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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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¿Que hay que hacer si por error pescas un atún rojo?

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  • Curri Altura ¿Que hay que hacer si por error pescas un atún rojo?

    Hola

    ¿Que hay que hacer si por error pescas un atún rojo?

    ¿Influye en algo tener bandera belga?

    Un saludo
    JRCS
    CUANDO SE PIERDE EL NORTE NO HAY COMPÁS QUE MARQUE EL RUMBO

  • #2
    Re: ¿Que hay que hacer si por error pescas un atún rojo?

    Si que influye la bandera Belga...
    La multa es doble, aquí y en Bélgica..

    Comentario


    • #3
      Re: ¿Que hay que hacer si por error pescas un atún rojo?

      Originalmente publicado por jrcs Ver Mensaje
      Hola

      ¿Que hay que hacer si por error pescas un atún rojo?

      ¿Influye en algo tener bandera belga?

      Un saludo
      JRCS
      bajo que licencia de pesca se ha realizado la captura accidental?

      Comentario


      • #4
        ¿Que hay que hacer si por error pescas un atún rojo?

        Lo vuelves a echar al agua y solucionado.

        Enviado desde mi PRA-LX1 mediante Tapatalk

        Comentario


        • #5
          Re: ¿Que hay que hacer si por error pescas un atún rojo?

          Originalmente publicado por trabañarru Ver Mensaje
          bajo que licencia de pesca se ha realizado la captura accidental?
          Aún no se ha realizado, es por si pasa alguna vez, bajo la licencia de la comunidad valenciana y sería cruzando a las baleares o ya en ellas
          CUANDO SE PIERDE EL NORTE NO HAY COMPÁS QUE MARQUE EL RUMBO

          Comentario


          • #6
            Re: ¿Que hay que hacer si por error pescas un atún rojo?

            Originalmente publicado por jrcs Ver Mensaje
            Aún no se ha realizado, es por si pasa alguna vez, bajo la licencia de la comunidad valenciana y sería cruzando a las baleares o ya en ellas
            La comunidad valenciana no tiene atribuciones para expedir licencias para la captura de especies sometidas a proteccion diferenciada .
            Tendras que ir a la delegacion del gobierno correspondiente ( pesca, agricultura y hoy en dia creo que tambien alimentacion) y una vez tengas el la licencia preguntar alli lo que debes de hacer en caso de captura "acidental",

            Comentario


            • #7
              Re: ¿Que hay que hacer si por error pescas un atún rojo?

              Como te han dicho, con soltar la captura asunto arreglado, y si te muere en el combate, tienes que dar parte al llegar a tierra al organismo de fomento ministerio de agricultura pesca y alimentacion o entidad colaboradora, las cuales actualmente también expiden estas licencias, por lo menos aquí. Los formularios de capturas de especies sometidas a protección también has de cubrilas con las especies permitidas (atun blanco,patudo,marlines,aguja, pez vela,etc y también para la merluza, que se encuentra entre estas especies, quedando prohibida también la captura del pez espada al igual que atun rojo.

              Se autoriza a la embarcación referenciada en el apartado 1 a la captura de las especies que se relacionan en el apartado tres según lo establecido en el R.D. 347/2011de 11 de marzo, por el que regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores. (BOE nº 81 de 5 de abril de 2011), siempre y cuando las correspondientes pesquerías se encuentren abiertas.
              Esta autorización esta sujeta a las prescripciones técnicas y limitaciones que en su caso se regulan en su normativa especifica.
              Según el artículo 10.3 del R.D. 347/2011, el titular de la embarcación deberá cumplimentar una declaración de captura y suelta que figura en el anexo IV del mencionado R.D. y remitir a la Secretaria General de Pesca.

              Comentario


              • #8
                Re: ¿Que hay que hacer si por error pescas un atún rojo?

                Originalmente publicado por Juan St780 Ver Mensaje
                Como te han dicho, con soltar la captura asunto arreglado, y si te muere en el combate, tienes que dar parte al llegar a tierra al organismo de fomento ministerio de agricultura pesca y alimentacion o entidad colaboradora,
                Esto no es verdad, y so lo haces te pueden sancionar, las declaraciones de desembarque hay que hacerlas nada mas pescar dicha especie, ningun atun rojo podra permanecer a bordo de ningun deportivo sin haberlo notificado a tierra via e mail al ministerio correspondiante, para asi dar tiempo a que los inspectores se puedan personar en tierra ( en caso de que se tengan que personar) para certificar la legalidad del asunto.

                El formulario por si a alguien le interesa es este y lleva tiempo en vigor..



                https://www.mapa.gob.es/en/pesca/tem...m38-447885.pdf


                PD: no confundamos al personal con lo que no es ( leyes derrogadas o modificadas) que despues la palman siempre los mismos, hay que saber de que se habla..

                Comentario


                • #9
                  Re: ¿Que hay que hacer si por error pescas un atún rojo?

                  Y si no tienes cobertura como lo comunicas vía email en el acto?
                  Se autoriza a la embarcación referenciada en el apartado 1 a la captura de las especies que se relacionan en el apartado tres según lo establecido en el R.D. 347/2011de 11 de marzo, por el que regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores. (BOE nº 81 de 5 de abril de 2011), siempre y cuando las correspondientes pesquerías se encuentren abiertas.
                  Esta autorización esta sujeta a las prescripciones técnicas y limitaciones que en su caso se regulan en su normativa especifica.
                  Según el artículo 10.3 del R.D. 347/2011, el titular de la embarcación deberá cumplimentar una declaración de captura y suelta que figura en el anexo IV del mencionado R.D. y remitir a la Secretaria General de Pesca.
                  Estos artículos son vigentes.

