VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

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  • #16
    Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

    Gracias por vuestros comentarios, lo cierto es que desde la zona me consta que bastantes navegantes dan el salto, algunos sin ningún tipo de titulación, aunque no conozco a nadie que lo hayan pillado, no obstante creo que pospondré el salto al proximo año, aunque la verdad es que escuece mas gastarte los 3.000 Euros de diferencia de equipamiento de seguridad de la zona 4 a la 3 (Sin contar los las costosas revisiones anuales de la dichosa balsa) que ponerte manos (codos) a la obra para sacarte el PY.
    Glory to Ukraine

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    • #17
      Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

      Saludos. No te quedarías tranquilo y disfrutarias a tope alquilando un barco adecuado para esta navegación y enrolando a algún colega patrón de yate. Ya se que esto no será fácil y que supone un gasto extra, pero si lo que queremos es disfrutar unos días, que eso no nos amargue el futuro.

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      • #18
        Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

        ¿ Te has planteado lo que te pasaría en caso de accidente, máxime si hay víctimas ? Lo de la GC sería una broma ....... Pues sí, sería muy probablemente tu ruina económica, más la conciencia.


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        • #19
          Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

          1. Las infracciones leves serán sancionadas con multas de hasta 10.000.000 de pesetas.
          2. En el caso de infracción grave, la sanción será:
          a) Para las infracciones relativas al uso del puerto y al ejercicio de las actividades que se
          prestan en él: En los supuestos del artículo 115, 1), b), c), e), f), g) y h), multa de hasta
          20.000.000 de pesetas; en los supuestos del artículo 115, 1), a) y d), multa de hasta
          50.000.000 de pesetas.
          b) En las infracciones contra la seguridad marítima, multa de hasta 30.000.000 de pesetas.
          c) En las infracciones contra la ordenación del tráfico marítimo, multa de hasta
          20.000.000 de pesetas.
          d) En las infracciones por contaminación del medio marino, multa de hasta 100.000.000
          de pesetas.
          3. En caso de infracción muy grave, la sanción será:
          a) Para las infracciones relativas al uso del puerto y al ejercicio de las actividades que se
          prestan en él: En los supuestos del artículo 116, 1), c), multa del 50 por 100 del valor de
          las obras e instalaciones. En el resto de los supuestos, multa de hasta 100.000.000 de
          pesetas.
          b) En las infracciones contra la seguridad marítima, multa de hasta 150.000.000 de
          pesetas.
          c) En las infracciones contra la ordenación del tráfico marítimo, multa de hasta
          50.000.000 de pesetas.
          d) En las infracciones por contaminación del medio marino, multa de hasta 500.000.000
          de pesetas.

          Esto es el cuadro de sanciones, si menciona la Ley de Puertos del Estado especificamente como grave el traspasar los capitanes, patrones, etc. los limites de sus atribuciones, pero de traspasar la zona de despacho no lo he encontrado, imagino que te lo podran encajar en algún articulo; fijo que si.


          Comentario


          • #20
            Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

            Igualmente creo haber leido que fuera de las 12 millas, en aguas internacionales, ningún barco debería de molestarte salvo indicios de trata de personas, contrabando o participación en actividades terroristas.
            Parece que no conocemos de primera mano una denuncia fuera de las 12 millas y sus consecuencias, a pesar de que parece ser una practica habitual el cruzar el canal de Ibiza por embarcaciones despachadas para zona 4. Con esto, que nadie lo interprete como un estimulo.

            Comentario


            • #21
              Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

              Originalmente publicado por Jadarvi Ver Mensaje
              Si no te pillan 0 €, si te pillan...

              Multa por navegar fuera de zona: según la ley 27/1992, entre 10 y 20 kilos, es decir, entre 60.000 y 120.000... art 115.3. g (infracción grave) y art 120. 2. c. (Infracción grave)

              Multa por navegar excediendo las atribuciones de tu titulación: art. 115 . 2. h, y art 115, hasta 30 kilos, es decir, hasta 180.000 lereles.

              En fin, que el palo puede ser importante, supongo que habrá modulaciones específicas para embarcaciones de recreo, pero no las he encontrado, así que lo dejo en suposición... pero acongoja...

              hala, pa quitarme el susto.
              No las hay.
              El instructor del procedimiento sancionador valora, en cada caso, y de la forma más objetiva posible las circuntancias de cada caso y propone la cuantía de la sanción, teniendo libertad para fijarla dentro de la orquilla admitida por la ley.

              Saludos,

              Comentario


              • #22
                Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

                Originalmente publicado por Inspectorate Ver Mensaje
                No las hay.
                El instructor del procedimiento sancionador valora, en cada caso, y de la forma más objetiva posible las circuntancias de cada caso y propone la cuantía de la sanción, teniendo libertad para fijarla dentro de la orquilla admitida por la ley.

                INSPECTORATE Por favor explicate en cristiano.
                osea..para dislexicos como yo.
                Gracias.

                Comentario


                • #23
                  Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

                  Seguramente es una barbaridad pero lo pregunto: ¿y remolcandola ?

                  para todos.

