VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

Anuncio

Colapsar

NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
Ver más
Ver menos

Vivir en el barco: nueva regulación?

Colapsar
X
 
  • Filtrar
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes

  • Vivir en el barco: nueva regulación?

    Os adjunto literalmente un mail recibido ayer de mi puerto, Masnou, relativo a un cambio de regulación para vivir en el barco.

    No lo traduzco, pero el resumen es:
    - Ha habido un cambio de regulación, -23/febrero-, en una resolución de un departamento de la Generalitat.
    - Para vivir en el barco (varemo: 10 pernoctaciones en un mes) habrá que pedir y renovar anualmente un permiso al puerto, que pedirá tres requisitos previos:
    o Tener tankk
    o Tener seguro con rc de 600.000
    o Tener certificado de navegabilidad vigente.
    - Aún así, el puerto se reserva el derecho a conceder el permiso.
    - Asimismo se reserva el derecho a instalar, a cargo del usuario, un contador de suministros (no especifica si sólo eléctrico o también de agua) para poder cobrar al usuario los consumos por encima de los consumos mínimos ya cobrados en la tarifa de mantenimiento de los amarres.

    Yo no vivo en el barco ni tengo planes de hacerlo, pero aun así tengo algunas dudas:
    - Alguien más conoce esta resolución?
    - Cuales son los “consumos ya incluidos” en la tarifa de mantenimiento?
    - No creéis que otros barcos sin habitantes permanentes pueden estar consumiendo más que los habitados y por tanto se establece un agravio comparativo?
    - El derecho último del puerto a conceder o no el permiso… no debería estar sujeto a criterios objetivos, transparentes?

    Que conste que soy partidario de que los puertos no se llenen de “residuos flotantes”, (Sí a los certificados de navegabilidad, seguros vigentes, etc) pero de ahí a establecer que sólo los que viven en los barcos deben cumplir con una serie de requisitos por encima de los demás… me parece una imposición algo delicada.

    Qué opinais?

    Benvolgut/da usuari/ària
    Per la present es comunica a tots els usuaris i usuàries la darrera modificació del Reglament Particular d’Explotació i Policia del Port Esportiu del Masnou pel que fa referència a la utilització de les embarcacions com a habitatges, i que ha estat aprovada per Resolució de la Direcció General de Ports , Aeroports i Costes de data 23 de febrer de 2009.
    Aquesta modificació s’ha dut a terme per poder donar resposta a l’especial problemàtica que generen aquestes embarcacions , tant en demanda de majors serveis , com en increment de riscos, com en matèria mediambiental. Tanmateix, la concessionària es reserva el dret d’autoritzar, al seu únic criteri, aquest ús en funció de les necessitats de l’explotació i de les circumstàncies que en cada cas concorrin.
    Per al vostre coneixement, es transcriu el text íntegre dels articles modificats del Reglament, que restarà a disposició de tots els usuaris i usuàries a les oficines del port i també en el taulell d’anuncis.

    Article 41, bis .- Ús de l’embarcació com a habitatge
    Per a poder utilitzar l’embarcació com a habitatge ( pernoctar més de 10 nits en un període de 30 dies) serà necessari disposar d’una autorització expressa i per escrit de la Direcció del port.
    L’autorització podrà ser concedida, a criteri de la concessionària, sempre que l’embarcació compleixi els següents requisits:
    estar equipada amb els corresponents tancs d’aigües residuals de capacitat suficient per les necessitats d’abord
    disposar de la corresponent pòlissa d’assegurança de responsabilitat civil amb una cobertura mínima de 600.000€
    disposar del corresponent certificat de navegabilitat.
    En aquest cas la direcció podrà exigir una quota complementària a les tarifes establertes i cobrar el consum dels subministraments que superi el que ja s’inclou en la quota de manteniment o en la factura de lloguer, aprovada per la concessionària. Per a poder fer la lectura individual s’instal•larà el corresponent comptador individual, a càrrec de l’usuari.

    Aquesta autorització tindrà una vigència màxima de 12 mesos, transcorreguts els quals quedarà sense efecte, sens perjudici de la facultat de l’usuari de tornar-la a sol•licitar.

    Article 43.- Prohibicions
    43.11. - Fer servir l’embarcació com a habitatge (pernoctar més de deu nits en un període de 30 dies) sense l’autorització expressa de la direcció, d’acord amb el que estableix l’article 41.bis del present Reglament.

    Règim transitori
    S’atorga un termini de dos mesos als usuaris que utilitzin embarcacions com a habitatge per tal de sol•licitar la corresponent autorització donant compliment als requisits que s’hi estableixen.

