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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

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El calvario de intentar trabajar en el propio barco en port olímpic

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  • #31
    Re: El calvario de intentar trabajar en el propio barco en port olímpic

    Tampoco hace falta que haya legislación al respecto. Cuando hice la última varada, en el contrato, que serían como 3 páginas con letra pequeña, se especificaba todo lo que podías hacer y no hacer, y que la gestora del varadero no se hacía responsable de la que puedas liar. Eso supongo que estaría revisado por especialistas, y por tanto perfectamente legal.
    Es que resulta absurdo que te pidan toda la documentación exigible a una empresa para trabajar en tu propio barco. Incluso que se la pidan a una empresa es supérfluo, porque es la propia empresa la responsable de que sus trabajadores tengan los papeles en regla, no el varadero.En todo caso es la inspección de trabajo la que tendría que hacerlo.

    Ya puestos, si vienen a hacer una reforma a mi casa ¿les voy a pedir el TC2 y los certificados de PRL a los diferentes gremios? Porque durante unos días iba a ser su "centro de trabajo".
    incerti quo fata ferant, ubi sistere detur
    ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos.

    Comentario


    • #32
      Re: El calvario de intentar trabajar en el propio barco en port olímpic

      Yo creo que un varadero es un lugar en sí mismo pelín peligroso.

      Quiero decir: hay barcos en sus cunas, grúas moviendo cosas, puede haber aceite o botes de pintura por el suelo, un cable de una lijadora cruzando por ahí...

      También creo que debe haber maneras de que sea perfectamente posible, seguro y legal para un particular trabajar en su barco en un varadero.
      ¿Que habría que informar de los riesgos asociados a estar en el varadero?, hágase.
      ¿Que habría que firmar un compromiso de cumplir determinadas condiciones como por ejemplo orden y limpieza?, adecuado.
      ¿Que habría que firmar un descargo de responsabilidades con x condiciones?, fírmese.

      Pero posible, seguro que es posible. Otra cosa son intereses creados, pereza o desconocimiento.

      Los que alguna vez hemos regateado cada vez firmamos que si abandonamos o seguimos en regata es bajo nuestra propia responsabilidad.

      Y si habéis visto la declaración de riesgos asociada a montarse en un velero... ojito

      Newton

      El movimiento se demuestra andando.

      Comentario


      • #33
        Re: El calvario de intentar trabajar en el propio barco en port olímpic

        En tu casa puedes hacer lo que quieras, en las empresas se hace por norma.

        De todas formas en el último varadero en el que he estado, Marina Sotogrande, que es un centro de trabajo y de hecho permanecía cerrado los fines de semana como todo centro de trabajo cosa rara para un varadero, me dejaron trabajar en mi barco sin problema, sin preguntarme ni Pamplona y sin tampoco hacerme firmar nada. En horario laboral, eso sí. Sólo tuve que identificarme con la VISA. Pagué la grúa, las horas del operario y a funcionar.

        Así que de alguna forma tiene que poderse porque esos no se habían caído de un guindo.

        Originalmente publicado por Bertie Ver Mensaje
        Ya puestos, si vienen a hacer una reforma a mi casa ¿les voy a pedir el TC2 y los certificados de PRL a los diferentes gremios? Porque durante unos días iba a ser su "centro de trabajo".
        Editado por última vez por flipk12; 29/02/2024, 21:21:46.
        No terra sed aquis.

        Comentario


        • #34
          Re: El calvario de intentar trabajar en el propio barco en port olímpic

          [QUOTE=Pakote;2444480]
          Originalmente publicado por Bertie Ver Mensaje
          La cuestión es si un varadero es un "centro de trabajo" en sentido legal, porque la cosa tiene muchos matices (https://www.coordinacionempresarial....ro-de-trabajo/). De hecho, es un área en la que trabajan múltiples empresas y particulares. Pero un "centro de trabajo" es normalmente una dependencia ligada a una empresa en concreto. A ver, si yo voy a configurar un wifi a una nave industrial, claro que esa nave es un centro de trabajo de la empresa cliente, y me puede exigir (y lo hace) que realice el curso PRL pertinente (que suele ser una charla de una hora sobre obviedades, firmar el papel, y ya). Pero en el caso de un varadero, que es un espacio compartido, y más aún, si es el propio armador el que realiza trabajos en su barco, dudo mucho que sea aplicable.

