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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
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Convocatoria PPER 07 Octubre

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  • #46
    Re: Convocatoria PPER 07 Octubre

    Buenos días Cofrades,

    Soy uno de los que se está preparando para la convocatória de Octubre y estoy intentando apuntarme al examen desde la web del ministério y no hay manera de hacerlo... como no hay que pagar tasas... hay que ir a la capitanía si o si?

    Saludos y gracias.

    Comentario


    • #47
      Re: Convocatoria PPER 07 Octubre

      Originalmente publicado por Lanegan Ver Mensaje
      Buenos días Cofrades,

      Soy uno de los que se está preparando para la convocatória de Octubre y estoy intentando apuntarme al examen desde la web del ministério y no hay manera de hacerlo... como no hay que pagar tasas... hay que ir a la capitanía si o si?

      Saludos y gracias.

      Buenos días Lanegan:

      La fecha tope de matrícula es el 7 de septiembre 2017.
      Lleva a Capitanía rellenado el Anexo III, parece ser que NO hay que pagar tasas, allí te lo confirmarán.

      No se puede hacer la matrícula para el examen de PPER on-line, tienes que pasarte por Capitanía.


      Un cordial saludo,

      Javichi
      Estudias o Navegas

      Test online todas titulaciones, incluido PPER

      Comentario


      • #48
        Re: Convocatoria PPER 07 Octubre

        Originalmente publicado por javichi Ver Mensaje
        Buenos días Lanegan:

        La fecha tope de matrícula es el 7 de septiembre 2017.
        Lleva a Capitanía rellenado el Anexo III, parece ser que NO hay que pagar tasas, allí te lo confirmarán.

        No se puede hacer la matrícula para el examen de PPER on-line, tienes que pasarte por Capitanía.


        Un cordial saludo,

        Javichi
        Ok Javichi, gracias por tu aclaración.

        Saludos
        Editado por última vez por Lanegan; 31/08/2017, 11:11:20.

        Comentario


        • #49
          Re: Convocatoria PPER 07 Octubre

          Originalmente publicado por lua Ver Mensaje
          Aquí está el anexo III
          Buenos días, me he descargado el anexo III... y no se a que refiere en la siguente parte... "de acuerdo con la resolución de la Dirección General de la Marina Mercante de ... de ...........de 2016."

          Saludos

          Comentario


          • #50
            Re: Convocatoria PPER 07 Octubre

            Originalmente publicado por Lanegan Ver Mensaje
            Buenos días, me he descargado el anexo III... y no se a que refiere en la siguente parte... "de acuerdo con la resolución de la Dirección General de la Marina Mercante de ... de ...........de 2016."

            Saludos
            Resolución de 27 de enero de 2016, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se establece el procedimiento para la obtención del certificado de especialidad de patrón profesional de embarcaciones de recreo.

            Saludos,

            Javichi
            Estudias o Navegas

            Test online todas titulaciones, incluido PPER

            Comentario


            • #51
              Re: Convocatoria PPER 07 Octubre

              Originalmente publicado por javichi Ver Mensaje
              Resolución de 27 de enero de 2016, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se establece el procedimiento para la obtención del certificado de especialidad de patrón profesional de embarcaciones de recreo.

              Saludos,

              Javichi
              Muchas gracias por el dato

              Acabo de venir de la capitanía de Tarragona y no tenían ni la más remota idea de que era esto... decían que no habían hecho ninguna .. al final he conseguido que lo envíen a madrid... veremos si al final me quedo sin derecho a examen

              Saludos

              Comentario


              • #52
                Re: Convocatoria PPER 07 Octubre

                Originalmente publicado por Lanegan Ver Mensaje
                Muchas gracias por el dato

                Acabo de venir de la capitanía de Tarragona y no tenían ni la más remota idea de que era esto... decían que no habían hecho ninguna .. al final he conseguido que lo envíen a madrid... veremos si al final me quedo sin derecho a examen