    Per tant, d’acord amb aquesta modificació els patrons/armadors de les embarcacions que es destinin a habitatge, d’acord amb la definició que s’especifica en l’article 41bis modificat, hauran de tramitar la corresponent autorització davant el concessionari, que podrà autoritzar-ne aquest ús, mitjançant resolució expressa i sempre i quan s’acreditin els requisits a que fa referència l’article 41, bis.
    Els patrons/ armadors interessats disposen d’un termini de dos mesos, a comptar de la data de recepció de la present, per tal de tramitar la corresponent autorització.
    L’ús d’habitatge en embarcacions no autoritzades podrà comportar la suspensió de serveis i la resolució del dret d’ús, d’acord amb el Reglament de policia portuària.
    Per a qualsevol dubte poden connectar amb les nostres oficines.
    Atentament
    La peor decisión es la que no se toma...

  • #2
    Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

    Pues sí que se pone la cosa cruda, lo que no estoy de acuerdo es con los 10 días. Veamos un caso práctico quien no tiene su barco en un naútico lejos de su casa y decide pasar sus 15 días de vacaciones en él, pues por esta nueva norma ya no podría. Me parece que se están exagerando un poco las cosas con esto de la naútica. Lo de los contadores, pues bueno, supongo que puede haber gente muy aprovechada en este aspecto y otros no tienen por que pagar este pato.
    Ya veremos como acaba esto, pero por ahora y que no se diga.
    "Una carta naútica es mucho más que un instrumento indispensable para in de un sitio a otro; es un grabado, una página de Historia, a veces una novela de aventuras" Jacques Dupuet. Marino

    Comentario


    • #3
      Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

      Originalmente publicado por magicus_max Ver Mensaje
      ...
      Qué opinais?
      ... Que es una zancadilla más a la náutica de recreo de verdad, a la que vive y siente el mar como un medio de vida, más que como un parque temático con intereses mercantilistas,
      ... Que son una pena los puertos, o clubes náuticos en los que incluso se ve mal, como zarrapastrosos, a los que dormimos a bordo, sean 2 ó 30 días al mes, y que me parece una lástima que los puertos no fomenten más la 'vida real' en los puertos, frente a la cultura de actos sociales del estilo BBB (Bodas, Bautizos y Banquetes) con paisaje de mástiles de veleros...

      Respecto a los seguros y consumos, no entiendo bien la discriminación entre vivir o no vivir, como bien dices. Yo, por seguridad dejo desconectado mi barco de 220, al irme varias semanas, con lo que ello supone de no tener la nevera fresquita, para no encontrarme ninguna sorpresa desagradable no controlable a 200 km. Pero mucha gente tiene el barco permanentemente enchufado, con lo cual es lógico que se cobren los consumos, pero o a TODOS o a ninguno. Y el seguro... más peligro tiene un barco enchufado a la corriente pero solo, que uno habitado.
      'NAVEGAR NO ES UN LUJO, ES UN DERECHO'

      Comentario


      • #4
        Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

        De la lectura de la carta no se desprende que sea una nueva reglamentación de la Generalitat, sino ue el puerto ha cambiado sus "normas particuares", y que estas, para poder ser aplicadas tieen que ponerse en conocimiento de la Generalitat para que apruebe su aplicación.

        A menudo ns cofundimos ( o nos confunden) dando un caracter "oficial", de "nueva lgislación", cuando en realidad sn NORMAS PARTICULARES, aunque ,esto sí, se comuniqen a la Administración.

        Ante esta interpretación de "nueva ley" el ciudadano se resigna y no ejerce sus derechos pues cree que no obtendrá resultados.

        Pero en el fondo se han cambiado las condiciones unilateralmente.

        Est es mi opinión.

        Bon vent !!
        __________________________________
        Derrotero Costa Brava... y otros temas con humor.
        visita mi blog: http://paralelo-42.blogspot.com

        Comentario


        • #5
          Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

          Es simplemente patetico que actuen de esta forma,y parece ser que amparados por una resolucion explicita,que pena,pobre capihaddock,al final lo van ha hechar
          NO BRINDO
          Lo malo de las mentes cerradas es que siempre tienen la boca abierta

          Comentario


          • #6
            Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

            Hola,

            así, a vuelapluma, me parece que el reglamento es anticostitucional; lógico lo del seguro, certificado y cualquier otro requisito de seguridad que tengan que cumplir todos los barcos... lo de los contadores, DEPENDE de la concesión y del reglamento de policía (en eso creo que hay que ir caso por caso) pero lo de que alguien me diga lo que puedo hacer o no en el barco, si lo que yo haga no estaba expresamente prohibido en la concesión o el reglamento de policía vigente en el momento en que me hice usuario, me parece que no puede tener amparo legal. Veremos como va el hilo...

            saludos
            La democracia es dos lobos y una oveja votando sobre que se va a comer.
            La Libertad es la oveja, armada, impugnando el resultado.
            Benjamin Franklin

            Comentario


            • #7
              Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

              prohibiran hasta echar un quiqui en el barco
              debido a las ondas en la superficie del agua
              afecten al hormigon del pantalan...
              pais
              Editado por última vez por biziberri; 11/09/2009, 11:58:22.

