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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Nuevas Atribuciones Capitanes De Yate

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  • #76
    Re: capitanes de yate...¿patron para charter? esto es nuevo

    Originalmente publicado por Auskalo Ver Mensaje
    ...
    En esto ultimo tampoco estoy de acuerdo, las nautico-pesqueras llevan unos años llenas de gente que quieren solo dedicarse al charter (nada de ir a la pesca o a la mercante). Y esta gente ha tenido incluso problemas para encontrar empleo porque se daban trabajos a titulados recreativos bajo mano.
    ...
    La verdad, siempre había pensado que los que se dedicaban a estudiar unos años era para optar a algo un poco mejor, o al menos más estable. De todos modos puede ser una opción más para los estudiantes de un título profesional para poder trabajar mientras completan los estudios, por que evidentemente les llevará mucho menos tiempo sacarse el "CY plus"

    Originalmente publicado por Auskalo Ver Mensaje
    ...
    Supongo que ahora con la nueva regulación, las compañias de charter que tanto clamaban por la "habilitación" para poder "ejercer legalmente" y ansiaban salir de la "alegalidad", pagarán los salarios y las cotizaciones a la seguridad social de sus patrones, y no seguirán como hasta ahora pagando en negro.
    ...
    Esto tiene que ser como dices sin ningún tipo de duda! Digamos que hasta ahora se sobreentiende que se hace un poco de vista gorda, pero si existe una posibilidad de legalizar a estos patrones al que se quiera pasar de listo por ahorrarse unos eurillos leñazo al canto como en cualquier otra actividad comercial.

    Comentario


    • #77
      Re: Nuevas Atribuciones Capitanes De Yate

      Perdonarme, ehhh de buen rollito que sé como se acaba estas discusiones, pero para llevar a 8 o 10 personas en un velero de 40 o 45 pies de Barcelona a las calas de Mallorca no veo que se necesario tener que ser patrón de cabotaje y tener que estudiar la tira de años. Para llevar un pesquero o un mercante ya son palabras mayores. Para dar clases de PER, por ejemplo, entiendo que lo realmente importante son las horas de vuelo, evidentemente un mínimo de CY se impone, simplemente con demostrar tu valía creo que ya está bien, es decir; examen al canto.
      En resumen, opino que para llevar 8 personas de calitas no es necesario 5 años de estudios, antes 5 años de regatas/nevegación, que 5 años tras un pupitre.

      Comentario


      • #78
        Re: Nuevas Atribuciones Capitanes De Yate


        Por ir a lo concreto, copio la nota de prensa de ANEM, en donde ya nos adelanta los requisitos necesarios y algunas atribuciones para ser patron profesional.

        ANEN logra la aprobación de la nueva normativa que regula el Certificado de Patrón Profesional de Embarcación de Recreo
        Por primera vez se ha conseguido que un título deportivo habilite para desempeñar actividades profesionales a bordo de embarcaciones de recreo
        Madrid, 15 de junio de 2009.-
        Tras las intensas negociaciones mantenidas por la Asociación Nacional de Empresas Náuticas (ANEN) con la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM), el pasado viernes día 12 de junio fue aprobado en el Consejo de Ministros
        –a propuesta del Ministerio de Fomento-
        el Real Decreto que regula la nueva normativa en materia de titulaciones profesionales de la marina mercante y, con ella, la tan esperada regulación del Certificado de Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo.
        La nueva normativa que entrará en vigor el próximo mes de julio, una vez sea publicada en el BOE, supone el cumplimiento de uno de los objetivos más importantes perseguidos por ANEN desde su fundación: la posibilidad de que un título deportivo habilite para desempeñar actividades profesionales a bordo de embarcaciones de recreo como puedan ser el charter, traslado de embarcaciones o instructor de prácticas en las escuelas náuticas, entre otras.
        Sin duda, se trata de una excelente noticia para el sector y su puesta en marcha permitirá satisfacer parcialmente la demanda de profesionales en la náutica de recreo. No obstante, queda por llegar la extensión de la regulación de este Certificado Profesional de Embarcación de Recreo a los Patrones de Yate (con las limitaciones correspondientes), así como la flexibilización de los requisitos para su obtención, tal y como solicitó ANEN en los trámites de audiencia.
        Asimismo, también el próximo mes de julio verá la luz la consecución de otra de las reivindicaciones históricas del sector que ANEN viene defendiendo insistentemente ante la Administración.
        Se trata de la normativa que regulará el Permiso Temporal de Navegación, conocido también como Matrícula Verde, que permitirá los movimientos de embarcaciones de recreo por mar, durante un periodo de seis meses y sin necesidad de que previamente estén matriculadas, tanto para su traslado de un punto a otro como para la realización de exhibiciones comerciales.
        Requisitos para obtener el Certificado de Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo
        Según la regulación propuesta, para poder obtener el Certificado Profesional de Embarcación de Recreo, el interesado habrá de estar en posesión del título de Capitán de Yate, con una experiencia determinada (que podrá acreditar a través de declaración jurada del interesado, acompañada de la documentación justificativa de las navegaciones llevadas a cabo, nombre del barco, travesía realizada, etc.) haber cumplido veinte años de edad y superar los siguientes cursos:
        1. • Poseer el Certificado oficial de Operador General o Restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimo, el de formación básica y el básico de pasaje o buque RORO de pasaje y buques de pasaje distintos de buques RORO.
        2. • Superar el reconocimiento médico previo al embarque realizado por el Instituto Social de la Marina.
        3. • Superar una prueba de reconocimiento
        1
        Atribuciones del Certificado de Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo
        Quienes dispongan del certificado de especialidad de Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo, tendrán atribuidas las siguientes competencias:
        1. �� Gobierno de embarcaciones matriculadas en la lista sexta o séptima, siempre y cuando no lleven más de doce personas (incluida la tripulación) pasajeros o personas ajenas a la tripulación.
        2. �� Actuar de instructor en las prácticas básicas de seguridad y de navegación para la obtención de las titulaciones de Patrón para Navegación Básica y Patrón de Embarcaciones de Recreo.