                Saludos
                ¡Alucinante amigo Lonegan!
                ¿Es posible que Capitanía Marítima no haya cursado ninguna inscripción para examen PPER desde el año 2010?
                Lo primero que tienen que hacer es leerse todas las Resoluciones que emite la Dirección General de la Marina Mercante de Madrid.
                Ponte en contacto conmigo y te hago llegar todas las normativas para que se las pases a estos señoritos...

                webmaster@estudiasonvegas.com


                Saludos,

                Javichi
                Estudias o Navegas

                Test online todas titulaciones, incluido PPER

                Comentario


                • #53
                  Re: Convocatoria PPER 07 Octubre

                  Para que veas como está el tema... de todas formas me han dicho que el lunes viene una compañera que acaba vacaciones a ver si ella sabe algo... me pasaré el lunes con el anexoIII enviado a ver si está todo ok.

                  Saludos y gracias.

                  Comentario


                  • #54
                    Re: Convocatoria PPER 07 Octubre

                    Originalmente publicado por Lanegan Ver Mensaje
                    Para que veas como está el tema... de todas formas me han dicho que el lunes viene una compañera que acaba vacaciones a ver si ella sabe algo... me pasaré el lunes con el anexoIII enviado a ver si está todo ok.

                    Saludos y gracias.
                    Me imagino que ese documento les llegará a Madrid y te agregarán al listado de matriculados.
                    Pásate el lunes y le invitas a un café a la persona de esa Capitanía que es la única conocedora de la existencia de los exámenes para PPER, ¡se lo merece!

                    Ahora en serio, además de acercarte el lunes dentro de una semana llama a la propia DGMM a ver si les ha llegado tu solicitud y te quedas tranquilo.

                    Dos o tres semana antes del examen también aparecerás en el listado de matriculados de la DGMM:

                    Saludos,

                    Javichi
                    Estudias o Navegas

                    Test online todas titulaciones, incluido PPER

                    Comentario


                    • #55
                      Re: Convocatoria PPER 07 Octubre

                      Originalmente publicado por javichi Ver Mensaje
                      Me imagino que ese documento les llegará a Madrid y te agregarán al listado de matriculados.
                      Pásate el lunes y le invitas a un café a la persona de esa Capitanía que es la única conocedora de la existencia de los exámenes para PPER, ¡se lo merece!

                      Ahora en serio, además de acercarte el lunes dentro de una semana llama a la propia DGMM a ver si les ha llegado tu solicitud y te quedas tranquilo.

                      Dos o tres semana antes del examen también aparecerás en el listado de matriculados de la DGMM:

                      Saludos,

                      Javichi
                      Ok. Te haré caso...no quiero sorpresas

                      Gracias

                      Comentario


                      • #56
                        Re: Convocatoria PPER 07 Octubre

                        Originalmente publicado por Lanegan Ver Mensaje
                        Ok. Te haré caso...no quiero sorpresas

                        Gracias
                        Lleva al examen el resguardo y te aseguro que ante una posible duda te examinarías igualmente, luego ya indagarían sobre tu matrícula.

                        Mete caña que queda solo un mes para sufrir el examen....


                        Saludos,

                        Javichi
                        Estudias o Navegas

                        Test online todas titulaciones, incluido PPER

                        Comentario


                        • #57
                          Re: Convocatoria PPER 07 Octubre

                          Originalmente publicado por javichi Ver Mensaje
                          Se compara el temario, tema a tema del actual BOE Núm.186 Sábado 5 de agosto de 2017 con el anterior del BOE Núm. 51 Miércoles 1 demarzo de 2017.
                          Dicho de otra manera, temario del examen de marzo 2017 versus el de octubre 2017, para ver modificaciones.

