VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

Anuncio

Colapsar

NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
Ver más
Ver menos

Ayuda, por favor.

Colapsar
X
 
  • Filtrar
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes

  • #61
    Re: Ayuda, por favor.

    ALUCINADO ME ENCUENTRO.

    Hace unos días me encontré con un amigo , hombre de muchoooo mar, que vive desde hace mas de un década en Miami, y al "ponerle " al día de lo que sucede en nuestra querida España....no salía de su asombro.

    Esta claro que este país sobran leyes y falta intención de hacer bien las cosas.

    Comentario


    • #62
      Re: Ayuda, por favor.

      de todas formas está muy bien que una Orden del Ministerio de Fomento te exija llevar determinados medicamentos a bordo, que dichos medicamentos estén especificados en una Orden del Ministerio de Presidencia que, a su vez, modifica un Real Decreto al objeto de actualizar dicha lista de medicamentos.

      PERO....

      a nadie se le ha ocurrido pensar en el Real Decreto Legislativo 1/2015 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios?

      mas que nada porque en su artículo 3.6 básicamente dice

      "La custodia, conservación y dispensación de medicamentos de uso humano corresponderá exclusivamente
      a) A las oficinas de farmacia...
      b) A los servicios de farmacia de los hospitales...
      etc"

      mas que nada porque según ese RDL si no somos los pacientes directos necesitarios de dichos medicamentos nos convertimos en custodios o dispensadores de los mismos, es decir, si no tengo ninguna patología que implique la necesidad de epinefrina, nitrogliceria, etc (por poner medicamentos con receta) soy un custodio de la misma para terceras personas que puedan usarla.

      es algo similar a lo que ocurre con los botiquines de empresa que han tenido que retirar todos los medicamentos (hasta aspirinas) a causa de dicho Real Decreto Legislativo.

      Comentario


      • #63
        Re: Ayuda, por favor.

        Originalmente publicado por Erikblade Ver Mensaje
        de todas formas está muy bien que una Orden del Ministerio de Fomento te exija llevar determinados medicamentos a bordo, que dichos medicamentos estén especificados en una Orden del Ministerio de Presidencia que, a su vez, modifica un Real Decreto al objeto de actualizar dicha lista de medicamentos.

        PERO....

        a nadie se le ha ocurrido pensar en el Real Decreto Legislativo 1/2015 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios?

        mas que nada porque en su artículo 3.6 básicamente dice

        "La custodia, conservación y dispensación de medicamentos de uso humano corresponderá exclusivamente
        a) A las oficinas de farmacia...
        b) A los servicios de farmacia de los hospitales...
        etc"

        mas que nada porque según ese RDL si no somos los pacientes directos necesitarios de dichos medicamentos nos convertimos en custodios o dispensadores de los mismos, es decir, si no tengo ninguna patología que implique la necesidad de epinefrina, nitrogliceria, etc (por poner medicamentos con receta) soy un custodio de la misma para terceras personas que puedan usarla.

        es algo similar a lo que ocurre con los botiquines de empresa que han tenido que retirar todos los medicamentos (hasta aspirinas) a causa de dicho Real Decreto Legislativo.
        Razón no te falta, y no soy abogado, pero me da a mí que el ambito de aplicación tendrá algo que ver...pero ya he llegado un punto que de tanto ver c
        Leyes contradictorias...cuanto más indago más confuso me siento.

        En los aviones de pasajeros hay 2 botiquines; el FAK y el MEK, ambos contienen medicamentos, el FAK puede ser usado por la tripulación y el MEK, que lleva cosas más serias dentro, solo lo puede abrir un médico. Pero forma parte del equipo básico sin el que el avión no puede aer despachado diga lo que diga esa ley...
        Cuando cruzo una calle de un solo sentido, miro a ambos lados. Esa es la fé que tengo en la sociedad.
        sdk.

        Comentario


        • #64
          Re: Ayuda, por favor.

