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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Bandera británica

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  • #16
    Re: Bandera británica

    Se hablo ya antes, pero :

    Para que quieres cambiar la Bandera, con todas las facilidades que nos dan aqui : revisiones Balsa cada año, ect. ect. comunicas el cambio de nombre y continuas como guinglis
    Manel - EA3CBQ

    Socio fundador Anavre n° 15

    de Baja por en crisis económica ??

    Comentario


    • #17
      Re: Bandera británica

      Cervecitas para todos


      Drago, te voy a contar mi experiencia.

      Compre mi barco el pasado mes de Julio. Intermediarios habia unos 6, pero pude ponerme en contacto con el propietario e hice toda la negociación directamente con el.

      Primero demuestra que eres un autentico Pirata y regateale el precio, incluso usando varias identidades y comentando continuamente que es muy caro ... finalmente regresas con tu identidad, consigues un precio mas bajo y cierras el trato...

      Segundo paso, contrato de compra-venta (nada de notarios), era un trato entre particulares, para ello me copie un contrato en Ingles, debajo de cada parrafo lo traduje al español y voila... un contrato de compra venta Ingles-Español, valido para el y valido para mi.

      Al cerrar el trato te tiene que dar el certificado de registro del barco (es una cuartilla plastificada) junto con una carta dirigida al SSR Small Ship Register, donde notifica la venta del barco a tu nombre. Tu te encargas de enviarlo y reclamas que te lo manden a la direccion donde te convenga.

      Pagas el 4% de impuestos de transmisiones.
      Pagas el 12% de impuestos de matriculacion. (No, No y NO, no se puede navegar con un barco con bandera extranjera mas de 6 meses despues del contrato de compra venta, siendo español y residente en España, bueno... se puede pero con riego de multa.)
      Pagas a una gestoria para todo el papeleo aprox. 700 € o te lo haces tu mismo (dolores de cabeza).

      Cambias la electronica, seguro que la que lleva no esta homologada en España...

      Y ya está.


      Si necesitas el contrato Español-Ingles, me lo pides o lo buscas, creo que ya lo colgué en alguna ocasión.

      Auman

      Comentario


      • #18
        Re: Bandera británica

        Originalmente publicado por dunic Ver Mensaje
        Se hablo ya antes, pero :

        Para que quieres cambiar la Bandera, con todas las facilidades que nos dan aqui : revisiones Balsa cada año, ect. ect. comunicas el cambio de nombre y continuas como guinglis
        Dunic
        Ya me gustaría... ya!. pero lo que parece estar más claro es que para mantener la bandera tienes que ser residente en UK. En caso contrario no puedes mantenerla.
        Están claras las ventajas, pero yo no veo otra solución.
        Salud y buen viento.
        sigpic

        Comentario


        • #19
          Re: Bandera británica

          Hola drago.
          ¿No se tratará de un Contessa 32?
          Editado por última vez por Visir; 15/05/2007, 20:16:31.

          Comentario


          • #20
            Re: Bandera británica

            Originalmente publicado por Auman Ver Mensaje
            Cervecitas para todos

            Drago, te voy a contar mi experiencia.

            Segundo paso, contrato de compra-venta (nada de notarios), era un trato entre particulares, para ello me copie un contrato en Ingles, debajo de cada parrafo lo traduje al español y voila... un contrato de compra venta Ingles-Español, valido para el y valido para mi.

            Al cerrar el trato te tiene que dar el certificado de registro del barco (es una cuartilla plastificada) junto con una carta dirigida al SSR Small Ship Register, donde notifica la venta del barco a tu nombre. Tu te encargas de enviarlo y reclamas que te lo manden a la direccion donde te convenga.

            Si necesitas el contrato Español-Ingles, me lo pides o lo buscas, creo que ya lo colgué en alguna ocasión.