                          (En color azul nuevo temario y sus comentarios)

                          ANTERIOR BOE Núm. 51 Miércoles 1de marzo de 2017 (examen marzo 2017):
                          1. Texto Refundido de la Ley dePuertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real DecretoLegislativo 2/2011, de 5 de septiembre. Disposiciones generales: Marina Mercante,Objetivos, Zonas y tipos de navegación. Flota civil y plataformas. Empresasnavieras (Título preliminar: Capítulo III). Régimen sancionador en el ámbito dela Marina Mercante: Infracciones. Sanciones y otras medidas (Libro tercero:Título IV).

                          ACTUAL BOE Núm. 186 Sábado 5 de agosto de 2017:
                          1. Texto Refundido de la Ley dePuertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real DecretoLegislativo 2/2011, de 5 de septiembre. Disposiciones generales: MarinaMercante, Objetivos, Zonas y tipos de navegación. Flota civil y plataformas.Empresas navieras (Título preliminar: capítulo III). Medidas que garantizan laactividad portuaria y la navegación (Libro III: Título III). Régimensancionador en el ámbito de la Marina Mercante: Infracciones. Sanciones y otrasmedidas (Libro tercero: Título IV).


                          Comentario:
                          En este tema se ha añadido:
                          Medidas que garantizan la actividad portuaria y lanavegación (Libro III: Título III).



                          ANTERIOR BOE Núm. 51 Miércoles 1de marzo de 2017 (examen marzo 2017):2. La Administración marítima(1): Administración central (Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado yde la Marina Mercante: Libro segundo: Título II: Capítulo I). Funciones yestructura de la Dirección General de la Marina Mercante: Real Decreto 452/2012,de 5 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica delMinisterio de Fomento y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 dediciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de losdepartamentos ministeriales (artículo 7) y Real Decreto 424/2016, de 11 denoviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de losdepartamentos ministeriales (artículo 6).

                          ACTUAL BOE Núm. 186 Sábado 5 de agosto de 2017:
                          2. Ley 14/2014, de 24 de julio,de Navegación Marítima. Disposiciones generales (Título preliminar). Ordenaciónadministrativa de la navegación (Título I): Ámbito de aplicación de las normasde policía (capítulo I). Régimen de estancia en aguas interiores marítimas y enpuerto (capítulo II). Régimen general de la navegación marítima (Capítulo III).Buques, embarcaciones y artefactos navales (Título II: capítulo I). Dotación(Título III: capítulo III).

                          Comentario:
                          Tema nuevo.

                          ANTERIOR BOE Núm. 51 Miércoles 1de marzo de 2017 (examen marzo 2017):
                          3. La Administración marítima(2): Administración periférica (Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estadoy de la Marina Mercante: Libro segundo: Título II: Capítulo II). Real Decreto638/2007, de 18 de mayo, por el que se regulan las Capitanías Marítimas y losDistritos Marítimos: Disposiciones generales: Objeto. Coordinación con otrosorganismos y entidades (Capítulo I). Funciones de los Capitanes Marítimos y delos Jefes de Distrito (Capítulo II).


                          ACTUAL BOE Núm. 186 Sábado 5 de agosto de 2017:
                          3. La Administración marítima(1): Administración central (Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado yde la Marina Mercante: Libro segundo: Título II: capítulo I). Funciones yestructura de la Dirección General de la Marina Mercante: Real Decreto362/2017, de 8 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básicadel Ministerio de Fomento, y se modifica el Real Decreto 424/2016, de 11 denoviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de losdepartamentos ministeriales (artículo 7) y Real Decreto 424/2016, de 11 denoviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de losdepartamentos ministeriales (artículo 6).


                          Comentarios:
                          - Anterior en el tema nº 2 , hacereferencia a otro BOE el tema: La Administración marítima (1): Administracióncentral (Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la MarinaMercante: Libro segundo: Título II: capítulo I). Funciones y estructura de laDirección General de la Marina Mercante: Real Decreto 362/2017, de 8 de abril,anteriormente hacía referencia al R.D. 452/2012, de 5 de marzo).