          Y lo de que la responsabilidad sea del varadero, no es nada lógico. La responsabilidad es de quien sea responsable, que diría Forrest Gump. Conozco desgraciadamente casos de accidentes laborales con todos los papeles en regla, por negligencia o porque se han saltado a la torera las normas de seguridad. Y el responsable es el que hace las cosas mal, no el dueño del local. El papeleo es simplemente una forma de exoneración; así la empresa puede decir "a nosotros nada, este señor ya ha hecho todos los cursos y es culpa suya".[/QUOTE

          Bajo mi punto de vista un varadero si es un centro de trabajo, otra cosa es que te dejen trabajar en el sin ser empresa...

          https://www.insst.es/documents/94886...ntp-1.133w.pdf
          Vamos a ver eso del "centro de trabajo", un varadero no es un local de una empresa privada. Un varadero se hace en terreno publico con el objetivo de dar un servicio "publico" a los navegantes para hacer reparaciones en los barcos y luego este servicio en lugar de llevarlo directamente la administración se lo cede en concesión a una empresa privada. Pero esa empresa privada no es la propietaria del varadero, la propiedad sigue siendo publica y ahi pueden trabajar profesionales o particulares: en el caso de los profesionales si es su centro de trabajo y en el caso de los particulares no.

          Lo que no acabamos de entender es lo de que es un servicio publico que aunque esté gestionado por una empresa privada no deja de ser publico y abierto a todos, es decir, para el servicio de todos los ciudadanos: empresas y particulares. La ley de PRL no permite exigir a los particulares lo mismo que se exige a las empresas. En mi opinión es un abuso.

          Y por cierto, aunque el varadero sea de un club privado, si hay un profesional trabajando ahi tambien está sometido a la ley de PRL porque él está trabajando, lo mismo que un electricista que está trabajando en casa de un particular: no importa que sea un sitio privado porque el que está trabajando está trabajando y tiene que cumplir la ley de PRL. El que está haciendo bricolaje en su casa o en su barco no tiene PRL, si le pasa algo es su responsabilidad personal.
          Editado por última vez por jonam52; 01/03/2024, 09:02:05.

          Comentario


          • #35
            Re: El calvario de intentar trabajar en el propio barco en port olímpic

            Yo lo asemejaría más a un taller de coches y a un parking. En el taller, tú dejas el coche y ellos lo meten dentro, hacen la reparación y lo sacan sin que tú puedas intervenir o ni siquiera entrar a sacudir las alfombrillas.

            En un parking, sin embargo, no veo limitaciones a cambiar una bombilla o incluso el aceite si luego lo reciclas.

            Pienso que los varaderos, en general, deberían ser parkings de barcos en su mayoría, a no ser que una empresa que tenga derecho sobre el varadero sea un taller que dé todos los servicios.

            Más o menos.

            Pero como dice Newton, lo mejor es firmar una declaración responsable una vez aceptadas las normas y ya está. Yo lo veo así.

            Comentario


            • #36
              Re: El calvario de intentar trabajar en el propio barco en port olímpic

              [QUOTE=jonam52;2444522]
              Originalmente publicado por Pakote Ver Mensaje

              Vamos a ver eso del "centro de trabajo", un varadero no es un local de una empresa privada. Un varadero se hace en terreno público con el objetivo de dar un servicio "público" a los navegantes para hacer reparaciones en los barcos y luego este servicio en lugar de llevarlo directamente la administración se lo cede en concesión a una empresa privada. Pero esa empresa privada no es la propietaria del varadero, la propiedad sigue siendo pública y ahí pueden trabajar profesionales o particulares: en el caso de los profesionales si es su centro de trabajo y en el caso de los particulares no.

              Lo que no acabamos de entender es lo de que es un servicio público que aunque esté gestionado por una empresa privada, no deja de ser público y abierto a todos, es decir, para el servicio de todos los ciudadanos: empresas y particulares. La ley de PRL no permite exigir a los particulares lo mismo que se exige a las empresas. En mi opinión es un abuso.

              .
              No estoy de acuerdo con eso de que por ser una concesión sea un servicio público, y mucho menos que tenga que dar un servicio público a no sé qué navegantes.

              Es una concesión estatal a un organismo que puede ser privado o publico, con ánimo de lucro o no y que puede gestionarlo según el pliego de condiciones que se haya firmado, nada más. Lo que no es una especie de ONG Abierta a todos para servicio de no sé qué ciudadanos.
              Editado por última vez por markuay; 01/03/2024, 14:28:53.
              .

              sigpic Slava Ukrayini!.

              Comentario


              • #37
                Re: El calvario de intentar trabajar en el propio barco en port olímpic

                [QUOTE=markuay;2444540]
                Originalmente publicado por jonam52 Ver Mensaje

                No estoy de acuerdo con eso de que por ser una concesión sea un servicio público, y mucho menos que tenga que dar un servicio público a no sé qué navegantes.

