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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

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10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

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14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

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Categoría Diseño España

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  • Categoría Diseño España

    Hola cofrades,

    Leyendo, pensando, mirando me he encontrado, sin saber si es cierto, que en otros países las categorías de diseño A y B no tienen limitaciones de millas.

    Y aquí en españa la categoría B tiene un límite de 60 millas. La verdad no le veo el sentido. ¿60 millas en España e ilimitado en Francia o Italia?

    Somos muy listos o muy...

    ¿Es así? ¿Qué opinión tenéis al respecto?

    Me quedo con una jarra de cerveza esperando vuestras opiniones.

  • #2
    Re: Categoría Diseño España

    Buenas tardes
    La normativa limita la categoría de por altura de ola y fuerza del viento ,en España.......pues que mas decir que no se haya dicho ya en esta taberna.saludos

    Comentario


    • #3
      Re: Categoría Diseño España

      La categoría de diseño está concebida para determinar en qué condiciones de viento y mar puede navegar con seguridad una embarcación.

      Que yo conozca sólo España regula generando una relación entre distancia a costa y categoría de diseño.

      En mi humilde opinión no tiene sentido ninguno porque no existe ninguna relación entre distancia a costa y estado REAL de la mar en ese punto y ese MOMENTO (quiero decir que si a 1 nm o a 600 nm un categoría B pretende navegar con 10 m de ola y un F11, pues está fuera de su categoría y tiene papeletas de pasar por un mal trance, y si a 600 nm tiene un F4 con 2 m de ola pues va a sufrir tan poquito como si lo hace a 3 nm de costa en las mismas condiciones).

      Courage mieux que l'argent
      IG @asailorsoul

      Comentario


      • #4
        Re: Categoría Diseño España

        Buenas tardes ,que yo sepa la categoría de diseño es un marcado CE, sacado de una prueba de mar ,realizado por el astillero en base a unas determinadas condiciones,y refrendadas por alguna sociedad de clasificación,como es la Lloyds ,etc ,desconozco sin en otros países como comentáis ,no hace falta la categoría de diseño para el despacho ,pero mi barco es de un astillero Alemán y viene con la placa de la categoría de diseño ..
        www.pleamaruno.com

        https://www.facebook.com/PleamarUnoEscuelanautica

        Comentario


        • #5
          Re: Categoría Diseño España

          Originalmente publicado por custodio Ver Mensaje
          Buenas tardes ,que yo sepa la categoría de diseño es un marcado CE, sacado de una prueba de mar ,realizado por el astillero en base a unas determinadas condiciones,y refrendadas por alguna sociedad de clasificación,como es la Lloyds ,etc ,desconozco sin en otros países como comentáis ,no hace falta la categoría de diseño para el despacho ,pero mi barco es de un astillero Alemán y viene con la placa de la categoría de diseño ..
          No digo que no haga falta despacharlo, digo que con categoría A y B no tienes limitaciones de millas desde la costa. Eso sí con la C solo te dejan 6 millas y aqui 12…


          No se si me habia explicado…

          Comentario


          • #6
            Re: Categoría Diseño España

            Originalmente publicado por humpback Ver Mensaje
            La categoría de diseño está concebida para determinar en qué condiciones de viento y mar puede navegar con seguridad una embarcación.

            Que yo conozca sólo España regula generando una relación entre distancia a costa y categoría de diseño.

            En mi humilde opinión no tiene sentido ninguno porque no existe ninguna relación entre distancia a costa y estado REAL de la mar en ese punto y ese MOMENTO (quiero decir que si a 1 nm o a 600 nm un categoría B pretende navegar con 10 m de ola y un F11, pues está fuera de su categoría y tiene papeletas de pasar por un mal trance, y si a 600 nm tiene un F4 con 2 m de ola pues va a sufrir tan poquito como si lo hace a 3 nm de costa en las mismas condiciones).

            Creo que Italia y Francia también hacen una relación entre categoría de diseño y zona de navegación.. pero no lo tengo claro.. por eso pregunto

            Comentario


            • #7
              Re: Categoría Diseño España

              Originalmente publicado por llarrea Ver Mensaje
              No digo que no haga falta despacharlo, digo que con categoría A y B no tienes limitaciones de millas desde la costa. Eso sí con la C solo te dejan 6 millas y aqui 12…


              No se si me habia explicado…
              Si claro que te habías explicado ,pero una cosa es la categoría de diseño ,que como he apuntado es esa ,y otra el despacho del barco ,que aquí en España hay siete ..Zonas...
              No sé si en esos países que dices la categoría de diseño la dejan libre en la A la B
              Lo desconozco ..ero Entendería que al llevar un marcado CE ,la norma sea para toda Europa !!!
              www.pleamaruno.com

              https://www.facebook.com/PleamarUnoEscuelanautica

              Comentario


              • #8
                Re: Categoría Diseño España

                Originalmente publicado por custodio Ver Mensaje
                Si claro que te habías explicado ,pero una cosa es la categoría de diseño ,que como he apuntado es esa ,y otra el despacho del barco ,que aquí en España hay siete ..Zonas...
                No sé si en esos países que dices la categoría de diseño la dejan libre en la A la B
                Lo desconozco ..ero Entendería que al llevar un marcado CE ,la norma sea para toda Europa !!!
                Pues eso es, el marcado CE es el mismo pero cada país decide hasta donde te permite llegar (millas de la costa) según su criterio y 60 millas me parece un número extraño para categoría B.