                          - En el apartado del desarrollo de la estructura orgánicabásica del Ministerio de Fomento, y se modifica el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, anteriormente se hacía referencia al Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre.)


                          ANTERIOR BOE Núm. 51 Miércoles 1de marzo de 2017 (examen marzo 2017):
                          4. El Reglamento sobre elDespacho de Buques aprobado por la Orden de 18 de enero de 2000.

                          ACTUAL BOE Núm. 186 Sábado 5 de agosto de 2017:
                          4. La Administración marítima(2): Administración periférica (Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estadoy de la Marina Mercante: Libro segundo: Título II: capítulo II). Real Decreto638/2007, de 18 de mayo, por el que se regulan las Capitanías Marítimas y losDistritos Marítimos: Disposiciones generales: Objeto. Coordinación con otrosorganismos y entidades (capítulo I). Funciones de los Capitanes Marítimos y delos Jefes de Distrito (capítulo II).


                          Comentario:

                          - Anterior en el tema nº 3. Sin cambios.

                          ANTERIOR BOE Núm. 51 Miércoles 1 de marzo de 2017 (examenmarzo 2017):
                          5. Real Decreto 210/2004, de 6de febrero, por el que se establece un sistema de seguimiento y de informaciónsobre el tráfico marítimo: Disposiciones generales (Capítulo I). Notificación yseguimiento de los buques (Capítulo II). Seguimiento de los buques peligrosos eintervención en caso de problemas y accidentes en el mar (Capítulo IV).Reglamento de inspección y certificación de buques civiles, aprobado por elReal Decreto 1837/2000, de 10 de noviembre: Obligaciones de operadores,empresas operadoras, capitanes y patrones de los buques (Título II: Capítulo I:Artículo 14).

                          ACTUAL BOE Núm. 186 Sábado 5 de agosto de 2017:
                          5. El Reglamento sobre elDespacho de Buques aprobado por la Orden de 18 de enero de 2000.


                          Comentario:
                          En el temario anterior era el tema nº 4. Sin cambios.

                          ANTERIOR BOE Núm. 51 Miércoles 1de marzo de 2017 (examen marzo 2017):
                          6. Real Decreto 62/2008, de 25de enero, por el que se aprueba el reglamento de las condiciones de seguridadmarítima, de la navegación y de la vida humana en la mar, aplicables a lasconcentraciones náuticas de carácter conmemorativo y pruebasnáutico-deportivas.

                          ACTUAL BOE Núm. 186 Sábado 5 de agosto de 2017:
                          6. Real Decreto 210/2004, de 6de febrero, por el que se establece un sistema de seguimiento y de informaciónsobre el tráfico marítimo: Disposiciones generales (capítulo I). Notificación yseguimiento de los buques (capítulo II). Seguimiento de los buques peligrosos eintervención en caso de problemas y accidentes en el mar (capítulo IV).Reglamento de inspección y certificación de buques civiles, aprobado por elReal Decreto 1837/2000, de 10 de noviembre: Obligaciones de operadores,empresas operadoras, capitanes y patrones de los buques (Título II: capítulo I:artículo 14).


                          Comentario:
                          En el temario anterior era el tema nº 5. Sin cambios.

                          ANTERIOR BOE Núm. 51 Miércoles 1de marzo de 2017 (examen marzo 2017):
                          7. Real Decreto 1435/2010, de 5de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de lasembarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrículade buques. Real Decreto 685/2010, de 20 de mayo, por el que se regula elotorgamiento de permiso temporal de navegación para determinadas embarcacionesde recreo.

                          ACTUAL BOE Núm. 186 Sábado 5 de agosto de 2017:
                          7. Real Decreto 62/2008, de 25de enero, por el que se aprueba el reglamento de las condiciones de seguridadmarítima, de la navegación y de la vida humana en la mar, aplicables a lasconcentraciones náuticas de carácter conmemorativo y pruebas náuticodeportivas.

