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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

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Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

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Embarcaciones a remo y RIPA

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  • Seguridad Embarcaciones a remo y RIPA

    El otro día me ocurrió una anécdota curiosa. Navegando a vela, en un día bastante tranquilo aunque cubierto y feote, veo acercarse dos kayaks biplazas. No parecían muy expertos, porque iban dando bandazos y se estaban acercando de espaldas. Por si acaso, varié el rumbo para alejarme del suyo y al final me pasaron por popa a suficiente distancia. Pero parece que estaban algo nerviosos y se estaban comentando el uno al otro en plan pasivo-agresivo "Cuidado con este, que no mira" (en la mar si el día está tranquilo, se oye todo).
    El caso es que me surgió la duda de si de acuerdo con el RIPA, las embarcaciones A REMO (por aquí hay bastantes kayaks y traineras) deben maniobrar a una embarcación a vela. No he encontrado ninguna referencia al respecto, ya que todas las reglas se refieren a motor vs. vela. ¿Alguien lo sabe?
    incerti quo fata ferant, ubi sistere detur
    ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos.

  • #2
    Re: Embarcaciones a remo y RIPA

    En este país hay tanto título,tanto estudio ,etc... Que ni siquiera sirve para que la gente aprenda..y no va por tí,va en general

    Y a tu pregunta,el RIPA no dice NADA de embarcaciones a MOTOR, habla de propulsión mecánica,que obviamente incluye embarcaciones a remo.

    Comentario


    • #3
      Re: Embarcaciones a remo y RIPA

      Lo voy a buscar, yo practico mucho el kayak de mar y lo hemos hablado muchas veces; la prioridad "casi siempre" es de las embarcaciones de remo.
      Pero......no nos tengas miedo que no hay ningún interés en entrar en conflicto y ya procuramos molestar lo menos posible y normalmente algunos llevamos vhf que no dudamos en usar si hay alguna posibilidad de conflicto o rumbos de colisión (En tu bahía hay gente muy competente con el kayk de mar)......otra cosa son alquileres de kayak y esas cosas

      PD, creo que el RIPA hay un párrafo que lo define.....voy a buscarlo y lo pongo aquí mismo.

      Dejo un resumen "buscado con IA. y que no tiene caracter oficial pero aclara algunos conceptos........(buscaré en el RIPA porque creo haberlo leído e incluso con las luces en botes a remo)
      Como aclaración decir que en España, se regula el uso de los kayak "artefactos flotantes" por cada capitanía; en otros paises como Francia está bastante más regulada (para bien y para mal).
      ¡Perfecto! En España, el Reglamento Internacional para Prevenir los Abordajes en el Mar (COLREG) está plenamente incorporado en la legislación nacional a través de varias normas marítimas. Aquí te dejo los documentos clave donde se especifica la prioridad de los botes a remo:

      Busqueda en IA:
      �� Legislación aplicable en España
      COLREG (Regla 18): Establece que los buques a motor deben mantenerse apartados de embarcaciones sin propulsión mecánica, como los botes a remo.

      Real Decreto Legislativo 2/2011: Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. Reconoce la aplicación de convenios internacionales como el COLREG en aguas españolas.

      Ley 14/2014 de Navegación Marítima: Refuerza el marco legal para la seguridad y orden en la navegación, incluyendo la prioridad de embarcaciones con menor capacidad de maniobra.

      Normativa marítima del Ministerio de Transportes: Puedes consultar el marco completo en la web oficial del Ministerio de Transportes, donde se incluyen los convenios internacionales aplicables en España.

      Mas:
      Vista creada con IA
      El Reglamento Internacional para Prevenir los Abordajes (RIPA) no establece una prioridad general para las embarcaciones a remo sobre otras embarcaciones. Sin embargo, la RIPA sí indica que las embarcaciones con maniobrabilidad restringida, como las que reman, deben ser tenidas en cuenta por otras embarcaciones y se les debe facilitar el paso.
      En situaciones de cruce, la regla general es que la embarcación que ve a otra por su banda de estribor debe ceder el paso. Además, la embarcación que adelanta a otra debe mantenerse apartada de la trayectoria de la embarcación que está siendo adelantada.

      En el caso específico de embarcaciones a vela y a remo, la regla general es que la embarcación a vela tiene preferencia si solo está navegando con el viento. Sin embargo, si una embarcación a remo está realizando maniobras o tiene alguna dificultad para maniobrar, otras embarcaciones deben tener en cuenta su situación y facilitarle el paso.

      En resumen, aunque las embarcaciones a remo no tienen una prioridad absoluta, deben ser consideradas por otras embarcaciones como embarcaciones con maniobrabilidad restringida y se les debe facilitar el paso cuando sea necesario para evitar abordajes.
      Editado por última vez por esscapar; 21/07/2025, 19:06:47.

      Comentario


      • #4
        Re: Embarcaciones a remo y RIPA



        BOE del RIPA, no sale ni la palabra motor, ni la palabra remo

        Comentario


        • #5
          Re: Embarcaciones a remo y RIPA

          Originalmente publicado por esscapar Ver Mensaje
          Lo ... la prioridad siempre es de las embarcaciones de remo.

          ....
          Es falso.

          Comentario


          • #6
            Re: Embarcaciones a remo y RIPA

            Y los barcos de remo son de propulsión mecánica, igual que 1 bicicleta es de propulsión mecánica, aunque no lleve motor de combustión o eléctrico.