          Originalmente publicado por sundancekid Ver Mensaje
          Razón no te falta, y no soy abogado, pero me da a mí que el ambito de aplicación tendrá algo que ver...pero ya he llegado un punto que de tanto ver c
          Leyes contradictorias...cuanto más indago más confuso me siento.

          En los aviones de pasajeros hay 2 botiquines; el FAK y el MEK, ambos contienen medicamentos, el FAK puede ser usado por la tripulación y el MEK, que lleva cosas más serias dentro, solo lo puede abrir un médico. Pero forma parte del equipo básico sin el que el avión no puede aer despachado diga lo que diga esa ley...
          Hombre en principio no me compares un avion COMERCIAL con una embarcación de recreo.
          Por un lado un avion hasta que no toma tierra esta totalmente aislado sin posibilidad de evacuacion de ningun modo. Por otro en la mar tenemos.Salvamento maritimo y existe posibilidad de evacuación por helicoptero.
          Ademas añadir que no se puede comparar un 747 de vuelos transoceanicos con una embarcación para salir a 60 millas (zona 2) a por unos bonitos.
          Ahora bien si para llevar un barco te piden ademas del.titulo la.carrera de medicina me callo.

          Comentario


          • #65
            Ayuda, por favor.

            Buenas noches cofrades.

            Para que yo lo entienda...

            El problema es que las medicinas que exige la normativa, no van con receta pública? Y las tiene que recetar un médico privado y obviamente pagarlas íntegramente?

            Y por otro lado, si nadie vigila que cumplas la norma con detalle... al final como muchas otras cosas en un barco, depende de tu responsabilidad como navegante, preocuparte de lo que tienes que llevar.

            No le veo más recorrido al tema...

            Pero bueno.. Si queréis que sigamos discutiendo...
            Podemos recurrir al clásico de... "Mayor enrollable o clásica"

            Para no aburrirnos... Jaja

            Ronda de ron del caro... Y que se toquen algo y dejen de beber los músicos...

            Comentario


            • #66
              Re: Ayuda, por favor.

              Originalmente publicado por jorgesanchis Ver Mensaje
              Buenas noches cofrades.

              Para que yo lo entienda...

              El problema es que las medicinas que exige la normativa, no van con receta pública? Y las tiene que recetar un médico privado y obviamente pagarlas íntegramente?

              Y por otro lado, si nadie vigila que cumplas la norma con detalle... al final como muchas otras cosas en un barco, depende de tu responsabilidad como navegante, preocuparte de lo que tienes que llevar.

              No le veo más recorrido al tema...

              Pero bueno.. Si queréis que sigamos discutiendo...
              Podemos recurrir al clásico de... "Mayor enrollable o clásica"

              Para no aburrirnos... Jaja

              Ronda de ron del caro... Y que se toquen algo y dejen de beber los músicos...
              El problema va un poco más allá.

              Básicamente el problema es el siguiente: la normativa me exige una serie de medicamentos que han de ser dispensados con receta médica (pública o privada).
              El tema es que el facultativo no está obligado a dartelas ya que tú no padeces patología alguna por la que seas necesitario de las mismas.

              El médico es responsable de los medicamentos que receta y estamos hablando que alguno de ellos usado inadecuadamente puede matar directamente, y como.señalan en algun punto, un juez te puede pedir responsabilidades por administrarlo en caso de fatal desenlace pero tambien puede investigar a ver quien te la ha suministrado y con que objeto.

              Si el ism no está para rellenar botiquines, un medico de la seguridad social menos

              Comentario


              • #67
                Re: Ayuda, por favor.

                Originalmente publicado por jorgesanchis Ver Mensaje
                Buenas noches cofrades.

                Para que yo lo entienda...

                El problema es que las medicinas que exige la normativa, no van con receta pública? Y las tiene que recetar un médico privado y obviamente pagarlas íntegramente?

                Y por otro lado, si nadie vigila que cumplas la norma con detalle... al final como muchas otras cosas en un barco, depende de tu responsabilidad como navegante, preocuparte de lo que tienes que llevar.

