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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

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11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

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14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

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Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

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Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

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  • #31
    Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

    Originalmente publicado por mazarredo Ver Mensaje
    Estimado cofrade, saludos y
    Estas equivocado, La Benemérita no tiene atribuciones para multar, ni en tierra ni en el mar. Lo que hacen es denunciarte, la multa es competencia de otros organismos.

    Otro saludo y más
    saludos, cofrade Mazarredo!

    Eso quería decir... te denuncian...

    un saludo
    ..el mar dará a cada hombre una nueva esperanza, al igual que el dormir le da sueños...

    Comentario


    • #32
      Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

      Originalmente publicado por Jadarvi Ver Mensaje
      Pensaba que, a pesar de que en la legislación no están, igual había algún tipo de instrucción o circular interna.

      salud!!!
      Los principios que rigen el ejercicio de la potestad sancionadora por el Estado exigen que las infracciones y sus sanciones estén fijadas por una norma con rango de ley, es decir, emanada del parlamento.

      Ponderar las cuantías de las sanciones por medio de una circular o instrucción de servicio quebrantaría ese principio jurídico, además de aquel otro que establece que el órgano instructor actuará únicamente con sometimiento a la ley y con independencia del criterio de sus superiores jerárquicos.

      Saludos,

      Comentario


      • #33
        Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

        A mi me parece esto un poco exagerado.. Sinceramente no creo que te pillen. Ahora bien, es cierto que ahora mismo se nota exageradamente ( y no sólo en los barcos) un afán recaudatorio por parte de la administración. Sería interesante saber la multa que te pueden poner por no estar despachado el barco.
        A mi me pasa al revés. Soy capitán de yate pero el barco no lo tengo despachado para Ibiza, sólo puedo ir a Por Mallorca o Menorca.Cosa que me parece una tontería, Menorca si ,Ibiza no?

        Alguien sabe cuanto es la multa por no tener el barco despachado?

        y ojo también se considera Infracción grave


        Infracciones contra la ordenación del tráfico marítimo.
        • a) Navegar sin sistemas de señalización reglamentariamente establecidos que permitan la localización y visualización permanente del buque.

        Os paso el link http://www.carreteros.org/legislacio...rticulo116.htm

        un saludo

        Comentario


        • #34
          Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

          Originalmente publicado por Keith11 Ver Mensaje
          yo creo que eso no se ajusta a derecho

          ... si un barco esta despachado para navegar a Baleares, o pillan "in fraganti" al patron con titulacion no apta para tal, o por ley no se le puede multar, por mas papeles que se pida...

          no es ninguna barbaridad que se le puede haber desembarcado con un chichorro, o en un puerto habiendo atracado "para comer", donde no te piden "papela"

          No defiendo a quien cruza sin tener el titulo tal ni sin tener el barco despachado para ello, pero tampoco me parece bien que no se presuponga su inocencia
          De acuerdo si nos referimos a la presencia de patrón con suficientes atribuciones, pero se supone que tú, al llegar a un puerto, entregas y firmas una lista de tripulantes presentes a bordo... si no hay un patrón con atribuciones suficientes para dar el salto, puedes tener el problema.

          Por otro lado, lo que sí es insoslayable, es el tema de la zona de navegación para la que esté despachado el barco, y está claro que en zona 4, como dice el cofrade que está despachado su barco, no hay forma de dar el salto. Igual en zona 3 sí, si usas las Columbretes como costa intermedia y dependiendo del punto de la costa penisnsular del que salgas...


          Originalmente publicado por Inspectorate Ver Mensaje
          Los principios que rigen el ejercicio de la potestad sancionadora por el Estado exigen que las infracciones y sus sanciones estén fijadas por una norma con rango de ley, es decir, emanada del parlamento.

          Ponderar las cuantías de las sanciones por medio de una circular o instrucción de servicio quebrantaría ese principio jurídico, además de aquel otro que establece que el órgano instructor actuará únicamente con sometimiento a la ley y con independencia del criterio de sus superiores jerárquicos.

