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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
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Bandera francesa y guardia civil

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  • #31
    Re: Bandera francesa y guardia civil

    Originalmente publicado por astondoa 1967 Ver Mensaje
    Eso sí se me olvidaba está sujeto a las normas españolas en temas de seguridad y titulaciones excepto la ITB
    No en todos los casos, ni completamente. La ITB no es aplicable en ningún caso a barcos de recreo de propiedad particular. En cuanto a los temas de seguridad, depende de cuáles, pero prefiero mantener el secreto de las comunicaciones, porque



    Saludos y
    Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

    Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)

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    • #32
      Re: Bandera francesa y guardia civil

      Originalmente publicado por Turcamen Ver Mensaje
      Si eres residente en España, tienes que matricularlo.
      no tiene que matricularlo en España

      Comentario


      • #33
        Re: Bandera francesa y guardia civil

        Originalmente publicado por jonam52 Ver Mensaje
        no tiene que matricularlo en España
        Me refiero únicamente a matricularlo a efectos de la Ley de Impuestos Especiales, es decir, liquidar el impuesto.

        Comentario


        • #34
          Re: Bandera francesa y guardia civil

          Originalmente publicado por Turcamen Ver Mensaje
          Me refiero únicamente a matricularlo a efectos de la Ley de Impuestos Especiales, es decir, liquidar el impuesto.
          ok, no te había entendido.

          De todas formas y aparte de eso, yo lo que me pregunto es si hacienda puede cobrar un impuesto por algo que no se hace, es decir, que si no se matricula en España por qué tiene que pagar el impuesto de matriculación Es decir, lo que se llama el "hecho imponible" , no hay que matricularlo pero te cobran un impuesto por ello.... no sería la primera vez que hacienda hace cosas ilegales.

          Comentario


          • #35
            Re: Bandera francesa y guardia civil

            Originalmente publicado por jonam52 Ver Mensaje
            ... si no se matricula en España ¿por qué tiene que pagar el impuesto de matriculación?
            Porque lo que se paga no es el "impuesto de matriculación", esa es una forma
            coloquial de decirlo. Es el Impuesto Especial Sobre Determinados Medios de
            Transporte. En los que entran las "embarcaciones y buques de recreo o de
            deportes náuticos, nuevos o usados, que tengan más de ocho metros de
            eslora".


            Salud y


            El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
            http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

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            • #36
              Re: Bandera francesa y guardia civil

              Es porque el barco que está más de 6 meses en un país está residiendo en ese país y debe pagar impuestos a ese país como residente o marcharse.
              Antes la gente salía por la frontera un día cada x meses y así tenía otra vez plazo nuevo.
              Ahora, que yo sepa, se suman todos los días que estés en el país, ya sea de una vez o en varias, así que si está tre tandas separadas de tres meses ya sunas mas de 6 y pagar.
              LSV - BARCO KAU-BÉ.
              "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV).

              MMSI: 261000743

              VER Mi canal en YOUTUBE
              VER TODOS MIS DISEÑOS 3D

              Comentario


              • #37
                Re: Bandera francesa y guardia civil

                Originalmente publicado por LSV Ver Mensaje
                Es porque el barco que está más de 6 meses en un país está residiendo en ese país y debe pagar impuestos a ese país como residente o marcharse.
                Antes la gente salía por la frontera un día cada x meses y así tenía otra vez plazo nuevo.
                Ahora, que yo sepa, se suman todos los días que estés en el país, ya sea de una vez o en varias, así que si está tre tandas separadas de tres meses ya sunas mas de 6 y pagar.
                Esto no es así. El barco puede estar el tiempo que quiera si el titular no es residente en España. Pero si eres residente, cualidad que se puede adquirir por 184 días pasados en España, debes liquidar el impuesto por primera matriculación o por 30 días circulando con él.

                Residencia en España, artículo 9 LIRPF

                Comentario


                • #38
                  Re: Bandera francesa y guardia civil

                  Sí, no he puntualizado que me refiero a residentes en España, sean de la nacionalidad que sean las personas.
                  LSV - BARCO KAU-BÉ.
                  "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV).

                  MMSI: 261000743

                  VER Mi canal en YOUTUBE
                  VER TODOS MIS DISEÑOS 3D

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                  • #39
                    Re: Bandera francesa y guardia civil

                    Buenos dias cofrades


                    Como acabo de pasar por el trance de impuestos y proxima matriculacion de un velero matriculado en Belgica de propiedad belga y pasado a bandera polaca os describo la normativa que he sufrido:


                    Pago del ITP o IVA: contrato pasado por la agencia tributaria o factura sujeta a IVA Depende de tu comunidad autonoma. Se debe liquidar en un mes despues de la fecha de factura o exponerse a recargos.



                    Pago o exención del IEDMT: Con la hoja de asiento española donde figure la baja, los modelos 576 o 06. Valor del "impuesto" 12% del valor de factura.
                    Aplilcable a cualquier persona con residencia en España (mas de 183 dias al año). Aplicable solo si el barco "toca aguas españolas"
                    Como yo no lo tengo en España de momento difiero el pago.

                    Hasta 8m de eslora es exento.


