VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

Anuncio

Colapsar

NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
Ver más
Ver menos

PY habilitado vela

Colapsar
X
 
  • Filtrar
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes

  • #31
    Re: PY habilitado vela

    De nuevo los "franchutes" lo tienen un "pelin" mas claro: velero siempre que la superficie vélica dividido por la potencia del motor no sobrepase un coeficiente (no se si 0,5 o 0,45 .. pero es lo de menos) vaya a motor o a vela se considera velero y por lo tanto no hace falta permiso, en caso contrario o bien si no hay palo es una motora !

    IRRINTZI
    Web: https://sites.google.com/site/scotchsanfaina/

    Comentario


    • #32
      Re: PY habilitado vela

      Estimados cofrades, saludos y

      A riesgo de ser cabezón, insisto: La titulación te habilita para manejar una embarcación a motor o a vela, no una motora o un velero, o dicho de otra forma, una embarcación de motor o una embarcación de vela. Mientras solamente vayas a motor, y no sobrepases la limitación en eslora, potencia de motor y zona de navegación asignadas a tu título, no tienes que tener habilitación a vela para manejar una embarcación de vela, o velero.

      Y en cuanto a los barcos-escuela, a la administración le da absolutamente igual que sea o no rentable, dependiendo de las prácticas que quieras que te homologuen, tienes que cumplir una serie de requisitos, en cuanto a eslora, potencia y características del barco, de acuerdo con la titulación para la que vas a dar las prácticas. De igual manera, que para impartir la teoría, no todas las academias pueden "subir" del P.E.R., hay categorías de enseñanza, y o las cumples, o no puedes.

      Otro saludo y más
      Si ves rodar al patrón por la escala, NO le eches una mano. Él es patrón y sabe por qué se cae.

      Si tengo que ser parte del rebaño, me pido ser el perro.

      Comentario


      • #33
        Re: PY habilitado vela

        Originalmente publicado por Itaca2 Ver Mensaje
        No. Un velero es un velero, vaya a motor a vela, a remo o al pairo.
        Imagina un camion de 10 tn descargado. ¿Podrias llevarlo con un permiso de conducir para vehiculos de menos de 3.500 kg ? Claramente NO, aunque su peso en aquel momento no supere los 3500 kg.
        Pues lo mismo con el velero, vaya a vela, motor o esté al pairo.
        No obstante puede "patronear" un velero si alguien con titulación de vela va a bordo, no es necesario que sea él el que tenga el título.

        Birras pa la caló
        No estoy de acuerdo, el tonelaje de un camion es como la eslora del barco.
        Tu titulo te limita a la eslora y la potencia del motor.
        De hecho, hay escuelas en las que las practicas de motor del PER se hacen en velero.
        Un velero navegando a motor es un buque de propulsion mecanica, y un velero a vela y a motor es un buque de propulsion mecanica y las prioridades de paso se aplican como buque de propulsion mecanica.
        Editado por última vez por Flying Dutchman; 03/09/2009, 15:16:19.

        Comentario


        • #34
          Re: PY habilitado vela

          Originalmente publicado por rookie Ver Mensaje
          ..enassss,

          cafelito, que me he caído de la cama y todavía estoy "grogy"...

          "in mai opinion" no...

          el Patrón "patronea", no "tripula". El timonel "tripula". Patronear consiste en que (en pocas palabras) "todo vaya bien". Dentro de las atribuciones (el ejercicio de patronear) está el de establecer turnos y asignar tareas, por lo que si asignó a alguien a hacer de timonel, tiene derecho a hacerlo. Esto no es como conducir un coche, que requiere que el que esté al volante tenga carnet de conducir.

          Si los verdes le ponen una multa, pues a recurrir por un lado. Por otro ir a la delegación del gobierno local y poner una protesta por falta de competencia de un funcionario al que pagas tú con tus impuestos (que protestamos muy poco en este país, coñe...)

          (jo, cómo me he levantado hoy. Creo que me acuesto otra vez )

          "Otrosí": un velero a motor se convierte en "buque a motor", ya que adquiere la maniobrabilidad de buque a motor. Y así tendrá que actuar ante las Colregs...