                Comentario


                • #9
                  Categoría Diseño España

                  Se trata de que el estado español nos quiere a todos sanos y salvos y alguien ha decidido que sería buena idea asociar categorías de diseño con distancia/alejamiento de la costa. Como ya han comentado, si yo tengo un Categoría C, estando a 2 millas podría encontrarme un temporal de narices o bien cruzar el Atlántico en condiciones de mar y viento optimas para el diseño de mi barco. La distancia a la costa es una aproximación al asunto poco fiable, aunque se podría argumentar.

                  Por mi parte, yo creo que está bien que se creen unos parámetros que determinen la robustez o capacidad de una embarcación para soportar ciertas condiciones. Que posiblemente se sobrepasen y no pase nada, pero para el consumidor es muy buena información. PERO no me parece bien que no me dejen emplear esa información con libertad y me obliguen a mantenerme en zonas que pudieran tener su sentido, aunque bajo mi punto de vista preferiría no ser ganado al que el estado se encarga de cuidar.

                  Información siempre. Luego la libertad de elegir y asumir las consecuencias de la elección.

                  Que ya somos mayores...


                  :Brindis:

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Categoría Diseño España

                    A ver, si la sentencia del famoso RD te lo explica meridiamente claro... o no. Más o menos, con que te mires la meteo antes de salir ya vale. Si luego la previsión falla y has salido a navegar con un barco de categoría inferior, igual te lo perdonan...

                    La Directiva 2013/53/UE en su Anexo I se limita a establecer los requisitos que debe reunir una embarcación en cuanto a su diseño y construcción en relación con la fuerza del viento y la altura de las olas, lo cual se corresponde con la previsión contenida en el art. 3.5 del Real Decreto impugnado cuando dispone que "las embarcaciones de recreo no navegarán en situaciones de olas y viento superiores a las de su diseño".
                    El hecho de que la norma nacional, al margen de la previsión general que prohíbe navegar en situaciones meteorológicas que sobrepasan las condiciones técnicas para las que está diseñada la embarcación, establezca limites atendiendo a la distancia de la costa en relación con las características de la embarcación no puede ser considerado contrario a dicha Directiva, pues no contradice lo en ella previsto, simplemente introduce una limitación a la navegación por aguas territoriales españolas no contemplada en la norma de la Unión.
                    Pero, en todo caso, no debe olvidarse que si bien no es lo mismo la categoría de diseño de un barco que la zona de navegación a que está autorizado a navegar, son dos conceptos que están íntimamente relacionados. A mayor distancia de costa, el barco debe ser capaz de soportar unas condiciones meteorológicas adversas por más tiempo. Y debe tener condiciones de flotabilidad, maniobrabilidad, estabilidad y estanqueidad de acuerdo con la probabilidad de encontrar viento y oleaje en las peores condiciones de navegación.
                    Además, la Directiva 2013/53/UE se rige por el principio de subsidiariedad del derecho de la Unión, tal y como se recoge en el apartado 27 de la Exposición de motivos de la misma al afirmar: "De conformidad con el principio de subsidiariedad, las disposiciones de la presente Directiva no deben afectar a la facultad de los Estados miembros de establecer los requisitos que puedan estimar necesarios en relación con la navegación en determinadas aguas con el fin de proteger el medio ambiente, incluida la contaminación acústica, y la estructura de las vías navegables, y de garantizar la seguridad de estas últimas, siempre que tales disposiciones no requieran modificar las embarcaciones que sean conformes a la presente Directiva, y que estén justificadas y sean proporcionadas a los objetivos que se quiere alcanzar", lo que se reitera en el art. 5 de dicha norma.
                    Finalmente, la recurrente sostiene que la previsión del articulo 3 apartado 5 ("las embarcaciones de recreo no navegarán en situaciones de olas y viento superiores a las de su diseño") es de difícil cumplimiento, por cuanto una embarcación puede verse sorprendida por tormentas o fenómenos imprevistos que superen las condiciones meteorológicas para las que fue diseñada.
                    Tal argumento carece de consistencia anulatoria, no solo porque es consecuencia de lo dispuesto en la Directiva 2013/53/UE, sino porque introduce una previsión lógica y razonable que debe ser aplicada atendiendo a los datos meteorológicos disponibles en el momento de iniciar la navegación, sin que pueda pretenderse su nulidad por una hipotética aplicación que prescinda de la diligencia desplegada y en la que no se pondere los cambios meteorológicos imprevisibles.
                    Procede por ello, desestimar este motivo de impugnación.
                    incerti quo fata ferant, ubi sistere detur
                    ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos.