                No le veo más recorrido al tema...

                Pero bueno.. Si queréis que sigamos discutiendo...
                Podemos recurrir al clásico de... "Mayor enrollable o clásica"

                Para no aburrirnos... Jaja

                Ronda de ron del caro... Y que se toquen algo y dejen de beber los músicos...
                Y no solo lo que te ha comentado el compañero en el post anterior, no tiene nada que ver con si están subvencionados los medicamentos o no, sino con a ver quién te facilita la receta para que el farmacéutico te venda esos medicamentos que, por ley, estás obligado a llevar... y si te encuentras en una situación como la mía en que a mi médico de cabecera no le sale de las narices recetármelas, el ISM se desentiende y la DGMM me remite de nuevo a mi médico de cabecera sobre el que no tienen potestad ninguna pues depende de Sanidad y no de la DGMM pues lo llevas crudo para poder ser legal, además de las consecuencias y responsabilidades con las que un juez te podría cargar de pasar algo abordo con resultadoss fatales y no disponer abordo de lo que la ley te exigía (como ha dicho el compañero).

                Afortunadamente, en mi caso, he topado con una persona que está al tanto de que la ley me obliga a dotar a mi botiquín de esos medicamentos y haciendo un alarde de buena voluntad y comprensión me los va a facilitar, no obstante eso soluciona mi problema en particular, pero para los que vengan detrás o quieran dotar su botiquín como la ley exige...sigue sin existir un organismo que esté obligado a facilitarte esas recetas para que a ti te sea posible cumplir la ley. Vamos, lo que vienen a ser una serie de normas muy mal paridas y que dado el caso podrían suponer cuantiosas sanciones económicas y hasta responsabilidades penales para el armador de la embarcación.

                Pienso que es un serio problema y una absoluta incongruencia legal que deja a cualquier armador que quiera despachar en zona 1 o 2 en una situación de indefensión en la que, si pasa algo, él será la cabeza de turco quiera o no. Completamente inaceptable. Pienso que la ANAVRE, si quieren hacerse valer y demostrar que están aquí para cambiar las cosas, debería tomar serias medidas al respecto, empezando por poner el tema encima de la mesa con la DGMM enfrente (que me consta que ya lo han hecho), y de no ser atendida su queja llevar a la DGMM ante el tribunal contencioso-administrativo por el tema, cosa que no han hecho tras la DGMM hacer caso omiso al tema.
                Editado por última vez por sundancekid; 08/11/2019, 09:13:08.
                Cuando cruzo una calle de un solo sentido, miro a ambos lados. Esa es la fé que tengo en la sociedad.
                sdk.

                Comentario


                • #68
                  Re: Ayuda, por favor.

                  Originalmente publicado por Erikblade Ver Mensaje
                  Hombre en principio no me compares un avion COMERCIAL con una embarcación de recreo.
                  Por un lado un avion hasta que no toma tierra esta totalmente aislado sin posibilidad de evacuacion de ningun modo. Por otro en la mar tenemos.Salvamento maritimo y existe posibilidad de evacuación por helicoptero.
                  Ademas añadir que no se puede comparar un 747 de vuelos transoceanicos con una embarcación para salir a 60 millas (zona 2) a por unos bonitos.
                  Ahora bien si para llevar un barco te piden ademas del.titulo la.carrera de medicina me callo.
                  El caso es exactamente el mismo; la ley les obliga a llevarlo, AESA depende de Fomento y la DGMM también, AESA obliga a llevarlo del mismo modo que la DGMM nos obliga a nosotros, no obstante y si te pones a comparar...un avión nunca está a más de 60 minutos (salvo algunos casos) de asistencia médica inmediata. Nosotros podemos estar a días de asistencia médica inmediata.

                  Lo que quiero decir es que la ley que comentas por las que se han retirado hasta las aspirinas de botiquines de empresas, aquí no es aplicable.
                  Editado por última vez por sundancekid; 08/11/2019, 09:25:03.
                  Cuando cruzo una calle de un solo sentido, miro a ambos lados. Esa es la fé que tengo en la sociedad.
                  sdk.

