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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Remolque entre embarcaciones de recreo

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  • #76
    Re: Remolque entre embarcaciones de recreo

    Completamente de acuerdo.

    En realidad creo que ahí está la clave entre profesionales, autoridades, legisladores, jueces [ponga aquí su gremio preferido] buenos y malos.

    Los buenos utilizarán esas "licencias" de las leyes, normas, reglamentos, mandamientos, [ponga aquí su categoría preferida] con equidad, justicia, buen criterio y sentido común.

    Los malos, pues eso. Elefante en la cacharrería y cosas así.

    Newton

    El movimiento se demuestra andando.

    Comentario


    • #77
      Re: Remolque entre embarcaciones de recreo

      Gracias a todos cofrades
      Buen debate...


      Ante la incertidumbre generalizada al respecto de la prohibición de un remolque planificado sin fines de lucro y entre embarcaciones de recreo, siendo la remolcada de 6.5 metros (que no estamos hablando un portacontenedores)

      papaventos
      comenta lo de excederse en las atribuciones, el cual es un buen punto....


      Entonces la siguiente pregunta obvia es: ¿Que titulación debo tener? Porque poseo un PPER1, casi el máximo posible en el área de recreo.... (el siguiente y último es el PPER2 que da atribuciones en cuanto a mayor distancia de costa solamente)



      ChatGPT me responde lo que me esperaba....
      (aún no logro registrarme en DeepSeek, cuando lo logre le preguntaré también)

      RESPUESTA:

      En España, si el remolque se realiza entre embarcaciones de recreo, no hay una titulación específica dedicada exclusivamente a esta maniobra. Sin embargo, debes cumplir con las siguientes condiciones según el tipo de embarcación:
      1. Titulación necesaria según la eslora de la embarcación remolcadora

      La persona que realiza el remolque debe contar con una titulación que le permita gobernar su propia embarcación:
      TitulaciónEslora MáximaDistancia PermitidaLicencia de NavegaciónHasta 6 metrosHasta 2 millas de la costaPatrón de Navegación Básica (PNB)Hasta 8 metrosHasta 5 millas de la costaPatrón de Embarcaciones de Recreo (PER)Hasta 15 metros (o 24 m con habilitación)Hasta 12 millas y travesías interinsularesPatrón de YateHasta 24 metrosHasta 150 millas de la costaCapitán de YateSin límiteSin límite2. Consideraciones legales y de seguridad

      • Remolque ocasional: En el ámbito recreativo, se permite ayudar a otra embarcación en caso de emergencia o necesidad, siempre que no implique una actividad comercial.
      • Prohibición de lucro: No se puede cobrar por remolcar otra embarcación sin la titulación y habilitación profesional adecuada.
      • Seguridad en la maniobra: Es importante evaluar la potencia de la embarcación, el estado del mar y contar con cabos adecuados para evitar riesgos.

      Hay un puntito en la primera consideración legal "en caso de emergencia y necesidad"


      Vuelvo a preguntar de donde sale la consideración legal aludida....

      Y la respuesta es:

      La consideración legal de que se permite el remolque ocasional entre embarcaciones de recreo en caso de emergencia o necesidad en España proviene de varias normativas y principios del derecho marítimo.
      1. Código de Comercio Marítimo Español

      El Artículo 262 del Código de Comercio de España establece la obligación de auxilio en el mar:
      "El capitán de todo buque español está obligado a prestar auxilio a quien se encuentre en peligro de perderse en la mar, siempre que pueda hacerlo sin peligro grave para su buque y sus tripulantes."
      Esto implica que si una embarcación de recreo necesita asistencia, cualquier otra embarcación que pueda ayudar sin ponerse en peligro debe hacerlo.
      2. Convenio Internacional sobre Salvamento Marítimo (Londres, 1989)

      España es parte de este convenio, que establece que el salvamento de embarcaciones en peligro es un deber, pero también regula cuándo un remolque puede considerarse un "salvamento" (que podría implicar compensación económica) o simplemente un acto de auxilio desinteresado.
      3. Real Decreto 875/2014 (Normativa de Titulaciones Náuticas de Recreo)

      No menciona directamente el remolque, pero establece los límites de atribuciones de cada titulación. Al no prohibir explícitamente el remolque entre embarcaciones de recreo, se interpreta que puede realizarse siempre que sea una acción de ayuda y no una actividad comercial.
      4. Ley de Navegación Marítima (Ley 14/2014)

      • Artículo 361: Refuerza la obligación de auxilio en el mar, en línea con el Código de Comercio.
      • Artículo 362: Distingue entre remolque en caso de necesidad y remolque con fines comerciales, que este último requiere titulación profesional y autorización.

      Conclusión

      Si una embarcación de recreo remolca a otra en situaciones de emergencia o necesidad, está actuando dentro del marco legal y de las obligaciones internacionales de auxilio marítimo. Sin embargo, si el remolque se realiza con ánimo de lucro o de forma reiterada, se considera actividad profesional y requiere titulación específica.


      Como veis, el caso de un remolque sin ánimo de lucro y de forma puntual, no está considerado.



      En fin, que me quedo igual....

      Comentario


      • #78
        Re: Remolque entre embarcaciones de recreo

        Buena Recopilación!

        Y muy buenos aportes por parte de los letrados aunque los susodichos no sean definitorios al respecto.