          Por supuesto, pero todos sabemos que a veces hay "normas interpretativas no escritas", o circulares que contienen criterios de interpretación, etc... a eso me refería, no pretendía ne modo alguno insinuar que la DGMM actuase al margen de la Ley o del principio de legalidad. Como ejemplo baste decir que hay Capitanías que despachan barcos en zona 5 con walkies que no tienen homologación SOLAS mientras que otras exigen ese requisto... y, como siempre, gracias por tu oportuna intervención Inspectorate, que siempre arroja luz en medio de un gris panorama legislativo...

          salud!!!

          Comentario


          • #35
            Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

            A mi cada cual que haga lo que quiera, pero es como pedir consejo sobre cual es la mejor manera de atracar un banco.

            Poder se puede, pero todos sabemos que es un delito, con lo cual en mi opinión no admite discusión y que no se me enfade nadie eh!!!
            Cada vez que me sorprendo poniendo una boca triste, cada vez que en mi alma hay un noviembre húmedo y lluvioso.
            Entonces , entiendo que es más que hora de hacerme a la mar tan pronto como pueda.

            Herman Melville
            Moby Dick

            Comentario


            • #36
              Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

              Originalmente publicado por Aldebaránvells Ver Mensaje
              A mi me parece esto un poco exagerado.. Sinceramente no creo que te pillen. Ahora bien, es cierto que ahora mismo se nota exageradamente ( y no sólo en los barcos) un afán recaudatorio por parte de la administración. Sería interesante saber la multa que te pueden poner por no estar despachado el barco.
              A mi me pasa al revés. Soy capitán de yate pero el barco no lo tengo despachado para Ibiza, sólo puedo ir a Por Mallorca o Menorca.Cosa que me parece una tontería, Menorca si ,Ibiza no?

              Alguien sabe cuanto es la multa por no tener el barco despachado?

              y ojo también se considera Infracción grave



              Infracciones contra la ordenación del tráfico marítimo.
              • a) Navegar sin sistemas de señalización reglamentariamente establecidos que permitan la localización y visualización permanente del buque.
              Os paso el link http://www.carreteros.org/legislacio...rticulo116.htm

              un saludo
              Por no tener el barco despachado, de 60000 a 120000 euros, es como navegar fuera de zona, de hecho, careces de zona de navegación atribuida.

              No entiendo eso de que puedes ir a Menorca pero no a Ibiza, porque si tienes el barco en zona 3, que te permitiría hacer una distancia de 50 millas de costa a costa y cubre sobradamente el trayecto entre Menorca y Mallorca, pero en tal caso, y no hay probelma para saltar a Ibiza porque entre Punta Cala Figuera y Tagomago hay aproximadamente 47'7 millas, claro que si tomas como referencia la Isla del Toro, entonces hay 45'8 millas náuticas, mientras que si el salto lo haces desde la zona de Andratx, tienes aproximadamente 42'5 millas náuticas hasta Tagomago.

              Por su parte, en Zona 4 teóricamnete no tiene que haber problema para pasar de Mallorca a Menorca porque la distancia mínima entre ambas islas es de unas 18'9 millas náuticas.

              Por otra parte, la Zona 3 también nos permite saltar desde la Península a Ibiza, porque la distancia mínima entre esta Isla y la costa peninsular ronda las 47 millas.

              Supongo que tienes el barco en Zona 4, por eso teóricamente no puedes saltar a Ibiza.... pero igual me equivoco.

              salud!!!

              Comentario


              • #37
                Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?


                [
                QUOTE=Inspectorate;606348] dentro de la orgullosa orquilla admitida por la ley.

                [/QUOTE]

                Saludos
                Miahpaih

                sigpicEmpleé casi toda mi fortuna en mujeres y barcos.
                ¿El resto? ............. El resto simplemente lo malgasté.

                Comentario


                • #38
                  Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

                  Originalmente publicado por Sergyfox Ver Mensaje
                  A mi cada cual que haga lo que quiera, pero es como pedir consejo sobre cual es la mejor manera de atracar un banco.

                  Poder se puede, pero todos sabemos que es un delito, con lo cual en mi opinión no admite discusión y que no se me enfade nadie eh!!!


                  Solo una puntalización, no nos pasemos y no confundamos una sanción administrativa con un delito, que entre una cosa y otra hay un mundo, y la privacion de libertad por en medio.