              Comentario


              • #8
                Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

                Originalmente publicado por genoves Ver Mensaje
                ... Que es una zancadilla más a la náutica de recreo de verdad, a la que vive y siente el mar como un medio de vida, más que como un parque temático con intereses mercantilistas,
                ... Que son una pena los puertos, o clubes náuticos en los que incluso se ve mal, como zarrapastrosos, a los que dormimos a bordo, sean 2 ó 30 días al mes, y que me parece una lástima que los puertos no fomenten más la 'vida real' en los puertos, frente a la cultura de actos sociales del estilo BBB (Bodas, Bautizos y Banquetes) con paisaje de mástiles de veleros...

                Respecto a los seguros y consumos, no entiendo bien la discriminación entre vivir o no vivir, como bien dices. Yo, por seguridad dejo desconectado mi barco de 220, al irme varias semanas, con lo que ello supone de no tener la nevera fresquita, para no encontrarme ninguna sorpresa desagradable no controlable a 200 km. Pero mucha gente tiene el barco permanentemente enchufado, con lo cual es lógico que se cobren los consumos, pero o a TODOS o a ninguno. Y el seguro... más peligro tiene un barco enchufado a la corriente pero solo, que uno habitado.
                Estoy contigo 100 por 100.......así es, tal cual......

                Lo digo yo que me he pasado 25 días en el barco viviendo en él este mes de agosto..........
                “Los mejores libros son aquellos que quienes los leen creen que también ellos pudieron haberlos escrito”

                Comentario


                • #9
                  Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

                  Es un cambio en la reglamentacion que propone el Puerto y es aprobado por la Direccio General de Ports

                  se me ocurre :
                  1- es efectivo para los nuevos o para todos los antiguos ?
                  2- cualquier barco "Grande" y todos los de las nauticas (Marina Estrella, Stay, ect , gastan mucha mas agua cada dia que cualquier barco habitado) por los repetidos lavados que les hacen
                  3- Cualquier barco "Grande" deshabitado gasta mucha mas luz que uno mediano-pequeño habitado ( siempre estan con los aires acondicionados en marcha)
                  3- un barco habitado no creo que consuma mucho mas que uno deshabiitado (yo siempre tengo las neveras en marcha)

                  En muchos puetos cobran aparte agua-luz ( en el mio RCNB : agua fija , luz variable)

                  el tanqueKK es obligatorio hace años y los seguros, ect es normal, pero .....

                  paisssssssssss


                  PD

                  si uno se va a vivir Semana Santa o Navidad-Reyes debe pedir permiso

                  No se pueden reunir los "amarristas" y protestar la noma
                  Editado por última vez por dunic; 11/09/2009, 12:46:39.
                  Manel - EA3CBQ

                  Socio fundador Anavre n° 15

                  de Baja por en crisis económica ??

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

                    "modificació del Reglament Particular d’Explotació i Policia del Port Esportiu del Masnou".

                    Reglament Particular que quiere decir que el Puerto (entidad con animo de lucro) pone y dispone.

                    A quejarse ...pero.... CUIDIAO no vaya a ser que te pasen por la quilla como ha ocurrido en Isla Canela.

                    Consediraciones:
                    1.- ¿Puede un Puerto privado reglamentar sin autorización de la administración?. ¿Cual es la norma de ámbito mayor que debe aplicarse?. ¿Esté esta norma en contra de la normativa de la Generalitat en este caso o pudiera considerarse abusiva?.
                    2.- Considero razonable que se compute el consumo a todos los usuarios, ya que hay quien vive en el barco y hay quien deja el congelador hasta las trancas de atún y hasta quien deja un secador eléctrico para encontrarse bien secas las toallas cuando llegue el verano.
                    3.-Seguro. No es aceptable nada que no exija la legislación (de ambito nacional) vigente.

                    Que digo yo.

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

                      Bon dia!
                      A mi me parece bien. Yo pase el invierno en un puerto en que se permitia vivir (en la mayoria de USA no se permite) y que estaba preparando y acondicionado para ello. Pero este verano he estado en Barcelona y he visto cosas que mas parecen chabolismo nautico que aficion a la nautica: gente que hace sus necesidades y las suelta al agua del puerto, barcos que parecen un tenderete de ropa interior, chabolas flotantes (incluso me han dicho que algunas se alquilan a turistas por semanas), etc.

