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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

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El mar es grande

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  • #61
    Re: El mar es grande

    Gracias Marukay / Manganegra,

    Pero leyendo el decreto 875 de 2014....

    """ Artículo 10. Excepciones.
    1. Para el gobierno de embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,26 kilovatios y hasta 5 metros de eslora, las de vela hasta 6 metros de eslora y los artefactos
    flotantes o de playa, a excepción de las motos náuticas, no será preciso estar en posesión de las titulaciones reguladas en este real decreto, siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas de un puerto, marina o lugar de abrigo y la actividad se realice en régimen de navegación diurna. """

    Yo entiendo que estar en posesion de titulo anula el limite de las 2 millas o incluso la prohibicion de palear de noche, pero no especifica otros limites, asi que me acojo a los que me imponga la titulación.

    Es todo muy confuso.

    Sea como sea siempre trato de respetar el Ripa en los encuentros con barcos, pero es puramente anecdotico ya que cuando un barco te enfila (sobretodo motoras) estas completamente a su merced y solo te queda confiar en que esté mirando de vez en cuando hacia su proa.

    Bon vent !!!!
    Editado por última vez por AXN; 04/09/2015, 23:44:02.

    Comentario


    • #62
      Re: El mar es grande

      Mi titulación no tiene ningún límite de distancia pero mi barco está autorizado para navegar hasta 12 millas paralelas a la costa por lo tanto si quiero salir más lejos tengo que habilitar el barco para más distancia o patronear otro barco qué si lo este, es mas si cojo un kayak quedo limitado a una o dos millas exactamente igual que alguien que no tenga ninguna titulación.
      No está confuso para nada es muy sencillo entre la titulación del patrón y el tipo de embarcación siempre predomina la restricción mayor.
      .

      sigpic Slava Ukrayini!.

      Comentario


      • #63
        Re: El mar es grande

        Lo que AXN está intentando decir es que el RD 875/2014 sólo limita la distancia a los kayaks cuando el patrón no tiene título. Yo no he sabido encontrar alguna disposición legal que limite a los artefactos flotantes.

        De ahí mis dudas.

        Comentario


        • #64
          Re: El mar es grande

          Es que la limitación la tiene el Kayak por no ser una embarcacion, no el patrón.

          Los artefactos incluidos en el presente apartado y motos náuticas solo podrán navegar de día, con buen tiempo y una visibilidad superior a una milla, sin alejarse más de dos millas de un puerto, marina o lugar de abrigo.

          Si ese patrón coge una embarcación de recreo habilitada para 5 millas, podrá llegar hasta esa distancia y si coge una embarcación habilitada para la zona 1 (ilimitada), solo podrá llegar hasta donde le permita su titulación (creo que son 12 millas para el PER ¿no?),

          Artículo 10. Excepciones.
          1. Para el gobierno de embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,26 kilovatios y hasta 5 metros de eslora, las de vela hasta 6 metros de eslora y los artefactos
          flotantes
          o de playa, a excepción de las motos náuticas, no será preciso estar en posesión de las titulaciones reguladas en este real decreto, siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas de un puerto, marina o lugar de abrigo y la actividad se realice en régimen de navegación diurna."

          Y si tiene titulacion regiran las limitaciones de esa embarcacion puede estar habilitada para navegar hasta las 5 millas y aunque tu titulo te permita navegar hasta 12 millas, solo podras hacerlo hasta las 5 que te permite la embarcacion, si no tienes ninguna titulacion 2 millas, pero los artefactos flotantes tienen su propia limitacion precisamente por no ser embarcacion.

          No veo la confusion, francamente, tampoco es que tenga ningun interes en tocarle las narices a nadie, que conste,

          .

          sigpic Slava Ukrayini!.

          Comentario


          • #65
            Re: El mar es grande

            Originalmente publicado por markuay Ver Mensaje
            ....., tampoco es que tenga ningun interes en tocarle las narices a nadie, que conste,

            Esto ni hace falta aclararlo. El foro es para debatir.

            Y también sin ánimo de tocar los pieses a nadie: ¿De donde sacas esta cita? "Los artefactos incluidos en el presente apartado y motos náuticas solo podrán navegar de día, con buen tiempo y una visibilidad superior a una milla, sin alejarse más de dos millas de un puerto, marina o lugar de abrigo."

            Saludetes.