                  Comentario


                  • #69
                    Re: Ayuda, por favor.

                    Yo tenía entendido que el botiquín es para el servicio radio médico del ism y el médico es el que, a través del interlocutor, va a administrar los fármacos que este le prescriba. Por eso el contenido del botiquín normalizado. No va a ser a criterio del tripulante o patrón que esté prestando su auxilio en la emergencia y que, como mucho, está formado en primeros auxilios, si no del médico del ism que esté en el servicio radio médico el decide administrar uno u otro medicamento. Por eso también la exigencia de los equipos de comunicaciones. Yo, desde luego, tuve que aprender para el examen de radio el procedimiento del servicio radio médico y no entiendo como algunos de vosotros lo ha olvidado o no se lo han enseñado.


                    Comentario


                    • #70
                      Re: Ayuda, por favor.

                      Originalmente publicado por Nerderel Ver Mensaje
                      Yo tenía entendido que el botiquín es para el servicio radio médico del ism y el médico es el que, a través del interlocutor, va a administrar los fármacos que este le prescriba. Por eso el contenido del botiquín normalizado. No va a ser a criterio del tripulante o patrón que esté prestando su auxilio en la emergencia y que, como mucho, está formado en primeros auxilios, si no del médico del ism que esté en el servicio radio médico el decide administrar uno u otro medicamento. Por eso también la exigencia de los equipos de comunicaciones. Yo, desde luego, tuve que aprender para el examen de radio el procedimiento del servicio radio médico y no entiendo como algunos de vosotros lo ha olvidado o no se lo han enseñado.


                      http://www.seg-social.es/wps/portal/...5300/1264/1265
                      Obviamente el uso del servicio radiomédico lo tenemos claro y presente, pero eso no soluciona el problema de la adquisición en la farmacia de medicamentos que precisan receta médica.

                      También se necesita la guía sanitaria de a bordo... otro asunto. La puedes descargar de internet y esperar que no te exijan la de papel, y con discrepancias (bastantes) en la lista de medicamentos que vienen en la guía y en el BOE...

                      El que ideó el asunto, un fenómeno

                      Unas birras
                      www.vilasailing.com
                      Socio de AMPPER
                      Socio de ANAVRE

                      Comentario


                      • #71
                        Re: Ayuda, por favor.

                        Originalmente publicado por Kiro Ver Mensaje
                        Otra cosa. Suponiendo que las consigas legalmente (ISM, por ejemplo) y las lleves precintadas, qué levante el brazo quién se atreva a usarlas.
                        Si las usas, y la persona fallece, te puedes ver en un marrón de homicidio por imprudencia. Cuéntale al juez que tú creías que tenía una reacción alérgica grave a unas navajas que cenasteis y le inyectaste la epinefrina, así, sin más conocimientos sanitarios ni más investigación de los antecedentes de enfermedad de la persona.
                        Para las mismas situaciones en que la epinefrina está indicada, hay otros fármacos con menos potencial de complicaciones e igualmente resolutivos.
                        Para mí, en conclusión, y soy ejemplo personal de ello, a bordo está el maletín tipo C, pero la medicación la elijo yo. Y la elijo de acuerdo a los conocimientos que tengo para afrontar las situaciones más comunes a bordo.
                        Si la Administración es incompetente, yo no quiero imitarla.
                        Buena proa.
                        Obviamente mi comentario no es por tus intervenciones (Nigiri), que eres el único que se ha referido al servicio radio médico, si no a intervenciones como esta que no tienen en cuenta el sentido de estos botiquines.
                        Sí se debería llevar otro botiquín con "mis medicamentos" los que tome habitualmente yo y la tripulación y los que sepa utilizar y de uso cotidiano como biodramina, analgésicos, antiacidos, fortasec. anticatarrales, tiritas, gasas, cicatrizantes, yodo... y así hasta lo que uno considere oportuno.
                        Sobre la incongruencia de la administración opino lo que todos vosotros, todo es un sinsentido.
                        Lo único que se me ocurre sugerir es ponerse en contacto con el servicio radio médico y que nos digan como conseguir los medicamentos que ellos, en caso de necesidad, van a solicitar su administración.
                        Saludos y unas rondas para todos
                        Editado por última vez por Nerderel; 08/11/2019, 13:45:38.

