.

              Por tanto con pabellón extranjero se requiere al menos una titulación de PER (sin habilitar) para poder alcanzar legalmente las 12 millas de la costa. Mas allá se requiere la titulación que le exige su pabellón por lo que un PER con pabellón Belga estaría cumpliendo perfectamente la normativa Belga navegando incluso sin titulación. Por tanto, en ningún momento estaria desamparado por su seguro ni seria sancionable, ni por la normativa española ni por la belga.

              Como regalo un tema de un músico Belga... Wim Mertens.



              Esa es la interpretación que hago yo. El problema es que si el señor de verde hace otra y te denuncia, luego tienes que meterte en procesos, alegaciones, tienes muchos números para acabar en el contencioso-administrativo... en fin, un buen lío.

              Comentario


              • #52
                Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

                Originalmente publicado por J.R. Ver Mensaje
                Esa es la interpretación que hago yo. El problema es que si el señor de verde hace otra y te denuncia, luego tienes que meterte en procesos, alegaciones, tienes muchos números para acabar en el contencioso-administrativo... en fin, un buen lío.
                En realidad ese problema no existe, por dos motivos.

                Uno, por que las fuerzas del estado suelen conocer las leyes ya que son profesionales y su trabajo lo realizan por lo general de un modo excelente. Incluso aunque a su parecer un asunto merezca denuncia, a posteriori los que las gestionan suelen saber con detalle donde hay o no motivo para sancionar y en estos casos las leyes son claras.

                Dos, ya trascendió en otro hilo donde se desgranaba este asunto un documento que era una circular interna de la Guardia Civil aclarando que a las embarcaciones con pabellón español se les puede requerir titulación siempre, ya que son parte del territorio español mientras que a las de pabellón extranjero solo hasta las 12 millas del mar territorial. Así que las fuerzas del estado ya están convenientemente informadas.

                Ademas.... ¿que sentido tendría vivir acongojado por cualquier posible interpretación torticera que una fuerza del estado pueda hacer de cualquier asunto y en cualquier ámbito ? Si estamos en verdad cumpliendo la normativa deberíamos ir tranquilos, y si surge alguna discrepancia tener la confianza de que la ley nos ampara.

                Afortunadamente, nuestras fuerzas del estado se suelen definir mas bien por su comportamiento educado y ejemplar y tanto España como Bélgica u Holanda son países modernos, con estado de derecho y que amparan a sus ciudadanos.

                Naveguemos tranquilos, y si alguna persona siente que necesita mas preparación, sea que navegue bajo la bandera que sea, entonces que se prepare. Bien sea acudiendo a academias que seguro que si el lo pide lo pueden enseñar perfectamente o acudiendo a libros o a la ayuda de otros navegantes mas experimentados que pueden ayudarle a formarse.

                Comentario


                • #53
                  Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

                  Originalmente publicado por pinguino Ver Mensaje
                  En realidad ese problema no existe, por dos motivos.

                  Uno, por que las fuerzas del estado suelen conocer las leyes ya que son profesionales y su trabajo lo realizan por lo general de un modo excelente. Incluso aunque a su parecer un asunto merezca denuncia, a posteriori los que las gestionan suelen saber con detalle donde hay o no motivo para sancionar y en estos casos las leyes son claras.

                  Dos, ya trascendió en otro hilo donde se desgranaba este asunto un documento que era una circular interna de la Guardia Civil aclarando que a las embarcaciones con pabellón español se les puede requerir titulación siempre, ya que son parte del territorio español mientras que a las de pabellón extranjero solo hasta las 12 millas del mar territorial. Así que las fuerzas del estado ya están convenientemente informadas.

                  Ademas.... ¿que sentido tendría vivir acongojado por cualquier posible interpretación torticera que una fuerza del estado pueda hacer de cualquier asunto y en cualquier ámbito ? Si estamos en verdad cumpliendo la normativa deberíamos ir tranquilos, y si surge alguna discrepancia tener la confianza de que la ley nos ampara.

                  Afortunadamente, nuestras fuerzas del estado se suelen definir mas bien por su comportamiento educado y ejemplar y tanto España como Bélgica u Holanda son países modernos, con estado de derecho y que amparan a sus ciudadanos.

                  Naveguemos tranquilos, y si alguna persona siente que necesita mas preparación, sea que navegue bajo la bandera que sea, entonces que se prepare. Bien sea acudiendo a academias que seguro que si el lo pide lo pueden enseñar perfectamente o acudiendo a libros o a la ayuda de otros navegantes mas experimentados que pueden ayudarle a formarse.

                  Bueno, eso coméntaselo al pobre navegante francés que se vio retenido en Tarragona durante una buena temporada por un incidente con un pesquero que quería sacar tajada y unas interpretaciones bastante retorcidas de la legislación que hacía el Capitán Marítimo de la zona. Y no es el único caso...

                  Comentario


                  • #54
                    Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

                    Originalmente publicado por pinguino Ver Mensaje
                    En realidad ese problema no existe, por dos motivos.

                    Ademas.... ¿que sentido tendría vivir acongojado por cualquier posible interpretación torticera que una fuerza del estado pueda hacer de cualquier asunto y en cualquier ámbito ? Si estamos en verdad cumpliendo la normativa deberíamos ir tranquilos, y si surge alguna discrepancia tener la confianza de que la ley nos ampara.
                    Es que si se ponen a buscarte algo, te lo encuentran, dada la infinidad de leyes y reglamentos que tenemos. No digo ya saltarse la normativa a la torera, sino un simple despiste en el material obligatorio a bordo puede dar problemas.
                    incerti quo fata ferant, ubi sistere detur
                    ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos.