        En cualquier caso cualquiera que entienda un poco de leyes o de cómo funcionan las cosas.. sabe que incluso aunque hay un artículo concreto y bien definido, a la postre no todos los jueces sentencian de la misma manera casos parecidos por no decir prácticamente calcados.

        Simplemente es así depende quién tiene la última palabra ó en su caso la capacidad de decidir. Trátese de el agente que sanciona o lo deja pasar, Capitanía que es a quien le llegan las mismas o en último caso el Juez.


        Asín es.. de seguro nos gustaría que fuera de otra manera pero la principal esencia de la vida es que no hay nada seguro aunque a menudo nos creamos inmortales. ( Ó Intocables..Intachables...etc.)

        En cualquier caso me da la sensación de que ya te vas haciendo una idea de lo que la mayoría pensamos al respecto. Incluso diría que tú mismo ya te has inclinado por alguna elección.

        Volviendo al tema concreto de remolcar, en caso de hacerlo.. valoraría también la posibilidad de realizarlo apoyando directamente la proa de la neumática en el espejo del velero Motriz. ( No sé.. a lo peor es perder el remedio que la enfermedad pero en caso de que haya Chopi o viento cruzado... No más por elucubrar, ya diréis)

        Comentario


        • #79
          Re: Remolque entre embarcaciones de recreo

          Gracias por tu comentario


          La pregunta original era:

          ¿Qué ley/normativa etc. sanciona un remolque de recreo entre particulares, puntual y sin fines de lucro?

          Las consideraciones de seguridad están aparte, el alcance del seguro también, el método también...

          Son cuestiones que abordaré y sopesaré según mi propio criterio, pero que estaban fuera del alcance de la pregunta original. Aun así, es genial que se aporten ideas, dudas, etc. y que todos aprendamos algo nuevo.


          Muchas gracias a todos

          Comentario


          • #80
            Re: Remolque entre embarcaciones de recreo

            Faviov, en el post 70 del hilo está puesta la normativa en la que se indica en qué condiciones y con qué titulación se puede hacer un remolque entre embarcaciones de recreo.
            Creo que está bastante claro que si no se cumplen esas condiciones no se puede hacer.
            Saludos

            Comentario


            • #81
              Re: Remolque entre embarcaciones de recreo

              Muchas gracias papaventos


              Pero sigue sin aplicarse a este supuesto en particular

              Las anejas para las titulaciones de recreo PER, PY y CY tienen fines de habilitación comercial con muchas limitaciones.
              Están pensadas para realizar actividades comerciales en puertos y fondeaderos, por eso el límite de 5 millas.
              Es decir, llevar el cocktail boat, alguna moto de agua, embarcar/desembarcar gente (solo PY y CY y máximo 6 personas por vez), llevar la compra a los barcos fondeados, etc.

              Es una concesión que le han hecho al mercado laboral pera cubrir huecos que personal de la mercante no cubre, ni tampoco interesa a los PPER (que buscamos traslados de muchas millas, o charters de varios días... etc. )

              Insisto que no hablamos de una actividad comercial, siendo que no es onerosa ni es recurrente.

              Aunque nada quita que el funcionario de turno lo interprete como le salga de los ... y tu tengas que defenderte o irte a un contencioso... la mejor estafa a los ciudadanos (si buscas justicia contra Goliat, que te salga cara....)



              Un saludo y nuevamente gracias

              Comentario


              • #82
                Re: Remolque entre embarcaciones de recreo

                Respuesta de DeepSeek, en la misma línea


                copiar enlace

                Comentario


                • #83
                  Re: Remolque entre embarcaciones de recreo

                  Yo no me complicaria tanto, alquilaria un remolque, el Ramon Llull de Balearia sale de Formentera a Denia, comodo y seguro.

                  Comentario


                  • #84
                    Re: Remolque entre embarcaciones de recreo

                    Faviov, yo creo que el post 70 está muy claro.

                    También queda claro, como perfectamente apuntas más tarde, que en caso de emergencia o necesidad cualquiera puede dar remolque, mientras no se ponga en peligro.

                    Si no hay emergencia o necesidad, tenemos que ceñirnos a las limitaciones del post 70.

                    Otra cosa es que esto no nos termine de convencer, pero la legislación es clara, y las interpretaciones en este caso muy acotadas, creo yo.

                    Newton

                    El movimiento se demuestra andando.

                    Comentario


                    • #85
                      Re: Remolque entre embarcaciones de recreo

                      No sé si sois conscientes de que la mal llamada "inteligencia artificial" en realidad lo unico que hace es recoger información y a base de estadística mostrarnos las respuestas más habituales a cada pregunta....

                      lo cual quiere decir que si la mayoría de la gente está equivocada cuando opina sobre un tema, la respuesta de chatgtp o de deepseek también es equivocada...

                      Es que por más que se empeñen en vendernos la "inteligencia artificial" como algo que ya existe, en realidad en el estado que está esto hoy en dia es una primera aproximación muy lejana que ni de coña debería llamarse "inteligencia".

                      la unica inteligencia que hay en este planeta es la natural y además como vemos, está muy limitada.

                      Yo desde luego, incluso aunque a veces no esté de acuerdo con los cofrades, prefiero una respuesta que me cite Reales Decretos o el BOE que esas respuestas de esa supuesta IA de las que no te puedes fiar para nada.

                      Comentario

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