                  Comentario


                  • #24
                    Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

                    Originalmente publicado por Mofeta Ver Mensaje
                    Igualmente creo haber leido que fuera de las 12 millas, en aguas internacionales, ningún barco debería de molestarte salvo indicios de trata de personas, contrabando o participación en actividades terroristas.
                    Parece que no conocemos de primera mano una denuncia fuera de las 12 millas y sus consecuencias, a pesar de que parece ser una practica habitual el cruzar el canal de Ibiza por embarcaciones despachadas para zona 4. Con esto, que nadie lo interprete como un estimulo.
                    No les hace falta abordarte más allá de las 12 millas, con pedirte papeles en Ibiza... o con cotejar listados de embarcaciones y tripulaciones que amarran en los puertos de Baleares en verano y compararlos con los listados de puertos base y despachos, pueden hacer una masacre.

                    Y no olvidéis que vivimos en un Estado en crisis y con una desesperada necesidad de fondos... y que somos "los pijos de los yates"... la diana la llevamos tatuada en la frente, sólo es cuestión de tiempo que empiecen a disparar...

                    salud!!!

                    Comentario


                    • #25
                      Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

                      Originalmente publicado por Inspectorate Ver Mensaje
                      No las hay.
                      El instructor del procedimiento sancionador valora, en cada caso, y de la forma más objetiva posible las circuntancias de cada caso y propone la cuantía de la sanción, teniendo libertad para fijarla dentro de la orquilla admitida por la ley.

                      Pensaba que, a pesar de que en la legislación no están, igual había algún tipo de instrucción o circular interna.

                      salud!!!

                      Comentario


                      • #26
                        Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

                        Originalmente publicado por Inspectorate Ver Mensaje
                        No las hay.
                        El instructor del procedimiento sancionador valora, en cada caso, y de la forma más objetiva posible las circuntancias de cada caso y propone la cuantía de la sanción, teniendo libertad para fijarla dentro de la orquilla admitida por la ley.

                        asi pues, el minimo es de 60.000 lereles.. ¿no?

                        una señora multa como para que se le quiten las ganas a cualquier inconsciente

                        Comentario


                        • #27
                          Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

                          Originalmente publicado por Jadarvi Ver Mensaje
                          No les hace falta abordarte más allá de las 12 millas, con pedirte papeles en Ibiza... o con cotejar listados de embarcaciones y tripulaciones que amarran en los puertos de Baleares en verano y compararlos con los listados de puertos base y despachos, pueden hacer una masacre.
                          yo creo que eso no se ajusta a derecho

                          ... si un barco esta despachado para navegar a Baleares, o pillan "in fraganti" al patron con titulacion no apta para tal, o por ley no se le puede multar, por mas papeles que se pida...

                          no es ninguna barbaridad que se le puede haber desembarcado con un chichorro, o en un puerto habiendo atracado "para comer", donde no te piden "papela"

                          No defiendo a quien cruza sin tener el titulo tal ni sin tener el barco despachado para ello, pero tampoco me parece bien que no se presuponga su inocencia

                          Comentario


                          • #28
                            Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

                            Originalmente publicado por Keith11 Ver Mensaje
                            asi pues, el minimo es de 60.000 lereles.. ¿no?

                            una señora multa como para que se le quiten las ganas a cualquier inconsciente
                            no tengo ni idea del procedimiento, pero, por lo visto, te pueden multar por dos motivos, así que, se duplicaría como mínimo...

                            ..el mar dará a cada hombre una nueva esperanza, al igual que el dormir le da sueños...

                            Comentario


                            • #29
                              Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

                              Originalmente publicado por Keith11 Ver Mensaje
                              yo creo que eso no se ajusta a derecho

                              ... si un barco esta despachado para navegar a Baleares, o pillan "in fraganti" al patron con titulacion no apta para tal, o por ley no se le puede multar, por mas papeles que se pida...

                              no es ninguna barbaridad que se le puede haber desembarcado con un chichorro, o en un puerto habiendo atracado "para comer", donde no te piden "papela"

                              No defiendo a quien cruza sin tener el titulo tal ni sin tener el barco despachado para ello, pero tampoco me parece bien que no se presuponga su inocencia
                              La GC te puede multar por lo que ellos consideren pertinente,aunque estén equivocados(son la ley y no hay argumento válido contra eso...)
                              Luego, una vez planteado el recurso,tienes muchas papeletas para salir airoso...
                              pero, de entrada, la multa te la llevas, por lo menos en tierra...

                              ..el mar dará a cada hombre una nueva esperanza, al igual que el dormir le da sueños...

                              Comentario


                              • #30
                                Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

                                Originalmente publicado por pulpete Ver Mensaje
                                La GC te puede multar por lo que ellos consideren pertinente,aunque estén equivocados(son la ley y no hay argumento válido contra eso...)
                                Luego, una vez planteado el recurso,tienes muchas papeletas para salir airoso...
                                pero, de entrada, la multa te la llevas, por lo menos en tierra...

                                Estimado cofrade, saludos y
                                Estas equivocado, La Benemérita no tiene atribuciones para multar, ni en tierra ni en el mar. Lo que hacen es denunciarte, la multa es competencia de otros organismos.

                                Otro saludo y más
                                Si ves rodar al patrón por la escala, NO le eches una mano. Él es patrón y sabe por qué se cae.

                                Si tengo que ser parte del rebaño, me pido ser el perro.

                                Comentario

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