            Comentario


            • #7
              Re: Embarcaciones a remo y RIPA

              Originalmente publicado por jiauka Ver Mensaje
              Es falso.
              Si, jopé, ya lo he modificado......es que eres un rapidillo


              Pd. BOE "TEXTO CONSOLIDADO"
              Última modificación: 13 de enero de 2017

              Es posible y no es por querer tener razón, que en algún RIPA antiguo o alguna traducción, antes se citara los botes a remo; joé es que me he hecho muy mayor (llevo paleando en kayak muchos años y este debate también ha sido recurrente en los foros específicos)
              Editado por última vez por esscapar; 21/07/2025, 19:15:05.

              Comentario


              • #8
                Re: Embarcaciones a remo y RIPA

                Originalmente publicado por esscapar Ver Mensaje
                ...la prioridad "casi siempre" es de las embarcaciones de remo.
                ....
                Falso,mira el RIPA, sobre todo artículo 18 y dime cuando tienen prioridad.. ni van a vela, ni son pesqueros, ni tienen restricciones por calado, ni mucho menos maniobra restringida,giran en "1 palmo" de agua.

                Y 1 velero , a vela, tiene SIEMPRE prioridad sobre 1 barco a remos que no esté pescando -con el doble cono ouesto-, o fondeado -con la bola de fondeo- cosas que jamás he visto en 1 kayak
                Editado por última vez por jiauka; 21/07/2025, 19:20:53.

                Comentario


                • #9
                  Re: Embarcaciones a remo y RIPA

                  Originalmente publicado por jiauka Ver Mensaje
                  Falso,mira el RIPA, sobre todo artículo 18 y dime cuando tienen prioridad.. ni van a vela, ni son pesqueros, ni tienen restricciones por calado, ni mucho menos maniobra restringida,giran en "1 palmo" de agua.
                  Lee arriba que lo he ampliado y créeme que lo voy a buscar a pesar que ya me ha quedado claro que actualmente no hay nada en el RIPA.
                  Y repito que en España no somos embarcación, ni buque, somos "artefactos flotantes" como un flotador o una colchoneta

                  Esto ya de coña: los kayakistas no remamos, nosotros paleamos (con la pala no con el remo)

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Embarcaciones a remo y RIPA

                    A efectos de matrícula,etc... son "artefactos flotantes", pero a efectos del RIPA, son "buques" y se rigen por el RIPA.

                    Y es más, si me encuentro 1 kayak sin pabellón, y voy a vela no puedo saber de qué pais es, y me tengo que regir por el RIPA.

                    Imagínate 1 francés que navega por aguas españolas y se encuentra 1 kayak, va a cumplir el RIPA, no tiene ni idea de leyes españolas, y como convenio internacional, el RIPA está por encima de cualquier ley española.

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Embarcaciones a remo y RIPA

                      Obviamente, luego está el buen hacer marinero, la cortesía con otros, etc...

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Embarcaciones a remo y RIPA

                        Originalmente publicado por esscapar Ver Mensaje
                        --
                        Pero......no nos tengas miedo que no hay ningún interés en entrar en conflicto y ya procuramos molestar lo menos posible y normalmente algunos llevamos vhf que no dudamos en usar si hay alguna posibilidad de conflicto o rumbos de colisión (En tu bahía hay gente muy competente con el kayk de mar)......otra cosa son alquileres de kayak y esas cosas
                        ---
                        No, si generalmente no hay ningún problema. Pero efectivamente en verano hay un tráfico intenso de todo tipo de artefactos flotantes y está bien que cada uno sepa qué hacer para no 'acariciarse'. En general casi todos los kayakistas son bastante 'pro', pero efectivamente de vez en cuando hay alguno que no va muy suelto. Luego están las traineras, que van a bastante velocidad y no son muy maniobrables. Hay ocasiones en que tienes una motora de frente, otro velero a una banda, un 'tren' de motos de agua por la otra, y un kayak por ahí cerca, así que se dan situaciones comprometidas.

                        Que el mar es para todos y no se trata de que unos sean mejores que otros, solo de practicar la afición con seguridad.
                        incerti quo fata ferant, ubi sistere detur
                        ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos.

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Embarcaciones a remo y RIPA

                          "Regla 3. Definiciones generales.
                          A los efectos de este Reglamento, excepto cuando se indique lo contrario:

                          b) La expresión «buque de propulsión mecánica» significa todo buque movido por una máquina."

                          Si es de remo no es máquina.

                          "Regla 25. Buques de vela en navegación y embarcaciones de remo."

                          En cuanto a luces y marcas señales equipara las embarcaciones a remo a las de vela.

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Embarcaciones a remo y RIPA

                            Siento no tenerlo tan claro.
                            En la regla 3 b) indica que "La expresión 'buque de propulsión mecánica' significa todo buque movido por una máquina.
                            Y el RIPA sí que habla de embarcaciones de remo en la Regla 25 - Buques de vela en navegación y embarcaciones de remo, aunque solo para las luces.
                            (Por cierto, como habla de "embarcaciones" de remo, ¿estarían excluidas las galeras de más de 24 metros?)

                            Enviado desde mi 23049PCD8G mediante Tapatalk

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                            • #15
                              Re: Embarcaciones a remo y RIPA

                              Originalmente publicado por fende_testas Ver Mensaje
                              "Regla 3. Definiciones generales.

                              A los efectos de este Reglamento, excepto cuando se indique lo contrario:



                              b) La expresión «buque de propulsión mecánica» significa todo buque movido por una máquina."



                              Si es de remo no es máquina.



                              "Regla 25. Buques de vela en navegación y embarcaciones de remo."



                              En cuanto a luces y marcas señales equipara las embarcaciones a remo a las de vela.
                              Vaya. No había visto tu mensaje al poner el mío.


                              Enviado desde mi 23049PCD8G mediante Tapatalk

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