                          Comentario:
                          En el temario anterior era el tema nº 6. Sin cambios.

                          ANTERIOR BOE Núm. 51 Miércoles 1de marzo de 2017 (examen marzo 2017):
                          8. Real Decreto 607/1999, de 16de abril, por el que se regula el Reglamento del seguro de responsabilidadcivil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo o deportivas.

                          ACTUAL BOE Núm. 186 Sábado 5 de agosto de 2017:
                          8. Real Decreto 1435/2010, de 5de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de lasembarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrículade buques. Real Decreto 685/2010, de 20 de mayo, por el que se regula elotorgamiento de permiso temporal de navegación para determinadas embarcacionesde recreo.


                          Comentario:
                          En el temario anterior era el tema nº 7. Sin cambios.

                          ANTERIOR BOE Núm. 51 Miércoles 1de marzo de 2017 (examen marzo 2017):
                          9. Real Decreto 875/2014, de 10de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno delas embarcaciones de recreo: Disposiciones generales (Capítulo I). De lasactividades de formación (Capítulo VI). Régimen de inspecciones, infracciones ysanciones (Capítulo VII). Disposiciones adicionales. Real Decreto 973/2009, de12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marinamercante: Límite de alcohol en sangre (Artículo 44).

                          ACTUAL BOE Núm. 186 Sábado 5 de agosto de 2017:
                          9. Real Decreto 607/1999, de 16de abril, por el que se regula el Reglamento del seguro de responsabilidadcivil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo o deportivas.


                          Comentario:
                          En el temario anterior era el tema nº 8. Sin cambios.

                          ANTERIOR BOE Núm. 51 Miércoles 1de marzo de 2017 (examen marzo 2017):
                          10. Real Decreto 1434/1999, de10 de septiembre, sobre inspecciones de las embarcaciones de recreo.

                          ACTUAL BOE Núm. 186 Sábado 5 de agosto de 2017:
                          10. Real Decreto 875/2014, de 10de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno delas embarcaciones de recreo: Disposiciones generales (capítulo I). De lasactividades de formación (capítulo VI). Régimen de inspecciones, infracciones ysanciones (Capítulo VII). Disposiciones adicionales. Real Decreto 973/2009, de12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marinamercante: Límite de alcohol en sangre (artículo 44).


                          Comentario:
                          En el temario anterior era el tema nº 9. Sin cambios.

                          ANTERIOR BOE Núm. 51 Miércoles 1de marzo de 2017 (examen marzo 2017):
                          11. Orden FOM/1144/2003, de 28de abril, por la que se regulan los equipos de seguridad, salvamento, contraincendios, navegación y prevención de vertidos por aguas sucias, que debenllevar a bordo las embarcaciones de recreo.

                          ACTUAL BOE Núm. 186 Sábado 5 de agosto de 2017:
                          11. Real Decreto 1434/1999, de10 de septiembre, sobre inspecciones de las embarcaciones de recreo.


                          Comentario:
                          En el temario anterior era el tema nº 10. Sin cambios.

                          ANTERIOR BOE Núm. 51 Miércoles 1de marzo de 2017 (examen marzo 2017):
                          12. Real Decreto 98/2016, de 11de marzo, por el que se regulan los requisitos de seguridad, técnicos y decomercialización de las motos náuticas, embarcaciones deportivas y suscomponentes.

                          ACTUAL BOE Núm. 186 Sábado 5 de agosto de 2017:
                          12. Orden FOM/1144/2003, de 28de abril, por la que se regulan los equipos de seguridad, salvamento, contraincendios, navegación y prevención de vertidos por aguas sucias, que debenllevar a bordo las embarcaciones de recreo.


                          Comentario:
                          En el temario anterior era el tema nº 11. Sin cambios.