            Auman
            Hola Auman
            Cervezas para todos, que desde añoche hasta ahora se me va aclarando mucho el panorama.
            No te imaginas lo oscuro que lo veía cuando colgué el post.
            El modelo de contrato lo he encontrado:

            La opción de que me entregue el certificado junto con una carta me parece buena, como también la de Otilio de pedirla por fax. Me imagino que el trámite de baja tendrá unos gastos, habrá que hacerle una transferencia al British Register. He intentado ver si hay un modelo para solicitar la baja y el importe del trámite y no lo he encontrado. ¿Tienes esa información, o sabes donde buscarla?
            Gracias por todo.
            sigpic

            Comentario


            • #21
              Re: Bandera británica

              Originalmente publicado por Drago Ver Mensaje
              Gracias Magallanes
              Al ser entre particulares yo había pensado hacer un contrato de compraventa, pero lo de la factura no veo cómo (o se sustituye por el contrato).
              Yo creía que la baja tenía que pedirla el vendedor que es el que tiene registrado el barco. Y para acreditar la propiedad en el momento de la venta, le puedo pedir una copia del Registro en vigor. Luego ya se pide la baja en dicho Registro. ¿Puede valer así?
              Para el tema de la empresa te mando un privado.
              Un saludo y unas birras (para mí una jarra de tila)
              El formato es Bill of Sale y lo tienes en el mismo sitio web del Small Ship Register. El pago mediante giro postal, acompañando copia del resguardo y la solicitud (cuyo modelo tambien lo tienes en la web). Todo esto, si lo tienes relleno con esos impresos es pan chupado. Lo mandas por correo (yo lo anticipe por fax y recibi la baja em menos de una semana).
              Ojo con un detalle: El SSR NO es prueba de propiedad y asi te lo indican claramente en su web, asi que si el barco esta embargado o es propiedad de varios es otra historia. Normalmente, el propietario suele tener un documento con un sello de lacre del fabricante-importador.
              Asi es como yo lo hice.

              http://www.anavre.org

              Comentario


              • #22
                Re: Bandera británica

                Originalmente publicado por Auman Ver Mensaje
                Cervecitas para todos


                Drago, te voy a contar mi experiencia.

                Compre mi barco el pasado mes de Julio. Intermediarios habia unos 6, pero pude ponerme en contacto con el propietario e hice toda la negociación directamente con el.

                Primero demuestra que eres un autentico Pirata y regateale el precio, incluso usando varias identidades y comentando continuamente que es muy caro ... finalmente regresas con tu identidad, consigues un precio mas bajo y cierras el trato...

                Segundo paso, contrato de compra-venta (nada de notarios), era un trato entre particulares, para ello me copie un contrato en Ingles, debajo de cada parrafo lo traduje al español y voila... un contrato de compra venta Ingles-Español, valido para el y valido para mi.

                Al cerrar el trato te tiene que dar el certificado de registro del barco (es una cuartilla plastificada) junto con una carta dirigida al SSR Small Ship Register, donde notifica la venta del barco a tu nombre. Tu te encargas de enviarlo y reclamas que te lo manden a la direccion donde te convenga.

                Pagas el 4% de impuestos de transmisiones.
                Pagas el 12% de impuestos de matriculacion. (No, No y NO, no se puede navegar con un barco con bandera extranjera mas de 6 meses despues del contrato de compra venta, siendo español y residente en España, bueno... se puede pero con riego de multa.)
                Pagas a una gestoria para todo el papeleo aprox. 700 € o te lo haces tu mismo (dolores de cabeza).

                Cambias la electronica, seguro que la que lleva no esta homologada en España...

                Y ya está.


                Si necesitas el contrato Español-Ingles, me lo pides o lo buscas, creo que ya lo colgué en alguna ocasión.

                Auman
                Como ya he dicho en alguna ocasión el año pasado tuve que abanderar mi barco de bandera inglesa a española, y menos mal que hice caso al brooker y me lo hizo él, estuvo 4 meses y eso que el tío tiene mas enchufes en capitanía de Barcelona que todo IBREDROLA juntos.

                Si lo tienes que hacer: QUE TE LO HAGA ALGUIEN QUE SEPA.




                Miembro de Cofrades de Tarragona de La Taberna del Puerto

                Comentario


                • #23
                  Re: Bandera británica

                  Mi barco, comprado en Julio del año pasado era de bandera britanica; tuve toda la documentacion en mi poder a FINALES DE NOVIEMBRE, creo que como castigo por no dejarme sacar mas de veinte mil duros del (presunto) entramado funcionario-gestoril, ya que las tasas no pasaron en total de cuarenta o cincuenta euros; por supuesto estamos hablando de un barco con marcado CE, si no es asi, mejor ni te lo plantees.

                  Si eres de la zona sur, un consejo, que a mi desgraciadamente nadie me dio en su dia: NI SE TE OCURRA HACER LAS GESTIONES EN LA CAPITANIA DE MALAGA. Tiene muy buena fama por su diligencia y rapidez la Capitania de Algeciras, y a mi, en una de las multiples trabas que se me plantearon, me trataron bastante bien (con reparos) en la de Fuengirola.