          Saludos
          Estoy de acuerdo, lo que exigen es que abordo este un patron titulado, y en caso de accidente o cualquier otro problema, ese patron sera el responsable de la embarcacion.
          En un mercante no es el Capitan el que lleva el timon.
          Si no el autohelm st2000 deberia tener titulacion.

          Comentario


          • #35
            Re: PY habilitado vela

            Amos a ver, señores, si podemos centrar la bola.

            El RIPA, no es una norma española, es una norma, como su propio nombre indica, Internacional. Quier decir que las disposiciones sobre titulaciones y atribuciones de patrones españoles y las denominaciones del RIPA no tienen nada que ver.

            En el RIPA de habla de buques. Punto. En el RIPA son todo buques, cualquier cosa que flote y pueda tener propulsión. A vela, mecánica, a golpe de sobremesa de fabada... como sea.

            Las atribuciones de un patrón español, nada tienen que ver con las definiciones del RIPA. Porque una embarcación a vela, en la legislación española al respecto, está perfectamente definida, y se ha puesto aquí además su definición. Lo mismo que una embarcación a motor. En España, una embarcación a vela (aquella en la que su medio primario de propulsión sea la vela) nunca deja de ser una embarcación a vela mientras lleve velas. Aunque las lleve en un tambucho dobladas y vaya a palo seco y de motoreta. Sigue siendo una embarcación a vela.

            Una embarcación a vela que va a motor, sigue siendo una embarcación a vela que va a motor. Aunque en el RIPA se considere, a efectos de maniobra, como un buque de propulsión mecánica.

            Un velero = siempre una embarcacion a vela, a veces un buque de propulsion mecánica
            Una motora = siempre una embarcación a motor, siempre un buque de propulsión mecánica
            (vale ya see que se pueden quedar sin gobierno y todo eso, no nos vayamos por los Cerros de Ubeda)

            Y además, con el razonamiento que defendéis los que opináis que una embarcacion a vela puede ser una embarcacion a motor desde el punto de vista de las atribuciones, aludiendo al RIPA, tendríais que explicar qué pasa en este caso:

            Voy con un velero con todo el trapo izado, pero llevo motor, con lo que desde el punto de vista del RIPA soy un buque de propulsión mecánica. ¿Puedo hacer esto si no estoy habilitado a vela?.

            A ver, respóndaseme... ar!


            Rog
            Y a la voz de: " ¡¡ A por ellos, que son pocos y cobardes !!, se abalanzaron sobre el que suscribe..."

            Comentario


            • #36
              Re: PY habilitado vela

              segun una buena parte de los mensajes aqui leidos.... si mi abuela tuviera ruedas... seria una bicicleta

              claro, ya me parecia a mi que tenia que ser algo asi.

              en fin, si es que esta claro que no sera facil el tema.
              No hi pots perdre res, si vols podràs
              no pots perdre el temps, els dies s’estan acabant
              Viu la vida viu, no paris mai
              sent que cada respir és de veritat

              (Clepton)

              Comentario


              • #37
                Re: PY habilitado vela

                Suscribo lo que dice Roger Rabbit, un velero es un velero y point. Aunque los veleros se pasen el ripa por el arco del triunfo ¿quien pone los conitos cuando va a motor eh pillines? NI DIOS, que perdemos preferencia.
                Tu ponle la mayor y la génova de ceñida a un "motorista no habilitado a vela", con el motor encendido (un propulsión mecánica según teoría ripa) con 30 nudos de viento y hagamos un bordito por avante hasta ponerte al travé... ya veremos como se le queda el cuerpo, coñe, que por más que seas un propulsión mecánica, si no se ha cagao con la maniobra, bien se merece la multa por no saber lo que es un velero
                más birras
                Sin tí, el tiempo es "empo".

                Comentario


                • #38
                  Re: PY habilitado vela

                  Originalmente publicado por Roger Rabbit Ver Mensaje
                  Amos a ver, señores, si podemos centrar la bola.

                  El RIPA, no es una norma española, es una norma, como su propio nombre indica, Internacional. Quier decir que las disposiciones sobre titulaciones y atribuciones de patrones españoles y las denominaciones del RIPA no tienen nada que ver.

