VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

Anuncio

Colapsar

NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
Ver más
Ver menos

PY habilitado vela

Colapsar
X
 
  • Filtrar
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes

  • PY habilitado vela

    Mi duda es la siguiente:
    Yo soy PY Habilitado vela y por lo tanto puedo llevar tanto un velero como uno de motor, y mi cuñado no está habilitado vela. ¿puede el llevar un velero solo a motor?
    sigpic

  • #2
    Re: PY habilitado vela

    Hombre, yo creo que sí.Un barco de vela que navege a motor es un barco de motor.

    Un saludo.
    Al otro lado de la raya del mar.

    Comentario


    • #3
      Re: PY habilitado vela

      Por haber sido habilitado a vela tienes mayor rango que tu cuñao sin duda
      Así que , na más le dejes el barco si va con la motoreta
      sigpic Dios pintó de azul el mar para que nos sintieramos bien en él. (Moitessier).

      Comentario


      • #4
        Re: PY habilitado vela

        Es mas, si navegas a vela con el motor en marcha y un poco de avante metido, eres un barco a motor, lo unico es que debes llevar el cono invertido negro.
        Dicho por un capitan, (que no soy yo)

        Comentario


        • #5
          Re: PY habilitado vela

          No. Un velero es un velero, vaya a motor a vela, a remo o al pairo.
          Imagina un camion de 10 tn descargado. ¿Podrias llevarlo con un permiso de conducir para vehiculos de menos de 3.500 kg ? Claramente NO, aunque su peso en aquel momento no supere los 3500 kg.
          Pues lo mismo con el velero, vaya a vela, motor o esté al pairo.
          No obstante puede "patronear" un velero si alguien con titulación de vela va a bordo, no es necesario que sea él el que tenga el título.

          Birras pa la caló

          Comentario


          • #6
            Re: PY habilitado vela

            Originalmente publicado por Itaca2 Ver Mensaje
            No. Un velero es un velero, vaya a motor a vela, a remo o al pairo.
            Imagina un camion de 10 tn descargado. ¿Podrias llevarlo con un permiso de conducir para vehiculos de menos de 3.500 kg ? Claramente NO, aunque su peso en aquel momento no supere los 3500 kg.
            Pues lo mismo con el velero, vaya a vela, motor o esté al pairo.
            No obstante puede "patronear" un velero si alguien con titulación de vela va a bordo, no es necesario que sea él el que tenga el título.

            Birras pa la caló
            Lo siento amigo pero no estoy deacuerdo.
            Boe que regula las titulaciones:


            Dice:
            5. Embarcación a motor: Aquella embarcación en la que uno o varios motores constituyen el modo principal de propulsión.
            6. Embarcación a vela: Aquella embarcación en la que el aparejo de vela constituye su forma principal de propulsión

            y tambien:

            Artículo 9.
            Embarcaciones a vela.
            Para el gobierno de embarcaciones a vela será necesario, además de las prácticas básicas de seguridad y navegación establecidas para cada título, la realización de prácticas,


            Habla del gobierno de embarcaciones a vela, no de vela ni veleros por lo tanto un velero sin velas no es una embarcacion a vela por que no se puede gobernar a velas.

            En el caso de un velero con velas izadas y el motor a minima yo diria que el modo principal de propulsion es la vela y por tanto estamos gobernando a vela.

            Lo que esta claro que la multa va a depender de lo cabezota que sea el GC.

            Se aceptan opiniones.

            Comentario


            • #7
              Re: PY habilitado vela

              Estimados Cofrades, saludos y

              Si el aparejo está cargado y el barco va navegando a motor, no necesita habilitación a vela. Es un barco de motor.

              Si va navegando a motor y vela, para el RIPA es un barco de motor, pero el que esté patroneándolo, ha de estar habilitado para navegar a vela.

              La habilitación a vela acredita que la persona que posee dicha habilitación sabe como manejar un aparejo vélico. Si el barco no utiliza su aparejo vélico para desplazarse, la persona que lo tripula no tiene por qué estar habilitada.