                  Comentario


                  • #10
                    Re: ¿Que hay que hacer si por error pescas un atún rojo?

                    Originalmente publicado por Juan St780 Ver Mensaje
                    Y si no tienes cobertura como lo comunicas vía email en el acto?
                    Se autoriza a la embarcación referenciada en el apartado 1 a la captura de las especies que se relacionan en el apartado tres según lo establecido en el R.D. 347/2011de 11 de marzo, por el que regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores. (BOE nº 81 de 5 de abril de 2011), siempre y cuando las correspondientes pesquerías se encuentren abiertas.
                    Esta autorización esta sujeta a las prescripciones técnicas y limitaciones que en su caso se regulan en su normativa especifica.
                    Según el artículo 10.3 del R.D. 347/2011, el titular de la embarcación deberá cumplimentar una declaración de captura y suelta que figura en el anexo IV del mencionado R.D. y remitir a la Secretaria General de Pesca.
                    Estos artículos son vigentes.

                    Cobertura antes de entrar a puerto tenemos todos, yo incluso a mas de 10 millas..
                    Tienes experiencia en esta pesca para conocer la legislacion que se aplica hoy en dia??
                    Te han realizado alguna inspeccion inspectores del mapa o comunitarios para saber de que va el asunto, o hablas por lo que lees en una licencia o en una pagina WEb sobre leyes derrogadas o modificadas?

                    NO ves el formulario que he puesto ?
                    Que te piensas, que eso me lo he inventado yo?

                    Tu pesca mucho, y no declares hasta llegar a casa, ya veras como en el camino te encuentres con una lancha de aduanas con inspectores del mapa, o con la GC o inspectores de pesca autonomicos..

                    Yo aqui la verdad hay veces que no entiendo al personal...

                    PD: En san google segun a demanda de que documentalista informacion habra al gusto de cada uno, de lo que quiera encontrar cada uno, lo importante es saber diferenciar la paja del grano, ni desde el ministerio actualizan muchas veces la ley ...

                    Y como termino siempre estas cosas, que cada uno ande en la mar como sepa o como pueda, yo solo he puesto lo que hay hoy en dia..que como me han dicho tantas veces " el desconocimiento de una ley, .............."

                    Editado por última vez por trabañarru; 16/04/2019, 14:13:17.

                    Comentario


                    • #11
                      Re: ¿Que hay que hacer si por error pescas un atún rojo?

                      Tengo si, y también la licencia y las hojas de declaración. Y tú, la tienes?

                      Comentario


                      • #12
                        Re: ¿Que hay que hacer si por error pescas un atún rojo?

                        Yo no confundo a nadie, por lo menos intencionadamente, ni ando a la gresca día si día también.

                        Comentario


                        • #13
                          Re: ¿Que hay que hacer si por error pescas un atún rojo?

                          Originalmente publicado por Juan St780 Ver Mensaje
                          Tengo si, y también la licencia y las hojas de declaración. Y tú, la tienes?

                          Licencia si, pero hojas ninguna, Yo tengo firma electronica para barcos extranjeros que pescan bajo licencia española en aguas españolas, ( usuario y clave) hago todo mediante diario electronico...
                          Muchos atunes rojos pescasteis en vuestra zona?? no sera zona de ello,no?

                          Comentario


                          • #14
                            Re: ¿Que hay que hacer si por error pescas un atún rojo?

                            Originalmente publicado por Juan St780 Ver Mensaje
                            Según el artículo 10.3 del R.D. 347/2011, el titular de la embarcación deberá cumplimentar una declaración de captura y suelta que figura en el anexo IV del mencionado R.D. y remitir a la Secretaria General de Pesca.
                            Estos artículos son vigentes.
                            Ya, pero hay que leer todo, ese R.D dice esto en su articulo 11..
                            Lo que esta vigente es que esta sometido a normativa especifica, que varia practicamente año a año....


                            Artículo 10. Especies de protección diferenciada.
                            1. Para la captura o tenencia a bordo de especies sometidas a medidas de protección diferenciada, enumeradas en el anexo II, se deberá disponer de una autorización específica expedida por la Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura de la Secretaría General del Mar del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, a solicitud del titular de la embarcación. Dicha solicitud se cumplimentará de conformidad con el modelo que figura en el anexo III.

                            2. La autorización específica, que deberá estar a bordo de la embarcación cuando se vaya a realizar la actividad, tendrá un período de validez de tres años y su renovación deberá solicitarse con una antelación mínima de tres meses respecto a la finalización de su validez.

                            3. El titular de la autorización específica deberá cumplimentar una declaración de capturas y suelta cuyo modelo figura en el anexo IV, y que remitirá a la Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura en los cinco primeros días de cada mes, incluso cuando no se hayan obtenido capturas.

                            4. Las especies de protección diferenciada sometidas a un plan de recuperación, se regularán por la normativa específica conforme a los respectivos planes de recuperación que pudieran adoptarse.

                            Comentario


                            • #15
                              Re: ¿Que hay que hacer si por error pescas un atún rojo?


                              NOrmativa especifica....

                              https://www.cnh-hib.org/sites/defaul..._deportiva.pdf

                              Se ve claro, no??


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