                Es una concesión estatal a un organismo que puede ser privado o publico, con ánimo de lucro o no y que puede gestionarlo según el pliego de condiciones que se haya firmado, nada más. Lo que no es una especie de ONG Abierta a todos para servicio de no sé qué ciudadanos.
                Es que no es cuestión de estar de acuerdo o no sino de que las leyes son asi... y si no gustan hay que ir al parlamento a cambiarlas.

                Segun la ley de costas eso es terreno publico, es decir, de todos. En ese terreno se permite la construcción de un varadero para dar servicio a los barcos: a todos, a los privados y a los profesionales. La gestión de ese varadero la puede llevar la propia administración contratando funcionarios etc. o la puede "ceder" a un empresa privada mediante una "concesión" es decir, con un contrato con unas obligaciones por un tiempo limitado durante el cual el objetivo del varadero no se puede cambiar: tiene que dar servicio a todos, particulares y profesionales porque sigue siendo propiedad pública de todos.
                Es el mismo caso de los ayuntamientos que dan en concesión las piscinas, los polideportivos, el servicio de agua y de basuras, los cementerios, etc... se los dan en "concesión" a empresas privadas para que lleven la gestión, pero no es en propiedad, y es con unas condiciones determinadas entre las cuales la más importante es que tienen que dar un servicio público para todo el mundo porque es de todos nosotros: una empresa que lleva el polideportivo publico de un ayuntamiento no puede gestionarlo como si fuera un club privado que solo permite el acceso a los socios y solo pueden ser socios los que sean admitidos por una junta privada de un club. Tiene que dar servicio a TODOS los ciudadanos porque es de TODOS.
                Lo mismo con los varaderos.
                Está bien que una empresa gane dinero gestionando un bien público pero no se puede apropiar de ello y tratarlo como si hubiera comprado una nave industrial y allí solo admite a quien ella quiera. Eso no es asi, o por lo menos, no debería ser asi.

                Comentario


                • #38
                  Re: El calvario de intentar trabajar en el propio barco en port olímpic

                  Originalmente publicado por jonam52 Ver Mensaje

                  Segun la ley de costas eso es terreno publico, es decir, de todos. En ese terreno se permite la construcción de un varadero para dar servicio a los barcos: a todos, a los privados y a los profesionales. La gestión de ese varadero la puede llevar la propia administración contratando funcionarios etc. o la puede "ceder" a un empresa privada mediante una "concesión" es decir, con un contrato con unas obligaciones por un tiempo limitado durante el cual el objetivo del varadero no se puede cambiar: tiene que dar servicio a todos, particulares y profesionales porque sigue siendo propiedad pública de todos.
                  Jonam, no estoy de acuerdo. Una marina o un club náutico -igual que un varadero-, se establecen en terreno del estado regulado por la ley de costas, pero una vez tienen la concesión establecen reglas de acceso y seguridad. Y si quieren, esto es, si eres alguien que pasaba por alli y se pone, por así decirlo, a curiosear sin tener barco ni venir a ver a su primo a su barco ni nada parecido, te pueden negar la entrada en el primer acceso.

                  O sea, que la concesión puede establecer sus reglas y, de acuerdo con la ley y condiciones de su concesión, pueden impedir el acceso a personal "ajeno".

                  Otra cosa que en un rato voy a mirar es el tema de PRL, si es aplicable a un señor que va a hacer bricolaje en su barco mientras el barco está en el varadero.

                  Newton

                  El movimiento se demuestra andando.

                  Comentario


                  • #39
                    Re: El calvario de intentar trabajar en el propio barco en port olímpic

                    Nada. Recién visto en el BOE (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-24292).

                    La Ley de Prevención de Riesgos Laborales se aplica a trabajadores, funcionarios, cooperativistas y autónomos.

                    No es aplicable a alguien que hace bricolaje en su barco.

                    Newton

                    El movimiento se demuestra andando.

                    Comentario


                    • #40
                      Re: El calvario de intentar trabajar en el propio barco en port olímpic

                      [QUOTE=jonam52;2444553]
                      Originalmente publicado por markuay Ver Mensaje

                      Es que no es cuestión de estar de acuerdo o no, sino de que las leyes son así... y si no gustan hay que ir al parlamento a cambiarlas.