                    Comentario


                    • #11
                      Respuesta: Re: Categoría Diseño España

                      Muy buenas llarrea, cada pais nos "protege" como cree conveniente. Por ponerte un ejemplo mas común para todos tienes las velocidades en carreteras/autovías/autopistas de los diferentes paises....

                      Por ponerte tres ejemplos,
                      EEUU 72 a 120/97/129
                      Alemania 100/sin limitación/sin limitación
                      España 90/120/120

                      Como verás nuestros legisladores no se suelen poner de acuerdo en muchos temas.

                      Saludos
                      Rafa


                      RAFNI KAI
                      www.RAFNI.es

                      "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad"

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Respuesta: Re: Categoría Diseño España

                        Originalmente publicado por ROyOR Ver Mensaje
                        Muy buenas llarrea, cada pais nos "protege" como cree conveniente. Por ponerte un ejemplo mas común para todos tienes las velocidades en carreteras/autovías/autopistas de los diferentes paises....

                        Por ponerte tres ejemplos,
                        EEUU 72 a 120/97/129
                        Alemania 100/sin limitación/sin limitación
                        España 90/120/120

                        Como verás nuestros legisladores no se suelen poner de acuerdo en muchos temas.

                        Saludos
                        Rafa
                        Hola Rafa, ¿Y qué te parece categoría B 60 millas? Yo entiendo que cada uno legisla como le place pero la B 60 millas no te da para cruzar el océano mediterráneo ¿Y por eso se necesita categoría A, es decir, Oceánica?

                        Esas opiniones con vuestra experiencia y criterio es la que me interesa..

                        Muchas gracias a todos

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Categoría Diseño España

                          Originalmente publicado por Bertie Ver Mensaje
                          A ver, si la sentencia del famoso RD te lo explica meridiamente claro... o no. Más o menos, con que te mires la meteo antes de salir ya vale. Si luego la previsión falla y has salido a navegar con un barco de categoría inferior, igual te lo perdonan...
                          Muy interesante. Al final es una arbitrariedad pero yo vería más lógico Cat A sin limites, Cat B 150 millas, Cat C 12 millas o menos. y lo de las 7 zonas de navegación ya me dirás tú. Pero bueno cosas que voy aprendiendo..Gracias cofrade

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Categoría Diseño España

                            Ya, pero como teníamos las 7 bonitas zonas de navegación, alguien pensó que sería una buena idea 'mapear' las cat. de diseño a las mismas, y así ha quedado la cosa al final:

                            El articulo 3 referido a las "Zonas de navegación y categorías de diseño" establece en su apartado 3:
                            "Las embarcaciones de recreo con marcado CE estarán facultadas para navegar por las zonas de navegación
                            correspondientes a su categoría de diseño, en función del equipo de seguridad y de prevención de la
                            contaminación a bordo, de acuerdo con lo siguiente:
                            a) Categoría de diseño A: Zonas 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7.
                            b) Categoría de diseño B: Zonas 2, 3, 4, 5, 6 y 7.
                            c) Categoría de diseño C: Zonas 4, 5, 6 y 7.
                            d) Categoría de diseño D: Zona 7."
                            incerti quo fata ferant, ubi sistere detur
                            ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos.

                            Comentario


                            • #15
                              Respuesta: Re: Respuesta: Re: Categoría Diseño España

                              Originalmente publicado por llarrea Ver Mensaje
                              Hola Rafa, ¿Y qué te parece categoría B 60 millas? Yo entiendo que cada uno legisla como le place pero la B 60 millas no te da para cruzar el océano mediterráneo ¿Y por eso se necesita categoría A, es decir, Oceánica?

                              Esas opiniones con vuestra experiencia y criterio es la que me interesa..

                              Muchas gracias a todos
                              Pues lo que yo pienso es que estas mirando estos datos de forma negativa, ya que con un barco de categoría B, con una zona de navegación 2, 3, 4, 5, 6 o 7, y con una distancia máxima de 60 millas náuticas de la costa, en realidad 120 millas de costa de salida a costa de llegada, puedes navegar por todo el Mediterráneo, eso si, tendrás que costear mas de lo que seguramente te gustaría-

                              A mi me da igual las zonas, ya que costeo por aguas gallegas y de Portugal, por lo que para mi barco, de bandera española, de categoría de diseño A y zona de navegación 4 y mi titulación Capitán de Yate, puedo hacer la navegación que realizo.

                              Si fuera a descubrir el Mediterráneo, lo haría no alejándome mas de 12 millas de la costa, asi no tendría problemas con mi seguro, en caso de algún percance. Si quisiera hacer otro tipo de navegación, lo que haría sería cambiar de bandera y ver que dice ese pais con la navegación de mi barco.

                              Saludos
                              Rafa


                              RAFNI KAI
                              www.RAFNI.es

                              "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad"

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