              Dicho todo lo anterior sin ánimo de sentar cátedra, y a falta de opinión más facultada que la mía.

              Otro saludo y más
              Si ves rodar al patrón por la escala, NO le eches una mano. Él es patrón y sabe por qué se cae.

              Si tengo que ser parte del rebaño, me pido ser el perro.

              Comentario


              • #8
                Re: PY habilitado vela

                Originalmente publicado por Zirano Ver Mensaje
                Lo siento amigo pero no estoy deacuerdo.
                Boe que regula las titulaciones:


                Dice:
                5. Embarcación a motor: Aquella embarcación en la que uno o varios motores constituyen el modo principal de propulsión.
                6. Embarcación a vela: Aquella embarcación en la que el aparejo de vela constituye su forma principal de propulsión


                y tambien:


                Artículo 9.
                Embarcaciones a vela.
                Para el gobierno de embarcaciones a vela será necesario, además de las prácticas básicas de seguridad y navegación establecidas para cada título, la realización de prácticas,

                Habla del gobierno de embarcaciones a vela, no de vela ni veleros por lo tanto un velero sin velas no es una embarcacion a vela por que no se puede gobernar a velas.

                En el caso de un velero con velas izadas y el motor a minima yo diria que el modo principal de propulsion es la vela y por tanto estamos gobernando a vela.

                Lo que esta claro que la multa va a depender de lo cabezota que sea el GC.

                Se aceptan opiniones.



                Acepto "pulpo" como animal de compañia, pero como tu mismo dices, eso habra que explicarselo, llegado el caso, a la GC , a ver que opina.

                Comentario


                • #9
                  Re: PY habilitado vela

                  rebuznado un poco en el tema, estoy enseñando a mi hijo a maniobrar con el barco, por la edad que tiene no tiene ni dni, me pueden multar por no llevar yo fisicamente la caña? el otro dia pasamos dentro de puerto por delante de la G.C. y uno me "miro" raro.
                  ¿el patron tiene que llevar la caña en todo momento?
                  saludos
                  MMSI 224647240

                  Comentario


                  • #10
                    Re: PY habilitado vela

                    Originalmente publicado por Valento Ver Mensaje
                    rebuznado un poco en el tema, estoy enseñando a mi hijo a maniobrar con el barco, por la edad que tiene no tiene ni dni, me pueden multar por no llevar yo fisicamente la caña? el otro dia pasamos dentro de puerto por delante de la G.C. y uno me "miro" raro.
                    ¿el patron tiene que llevar la caña en todo momento?
                    saludos
                    ..enassss,

                    cafelito, que me he caído de la cama y todavía estoy "grogy"...

                    "in mai opinion" no...

                    el Patrón "patronea", no "tripula". El timonel "tripula". Patronear consiste en que (en pocas palabras) "todo vaya bien". Dentro de las atribuciones (el ejercicio de patronear) está el de establecer turnos y asignar tareas, por lo que si asignó a alguien a hacer de timonel, tiene derecho a hacerlo. Esto no es como conducir un coche, que requiere que el que esté al volante tenga carnet de conducir.

                    Si los verdes le ponen una multa, pues a recurrir por un lado. Por otro ir a la delegación del gobierno local y poner una protesta por falta de competencia de un funcionario al que pagas tú con tus impuestos (que protestamos muy poco en este país, coñe...)

                    (jo, cómo me he levantado hoy. Creo que me acuesto otra vez )

                    "Otrosí": un velero a motor se convierte en "buque a motor", ya que adquiere la maniobrabilidad de buque a motor. Y así tendrá que actuar ante las Colregs...

                    Saludos
                    rookie
                    EC2ALV

                    "matar a un hombre no es protejer una idea (doctrina), si no matar a un hombre"
                    Sebastian Castellio, Contra Libellum


                    "The [U.S.] Constitution is a limitation on the government, not on private individuals... it does not prescribe the conduct of private individuals, only the conduct of the government... it is not a charter for government power, but a charter of the citizen's protection against the government". Author and philosopher Ayn Rand (1905-1982)

                    Comentario


                    • #11
                      Re: PY habilitado vela

                      Eso es lo malo de que las normas no sean claras y tajantes, que se presta a interpretaciones...

