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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

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2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

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Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Navegación en Zona 5ª

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  • Navegación en Zona 5ª

    He ido a Capitania a solicitar el cambio de mi embarcarción a zona 4, pues actualmente la tengo en zona 5, y ha surgido una duda con respecto a una discrepancia con el inspector:

    Según él la zona 5ª habilita 5 millas paralelo a la costa, pues entiende que siempre hay una playa o abrigo accesible.

    ¿Esto es así?

    ¿Se puede considerar una playa un lugar seguro para refugiarse en caso de mal tiempo?

    Se agradecen las sugerencias


  • #2
    Re: Navegación en Zona 5ª

    Yo estoy en zona 5. Desde luego la regla dice que a 5 millas de un abrigo o playa accesible. Si en tu zona de navegación siempre la hay, o el capitán marítimo entiende que siempre la hay, mejor para vosotros.

    No conozco casos, pero seguro que la regla trae a mucha interpretación. Depende de lo que se entienda por "abrigo" y por "playa accesible"

    Saludos.
    ---
    Todas las islas, incluso las conocidas, son desconocidas mientras no desembarquemos en ellas.
    (José Saramago. El cuento de la isla desconocida)

    Comentario


    • #3
      Re: Navegación en Zona 5ª

      Yo tengo zona 5, procuro no alejarme de esas 5 millas, pero no voy a estar pendiente de si hay zona accesible o no....,lo que sé es que hay muchos puertos seguidos, normalmente están tan seguidos, que es dificil encontrar un tramo de muchas millas, sin un puerto o cala, o embarcadero alternativo....

      No, la playa no sirve para refugiarse en caso de mal tiempo, pero en caso extremo.... avería muy importante, desgracia..., (dios no quiera) nos permitiría embarrancar, o llegar en chinchorro, o a unas muy malas, nadando con chaleco salvavidas..... 5 millas serían facilmente una salvación. Yo lo interpreto así.
      Editado por última vez por Bohemia; 15/12/2009, 22:14:57.
      "Erase una vez, una mujer de un barco enamorada...."sigpic

      Atención personal sobre seguros, presupuestos,
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      • #4
        Re: Navegación en Zona 5ª

        Hola,

        Según interpreto, zona 5 hace referencia a 5 millas de playa o abrigo, no a linea paralela a la costa. Es decir, una zona de costa con acantilados no será considerada. Si navegamos por una zona como esta y nos retiramos a más de 5 millas de una playa o zona considerada abrigo, no estaremos en zona 5, aunque estemos a media milla del acantilado.

        Saludos y
        Y las birras que las pague el de arriba
        (Si posteas entre Dibujito y yo tendrás que pagar el doble)


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        • #5
          Re: Navegación en Zona 5ª

          Originalmente publicado por yoyete Ver Mensaje
          Hola,

          Según interpreto, zona 5 hace referencia a 5 millas de playa o abrigo, no a linea paralela a la costa. Es decir, una zona de costa con acantilados no será considerada. Si navegamos por una zona como esta y nos retiramos a más de 5 millas de una playa o zona considerada abrigo, no estaremos en zona 5, aunque estemos a media milla del acantilado.

          Saludos y
          Entonces, según eso.... no te puedes ni mover de los alrededores de tu puerto......, y casi casi.... ni cambiar de puerto....

          Si pillas una zona de acantilados, por ejemplo.... de una medida de 10 millas, pero antes del acantilado tienes una playa y al otro lado (osea al final del acantilado) otra playa o puerto..., no sé si me explico... cuando estás en medio de la zona de acantilados... a 5 millas tienes una playa, y a otras 5 millas tienes la otra playa..... por tanto... 10 millas de acantilado son legalmente navegables.... No sé si me entendeis....
          Editado por última vez por Bohemia; 15/12/2009, 23:42:25.
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          • #6
            Re: Navegación en Zona 5ª

            Eso creo, pero es una interpretación. Ley un hilo hace algún tiempo y parece que otros foreros opinaban igual. A ver si hay más opiniones.