            Comentario


            • #66
              Re: El mar es grande

              copia y pega de aqui;

              b) Según el art. 110.i. de la Ley 22/88 de Costas, modificada por la 2/2013, y el 220.1.del R.D. 876/2014, de 10 de octubre, Reglamento General de Costas, las relativas a la elaboración y aprobación de las disposiciones sobre seguridad humana en lugares de baño y salvamento marítimo.
              REGLAS GENERALES DE NAVEGACIÓN Y SEGURIDAD MARITIMA.
              1.- Todas las embarcaciones mayores de 2,5 metros de eslora deberán estar registradas. Aquellas de recreo menor de 12 metros que no enrolen tripulación profesional, y que no salgan de aguas españolas, podrán optar por el sistema simplificado de inscripción, debiendo portar a bordo el Documento de Inscripción en vigor.
              Las embarcaciones matriculadas deberán disponer del Certificado de Registro / Permiso de Navegación en vigor. Aquellas que lleven tripulación profesional dispondrán a bordo del Rol o Licencia de Navegación debidamente despachado. En ningún caso se podrá sobrepasar la limitación relativa al tipo de navegación, ni al número máximo de personas.
              3.- Los patrones, mayores de 18 años, de las embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,26 KW y de hasta 5 metros de eslora, las de vela de hasta 6 metros de eslora, y los artefactos flotantes o de playa están exentos de título para su manejo. Las embarcaciones, artefactos incluidos en el presente apartado y motos náuticas, solo podrán navegar de día, con buen tiempo y una visibilidad superior a una milla, sin alejarse más de dos millas de un puerto, marina o lugar de abrigo.

              .

              sigpic Slava Ukrayini!.

              Comentario


              • #67
                Re: El mar es grande

                Originalmente publicado por AXN Ver Mensaje
                Gracias Marukay / Manganegra,

                Pero leyendo el decreto 875 de 2014....

                """ Artículo 10. Excepciones.
                1. Para el gobierno de embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,26 kilovatios y hasta 5 metros de eslora, las de vela hasta 6 metros de eslora y los artefactos
                flotantes o de playa, a excepción de las motos náuticas, no será preciso estar en posesión de las titulaciones reguladas en este real decreto, siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas de un puerto, marina o lugar de abrigo y la actividad se realice en régimen de navegación diurna. """

                Yo entiendo que estar en posesion de titulo anula el limite de las 2 millas o incluso la prohibicion de palear de noche, pero no especifica otros limites, asi que me acojo a los que me imponga la titulación.

                Es todo muy confuso.

                Sea como sea siempre trato de respetar el Ripa en los encuentros con barcos, pero es puramente anecdotico ya que cuando un barco te enfila (sobretodo motoras) estas completamente a su merced y solo te queda confiar en que esté mirando de vez en cuando hacia su proa.

                Bon vent !!!!
                Está claro que tu o yo podemos entender lo que queramos. Pero aquí quien manda son las leyes y las autoridades que las aplican. Si quieres que te lo aclaren mejor que yo, basta con llamar a capitanía marítima y te sacan de dudas rapidamente
                Hemos recorrido más de 100.000 Li de inmensas superficies marinas y en el océano hemos visto olas gigantescas, que se elevaban al cielo como montañas... nuestros ojos han visto regiones bárbaras y remotas, ocultas por una niebla azul e impenetrable. Mientras nuestras velas, desplegadas cual nubes, seguían su curso, raudo como el de una estrella.

                Zheng He (1371-1435)

                Comentario


                • #68
                  Re: El mar es grande

                  Tampoco entiendo que confusión ves tu en lo que dice el artículo 10.1 . Dos millas y navegación diurna. Da igual el titulo que tengas
                  Hemos recorrido más de 100.000 Li de inmensas superficies marinas y en el océano hemos visto olas gigantescas, que se elevaban al cielo como montañas... nuestros ojos han visto regiones bárbaras y remotas, ocultas por una niebla azul e impenetrable. Mientras nuestras velas, desplegadas cual nubes, seguían su curso, raudo como el de una estrella.

                  Zheng He (1371-1435)

                  Comentario


                  • #69
                    Re: El mar es grande

                    Hola,

                    Sin ánimo de dar mas vueltas de las necesarias al asunto, Markuay creo que tu fuente es el Boletín de les Illes Balears, lo cual está muy bien, pero yo no navego normalmente por allí (no por falta de ganas). El texto que yo cito está publicado en el BOE 875/2014.

                    Leyendo las excepciones 10.1, por mucho que algunos tengan ideas preconcebidas, está claro que si voy en kayak y dispongo de título, la limitación de 2 millas y navegación diurna ya no me afecta. Entonces, ¿que limitación me afecta? No me consta ningún otro punto donde se establezca cuál es el limite de millas legal en un kayak y con título. Si a alguien le consta por favor que adjumte el texto.

                    Luego, sin mas información lo lógico será que rijan los límites de la titulación, ya que el artefacto llevado por un "titulado" no tiene límites definidos.