                    Comentario


                    • #55
                      Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

                      Originalmente publicado por Bertie Ver Mensaje
                      Es que si se ponen a buscarte algo, te lo encuentran, dada la infinidad de leyes y reglamentos que tenemos. No digo ya saltarse la normativa a la torera, sino un simple despiste en el material obligatorio a bordo puede dar problemas.
                      Normalmente, los agentes de la Guardia Civil se limitan a cumplir órdenes. El problema es que a veces les dan precisamente ese tipo de órdenes...

                      Comentario


                      • #56
                        Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

                        Buenas cofrades:
                        A mi no me queda claro si te pueden multar parándote en Baleares si tienes solamente el PER ,solo por estar a más de 12 millas de tu puerto base. Que conste que la seguridad para mi es lo primero pero tampoco creo que la habilitación tal y como están planteadas las practicas te de mas seguridad a la hora de cruzar, pero por dios!! Si las practicas ni siquiera son en travesía.
                        A mi me lleva los demonios pagar por la habilitación cuando estoy preparando el patrón de yate para la próxima convocatoria. Me parece un auténtico sacacuartos.

                        Comentario


                        • #57
                          Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

                          NO deberias hacerlo.
                          Pero las cosas como son, lo normal es que te pillen cerca de la costa (ya sea en un lado u otro). El tema de que cuando te paran te piden tu puerto base me parece una estupidez, a caso no he podido yo contratar un patrón para que me lleve el barco a las baleares siendo yo de Barcelona? Acaso no puedo tener un amigo que me lo haya llevado gratis?? Donde reza en los papeles cual es tu puerto "base"??
                          No puedo tener yo una lancha y haberla llevado en remolque en el ferri? y su puerto base estar en la conchinchina?

                          Una vez estas alli, NO te pueden multar. Ahora está claro que no tienes titulacion para ello y que de tener algun problema, podrias tener consecuencias, pero ahí cada uno con su conciencia
                          "El pesimista se queja del viento, el optimista espera que cambie y el realista trima las velas"

                          Comentario


                          • #58
                            Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

                            Además el puerto base real del barco cambia fácilmente, pero en los papeles no.

                            Mas de uno ha cambiado de amarre a algún puerto diferente del original cuando compró el barco y nadie cambia nada en los papeles.

                            Tu puerto base es aquel en el que demuestras que pagas un amarre y supongo que si estás en una boya propia o navegando "dando la vuelta al mundo" no tienes porqué tener un puerto base fijo.

                            Yo tengo puesto un puerto base en los papeles y hace cinco años que es otro.

                            Cuando te piden el puerto base suelen pedir de qué puerto vienes en ese momento o en el que habitualmente amarras, más que el de los papeles.

                            En mi barco, de bandera belga, debe figurar el nombre del puerto base en la popa.

                            Allí pone "Liege" pero está en España.
                            LSV - BARCO KAU-BÉ.
                            "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV).

                            MMSI: 261000743

                            VER Mi canal en YOUTUBE
                            VER TODOS MIS DISEÑOS 3D

                            Comentario


                            • #59
                              Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

                              Originalmente publicado por JoeTe Ver Mensaje
                              NO deberias hacerlo.
                              Pero las cosas como son, lo normal es que te pillen cerca de la costa (ya sea en un lado u otro). El tema de que cuando te paran te piden tu puerto base me parece una estupidez, a caso no he podido yo contratar un patrón para que me lleve el barco a las baleares siendo yo de Barcelona? Acaso no puedo tener un amigo que me lo haya llevado gratis?? Donde reza en los papeles cual es tu puerto "base"??
                              No puedo tener yo una lancha y haberla llevado en remolque en el ferri? y su puerto base estar en la conchinchina?

                              Una vez estas alli, no te pueden multar. Ahora está claro que no tienes titulacion para ello y que de tener algun problema, podrias tener consecuencias, pero ahí cada uno con su conciencia

                              Anda que no, si la has llevado en ferri te pediran la factura y listo, si lo ha llevado tu amigo te piden que lo identifiques y y presente su billete de vuelta, etc, etc.

                              El puerto base lo averiguan en un minuto.

                              ¿Y si encima el barco esta en zona 4?

                              esas escusas ya estaban de moda hace 40 años y entonces ya no colaban.

                              pero bueno, por lo que veo siguen de moda, si de partida ya estamos convencidos de que la policia es tonta, mal asunto.

                              Editado por última vez por markuay; 26/05/2016, 21:05:59.
                              .

                              sigpic Slava Ukrayini!.

                              Comentario


                              • #60
                                Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

                                Originalmente publicado por markuay Ver Mensaje
                                Anda que no, si la has llevado en ferri te pediran la factura y listo, si lo ha llevado tu amigo te piden que lo identifiques y y presente su billete de vuelta, etc, etc.

                                El puerto base lo averiguan en un minuto.

                                ¿Y si encima el barco esta en zona 4?

                                esas escusas ya estaban de moda hace 40 años y entonces ya no colaban.

                                pero bueno, por lo que veo siguen de moda, si de partida ya estamos convencidos de que la policia es tonta, mal asunto.

                                Entonces identifico a cualquier CY y listo no? o le pediran una factura de haber comido en algun restaurante de las baleares para certificar que estuvo alli?

                                Respecto al puerto base, me puedes decir en que papeles consta o a de constar? porque en los papeles de mi barco no hay ningun puerto base.
                                Y que pasa si no tengo puerto base ??

                                No es que la policia sea tonta, es que tu estas habilitado para navegar a 12 millas de la costa maximo, y si ya estas en baleares y te cogen a menos de 12 millas no te pueden decir nada. Evidentemente si te cogen a 13 millas de la costa pues te multaran.
                                "El pesimista se queja del viento, el optimista espera que cambie y el realista trima las velas"

                                Comentario

                                Trabajando...
                                X