VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

Anuncio

Colapsar

NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
Ver más
Ver menos

Ayuda! Lo considerais vicio oculto?

Colapsar
X
 
  • Filtrar
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes

  • #61
    Re: Ayuda! Lo considerais vicio oculto?

    No es por entrar en polemicas, pero solo estamos viendo el problema con una version y sin tener conocimiento exacto ni de los hechos, de la publicidad previa y de los contratos firmados, por lo que estamos valorando a la ligera.
    Posiblemente el cofrade tenga toda la razon, pero no podemos criticar a terceros y condenarlos previamente sin tener todos los hechos a la vista.
    Por lo que creo que no debemos demonizar a terceros, sin perjuicio del derecho a reclamar.

    Comentario


    • #62
      Re: Ayuda! Lo considerais vicio oculto?

      Si os pongo el contrato de compraventa y el anuncio del barco alucinareis.
      Que te parece que te vendan un barco donde los papeles digan que tienes instalado un motor Sole mini de 9hp y tú motor realmente es un soler mini 12hp?
      Ni es legal ni correcto
      Y que tengas el barco en varadero y pongan el anuncio de barco en venta como si el barco estuviese arreglado?

      En fin... en este caso intentaré confiar en la ley

      Comentario


      • #63
        Re: Ayuda! Lo considerais vicio oculto?

        Y tiene pasada la Inspeccion Tecnica ???

        Comentario


        • #64
          Re: Ayuda! Lo considerais vicio oculto?

          Si. Hasta el 2021

          Comentario


          • #65
            Re: Ayuda! Lo considerais vicio oculto?

            Tienes la documentacion del motor o algo que acredite que estaba instalado antes de la compra o de la IT? La IT la pasaste tu?

            Comentario


            • #66
              Re: Ayuda! Lo considerais vicio oculto?

              El burofax signfica que la náutica se está posicionando por si hay resolución de contrato para intentar cobrarte los gastos.

              Tienes que pensar que quieres, resolución o arreglo.

              Tendrías que enviar un burofax en el que expongas la relación exhaustiva de la oferta del barco, sin valoraciones y el estado del barco tambien sin valoraciones. Y que quede constancia de la fecha de adquisición del bien y de la primera reclamación que realizas. Y muy importante que pides!!

              Intentar un arbitraje extrajudicial en tu consejería de consumo.

              Piensa que a la náutica un arreglo le sale por cuatro duros y se saca el barco de encima. Suerte.

              Comentario


              • #67
                Re: Ayuda! Lo considerais vicio oculto?

                Cojo sitio que esta curioso el asunto
                Editado por última vez por saniel; 04/03/2017, 14:55:38.

                Comentario


                • #68
                  Re: Ayuda! Lo considerais vicio oculto?



                  Yo el mio, no fuí ni a verlo. Mandé un inspector que sabia bastante mas que yo.
                  Señaló en un amplio informe por escrito lo que en el barco no estaba bien,
                  me puse de acuerdo con el propietario anterior en las reparaciones que hacian falta, llegamos a un acuerdo y lo compré.

                  Luego mas tarde inspeccionando todo lo que en el barco habia, encontré el
                  informe del otro inspector que al que yo se lo habia comprado habia mandado
                  antes de comprarlo.

                  O sabes mas que Noé, o siempre mandar un inspector.

                  Si es un tio bueno, cada centimo que le pagues vale su precio en oro y no
                  solo por lo que ahorrarás sino por los dolores de cabeza que te evitarás. Ademas de la seguridad en la Mar.

                  Suerte.

                  Saludos
                  Miahpaih

                  sigpicEmpleé casi toda mi fortuna en mujeres y barcos.
                  ¿El resto? ............. El resto simplemente lo malgasté.

                  Comentario


                  • #69
                    Re: Ayuda! Lo considerais vicio oculto?

                    menudo calentón que debes llevar Halley. Yo desde el primer dia ya dije que los consejos por privado. Me parece que la plaza publica de la TBP tendria que quedar en silencio a partir de ahora en este tema. Y solo cuando el cofrade Halley ya tenga la resolución del embrollo, ya nos la contará...por mi gusto ya ha recibido consejos, la gran mayoria con buena intención, otros con evidente mala pata.

                    Es mi opinion de como llevar un tema así....todo lo demás mas bien es echar leña al fuego, y segun como perjudicar, y no diré mas.

                    Comentario


                    • #70
                      Re: Ayuda! Lo considerais vicio oculto?

                      Recuerda que el tiempo corre, y tienes que romper la prescripción sobre la reclamación. Te adjunto esto que puede ser aclaratorio:

                      Cuando un particular adquiere un producto de segunda mano a un empresario (un comercio, una tienda de Internet, etc.) este intercambio se rige por la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, salvo que la compra del artículo usado se haya hecho en una subasta administrativa a la que los consumidores puedan asistir de forma personal. Es la misma norma que regula la adquisición de productos nuevos. La protección al consumidor -salvo algunos plazos- es muy similar tanto para los artículos sin estrenar como para los de segunda mano.