                  En el RIPA de habla de buques. Punto. En el RIPA son todo buques, cualquier cosa que flote y pueda tener propulsión. A vela, mecánica, a golpe de sobremesa de fabada... como sea.

                  Las atribuciones de un patrón español, nada tienen que ver con las definiciones del RIPA. Porque una embarcación a vela, en la legislación española al respecto, está perfectamente definida, y se ha puesto aquí además su definición. Lo mismo que una embarcación a motor. En España, una embarcación a vela (aquella en la que su medio primario de propulsión sea la vela) nunca deja de ser una embarcación a vela mientras lleve velas. Aunque las lleve en un tambucho dobladas y vaya a palo seco y de motoreta. Sigue siendo una embarcación a vela.

                  Una embarcación a vela que va a motor, sigue siendo una embarcación a vela que va a motor. Aunque en el RIPA se considere, a efectos de maniobra, como un buque de propulsión mecánica.

                  Un velero = siempre una embarcacion a vela, a veces un buque de propulsion mecánica
                  Una motora = siempre una embarcación a motor, siempre un buque de propulsión mecánica
                  (vale ya see que se pueden quedar sin gobierno y todo eso, no nos vayamos por los Cerros de Ubeda)

                  Y además, con el razonamiento que defendéis los que opináis que una embarcacion a vela puede ser una embarcacion a motor desde el punto de vista de las atribuciones, aludiendo al RIPA, tendríais que explicar qué pasa en este caso:

                  Voy con un velero con todo el trapo izado, pero llevo motor, con lo que desde el punto de vista del RIPA soy un buque de propulsión mecánica. ¿Puedo hacer esto si no estoy habilitado a vela?.

                  A ver, respóndaseme... ar!



                  Rog
                  Estimado Cofrade, saludos y

                  Ya está contestado en mis mensajes #7 y #18 con total exactitud, si llevas el aparejo dado, obligatoriamente has de estar habilitado a vela. Si el aparejo está cargado, no necesitas la habilitación. Y vuelvo a aclarar, para que no queden dudas: el Título te habilita para llevar a motor o a vela, una embarcación. No te habilita para llevar una embarcación a motor o una embarcación a vela. Son cosas totalmente diferentes.

                  Otro saludo y más .
                  Si ves rodar al patrón por la escala, NO le eches una mano. Él es patrón y sabe por qué se cae.

                  Si tengo que ser parte del rebaño, me pido ser el perro.

                  Comentario


                  • #39
                    Re: PY habilitado vela

                    SSSSSSSSSASTAMENTE!!
                    SALUT
                    Lo malo de las mentes cerradas es que siempre tienen la boca abierta

                    Comentario


                    • #40
                      Re: PY habilitado vela

                      La respuesta es, claramente, que NO.

                      Originalmente publicado por Roger Rabbit Ver Mensaje
                      Y además, con el razonamiento que defendéis los que opináis que una embarcacion a vela puede ser una embarcacion a motor desde el punto de vista de las atribuciones, aludiendo al RIPA, tendríais que explicar qué pasa en este caso:

                      Voy con un velero con todo el trapo izado, pero llevo motor, con lo que desde el punto de vista del RIPA soy un buque de propulsión mecánica. ¿Puedo hacer esto si no estoy habilitado a vela?.

                      A ver, respóndaseme... ar!
                      Perdón por la autocita, pero queda dicho en una entrada anterior:

                      la "habilitación a vela" no se hace por capricho, sino porque para navegar a vela se necesitan unos conocimientos y unas habilidades DISTINTAS (ni mejores ni peores, aunque yo tengo mi opinión) a las exigibles para navegar a motor
                      E insisto en ello: si llevas las velas desplegadas, aunque vayas a motor, necesitarás tener los conocimientos y habilidades que te permitan gobernar el barco que navega a vela, las cuales se obtienen (se supone) y se acreditan con la "habilitación a vela".

                      Que lleves el motor o no, lo mismo da para los efectos que estamos discutiendo.

                      Por tanto, en el caso que planteas, la solución, en mi opinión, es clara: se debe exigir la "habilitación a vela".