                          ANTERIOR BOE Núm. 51 Miércoles 1de marzo de 2017 (examen marzo 2017):
                          13. Convenio Internacional sobreBúsqueda y Salvamento Marítimo, 1979: Términos y definiciones. Organización ycoordinación. Procedimientos operacionales. Sistemas de notificación parabuques. Convenio Internacional sobre Salvamento Marítimo, 1989: Disposicionesgenerales. Ejecución de las operaciones de salvamento. Derechos de lossalvadores. Reclamaciones y acciones. Sociedad de Salvamento y SeguridadMarítima: Naturaleza, denominación y objeto. Objeto de la Sociedad. Órganos degobierno y gestión (Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de laMarina Mercante: Libro segundo: Título II: Capítulo III).

                          ACTUAL BOE Núm. 186 Sábado 5 de agosto de 2017:13. Real Decreto 98/2016, de 11de marzo, por el que se regulan los requisitos de seguridad, técnicos y decomercialización de las motos náuticas, embarcaciones deportivas y suscomponentes.

                          Comentario:
                          En el temario anterior era el tema nº 12. Sin cambios.

                          ANTERIOR BOE Núm. 51 Miércoles 1de marzo de 2017 (examen marzo 2017):
                          14. El buque como cosaregistralmente identificada: Nombre, matrícula y domicilio del buque. Ladualidad registral en España. El Registro Marítimo y el Registro de BienesMuebles. Ley 14/2014, de Navegación Marítima de 24 de julio: Del registro ydocumentación de los buques (Titulo II: Capítulo II). De la nacionalidad de losbuques (Titulo II: Capítulo III). De la dotación (Título III: Capítulo III).

                          ACTUAL BOE Núm. 186 Sábado 5 de agosto de 2017:
                          14. Convenio Internacional sobreBúsqueda y Salvamento Marítimo, 1979: Términos y definiciones. Organización ycoordinación. Procedimientos operacionales. Sistemas de notificación parabuques. Convenio Internacional sobre Salvamento Marítimo, 1989: Disposicionesgenerales. Ejecución de las operaciones de salvamento. Derechos de lossalvadores. Reclamaciones y acciones. Sociedad de Salvamento y SeguridadMarítima: Naturaleza, denominación y objeto. Objeto de la Sociedad. Órganos degobierno y gestión (Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de laMarina Mercante: Libro segundo: Título II: capítulo III).


                          Comentario:
                          En el temario anterior era el tema nº 13. Sin cambios.

                          ANTERIOR BOE Núm. 51 Miércoles 1de marzo de 2017 (examen marzo 2017):15. Código Civil: Normasrelativas a la fe pública y al registro de hechos determinantes del estadocivil de las personas.

                          ACTUAL BOE Núm. 186 Sábado 5 de agosto de 2017:
                          15. Ley 14/2014, de NavegaciónMarítima de 24 de julio: Del registro y documentación de los buques (Titulo II:capítulo II). De la nacionalidad de los buques (Titulo II: capítulo III).Derechos de garantía sobre el buque (Título II: capítulo VII).


                          Comentario:
                          En el temario anterior era el tema nº 14.
                          - Desaparece el apartado de. "El buque como cosaregistralmente identificada: Nombre, matrícula y domicilio del buque. Ladualidad registral en España. El Registro Marítimo y el Registro de BienesMuebles." y también: De la dotación (Título III: Capítulo III)."

                          - Nuevo: Derechos de garantía sobre el buque (Título II:capítulo VII).


                          ANTERIOR BOE Núm. 51 Miércoles 1de marzo de 2017 (examen marzo 2017):
                          16. Real Decreto 1381/2002, de20 de diciembre, sobre instalaciones portuarias de recepción de desechosgenerados por los buques y residuos de carga.

                          ACTUAL BOE Núm. 186 Sábado 5 de agosto de 2017:
                          16. Código Civil: Normasrelativas a la fe pública y al registro de hechos determinantes del estadocivil de las personas.


                          Comentario:
                          En el temario anterior era el tema nº 15. Sin cambios.