                  ¡¡¡Ah!!! y recuerda que si te decides a comprar un barco, automaticamente entras en el selecto club de los millonarios gili..... a los que todos los golfos de este pais intentaran sacarte el dinero cobrandote por todo cuatro cinco o seis veces lo que vale. Pero si nos gusta la mar... ¡que le vamos a hacer!

                  Saludos y... paciencia.

                  Comentario


                  • #24
                    Re: Bandera británica

                    Y ya que estamos, porque no abrimos de una vez la caja de pandora.

                    Porqué no empezamos a hablar una vez, y sacar a lucir las vergüenzas de nuestra administración.

                    Porqué no empezamos a discutir qué capitanías SI, en cuales NO, y en cuales NUNCA BAJO NINGÚN CONTEXTO SE TE OCURRA, NI SIQUIERA ESTANDO LOCO.

                    Porque algo que debe ser igual en toda España, no puede ser que sea tan diferente según el barrio.

                    Comentario


                    • #25
                      Re: Bandera británica

                      Originalmente publicado por Magallanes Ver Mensaje
                      El formato es Bill of Sale y lo tienes en el mismo sitio web del Small Ship Register. El pago mediante giro postal, acompañando copia del resguardo y la solicitud (cuyo modelo tambien lo tienes en la web). Todo esto, si lo tienes relleno con esos impresos es pan chupado. Lo mandas por correo (yo lo anticipe por fax y recibi la baja em menos de una semana).
                      Ojo con un detalle: El SSR NO es prueba de propiedad y asi te lo indican claramente en su web, asi que si el barco esta embargado o es propiedad de varios es otra historia. Normalmente, el propietario suele tener un documento con un sello de lacre del fabricante-importador.
                      Asi es como yo lo hice.
                      En este caso el propietario me dice que es full Register (no conozco la diferencia), con lo que tendré que buscar en otro sitio (me imagino que el modelo será diferente), aunque el procedimiento que tu has utilizado será igualmente válido.
                      Un saludo.
                      sigpic

                      Comentario


                      • #26
                        Re: Bandera británica

                        Originalmente publicado por MCA Ver Mensaje
                        Y ya que estamos, porque no abrimos de una vez la caja de pandora.

                        Porqué no empezamos a hablar una vez, y sacar a lucir las vergüenzas de nuestra administración.

                        Porqué no empezamos a discutir qué capitanías SI, en cuales NO, y en cuales NUNCA BAJO NINGÚN CONTEXTO SE TE OCURRA, NI SIQUIERA ESTANDO LOCO.

                        Porque algo que debe ser igual en toda España, no puede ser que sea tan diferente según el barrio.
                        Pues muy sencillo; porque las capitanias las hacen funcionar PERSONAS, y las personas, ya se sabe, hay unas mas gordas, otras mas delgadas, unas mas listas, otras mas tontas, unas mas trabajadoras, otras mas vagas, unas mas integras, otras mas "manipulables", unas mas honradas, otras mas... y mejor no sigamos.

                        Ademas, si algo muy, pero que muy bueno tiene internet, es que se puede poner a la gente en su justo termino, sin que se escondan en el "nosotros", que siempre ha sido el refugio de los vagos, incompetentes, y lo que es peor, de los chorizos. Asi que, el que quiera tener elogios, al menos de mi, que se los gane con competencia, buen hacer, y sobre todo honestidad.

                        Saludos.

                        PD. Para muestra un boton: dice la normativa que se debe inspeccionar "aleatoriamente" un barco de cada 50; ¿tu que pensarias si siempre la aleatoriedad recayese en los barcos cuya documentacion ha sido presentada de forma particular, en vez de por una gestoria que te cobra 700 euros? ¡¡¡ que cosas mas curiosas pasan en el pais de Lazaro de Tormes, Guzman de Alfarache, Jesus Gil, caso fondos reservados, Marianos Rubios, !!!¿sigo...? A buen entendedor...