                      Si los bienes no tienen desperfectos, solo se pueden devolver si el comerciante había reconocido antes este derecho al comprador

                      Para determinar si un usuario tiene derecho a que le devuelvan su dinero, hay hacer una diferenciación entre los bienes que presentan algún deterioro y los que están en perfectas condiciones.

                      Artículos no conformes con el contrato

                      El comprador puede pedir la devolución del dinero, la sustitución del producto, su reparación o una rebaja, cuando se da alguno de los siguientes casos:

                      Si los artículos no se ajustan a la descripción realizada por el vendedor y no tienen las cualidades que este ha presentado al consumidor en una muestra o modelo.

                      Cuando no sean aptos para los usos a los que normalmente se destinan los bienes del mismo tipo.

                      Si no son aptos para un uso especial requerido por el consumidor, cuando este lo haya puesto en conocimiento del vendedor y el comerciante haya admitido que el bien tiene esa utilidad. Es el caso de que el consumidor pide, en una tienda de segunda mano, una tostadora que descongele el pan y el vendedor le asegura que lo hace; si llega a casa y no tiene esta función, el producto no es conforme al contrato.
                      En el supuesto de que no presenten la calidad y las prestaciones habituales de un bien del mismo tipo que el consumidor pueda de manera fundada esperar, debido a las declaraciones públicas sobre las características concretas de los bienes hechas por el vendedor, el productor, en particular en la publicidad o en el etiquetado.

                      También se entiende que hay falta de conformidad, si se hace una instalación incorrecta del producto -y esta estaba incluida en el precio- cuando la ha realizado el vendedor o el consumidor siguiendo instrucciones erróneas.

                      En los casos anteriores, cuando hay falta de conformidad, y siempre que el comprador no conociera estos fallos en el momento de la adquisición, el consumidor tiene derecho a la reparación del bien, a su sustitución, a la rebaja del precio o a la resolución del contrato, que se traduce en la devolución del dinero pagado.

                      ¿En qué casos tiene derecho el consumidor a que se le devuelva el dinero? Si el producto no es conforme con el contrato, cuando el comprador no pueda exigir la reparación o la sustitución del artículo y en los casos en que estos no se hubieran llevado a cabo en un plazo razonable o sin mayores inconvenientes para el consumidor, el comprador puede elegir entre una rebaja en el precio y la devolución del dinero. No obstante, si el defecto es de escasa importancia, no se puede pedir el reintegro de la cantidad abonada.

                      La garantía de los bienes de segunda mano es de al menos un año y, durante este tiempo, el vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten.

                      Productos conformes con el contrato

                      Los productos que no tengan ningún defecto solo se podrán cambiar si el vendedor así lo ha reconocido antes como derecho. Esto ocurre tanto con los productos de segunda mano como con los nuevos. Pese a que hay una opinión extendida de que los comerciantes tienen que devolver el dinero o dar un vale si el comprador cambia de opinión, no es así.

                      Por tanto, si la tienda de segunda mano informa de que devolverá el dinero al comprador que no quede satisfecho, tendrá que reintegrarle la cantidad abonada; si dice que lo cambiará por un vale, así tendrá que hacerlo. Pero también está en su derecho de no abonar el importe pagado por el producto que no presenta defectos cuando esta sea su política comercial.

                      Productos comprados a un particular
                      En este caso no rige la Ley de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo, que se aplica entre un particular y una empresa, sino el Código Civil. Si la venta es fraudulenta, sí que se puede reclamar por vía judicial que el vendedor devuelva el dinero cuando el artículo tenga fallos o defectos.

                      Los productos de segunda mano tienen una garantía de al menos un año

                      El vendedor está obligado al saneamiento de los defectos ocultos del objeto vendido, si lo hacen impropio para el uso al que se le destina o si disminuyen de tal modo ese uso que, de haberlos conocido el comprador no lo habría adquirido o habría pagado menos, según dice el Código Civil.

                      Pero si estos defectos están a la vista o el comprador es un perito que por razón de su oficio debía conocerlos, el que vende no es responsable.

                      El cliente, en el plazo de seis meses, puede optar por que el vendedor le devuelva el dinero que pagó o por que se le rebaje una cantidad proporcional del precio.

                      Además, si el vendedor conocía los vicios o defectos ocultos y no se lo contó al comprador, este puede tener derecho a una indemnización por daños y perjuicios, en el caso de que rescinda el contrato.

                      Comentario


                      • #71
                        Re: Ayuda! Lo considerais vicio oculto?

                        Saludos a todos. ...realmente es un tema que requiere su estudio y cada particular. En resumen y por la información que aportas, yo haría: 1. analiza las estipulaciones contractuales. 2. Prepara una estrategia 3. Crea la prueba y por medio de un abogado presenta primero un acuerdo con la parte contraria y en caso negativo demanda por lo civil a menos que puedas demostrar estafa ..querella..
                        Supongo que n puertas del juzgado llegarás a una conciliación etc.
                        En cuanto el barco sea seguro ...seguro te compensará todo este calvario.
                        EN MI HUMILDE OPINIÓN
                        BRIGADIER
                        ...NI SE DARÁ CUARTEL, NI SE PEDIRÁ...

                        Si el testículo derecho se muestra convulso y frío, no hay que esperar buen desenlace. Hipócrates

                        Comentario

                        Trabajando...
                        X