                          ANTERIOR BOE Núm. 51 Miércoles 1de marzo de 2017 (examen marzo 2017):17. Conocimiento general delarticulado del Convenio MARPOL y de sus anexos, específicamente el Anexo IV:Aguas sucias y el Anexo V: Basuras.

                          ACTUAL BOE Núm. 186 Sábado 5 de agosto de 2017:
                          17. Real Decreto 1381/2002, de20 de diciembre, sobre instalaciones portuarias de recepción de desechosgenerados por los buques y residuos de carga.


                          Comentario:
                          En el temario anterior era el tema nº 16. Sin cambios.

                          ANTERIOR BOE Núm. 51 Miércoles 1de marzo de 2017 (examen marzo 2017):
                          18. Reglamento por el que seregulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civilesespañoles, aprobado por el Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre: Escuchacontinua en la frecuencia de socorro (Disposición transitoria segunda). Régimengeneral: Disposiciones generales (Capítulo I: Sección I). Preceptos técnicoscomunes a todos los buques (Capítulo I: Sección II). Instalacionesradioeléctricas y equipos: Generalidades (Capítulo I: Sección IV). Otrosbuques: Preceptos comunes (Capítulo IV: Sección I). Equipamiento radioeléctricopara buques y embarcaciones de recreo (Capítulo IV: Sección II).

                          ACTUAL BOE Núm. 186 Sábado 5 de agosto de 2017:
                          18. Conocimiento general delarticulado del Convenio MARPOL y de sus anexos, específicamente el anexo IV:Aguas sucias y el anexo V: Basuras.


                          Comentario:
                          En el temario anterior era el tema nº 17. Sin cambios.


                          ACTUAL BOE Núm. 186 Sábado 5 de agosto de 2017:
                          19. Reglamento por el que seregulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civilesespañoles, aprobado por el Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre: Escuchacontinua en la frecuencia de socorro (disposición transitoria segunda). Régimengeneral: Disposiciones generales (capítulo I: sección I). Preceptos técnicoscomunes a todos los buques (capítulo I: sección II). Instalacionesradioeléctricas y equipos: Generalidades (capítulo I: sección IV). Otrosbuques: Preceptos comunes (capítulo IV: sección I). Equipamiento radioeléctricopara buques y embarcaciones de recreo (capítulo IV: sección II).

                          Comentario:
                          En el temario anterior eran 18 temas y era el tema nº 18. Sin cambios.



                          Un cordial saludo,

                          Javichi


                          Javichi, buenas tardes me podrías enviar test pper al correo javierhld@hotmail.com muchas gracias.

                          Comentario


                          • #58
                            Re: Convocatoria PPER 07 Octubre

                            Originalmente publicado por Javier3735 Ver Mensaje
                            Javichi, buenas tardes me podrías enviar test pper al correo javierhld@hotmail.com muchas gracias.
                            Por supuesto, te he enviado un email.

                            Un cordial saludo,

                            Javichi
                            Estudias o Navegas

                            Test online todas titulaciones, incluido PPER

                            Comentario


                            • #59
                              Re: Convocatoria PPER 07 Octubre

                              Me he puesto a estudiar y me dan ganas de cojer el barco e irme a otro Pais.
                              Me gustaria conocer en persona al CEREBRO de estos examenes,,, seguro que es un gran navegante y me alecciona con sus experiencias

                              Comentario


                              • #60
                                Re: Convocatoria PPER 07 Octubre

                                Originalmente publicado por Boatlift Ver Mensaje
                                Me he puesto a estudiar y me dan ganas de cojer el barco e irme a otro Pais.
                                Me gustaria conocer en persona al CEREBRO de estos examenes,,, seguro que es un gran navegante y me alecciona con sus experiencias
                                El examen gratis....lo que se va oyendo por ahi...veremos si no quitan el examen a partir de ahora y vamos a ser los dos unocos que estudiemos...y encima para nada....

                                Comentario

                                Trabajando...
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