            Saludos

            Según esta interpretación, el supuesto del acantilado de 10 millas es como tú apuntas, navegable, pero será el límite. Una zona acantilada mayor sin puntos intermedios de abrigo estaría prohivida para zona 5.
            Y las birras que las pague el de arriba
            (Si posteas entre Dibujito y yo tendrás que pagar el doble)


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            • #7
              Re: Navegación en Zona 5ª

              Es que es una "historia" un poco libre de interpretación. Pero vamos que mirando la carta de la costa, hay pocos lugares que no ofrezcan un lugar de resguardo y acceso. Y los puertos ... uno detrás de otro... puedes ir bien lejosss...
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              • #8
                Re: Navegación en Zona 5ª

                He encontrado esto sobre las nuevas zonas de navegación y como quedan establecidas....
                En donde son mas rigurosos es en la zona 7 (aguas protegidas).
                Los demás... pues eso, a la distancia de la costa que corresponda.
                http://www.cinco-oceanos.com/ayudas/...bligatorio.pdf

                esa es la nueva aclaración de zonas que salió. La anterior, si que me acuerdo yo que decían a 5 millas de acceso protegido o no sé qué .... Antes se ve que las 5 millas pertenecían a zonas protegidas, y luego ha pasado a zona costera...

                en fin, pues eso, a navegar... sin perder los ojillos de tierra, pero lejos, lejos...
                Editado por última vez por Bohemia; 16/12/2009, 00:07:38.
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                • #9
                  Re: Navegación en Zona 5ª

                  Originalmente publicado por Bohemia Ver Mensaje
                  Entonces, según eso.... no te puedes ni mover de los alrededores de tu puerto......, y casi casi.... ni cambiar de puerto....

                  Si pillas una zona de acantilados, por ejemplo.... de una medida de 10 millas, pero antes del acantilado tienes una playa y al otro lado (osea al final del acantilado) otra playa o puerto..., no sé si me explico... cuando estás en medio de la zona de acantilados... a 5 millas tienes una playa, y a otras 5 millas tienes la otra playa..... por tanto... 10 millas de acantilado son legalmente navegables.... No sé si me entendeis....
                  Pos yo (zona 5, por imperativo legal) estoy en que sí.
                  Ese tramo de costa podrías hacerlo.
                  Es más, si hubiera un poco más de 5', poniendo el barco en el medio, y si viene la GC, podrías pasar a proa o a pp, según convenga, y decirles que Ya estás a menos de 5 millas... (es broma )

                  En la práctica, más o menos pegado a la costa, podrías recorrer, al menos en mi zona, toda la costa del País Vasco, por ejemplo.

                  Se ve gráficamente en esta web de fondear.org. Digo gráficamente porque la ilustración está bien, pero el texto es errata, no es 5 millas paralela a la costa.

                  Y de hecho, para ver por dónde se puede navegar legalmente, la cosa sería así, pillas la carta, un compás y haces círculos de 5' de radio. Si dos círculos se tocan o cortan, por ahí puedes pasar...
                  Sausalito III (Puma 26)
                  Pumeros: http://clubpuma.ning.com/
                  ANAVRE: "Ya nunca navegarás en solitario"
                  Asociación de navegantes de recreo

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                  • #10
                    Re: Navegación en Zona 5ª

                    Otoio, eso era antes.
                    Precisamente para evitarse ese lio tan tonto de hacer círculos con un compás, en una carta, cosa absurda..... pues en esa zona no es obligatorio llevar cartas,por tanto no puede venir la GC a pedirte esos cálculos... pues cambiaron.
                    Y quedó así de claro:
                    Zona 5: 5 millas

                    Las aguas protegidas solo se han dejado para las zonas de navegación 7.

                    Este enlace es la página Oficial de Fomento, más claro imposible:






                    ALAA.... A NAVEGAR.....
                    jolín, yo que quiero costear hasta Francia... después hasta más allá... pues ya estaba yo temblando porque no quiero cambiar de zona de navegación. Ya estamos bien como estamos..... por un momento, he pensado que igual... pues eso... ya me imaginaba yo ... sin poder moverme de mi zona playera, que es muy bonica, y tal, pero una va más lejos.... aunque más o menos cada 3 millas hay un puerto....
                    Editado por última vez por Bohemia; 16/12/2009, 02:00:34.
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                    • #11
                      Re: Navegación en Zona 5ª

                      Originalmente publicado por Bohemia Ver Mensaje
                      Pues si se empeñan...
                      Pero aunque efectivamente el texto de la página web dice eso:
                      Se sustituyen las Categorías de Navegación existentes por las nuevas Zonas de Navegación:
                      Navegación en aguas costeras Zona “5" Hasta 5 millas D-1
                      Si nos vamos a la legislación que referencia la propia página:
                      La Orden FOM/1144/2003 de 28 de abril, con las modificaciones introducidas por la Orden FOM/1076/2006, de 29 de marzo, ....