                      Según la ley de costas eso es terreno público, es decir, de todos. En ese terreno se permite la construcción de un varadero para dar servicio a los barcos: a todos, a los privados y a los profesionales. La gestión de ese varadero la puede llevar la propia administración contratando funcionarios etc. o la puede "ceder" a un empresa privada mediante una "concesión" es decir, con un contrato con unas obligaciones por un tiempo limitado durante el cual el objetivo del varadero no se puede cambiar: tiene que dar servicio a todos, particulares y profesionales porque sigue siendo propiedad pública de todos.
                      Es el mismo caso de los ayuntamientos que dan en concesión las piscinas, los polideportivos, el servicio de agua y de basuras, los cementerios, etc... se los dan en "concesión" a empresas privadas para que lleven la gestión, pero no es en propiedad, y es con unas condiciones determinadas entre las cuales la más importante es que tienen que dar un servicio público para todo el mundo porque es de todos nosotros: una empresa que lleva el polideportivo publico de un ayuntamiento no puede gestionarlo como si fuera un club privado que solo permite el acceso a los socios y solo pueden ser socios los que sean admitidos por una junta privada de un club. Tiene que dar servicio a TODOS los ciudadanos porque es de TODOS.
                      Lo mismo con los varaderos.
                      Está bien que una empresa gane dinero gestionando un bien público pero no se puede apropiar de ello y tratarlo como si hubiera comprado una nave industrial y allí solo admite a quien ella quiera. Eso no es asi, o por lo menos, no debería ser asi.


                      Que el terreno sea de titularidad pública no significa que las instalaciones de la concesión lo sean.

                      Un puerto deportivo es un ente jurídico sin ánimo de lucro, (quería decir un club náutico, obviamente) propiedad de sus socios durante los años que dure la concesión, es más, los socios son responsables civiles subsidiarios.

                      Un amarre está en una lámina de agua pública, pero sí compras* el amarre. Pasa a ser tuyo durante los años que dure la concesión. Puedes incluso venderlo* a un tercero en cualquier momento.

                      En muchas ciudades hay aparcamientos en suelo público donde puedes comprar* una plaza de garaje y será tuya durante los años estipulados en la concesión.

                      Pero hay muchos casos similares: aeropuertos, hospitales, terrazas de restaurantes, etc. etc.

                      En mi puerto el varadero es para uso de los socios y los trabajadores del mismo son empleados del club. Antes podía usarlo cualquier armador y podía trabajar en su barco, hasta que hubo un par de movidas en las que se pretendía hacer responsable al club y se decidió que solo socios.

                      En el puerto donde estaba antes que era gestionado por una empresa municipal, el varadero era de uso exclusivo de una empresa privada y solo podían trabajar sus empleados. Es más, no podías ni entrar en el varadero.

                      La única diferencia entre una construcción en suelo público o privado es que al finalizar la concesión, el bien vuelve al estado.



                      * Aunque se suele llamar compra, en realidad creo que al menos en el caso de los amarres la forma legal correcta es uso preferente. Palabro similar al que se emplea en las escrituras para las terrazas de áticos y garajes en edificios de propiedad horizontal que suelen denominarse "zona común de uso exclusivo".
                      Editado por última vez por markuay; 01/03/2024, 21:54:34.
                      .

                      sigpic Slava Ukrayini!.

                      Comentario


                      • #41
                        Re: El calvario de intentar trabajar en el propio barco en port olímpic

                        [QUOTE=markuay;2444571]
                        Originalmente publicado por jonam52 Ver Mensaje
                        ....
                        Un puerto deportivo es un ente jurídico sin ánimo de lucro, propiedad de sus socios durante los años que dure la concesión, es más, los socios son responsables civiles subsidiarios.
                        ....
                        Eso creo que no es del todo correcto. Hay una variedad bastante grande de entidades que explotan, total o parcialmente, un puerto deportivo: clubes náuticos por supuesto, empresas con (bastante) ánimo de lucro, comunidades de propietarios, etc

                        Otra cosa es que efectivamente la lámina de agua propiamente dicha esté en concesión a una persona física o jurídica, pero creo que sin pantalanes para llegar al barco de poco iba a servir.
                        incerti quo fata ferant, ubi sistere detur
                        ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos.

                        Comentario


                        • #42
                          Re: El calvario de intentar trabajar en el propio barco en port olímpic

                          Creo que sin ver los términos de la concesión es difícil dar una respuestas y además que sea aplicable a todos los varaderos.... como ha dicho el cofrade Newton: "O sea, que la concesión puede establecer sus reglas y, de acuerdo con la ley y condiciones de su concesión, pueden impedir el acceso a personal "ajeno"....