                    Es una especie de vacío legal (o cuestión semántica, como queráis), pero veo dificil que te puedan sancionar si no hay un texto claro al respecto.

                    Salut i força al canut.

                    Comentario


                    • #70
                      Re: El mar es grande

                      Efectivamente, la cita de Markuay es del BOIB, el Boletín Oficial de Baleares. La disposición en concreto es la disposición 2416, emitida por la Capitanía Marítima de Palma.

                      Creo, y digo creo porque no tengo tiempo, ganas ni formación para leer y entender la Ley de Costas y la Ley de Puertos y de la Marina Mercante, que las limitaciones de navegación de los artefactos náuticos dependen de lo que dicte cada Capitanía Marítima. No queda otra que buscar esta normativa para cada caso en particular.

                      Y si las Leyes, Reales decretos y Reglamentos emanadas de los poderes legislativos ya tienen problemas de redacción que luego dan problemas de interpretación, imagínaos los líos que pueden aparecer cuando la redacción se hace en cada Capitanía.

                      Por ejemplo, en la reglamentación de Baleares se puede leer:

                      "Art. 3.- (......) Las embarcaciones, artefactos incluidos en el presente apartado y motos náuticas, solo podrán navegar de día, con buen tiempo y una visibilidad superior a una milla, sin alejarse más de dos millas de un puerto, marina o lugar de abrigo.

                      (......)

                      Art. 6.- Se prohíbe la navegación nocturna a toda embarcación o artefacto flotante que no disponga de las luces reglamentarias.

                      Art. 7.- Se prohíbe la navegación nocturna de toda embarcación o artefacto naval cuyo Patrón esté únicamente facultado para su manejo en base a una Autorización Federativa, Licencia de Navegación, o Licencia para el gobierno de moto náutica, aunque la misma esté dotada de las luces reglamentarias.
                      "

                      Parece que el artículo 3 prohíbe la navegación nocturna de todos los artefactos náuticos. Pero de los Art. 6 y 7 se podría entender que si el patrón tiene suficiente titulación y el artefacto náutico tiene luces, sí que puede navegar de noche.

                      En resumen, me alegro de no navegar en un artefacto náutico; en mi caso todo está bastante más claro. Incluso parece ser que en Palma, ahora que no tengo motor en el bote, podría
                      navegar dentro del puerto y entrar y salir de él a vela: "Art. 9.- Toda embarcación y artefacto naval que entre, salga o transite por un puerto procurará hacerlo con propulsión mecánica. Aquellas que no dispongan de propulsión mecánica procurarán realizar esta navegación remolcados por una embarcación a propulsión mecánica.

                      Ala, a navegar el que pueda....

                      Los otros,

                      Comentario


                      • #71
                        Re: El mar es grande

                        Mi fuente es el boletin oficial del estado:



                        Pero yo tampoco tengo ni ganas ni interés en seguir dándole vueltas a algo que está perfectamente claro y escrito.

                        Además, si a pesar de todo se sigue teniendo claro que la limitación la da la titulación y con ella ya lo le atañen ni zonas de navegación, ni tipos de barco, ni las limitaciones de del BOE, pues que corra el aire, porque eso sí que no está escrito en ninguna parte.

                        Generalmente las autonomías, incluso los ayuntamientos pueden en algunos casos legislar a la baja sobre artefactos flotantes, (no en el caso de embarcaciones porque dependen de la DGMM) o sea restringir más las normas, pero en ningún caso superar las del BOE, de echo en algunas comunidades y ayuntamientos solo se puede navegar a 1 milla del puerto o abrigo.

                        Aquí el problema se presenta cuando hay un accidente y las compañías de seguros se lavan las manos por estar fuera de la zona reglamentada, o si te para la guardia civil, y tienes la ocurrencia de explicarles aquello de que tu titulación y tal.

                        Pero vamos que me preocupa poco, me he limitado a aportar información, el resto ya es cosa de cada cual.

                        Buen fin de semana a todos.
                        .

                        sigpic Slava Ukrayini!.

                        Comentario


                        • #72
                          Re: El mar es grande



                          Una aclaración a este último debate sólo para ayudar.

                          Markuay tiene razón.
                          No sólo es cuestión de las autonomías, sino que anteriormente lo era del Estado, y esta limitación a todos los "artefactos flotantes" y "embarcaciones ligeras dependientes de escuelas" existía ya desde siempre.

                          Cuando un kayak a navegar antes que el sol, o vuelve tras el ocaso está incumpliendo "una" ley. Es así nos guste o no. Se nos hace raro que un patín con paraguas pueda dar la vuelta a la península, o que un pescador de kayak pertrechado con lo último en seguridad y electrónica incluyendo RLS o VHF no pueda salir a las 6 de la mañana pescar... pero es así.