                      La Orden 1076/2006 no aporta nada al tema. Las nuevas zonas de navegación se definen en la Orden FOM/1144/2003 de 28 de abril y si abrimos el enlace... vemos:

                      Artículo 3. Zonas de navegación para las embarcaciones de recreo.
                      1. Se establecen las siguientes Zonas de navegación:
                      (...)
                      C) Zona de navegación en aguas costeras. Comprende las siguientes Zonas de navegación:
                      (...)
                      Zona «5». Navegación en la cual la embarcación no se aleje más de 5 millas de un abrigo o playa accesible.

                      Puestos a elegir entre la web o la legislación, creo que hay que quedarse con la legislación...
                      He estado buscando, por si acaso, y no veo que esté derogada, así que... creo que a seguir haciendo circulitos

                      No obstante, que pa'mi mejor. Podré irme a dar la vuelta a la Península Ibérica sin ningún temor...

                      Saludos
                      Sausalito III (Puma 26)
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                      • #12
                        Re: Navegación en Zona 5ª

                        Originalmente publicado por Bohemia Ver Mensaje
                        Pues de claro nada. Si lees la explicación en la web de Fomento, efectivamente dice que zona 5 es hasta 5 millas "de distancia a la costa".

                        Pero si en esta misma página pinchas en el enlace la Orden FOM 1144/2003, verás que dicen claramente que zona 5 es hasta 5 millas "de un abrigo o playa accesible". Está en el artículo 3, al principio de la segunda página.

                        Para mi, diga lo que diga la web de Fomento, lo que vale es la Orden FOM/1144/2003. Y es que ya son ganas de liarla..... Al final ni nosotros mismos somos capaces de tener claro hasta donde puede legalmente navegar nuestro barquito.

                        PD: Anda, el cofrade otoio ha llegado a la misma cocnclusión 1 minuto antes.... Estoy de un lento que asusta....
                        Editado por última vez por biker62; 16/12/2009, 02:20:33. Razón: Añadir PD

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Navegación en Zona 5ª

                          La orden de 2006 anula la del 2003.

                          Precisamente en el 2006 ya no se contempla eso de aguas protegidas, lo pone bien claro en el recuadro de Fomento. Zona 5: 5 millas de la costa .( no especifica aguas protegidas, cuando en la zona 7 sí lo indica).

                          Pero bueno, tampoco nos vamos a discutir Otoio por eso, cada uno que haga lo que le parezca que hace bien, y ya está...., pero no te quedes ahí haciendo circulitos, que aunque tu barquito sea peque como el mío, nos podemos ir costeando costeando bien lejosssss.... vengaaaa... A CELEBRARLOOO!!!
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                          • #14
                            Re: Navegación en Zona 5ª

                            Y.... mY ARCO... por qué quieres cambiar a zona 4 ??? lo peor de pasar a zona 4 , en mi opinión son las bengalas que son casi 200 euros y cada año se caducan....! en cambio las bengalas de zona 5 , son unos 12 euros solo, menuda diferencia!
                            "Erase una vez, una mujer de un barco enamorada...."sigpic

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                            • #15
                              Re: Navegación en Zona 5ª

                              Originalmente publicado por Bohemia Ver Mensaje
                              La orden de 2006 anula la del 2003.
                              Precisar para que no de motivo a error a alguien (me pongo serio)
                              La ORDEN FOM/1076/2006, de 29 de marzo, por la que se modifica la Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril,...
                              Pos eso, no deroga. Sólo modifica.
                              Y las modificaciones que hace NINGUNA afecta a la definición de Zonas de Navegación.
                              Está disponible aquí y es muy cortita.

                              Originalmente publicado por Bohemia Ver Mensaje
                              Pero bueno, tampoco nos vamos a discutir Otoio por eso, cada uno que haga lo que le parezca que hace bien, y ya está...., pero no te quedes ahí haciendo circulitos, que aunque tu barquito sea peque como el mío, nos podemos ir costeando costeando bien lejosssss.... vengaaaa...
                              Eso sí, Bohemia.
                              Yo también lo celebro... (gracias)
                              Pero cada uno haga lo que quiera sabiendo lo que hace, que a veces se leen cosas en esta Taberna que alguien, si lo toma sin demasiado criterio...

                              De todas formas, es verdad que se puede ir muy lejos....
                              (Sin acritú )
                              Sausalito III (Puma 26)
                              Pumeros: http://clubpuma.ning.com/
                              ANAVRE: "Ya nunca navegarás en solitario"
                              Asociación de navegantes de recreo

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