                      No job, no problem. No money, no problem. NO WIND, BIG PROBLEM.

                      Socio 319

                      Comentario


                      • #41
                        Re: PY habilitado vela

                        Las atribuciones de un patrón español, nada tienen que ver con las definiciones del RIPA. Porque una embarcación a vela, en la legislación española al respecto, está perfectamente definida, y se ha puesto aquí además su definición. Lo mismo que una embarcación a motor. En España, una embarcación a vela (aquella en la que su medio primario de propulsión sea la vela) nunca deja de ser una embarcación a vela mientras lleve velas. Aunque las lleve en un tambucho dobladas y vaya a palo seco y de motoreta. Sigue siendo una embarcación a vela.

                        Una embarcación a vela que va a motor, sigue siendo una embarcación a vela que va a motor. Aunque en el RIPA se considere, a efectos de maniobra, como un buque de propulsión mecánica.

                        Un velero = siempre una embarcacion a vela, a veces un buque de propulsion mecánica
                        Una motora = siempre una embarcación a motor, siempre un buque de propulsión mecánica (RR dixit)


                        Esto es lo que yo defiendo delante del cabezón de mi cuñaooo
                        Pero como no lo tengo claro, pensé pediros consejo aunque veo que hay disparidad de opiniones. Pero me permito añadir un nuevo punto de vista y es dentro de lo que venis denominando propulsión principal ( propulsion mecanica para los de motor y eolica para los veleros). y es si no es cierto que el motor de un velero se denomina motor "auxiliar"? si esto es cierto, un velero siempre es un velero y necesita la habilitación en el título
                        sigpic

                        Comentario


                        • #42
                          Re: PY habilitado vela

                          Originalmente publicado por mazarredo Ver Mensaje
                          Estimado Cofrade, saludos y

                          Ya está contestado en mis mensajes #7 y #18 con total exactitud, si llevas el aparejo dado, obligatoriamente has de estar habilitado a vela. Si el aparejo está cargado, no necesitas la habilitación. Y vuelvo a aclarar, para que no queden dudas: el Título te habilita para llevar a motor o a vela, una embarcación. No te habilita para llevar una embarcación a motor o una embarcación a vela. Son cosas totalmente diferentes.

                          Otro saludo y más .
                          Saludos a todos desde Heathrow (esto de la tecnica es fantastico, esperando al avion y en la taberna y pido disculpas por las tildes pero el teclado es Ingles!!!!)

                          Aparte de que el Cofrade Mazarredo lo ha explicado estupendamente recuerdo de mi paso por las tres titulaciones en diferentes academias que siempre me lo han explicado como lo especifica el Cofrade. Creo que en este tema hay que abordarlo desde el prisma legal que no quizas desde el logico. Saludos. Coronadobx

                          Comentario


                          • #43
                            Re: PY habilitado vela

                            Muy agradecido a los cofrades, que con tan buen criterio han concluido con este tema. Nadie que no tenga un mínimo ( y no tan mínimo) de idea, debe navegar a vela. Los accidentes en este tipo de navegación son muy severos si no se tiene cuidado. Desde el mismo movimiento de cambiar de banda en el menor tiempo posible, pudiendo caer al agua hasta un golpe con la botavara, con escotas, etc. Así que si no estás habilitado a vela y ejerces de patrón lleva tripulación con experiencia o en menudo lio te puedes meter.

                            Comentario


                            • #44
                              Re: PY habilitado vela

                              en eso estamos todos de acuerdo fdsan pero el asunto es si legalmente un PY no habilitado a vela puede llevar un velero (aunque sea un experto navegante a vela)
                              sigpic

                              Comentario


                              • #45
                                Re: PY habilitado vela

                                Originalmente publicado por pipio Ver Mensaje
                                en eso estamos todos de acuerdo fdsan pero el asunto es si legalmente un PY no habilitado a vela puede llevar un velero (aunque sea un experto navegante a vela)
                                ¿Empezamos de nuevo?

                                (Sin acritud)

                                No job, no problem. No money, no problem. NO WIND, BIG PROBLEM.

                                Socio 319

                                Comentario

                                Trabajando...
                                X