                      Es como si en una plaza de parking se instalara a vivir una familia en una roulotte. Seguro que el parking no te lo permite y tiene derecho a hacerlo asi. Si se regula, al final habra puertos que no lo permitan y otros que si. Y estos lo perpararan y regularan (y lo logico es que pongan una normativa para que la normativa , contadores de consumos, normas de decoro y convivencia, control de que no se hacen vertidos sucios en el puerto, etc.)

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

                        Originalmente publicado por NEFTA Ver Mensaje
                        Es simplemente patetico que actuen de esta forma,y parece ser que amparados por una resolucion explicita,que pena,pobre capihaddock,al final lo van ha hechar
                        NO BRINDO
                        Saludos

                        Nefta, ademas de patetico que lo es, es ilegal, anticonstitucional y unas cuantas cosas mas, nos estamos organizando para el lunes ir a un abogado, una vez bien asesorados y llegado este punto, actuaremos judicialmente contra cualquier accion ilegal que se ejecute o pretenda ejecutarse por parte de capitania contra alguien del colectivo......
                        A mi entender y particularmente, despues de llevar seis años viviendo ahi, habiendo pagado religiosamente el amarre, itbs, seguro y sin negarme a cumplir los requisitos que legalmente tenga que cumplir......nadie puede echarme......
                        Me hace mucha gracia lo de las 10 pernoctaciones, llevo 20 años sin pernoctar en ninguna parte ya que he estado ese tiempo trabajando de noche, los dias de fiesta tampoco ya que como tengo el sueño cambiado solo puedo dormir de dia.......contaran como pernoctaciones las siestas de la tarde?,consideraran como pernocta que alguien se eche una siestecita?, tambien me hace mucha gracia lo que dicen de que al margen de que se cumpla con lo exigido se reservan el derecho de dar o no dar el permiso....
                        Mi realidad actual la verdad es que ha cambiado, tengo un nuevo trabajo, tambien dispongo de una vivienda en la que me iba a empadronar justo encima del restaurante que como sabeis llevo con mi pareja, pero de momento seguire oficialmente en mi barco, creo que es mi derecho y lo defendere....
                        yo si que brindo, por los que aman el mar como yo, por los que son y quieren seguir siendo libres salud
                        Editado por última vez por capihaddock; 11/09/2009, 13:52:34. Razón: calenton rectificado
                        llamps i rellamps!!!

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

                          ¿En base a qué ley consideran que 10 pernoctaciones en un mes
                          convierte el barco en vivienda?

                          Si eso cuela, mañana están libres de cambiar su baremo
                          y pasarlo a cinco noches y luego a una noche.

                          Respecto a los contadores, o se controla el consumo para todos
                          de forma igual, o a nadie.
                          __/)____________
                          ______(\________

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

                            Originalmente publicado por Tupac A. Ver Mensaje
                            Bon dia!
                            A mi me parece bien. Yo pase el invierno en un puerto en que se permitia vivir (en la mayoria de USA no se permite) y que estaba preparando y acondicionado para ello. Pero este verano he estado en Barcelona y he visto cosas que mas parecen chabolismo nautico que aficion a la nautica: gente que hace sus necesidades y las suelta al agua del puerto, barcos que parecen un tenderete de ropa interior, chabolas flotantes (incluso me han dicho que algunas se alquilan a turistas por semanas), etc.

                            Es como si en una plaza de parking se instalara a vivir una familia en una roulotte. Seguro que el parking no te lo permite y tiene derecho a hacerlo asi. Si se regula, al final habra puertos que no lo permitan y otros que si. Y estos lo perpararan y regularan (y lo logico es que pongan una normativa para que la normativa , contadores de consumos, normas de decoro y convivencia, control de que no se hacen vertidos sucios en el puerto, etc.)

                            En los casos que comentas de chabolismo nautico totalmente deacuerdo contigo, yo solo entiendo el concepto de barco si el mismo puede navegar, o sea, tiene su itb al dia con todo lo que supone lo referente a residuos, seguridad, motor en buen estado, etc........... cerdos amigo mio los veras en todas partes, en barcos, mansiones, barriadas, megayates.......salud
                            llamps i rellamps!!!

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

                              Desde el supuesto de que el barco cumpla con todas las normas expuestas, que estoy de acuerdo con la mayoria de ellas.

                              Lo encuentro una represion total hacia la libertad de las personas, otro lastre mas al sector como de costumbre.

                              Salu2

                              Comentario

                              Trabajando...
                              X