                          Comentario


                          • #43
                            Re: El calvario de intentar trabajar en el propio barco en port olímpic

                            [QUOTE=Bertie;2444575]
                            Originalmente publicado por markuay Ver Mensaje

                            Eso creo que no es del todo correcto. Hay una variedad bastante grande de entidades que explotan, total o parcialmente, un puerto deportivo: clubes náuticos por supuesto, empresas con (bastante) ánimo de lucro, comunidades de propietarios, etc

                            Otra cosa es que efectivamente la lámina de agua propiamente dicha esté en concesión a una persona física o jurídica, pero creo que sin pantalanes para llegar al barco de poco iba a servir.
                            Quería decir que un CN es un ente sin ánimo de lucro, Al menos contablemente.

                            Por supuesto que una marina privada se hace para ganar dinero.
                            Editado por última vez por markuay; 01/03/2024, 21:55:33.
                            .

                            sigpic Slava Ukrayini!.

                            Comentario


                            • #44
                              Re: El calvario de intentar trabajar en el propio barco en port olímpic

                              [QUOTE=markuay;2444571]
                              Originalmente publicado por jonam52 Ver Mensaje



                              Que el terreno sea de titularidad pública no significa que las instalaciones de la concesión lo sean.

                              Un puerto deportivo es un ente jurídico sin ánimo de lucro, (quería decir un club náutico, obviamente) propiedad de sus socios durante los años que dure la concesión, es más, los socios son responsables civiles subsidiarios.

                              Un amarre está en una lámina de agua pública, pero sí compras* el amarre. Pasa a ser tuyo durante los años que dure la concesión. Puedes incluso venderlo* a un tercero en cualquier momento.

                              En muchas ciudades hay aparcamientos en suelo público donde puedes comprar* una plaza de garaje y será tuya durante los años estipulados en la concesión.

                              Pero hay muchos casos similares: aeropuertos, hospitales, terrazas de restaurantes, etc. etc.

                              En mi puerto el varadero es para uso de los socios y los trabajadores del mismo son empleados del club. Antes podía usarlo cualquier armador y podía trabajar en su barco, hasta que hubo un par de movidas en las que se pretendía hacer responsable al club y se decidió que solo socios.

                              En el puerto donde estaba antes que era gestionado por una empresa municipal, el varadero era de uso exclusivo de una empresa privada y solo podían trabajar sus empleados. Es más, no podías ni entrar en el varadero.

                              La única diferencia entre una construcción en suelo público o privado es que al finalizar la concesión, el bien vuelve al estado.



                              * Aunque se suele llamar compra, en realidad creo que al menos en el caso de los amarres la forma legal correcta es uso preferente. Palabro similar al que se emplea en las escrituras para las terrazas de áticos y garajes en edificios de propiedad horizontal que suelen denominarse "zona común de uso exclusivo".
                              tu no compras nada, los terrenos publicos no se pueden comprar ni vender, son publicos para siempre. A ti de dan una concesión, es decir, te lo dejan para tu uso siempre por un plazo definido y por un precio y acabado el plazo dejan de ser tuyos.... el plazo máximo para las concesiones es de 99 años.

                              Comentario


                              • #45
                                Re: El calvario de intentar trabajar en el propio barco en port olímpic

                                Originalmente publicado por Ligera Ver Mensaje
                                Creo que sin ver los términos de la concesión es difícil dar una respuestas y además que sea aplicable a todos los varaderos.... como ha dicho el cofrade Newton: "O sea, que la concesión puede establecer sus reglas y, de acuerdo con la ley y condiciones de su concesión, pueden impedir el acceso a personal "ajeno"....

                                "de acuerdo con las condiciones de la concesión", eso es, eso no es libre que el concesionario hace lo que quiere: hay unas condiciones, y en esas condiciones, segun la ley, tiene que estar el acceso para todos, profesionales y particulares, porque eso es de todos. Una empresa concesionaria no puede de ninguna manera poner las reglas que ella quiera. Eso es en los terrenos privados, en las cosas públicas no se puede.
                                Porque la comunidad autónoma o el ayuntamiento de turno propietario del varadero tambien tiene que cumplir unas leyes a la hora de dar una concesión, no puede hacer lo que le dé la gana y darselo a una empresa para que lo utilice como propio porque para las concesiones hay unas leyes que todos tienen que cumplir... y si un ayuntamiento o una comunidad autónoma da una concesión saltandose las leyes que regulan las concesiones, se le puede denunciar y le haran cambiar esas condiciones.
                                Lo que pasa es que hablamos por hablar y nadie se lee las leyes ni se preocupa por conocerlas y por defender sus derechos, porque nos han metido en la cabeza que protestar no sirve para nada.... y luego hay unas asociaciones de navegantes que parece que están para defender los intereses de los profesionales y de los fabricantes y de nuestros derechos no se preocupa nadie.... Asi nos va.
                                Editado por última vez por jonam52; 01/03/2024, 23:06:03.

                                Comentario

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