                  Comentario


                  • #39
                    Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

                    Originalmente publicado por Jadarvi Ver Mensaje
                    De acuerdo si nos referimos a la presencia de patrón con suficientes atribuciones, pero se supone que tú, al llegar a un puerto, entregas y firmas una lista de tripulantes presentes a bordo... si no hay un patrón con atribuciones suficientes para dar el salto, puedes tener el problema.
                    ¿... y eso que presupone? ... ¿no puedo haber desembarcado al "supuesto patron" antes de llegar a puerto...? En un fondeo puede haber pasado a otro barco, puede haber desembarcado con una auxiliar, ... hay mil maneras...

                    no me parece razonable que puedan denunciar a un barco con puerto base en la peninsula solo por el mero de hecho de estar en Baleares sin un PY o CY a bordo... otra cosa es que lo pillen "in fraganti"

                    ademas cuando zarpo de mi puerto nadie me pide lista de tripulantes, pero tampoco me lo han pedido cuando he llegado a otro... pero aunque lo pidiesen... cualquiera puede desembarcar a tierra con un chinchorro

                    ... e insisto que no defiendo ni apruebo que se haga... que nos jugamos la vida en un error o en un fallo (un MOB sin ir mas lejos), y navegar no es "un juego de niños", pero tampoco creo que sea aceptable saltarse preceptos fundamentales en un estado de derecho... para algo estan las ordenes judiciales en caso de tener que vulnerar los derechos fundamentales de las personas

                    Comentario


                    • #40
                      Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

                      Si vives en tu barco, la GC te lo puede incautar estando navegando en caso de infraccio grave?
                      No me refiero a ningun delito.

                      Comentario


                      • #41
                        Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

                        Pienso yo...

                        Si navego con todo el equipo que la ley requiere (aunque no este homologado), con una balsa (no homologada pero de buena calidad y con las revisiones que el fabricante exige) ¿ no estoy navegando igual de seguro que aquel cumple con el papelito? Aun así incurriré en FALTA GRAVE contra la seguridad.... pero ¿por que?
                        Si, en efecto señores hablamos del poderoso caballero.

                        Si a la administracion le interesara nuestra seguridad nos facilitaria el acceso a los sistemas. No nos los complicaria y sobre todo encareceria brutalmente en aras de una supuesta seguridad.
                        Dicen que se gastan mucho en SM pero por lo que veo la mayor parte de actuaciones son de remolque "QUE SE LES PAGA" y bien caro. Por otro lado, tener los recursos de SM listos para actuar es casi tan caro cuando no se usan como cuando se utilizan. Maxime cuando la mitad de esas actuaciones se cobran.

                        Por otro lado estamos evitando la mas importante cuestion... ¿Cuando se abrira la veda a los PER para poder pasar a Baleares?
                        ¿Se permite ir de Mallorca a Ibiza, pero no se permite cruzar el canal?
                        ¿Se permite navegar por el estrecho (una pesadilla) pero no se permite un simple cruce de menos de 50 millas (que a pesar de todo, me consta que muchisima gente hace y no genera especiales problemas de salvamento).

                        Una tercera cuestion... ¿Alguno conoce personalmente a alguien que haya sido multado por ello, y de cuanto fue la cuantia de la multa?

                        Comentario


                        • #42
                          Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

                          Originalmente publicado por Keith11 Ver Mensaje
                          ¿... y eso que presupone? ... ¿no puedo haber desembarcado al "supuesto patron" antes de llegar a puerto...? En un fondeo puede haber pasado a otro barco, puede haber desembarcado con una auxiliar, ... hay mil maneras...

                          no me parece razonable que puedan denunciar a un barco con puerto base en la peninsula solo por el mero de hecho de estar en Baleares sin un PY o CY a bordo... otra cosa es que lo pillen "in fraganti"

                          ademas cuando zarpo de mi puerto nadie me pide lista de tripulantes, pero tampoco me lo han pedido cuando he llegado a otro... pero aunque lo pidiesen... cualquiera puede desembarcar a tierra con un chinchorro

                          ... e insisto que no defiendo ni apruebo que se haga... que nos jugamos la vida en un error o en un fallo (un MOB sin ir mas lejos), y navegar no es "un juego de niños", pero tampoco creo que sea aceptable saltarse preceptos fundamentales en un estado de derecho... para algo estan las ordenes judiciales en caso de tener que vulnerar los derechos fundamentales de las personas
                          Keith, sabes que a mí todo esto me parece un sinsentido de exigencias legales cruzadas, repartidas en textos dispersos y un monumento a la burrocracia.... pero, en el caso que tú dices, lo lógico es que hubiese una entrada en el cuaderno de bitácora firmado por ambos patrones a fin de hacer constar que el cruce se había hecho al mando de una persona con la titulación suficiente.