                          Y toda excepción, que las hay, depende de la Capitanía marítima. Es decir, si el Capitán Marítimo establece que "en sus aguas" quienes tengan título pueden usar los artefactos flotantes en función de su título..... allá él. También un Capitán Marítimo puede autorizar a que Quico Taronji se de la vuelta a España con su "chisme", pero si el barco se considera "artefacto flotante", la ley efectivamente limita al aparato, no al patrón.

                          Sólo eso.




                          Es una normativa de esas que "jode" mucho a los expertos, gente que sabe comportarse con el kayak y que hace aventuras de primera magnitud con seguridad y responsabilidad... pero es así.

                          Otra norma que nos "jode" y que nadie cumple es la de banderas. El baño con bandera verde está permitido, la bandera amarilla indica que llevemos precaución, pero ¿sabíais que la bandera roja significa PLAYA CERRADA? Es decir, roja es "prohibición absoluta de entrar en contacto con el agua", ni siquiera un pie, ni siquiera un pis....
                          Cuando se hizo dicha ley, se priorizaba sobre seguridad y no se distinguían grados de "meterse al agua". Afortunadamente hoy en día, y son pioneros y ejemplo admirable las playas del país vasco, se delimitan zonas de "baño autorizado" y "baño prohibido" en función de corrientes, oleaje, fondos....

                          Bueno, que me enrollo.
                          Hay leyes que joroban mucho, pero ahí están
                          .
                          Editado por última vez por Juanitu; 05/09/2015, 18:21:00.
                          ~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~

                          Comentario


                          • #73
                            Re: El mar es grande

                            Originalmente publicado por markuay Ver Mensaje
                            Mi fuente es el boletin oficial del estado:



                            Generalmente las autonomías, incluso los ayuntamientos pueden en algunos casos legislar a la baja sobre artefactos flotantes, (no en el caso de embarcacioPero yo tampoco tengo ni ganas ni interés en seguir dándole vueltas a algo que está perfectamente claro y escrito.

                            ....
                            Yo tampoco quiero darle muchas más vueltas, pero el RD que citas es el de titulaciones. He buscado las limitaciones de zona de navegación de los artefactos náuticos en razón de sus características y no he encontrado nada más que las normativas de cada Capitanía (que no tiene nada que ver con comunidades ni ayuntamientos).

                            Mientras que está muy claro lo que significan las categorías A, B, C, D y qué límites en razón de ellas tienen las embarcaciones de recreo, las limitaciones a los artefactos náuticos no parecen regirse por una norma única.

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                            • #74
                              Re: El mar es grande

                              Pos yo debo ser Santa Claus para los kayaks.
                              Uno que lo subí a bordo y lo llevé a puerto porque se encontraba mal y nos avisó con la mano. kayak remolcado.
                              Y el otro porque se metió en camisas de once varas y la mar estaba fatal, y bastante lejos, le pregunté por aquello de la cortesía, porque en la mar estamos y marineros somos, y el hombre vió como los cielos abiertos, pues ná, a bordo y otra vez kayak remolcado, que cabos no faltan .
                              Y no pasa nada, señores.

                              Un saludo y unas birras

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                              • #75
                                Re: El mar es grande

                                Artículo 10. Excepciones.
                                1. Para el gobierno de embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,26 kilovatios y hasta 5 metros de eslora, las de vela hasta 6 metros de eslora y los artefactos flotantes o de playa, a excepción de las motos náuticas, no será preciso estar en posesión de las titulaciones reguladas en este real decreto, siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas de un puerto, marina o lugar de abrigo y la actividad se realice en régimen de navegación diurna.
                                A los efectos de lo dispuesto en este apartado, los interesados deberán haber cumplido 18 años de edad sin que le sea de aplicación lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 13 de este real decreto.
                                cve: BOE-A-2014-10344
                                BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
                                Núm. 247 Sábado 11 de octubre de 2014 Sec. I. Pág. 82984


                                No hace falta buscarlo mucho, aqui esta:

                                Se legislen como se legislen, como maximo esta el BOE, no pueden estar por encima de la norma que lo legisla todo. o sea, dos millas de un abrigo, ningun ayuntamiento, comunidad, etc, tiene autoridad para legislar contra el BOE.

                                Resultaria curioso que yo con mi barco y mi titulo no pudiera pasar de 12 millas y una piragua con un PER si

                                Cuando charle una tarde en la base con los numeros de la patrullera lo comentare,

                                .

                                sigpic Slava Ukrayini!.

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