        Para más información:
        Carmen Herrero, cherrero@continuum.es
        Mar Lucena, mlucena@continuum.es
        CONTINUUM, Oficina de prensa de ANEN
        Tfno.: 91 548 23 60
        2
        www.cortaynavega.com

        Comentario


        • #79
          Re: Nuevas Atribuciones Capitanes De Yate

          Que buena noticia....
          Ahora solo queda saber como sacarse el certificado, alguien puede arrojar luz sobre este particular....

          Salut y enhorabuena a los de ANEN

          Una ronda para celebrarlo
          .... De pronto un día sentirás que el viento pasa por dentro de tu cuerpo antes de que llegue a la vela y, cuando percibas esa sensación, ya no habrá nadie que pueda enseñarte nada. Entonces dependerá todo de tu inspiración...

          Manuel Vicent
          (Son de Mar)

          Comentario


          • #80
            Re: Nuevas Atribuciones Capitanes De Yate

            Ok todo lo qu falta es la publicacion y luego hacerl los cursos porcierto alguien me puede indicar que es el ultimo requisito?
            Quien no tenga que hacer ,arme navio o tome mujer
            EB2288

            Comentario


            • #81
              Re: Nuevas Atribuciones Capitanes De Yate

              • Superar el reconocimiento médico previo al embarque realizado por el Instituto Social de la Marina.
              • Superar una prueba de reconocimiento


              Es que el reconocimiento médico que nos hicieron previo a la obtención del titulo ya no sirve

              Más reconocimientos..... más dinero..... después a quejarnos que es la administración la que cobra por todo.

              .. ¿es que van a examinar previamente a cada uno de los embarques que se realicen? En verano si hacen 10 embarques uno por semana, se tendrán que reconocer previamente a cada uno de esos embarques.

              Exigirán unas pruebas físicas como para entrar en el cuerpo de marines....... y de esa manera descartar a los mayores de........

              La verdad que desconfío totalmente de ese R.D. , como alguien a dicho

              Si la limosna es muy grande, hasta el Santo desconfía. Me pasa lo mismo, costará más o tal vez será "inalcanzable", pero de esa forma todos contentos porque los PY pueden ser "profesionales",
              Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante)
              EA 3 CBT

              Comentario


              • #82
                Re: Nuevas Atribuciones Capitanes De Yate

                A mi me parece una buena solución, quizás por que vivo de ello, de todas maneras yo creo que el tema evidentemente es económico pero no de cara a ingresar mas dinero a cuenta de tasas, certificados, revisiones, cursos.... si no de empezar a sacar a la luz la gran cantidad de dinero negro que se mueve por estos motivos, que por lo tanto empezará a entras en concepto de IRPF, IVA, SS ...
                En cualquier caso y por complicado y burocratico que sea, creo que siempre es bueno "legalizar" situaciones generalizadas ilegales o que se mueven en la alegalidad.
                Yo pienso sacarmelo y hacer transportes y charter mas tranquilo.