                        Comentario


                        • #27
                          Re: Bandera británica

                          Originalmente publicado por Drago Ver Mensaje
                          Hasta ahora yo siempre he oido de pedirla por correo y una demora de 10 a 15 días, pero lo tuyo no tiene nombre...
                          Vamos, porque te tengo por persona seria... y ya que lo planteas voy a buscar el nº de fax en la web (¿tú no lo tendrás?). Entonces eso no es una administración, ni los funcionarios salen a tomar café. ¡Eso es la leche!
                          Gracias por la información.
                          En el fax que recibimos debe de aparecer el número del emisor. Este fin de semana pasaré por el barco a recoger la documentación y te lo envío el lunes, si el tiempo no lo ha borrado, pues ya tiene sus añitos.
                          sigpic FSM, Ramén!!!

                          Comentario


                          • #28
                            Re: Bandera británica

                            TEngo alguna experiencia en abanderar barcos ingleses (no profesional) y te puedo decir que mi experiencia es favorable cuanto a la diligencia y facilidad que encuentras en la administración inglesa, sobre todo cuando se trata de un barco registrado en lo que ellos llaman Part III, es decir en la SSR. algo más dificil es cuando se trata del registro en Part I, para mercantes y también para barcos de placer, pero a nombre de una sociedad o empresa.
                            Pues bien, en la Part III, es sumamente fácil cualquier trámite y más todavía cursar la baja de un barco, por ahí no tendrás dificultades, basta con que el propietario te firme un simple papel dirigido a:
                            MCA- Registry of Shipping¬Seamen- PO BOX 420- Cardiff CF24 5XR- UK, solicitando la baja y explicando el motivo: Por venta del barco al ciudadano español D......, quien desea abanderar el barco en España, poniendo tus señas para que te envien la baja, y en cuestión de unas semanas, lo debes tener en tu domicilio.
                            Buena idea lo de hacer un contrato en español/inglés.
                            Entonces tal como veo tu operación de compra/venta, lo tal creo que es que venga el propietario para enseñarte el barco, lo ves y si te gusta lo compras, pagas y se envia al mismo tiempo la solicitud de baja.. y en principio todo debe ir normalmente ... sin problemas a no ser que te dieras con un ....
                            Suerte y dinos como acaba la historia.

                            Comentario


                            • #29
                              Re: Bandera británica

                              Originalmente publicado por sakamura Ver Mensaje
                              TEngo alguna experiencia en abanderar barcos ingleses (no profesional) y te puedo decir que mi experiencia es favorable cuanto a la diligencia y facilidad que encuentras en la administración inglesa, sobre todo cuando se trata de un barco registrado en lo que ellos llaman Part III, es decir en la SSR. algo más dificil es cuando se trata del registro en Part I, para mercantes y también para barcos de placer, pero a nombre de una sociedad o empresa.
                              Pues bien, en la Part III, es sumamente fácil cualquier trámite y más todavía cursar la baja de un barco, por ahí no tendrás dificultades, basta con que el propietario te firme un simple papel dirigido a:
                              MCA- Registry of Shipping¬Seamen- PO BOX 420- Cardiff CF24 5XR- UK, solicitando la baja y explicando el motivo: Por venta del barco al ciudadano español D......, quien desea abanderar el barco en España, poniendo tus señas para que te envien la baja, y en cuestión de unas semanas, lo debes tener en tu domicilio.
                              Buena idea lo de hacer un contrato en español/inglés.
                              Entonces tal como veo tu operación de compra/venta, lo tal creo que es que venga el propietario para enseñarte el barco, lo ves y si te gusta lo compras, pagas y se envia al mismo tiempo la solicitud de baja.. y en principio todo debe ir normalmente ... sin problemas a no ser que te dieras con un ....
                              Suerte y dinos como acaba la historia.
                              Gracias Sakamura
                              Cada vez está todo más claro. Me queda por averiguar el importe del giro postal que hay que enviar y saber si el "Full Register" del que me habla el dueño es Register Part I, o es otra cosa.
                              Yo le pregunté por la baja en el Small Ship Register y me dijo que no, que tiene Full Register. Pero no me habla ni de Parte I, ni de Parte III.
                              Ya os iré contando cómo va la historia.
                              Salud y buen viento
                              sigpic

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                              • #30
                                Re: Bandera británica

                                Por lo que dices el barco esta en Part 1

                                En part 1 si puede registrarlo un particular lo que pasa que es mas caro.

                                Tiene una serie de ventajas ya que es prueba de propiedad (al contrario del SSR) y si tiene alguna carga tiene que figurar en el registro.

                                Lo mejor que puedes hacer es pedir una copia del registro de ese barco.
                                Si todo esta bien el darlo de baja en Uk es lo mismo que para SSR.

                                Hay un libro muy interesante publicado por la RYA

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