                    Material de seguridad con bandera polaca OBLIGATORIO en España: Los barcos de pabellón polaco propiedad de un residente en España están sujetos a la normativa de seguridad española, siendo exigible el material correspondiente a la zona 4


                    Como veis da lo mismo que el barco sea de la época de las olimpiadas de Barcelona. El Estado no perdona.


                    saludos

                    Comentario


                    • #40
                      Re: Bandera francesa y guardia civil

                      Originalmente publicado por Turcamen Ver Mensaje
                      Esto no es así. El barco puede estar el tiempo que quiera si el titular no es residente en España. Pero si eres residente, cualidad que se puede adquirir por 184 días pasados en España, debes liquidar el impuesto por primera matriculación o por 30 días circulando con él.

                      Residencia en España, artículo 9 LIRPF
                      Eso no es del todo asi ....un barco con bandera de fuera de la UE Y de un no reisdente en la UE , no puede permanecer en territorio de algun pais de la UE mas de 18 meses..
                      Aunque creo que eso no lo suelen controlar o demostrar mucho ..
                      Por otro lado si el barco sale entes de esos 18 meses , el contador se pone a cero y le vuelve a contar cuando entra.

                      Los ingleses estan teniendo problemas con esto y es una de las razones de los buenos precios de esos barcos que no pagaron iva europeo despues del brexit

                      Comentario


                      • #41
                        Re: Bandera francesa y guardia civil

                        Originalmente publicado por Pym Ver Mensaje
                        Buenos dias cofrades


                        Como acabo de pasar por el trance de impuestos y proxima matriculacion de un velero matriculado en Belgica de propiedad belga y pasado a bandera polaca os describo la normativa que he sufrido:


                        Pago del ITP o IVA: contrato pasado por la agencia tributaria o factura sujeta a IVA Depende de tu comunidad autonoma. Se debe liquidar en un mes despues de la fecha de factura o exponerse a recargos.



                        Pago o exención del IEDMT: Con la hoja de asiento española donde figure la baja, los modelos 576 o 06. Valor del "impuesto" 12% del valor de factura.
                        Aplilcable a cualquier persona con residencia en España (mas de 183 dias al año). Aplicable solo si el barco "toca aguas españolas"
                        Como yo no lo tengo en España de momento difiero el pago.

                        Hasta 8m de eslora es exento.


                        Material de seguridad con bandera polaca OBLIGATORIO en España: Los barcos de pabellón polaco propiedad de un residente en España están sujetos a la normativa de seguridad española, siendo exigible el material correspondiente a la zona 4


                        Como veis da lo mismo que el barco sea de la época de las olimpiadas de Barcelona. El Estado no perdona.


                        saludos
                        vale, pero ¿qué es "la hoja de asiento española donde figure la baja"?

                        Comentario


                        • #42
                          Re: Bandera francesa y guardia civil

                          Disculpaq. He pegado las instrucciones de mi gestor al pie de la letra


                          El impuesto de matriculacion IEOMT se paga sobre la factura de compra (12%)


                          para barcos no registrados en España evidentemente no hay hoja de asiento española, tendras el registro de origen o el nuevo (en mi caso en Polonia) en su caso pero no lo necesitas. Pero en este caso este impuesto grava a los residentes de cualquier nacionalidad con mas 183 dias en España y que tengan un barco de mas de 8m en aguas españolas.


                          Los franceses pagan cada año y los españoles de entrada liquidan un decenio de impuestos equivalente.
                          Si, el estado es insaciable.


                          Salud

                          Comentario


                          • #43
                            Re: Bandera francesa y guardia civil

                            El impuesto IEMDT si es un barco de segunda mano,se liquida o por tablas de hacienda o el 12% del contrato de compraventa.
                            Asi me lo explicaron en hacienda cuando fui a pagar el mio.

                            Comentario


                            • #44
                              Re: Bandera francesa y guardia civil

                              Originalmente publicado por Jubiladohuelva Ver Mensaje
                              Eso no es del todo asi ....un barco con bandera de fuera de la UE Y de un no reisdente en la UE , no puede permanecer en territorio de algun pais de la UE mas de 18 meses..
                              Aunque creo que eso no lo suelen controlar o demostrar mucho ..
                              Por otro lado si el barco sale entes de esos 18 meses , el contador se pone a cero y le vuelve a contar cuando entra.

                              Los ingleses estan teniendo problemas con esto y es una de las razones de los buenos precios de esos barcos que no pagaron iva europeo despues del brexit
                              Ahí te refieres a que se considere una importación a efectos de IVA, no al IEDMT. entiendo que son tantos impuestos que la gente no se aclare. La normativa de IVA aplica a cualquier importador de cualquier bien, no afecta la eslora inferior a 8 metros.

                              Comentario


                              • #45
                                Re: Bandera francesa y guardia civil

                                Originalmente publicado por Pym Ver Mensaje

                                Pago del ITP o IVA: contrato pasado por la agencia tributaria o factura sujeta a IVA Depende de tu comunidad autonoma. Se debe liquidar en un mes despues de la fecha de factura o exponerse a recargos.

                                Si pagas una factura con su IVA... ...no entiendo eso de que
                                "se deba liquidar en un mes después de la fecha de factura". Que yo sepa, si
                                pagas la factura, con su correspondiente IVA, ya está todo y no hay que hacer
                                nada más. La persona jurídoca vendedora es la que se encarga de ingresar el
                                IVA en las arcas públicas.


                                ¿Como lo ves?.


                                Salud y


                                El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
                                http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

                                Comentario

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