                      Mi opinión: un velero que lleve el motor arrancado y con la marcha engranada (propulsión a motor), debe considerarse una embarcación a motor, y por tanto, ser tratada como tal. Así, si navega de día, debe llevar el triángulo negro con el vértice hacia abajo, y si navega de noche, debe llevar la luz de tope (motor).

                      En cambio, si el velero lleva el motor en marcha, pero no tiene engranada ninguna marcha (avante o atrás), debe considerarse propulsado a vela, y por tanto no necesita ni triángulo negro, de día, ni luz de tope.

                      Otra cosa es la habilitación a vela, en relación con la cual entiendo que debe exigirse siempre que el barco está propulsado a vela, aunque lleve también el motor arrancado y la marcha engranada, pues para ello se necesitan unos conocimientos especiales (lo siento, tractoristas, pero es así ), que se acreditan con la "habilitación a vela"... en teoría

                      Así, al menos, interpreto yo el Reglamento. Pero someto esta interpretación a más sabias opiniones.

                      No job, no problem. No money, no problem. NO WIND, BIG PROBLEM.

                      Socio 319

                      Comentario


                      • #12
                        Re: PY habilitado vela

                        Originalmente publicado por rookie Ver Mensaje
                        el Patrón "patronea", no "tripula". El timonel "tripula". Patronear consiste en que (en pocas palabras) "todo vaya bien". Dentro de las atribuciones (el ejercicio de patronear) está el de establecer turnos y asignar tareas, por lo que si asignó a alguien a hacer de timonel, tiene derecho a hacerlo. Esto no es como conducir un coche, que requiere que el que esté al volante tenga carnet de conducir.
                        Estoy de acuerdo, rookie: se exige que a bordo haya un patrón con la titulación exigida para el caso, no que sea quien gobierne en todo momento la embarcación (imaginaos si los capitanes de buques mercantes tuvieran que estar al timón durante todas sus travesías...).

                        Otra cosa es que yo no pongo mi título en un barco que no gobierno: o sea, que como la responsabilidad siempre es del patrón, ya me cuido de que la rueda la lleve alguien de confianza, y así sucesivamente... Pero no pongo mi título en barco ajeno para que otro que no lo tiene me pueda meter en un lío.

                        No job, no problem. No money, no problem. NO WIND, BIG PROBLEM.

                        Socio 319

                        Comentario


                        • #13
                          Re: PY habilitado vela

                          En estas cuestiones de reglamento, las palabras que se emplean son importantes.

                          Por eso, en el RIPA, hay que prestar atención a las definiciones. Lo complicado del RIPA es que no siempre eres lo mismo de cara a las preferencias o a las indicaciones de maniobra del reglamento.

                          Del mismo modo:

                          Una embarcación a vela, aunque sea de cara al RIPA un buque que navega a motor, sigue siendo una embarcación a vela.

                          Como en las titulaciones o los despachos, lo que importa no es lo que haces, sino lo que estás facultado a hacer.
                          Si quieres el título de PER, no vale que digas que sólo lo quieres para navegar a cuatro millas, porque el PER te faculta para que navegues hasta a 12. Si quieres un barco despachado para zona 3, no importa que te dediques a fondear al lado de la bocana, el barco puede navegar hasta 25 millas de distancia de la costa y eso es lo que cuenta de cara al equipo que te exigen para el despacho.
                          Si estás al lado de la bocana del puerto, y te inspeccionan el material de seguridad, miran el despacho y si es de zona 3, mejor será que lleves todo lo que se pide. Estés en la bocana o en las Aleutianas.

                          Cuando llevas un velero propulsado a motor (que es un buque de propulsión mecánica de cara al RIPA en ese momento), no cuenta que sólo uses el motor, cuenta que la propulsión principal de la embarcación es la vela.