                          Dicho esto, todos sabemos que no se está haciendo, al menos por ahora... pero las sanciones son exorbitantes y algún "iluminado" podría verlo como una estupenda fuente de financiacón alternativa para el Estado... y eso es lo que me preocupa, puesto que considero que nadie es tan burro como para arriesgar su vida tontamente.

                          A mí, pasar de la Península a Baleares me parece una travesía sin riesgo especial alguno siempre que tengas el barco a son de mar y cumplas una serie de precauciones elementales... y no creo que requiera enormes conocimientos... que las islas son bastante grandes y mucho hay que desviarse para pasar sin verlas, por desgracia, la Administración no piensa lo mismo.

                          En cuanto a que un barco con puerto base en la península esté en aguas de Baleares sin un PY a bordo, no creo que ese sea el gran problema, sino que el problema y la más probable causa de sanción sería el tenerlo despachado en menos de zona 3... y ahí te pueden crugir exactamente igual aunque a bordo lleves a un CY, a menos que puedas demostrar que el barco no ha llegado navegando...

                          salud!!!

                          Comentario


                          • #43
                            Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

                            Es obvio que con zona 4 no se puede ir de Peninsula a Baleares, ni tampoco de Ibiza a Mallorca, ni de la Peninsula a Columbretes; y con PER solo se puede ir entre islas pero ¿hay alguien que haya pasado por el mal trago de ser intervenido por la Benemerita en tales circunstancias?. Seria ilustrativo conocer la resolución del expediente sancionador.
                            Saludos y

                            Comentario


                            • #44
                              Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

                              Habra que preguntarle si es juez. A Garzonin 300 euros por soltar a los narcos, y a mi me caban de fastidiar 180 por aparcar mal (encima estaba mal señalizado). Habra que dedicarse a la droga.
                              Salu2

                              Comentario


                              • #45
                                Re: A Ibiza con el PER, a cuanto ascenderia la multa?

                                Os cuento mi experiencia:
                                El verano pasado nos fuimos desde Málaga hasta Cabo de Gata. Cuando llegamos a la playa de Los Genoveses, decidimos desembarcar mediante la neumática que llevabamos a bordo.
                                En ese momento apareció una patrullera de la G.C. y nos pidió papeles del barco, titulación, dni, etc.
                                Nos fuimos con tres regalitos:
                                La 1ª multa al patrón del barco porque en la zodiac no ibamos con los chalecos salvavidas (y eso que estabamos a escasos 100 m. de la orilla). Lo curioso es que cuando nos ha llegado la notificación por correo pone que el barco no disponía de chalecos salvavidas (y ahora a ver quien demuestra lo contrario cuando ellos tienen presunción de veracidad, por supuesto que el barco los tenía, ni siquieran se molestaron en pedir que se los enseñaramos).
                                La 2ª por no tener el contrato de alquiler, el barco estaba en lista 6ª y solo podía navegar mediante un contrato al parecer, a pesar de ir a bordo el armador.
                                Y la 3ª, es ya casi de coña, cuando llegaron, uno de nosotros estaba en el agua con unas gafas para revisar el fondeo antes de dejar el barco solo, pues le cayo la multa por considerarlo buceador y no indicar su posición con boya.

                                Siempre he considerado a la guardia civil unos profesionales, y que están para velar por nuestra seguridad y dispuestos a todo, pero estos que nos empapelaron creo que confirman la excepción de la regla.

                                Ah!! y todavía no sabemos los importes de las multas, no ponía nada en las notificaciones.
                                Un saludo a todos.
                                Editado por última vez por Paco E.; 05/07/2009, 02:15:44.

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