                        Comentario


                        • #72
                          Re: Ayuda, por favor.

                          Por si no ha quedado claro

                          Real Decreto 568/2011, de 20 de abril, por el que se modifica el Real Decreto
                          258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas
                          sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del
                          mar.
                          Las condiciones de trabajo y especiales características de la actividad marítima han determinado la necesidad de establecer medidas de prevención y protección de la salud de los trabajadores del mar, especialmente cuando se encuentran embarcados y alejados de los medios sanitarios disponibles en tierra. En este sentido, la asistencia médica a bordo se sustenta sobre tres pilares fundamentales: un sistema ágil y eficaz de consulta radio-médica, la existencia de botiquines a bordo como instrumento de apoyo a la prescripción realizada por el facultativo a través de la consulta radiomédica y la formación sanitaria de los tripulantes y especialmente de los mandos y responsables de la gestión del botiquín a bordo.

                          Editado por última vez por Nerderel; 08/11/2019, 13:42:49.

                          Comentario


                          • #73
                            Re: Ayuda, por favor.

                            Originalmente publicado por Nerderel Ver Mensaje
                            Por si no ha quedado claro

                            Real Decreto 568/2011, de 20 de abril, por el que se modifica el Real Decreto
                            258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas
                            sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del
                            mar.
                            Las condiciones de trabajo y especiales características de la actividad marítima han determinado la necesidad de establecer medidas de prevención y protección de la salud de los trabajadores del mar, especialmente cuando se encuentran embarcados y alejados de los medios sanitarios disponibles en tierra. En este sentido, la asistencia médica a bordo se sustenta sobre tres pilares fundamentales: un sistema ágil y eficaz de consulta radio-médica, la existencia de botiquines a bordo como instrumento de apoyo a la prescripción realizada por el facultativo a través de la consulta radiomédica y la formación sanitaria de los tripulantes y especialmente de los mandos y responsables de la gestión del botiquín a bordo.

                            Si, ha quedado claro, pero lo que has puesto es para los trabajadores del mar... no para los barcos sin tripulación profesional. Esa es la pega (y el problema) que tiene Sundacekid.
                            Y os cuento otra... para "inscribir" y hacer la primera revisión no es en el ISM, sino en Sanidad Exterior (más burrocracia)...

                            Unas birras
                            www.vilasailing.com
                            Socio de AMPPER
                            Socio de ANAVRE

                            Comentario


                            • #74
                              Re: Ayuda, por favor.

                              Todo este lio/embrollo/jaleo se solucionaba usando una de las siguientes fórmulas:

                              A) dejar al criterio del patrón de acuerdo a su situación médica y a la de la tripulación o acompañantes en ese momento la dotación de medicamentos en el botiquín en función del plan de navegación. (A mi juicio la más acertada)

                              B) que la prescripción, independientemente del facultativo que la expida (ISM, SS o privado) conlleve una trazabilidad.
                              Nunca he tenido que comprar bengalas o cohetes si no es para barco y siempre me han pedido dni y datos del barco, no sé si lo necesitarán por ley o no. El tema que con los medicamentos igual, dni datos del barco por parte del facultativo que extienda la receta y por parte.del farmaceutico que la dispensa lote o con lo que quiera se identifiquen, luego el farmaceutico remitirlo a DGMM.

                              Comentario


                              • #75
                                Re: Ayuda, por favor.

                                No he leído todo, pero tuve hace años un caso similar. Fui al médico privado, me costó 200-€ solo por rellenar una receta, pero conseguí

                                Comentario

                                Trabajando...
                                X