                          Luego es una embarcación a vela, navegando con propulsión mecánica en ese momento.
                          Para patronear una embarcación a vela (ya sea a vela, a motor o remando), debes estar habilitado a vela.
                          Hay una solución muy barata, le quitas el palo y la jarcia fija, y que un ingeniero te firme el certificado CE...

                          Rog
                          Editado por última vez por Roger Rabbit; 03/09/2009, 11:23:57.
                          Y a la voz de: " ¡¡ A por ellos, que son pocos y cobardes !!, se abalanzaron sobre el que suscribe..."

                          Comentario


                          • #14
                            Re: PY habilitado vela

                            Originalmente publicado por Roger Rabbit Ver Mensaje
                            En estas cuestiones de reglamento, las palabras que se emplean son importantes.

                            Por eso, en el RIPA, hay que prestar atención a las definiciones. Lo complicado del RIPA es que no siempre eres lo mismo de cara a las preferencias o a las indicaciones de maniobra del reglamento.

                            Del mismo modo:

                            Una embarcación a vela, aunque sea de cara al RIPA un buque que navega a motor, sigue siendo una embarcación a vela.

                            Como en las titulaciones o los despachos, lo que importa no es lo que haces, sino lo que estás facultado a hacer.
                            Si quieres el título de PER, no vale que digas que sólo lo quieres para navegar a cuatro millas, porque el PER te faculta para que navegues hasta a 12. Si quieres un barco despachado para zona 3, no importa que te dediques a fondear al lado de la bocana, el barco puede navegar hasta 25 millas de distancia de la costa y eso es lo que cuenta de cara al equipo que te exigen para el despacho.
                            Si estás al lado de la bocana del puerto, y te inspeccionan el material de seguridad, miran el despacho y si es de zona 3, mejor será que lleves todo lo que se pide. Estés en la bocana o en las Aleutianas.

                            Cuando llevas un velero propulsado a motor (que es un buque de propulsión mecánica de cara al RIPA en ese momento), no cuenta que sólo uses el motor, cuenta que la propulsión principal de la embarcación es la vela.

                            Luego es una embarcación a vela, navegando con propulsión mecánica en ese momento.
                            Para patronear una embarcación a vela (ya sea a vela, a motor o remando), debes estar habilitado a vela.
                            Hay una solución muy barata, le quitas el palo y la jarcia fija, y que un ingeniero te firme el certificado CE...

                            Rog
                            No creo que sea asi,de la misma forma que con per puedes llevar un barco despachado para zona A sin pasar de tus atribuciones,puedes llevar un barco a motor aunque pueda llevar velas pero tu no las usas
                            SALUT
                            Lo malo de las mentes cerradas es que siempre tienen la boca abierta

                            Comentario


                            • #15
                              Re: PY habilitado vela

                              Originalmente publicado por Roger Rabbit Ver Mensaje
                              En estas cuestiones de reglamento, las palabras que se emplean son importantes.

                              ................................Si quieres un barco despachado para zona 3, no importa que te dediques a fondear al lado de la bocana, el barco puede navegar hasta 25 millas de distancia de la costa y eso es lo que cuenta de cara al equipo que te exigen para el despacho.
                              Si estás al lado de la bocana del puerto, y te inspeccionan el material de seguridad, miran el despacho y si es de zona 3, mejor será que lleves todo lo que se pide. Estés en la bocana o en las Aleutianas...............................


                              Rog
                              Esa es una de las grandes diferencias con la "France", básicamente tengo dos equipos de seguridad, -6 millas y + 6 millas, siempre que esté a menos de 6 millas me exigen el material de seguridad para menos de 6 millas !!!!!! si decido irme a + de 6 millas pues a embarcar también el material de + de 6 millas, parece más lógico y coherente !

                              IRRINTZI
                              Web: https://sites.google.com/site/scotchsanfaina/

                              Comentario

                              Trabajando...
                              X