                Salut!

                Comentario


                • #83
                  Re: Nuevas Atribuciones Capitanes De Yate



                  cuanto mas legalizado mas controlado
                  mas controlado mas caro
                  mas caro menos axecible


                  cada dia me ponen el mar mas lejos











                  Comentario


                  • #84
                    Re: CY profesional. Aprobado el RD

                    Hola:

                    ¿Cómo que tres millas?

                    Por todo el globo

                    Un saludo

                    Comentario


                    • #85
                      Re: Nuevas Atribuciones Capitanes De Yate

                      Interesante

                      ¿Alguien puede detallar un poco más en qué consisten los cerficiados que se mencionan?

                      - Certificado oficial de Operador General o Restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimo,
                      - Formación básica
                      - Básico de pasaje o buque RORO de pasaje y buques de pasaje distintos de buques RORO

                      Avante

                      Comentario


                      • #86
                        Re: Nuevas Atribuciones Capitanes De Yate


                        Toda la información respecto a los certificados de especialidad la tienes en la Orden Ministerial:

                        ORDEN FOM/2296/2002, de 4 de septiembre, por la que se regulan los certificados de especialidad acreditativos de la competencia profesional

                        www.cortaynavega.com

                        Comentario


                        • #87
                          Re: Nuevas Atribuciones Capitanes De Yate

                          Muchas gracias Spicus

                          Avante

                          Comentario


                          • #88
                            Re: Nuevas Atribuciones Capitanes De Yate

                            Saludos cofrades, a final a llegado lo que muchos esperabamos, aunque logicamente no en el marco de condiciones que algunos quisieramos.

                            Lo cierto es que ya hay una base sobre la que trabajar y como alguno apunta como "pipe" esto hará que ciertos servicios se encarezcan, quiero pensar, al menos por libertad de trabajo así lo haria yo, habra que darse de alta y siempre que no se emplee uno en una empresa en el regimen de trabajadores autónomos, con el pago de:

                            -Seguridad social Reg. Auton.
                            -Modulos trimestrales.
                            -Gastos de asesoria mensual.
                            -Seguro RC.
                            -Poliza seguro accidentes personal.
                            -Plan de pensiones (La cotización de la Seg. social minima es de risa, y ya
                            cuesta un huev.)
                            -Gastos de esplotación.
                            -Pagos camara de comercio.
                            -Prevención de riesgos laborales.
                            -Mutua y seguimiento de la salud.
                            -Certificados al dia. (cuestan un paston)

                            Estoy seguro que se me esta olvidando más.

                            Celebro que esto se regule y que fiscalmente se pague por esta actividad profesional, pero aquí va a ver mas que en las peliculas de la epoca.

                            Particularmente, trataré de ponerme al dia.

                            De cualquier manera, celebro la noticia, ya hay una base sobre la que trabajar.

                            Una ronda para todos/as
                            Apuntaté a la
                            ASOCIACION DE NAVEGANTES DE RECREO
                            Socio Fundador nº65
                            (ANAVRE)


                            EA1EBK

                            Comentario


                            • #89
                              Re: Nuevas Atribuciones Capitanes De Yate



                              Bienvenida sea la vía del título departivo al profesional , pero....

                              He estado "investgando el tema" y si vas por la vía privada (pagando) el básico de seguridad cuesta unos 1.450 €, el restringido de comunicaciones puede estar en los 2.000 y pico, el básico de pasaje en unos 290 €, pero lo que más complicado me parece es conseguir demostrar los 730 días (2 años) de navegación en los últimos 5 , si no te dedicas íntegramente a navegar profesionalmente cada día que tienes oportunidad.

                              Por mi parte navego en crucero desde el año 1994 y sumando todos los días navegados (ragatas y charters varios al año) no llego a los 650 días... ,-((

                              Así que creo que serán muy pocos los capitanes de yate actuales que finalmente puedan acceder al certificado de especialidad "Patrón Profesional de Recreo"..., aunque sí es posible que muchos que se hubieran planteado el "camino profesional clásico", ahora prefieran ir por esta vía.
                              Iñaki

                              Comentario


                              • #90
                                Re: Nuevas Atribuciones Capitanes De Yate

                                En la Facultad de Nautica de Barcelona, el operador restirigido cuesta 600 €., y el de general cuesta 1400.
                                Un saludo

                                Comentario

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