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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

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3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

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7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

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10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

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13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Atribuciones Capitán de Yate

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  • Atribuciones Capitán de Yate

    En las nuevas atribuciones de Capitán de Yate, viene la de "buques de recreo, de eslora superior a 24 metros y con un arqueo bruto inferior a 3000 GT, y capacidad para transportar 12 pasajeros sin contar la tripulación", no nos ponemos de acuerdos,varios capitanes, sobre lo que realmente autoriza este título, pues un barco con 3000 GT, puede ser algo realmente grande, alguien nos puede aclarar un poco este tema, poniendo algún ejemplo de barco con esas características, unas para todos.

  • #2
    Re: Atribuciones Capitán de Yate

    un sr,Capitán de yate puede gobernar un buque de recreo hasta 3000gt que vienen a ser una mole de 13 000000 de kiilos, un yaten de 3000 metros

    Comentario


    • #3
      Re: Atribuciones Capitán de Yate

      Originalmente publicado por SAMORP Ver Mensaje
      un sr,Capitán de yate puede gobernar un buque de recreo hasta 3000gt que vienen a ser una mole de 13 000000 de kiilos, un yaten de 3000 metros
      Creo que se te ha ido la mano con los kilos y los metros
      Saludos
      Vidal Mestre

      Comentario


      • #4
        Re: Atribuciones Capitán de Yate

        Teniendo en cuenta que solo puedes llevar yates abanderados en España , ahora mismo el más grande creo que es el nirvana Formentera , del dueño de mango , puedes preguntarle a ver si te lo deja llevar.

        https://www.superyachttimes.com/yach...ana-formentera

        Comentario


        • #5
          Re: Atribuciones Capitán de Yate

          Originalmente publicado por llanera Ver Mensaje
          eslora superior a 24 metros
          ¿Eslora superior a 24 metros?

          Hoy en la web de Fomento:


          "Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para la navegación sin límites geográficos"
          CUANDO SE PIERDE EL NORTE NO HAY COMPÁS QUE MARQUE EL RUMBO

          Comentario


          • #6
            Re: Atribuciones Capitán de Yate

            Buenas tardes.
            Las atribuciones de un Capitán de yate vienen recogidas en el RD 804/2014
            artículo 7 apartado 3.

            Real Decreto 804/2014, de 19 de septiembre, por el que se establecen el
            régimen jurídico y las normas de seguridad y prevención de la contaminación
            de los buques de recreo que transporten hasta doce pasajeros.
            Artículo 3. Definiciones.
            A efectos de lo previsto en este real decreto y salvo disposición expresa en otro sentido, se aplicarán las siguientes definiciones:
            1. «Buque de recreo»: Todo buque de cualquier tipo, con independencia de su modo de propulsión, cuya eslora de casco (Lh) sea superior a 24 metros, con un arqueo bruto inferior a 3000 GT y capacidad para transportar hasta 12 pasajeros sin contar la tripulación, destinado para la navegación de recreo, el turismo, el ocio, la práctica del deporte o la pesca no profesional, utilizado por su propietario o por cualesquiera otras personas mediante arrendamiento, contrato de pasaje, cesión o cualquier otro título.

            Artículo 7. Personal de gobierno y marinería del buque.
            1. Con independencia del uso privado o comercial de los buques de recreo, las tripulaciones deberán estar integradas por personal profesional, salvo lo previsto en el apartado tres.
            2. Los buques de recreo de uso comercial estarán bajo el mando de un capitán, que podrá estar en posesión del título de capitán de la marina mercante, piloto de primera o segunda de la marina mercante, patrón de altura o bien patrón de litoral, patrón mayor de cabotaje o patrón de cabotaje, de acuerdo con el desplazamiento del buque y las atribuciones que para dichos títulos establece el Real Decreto 973/2009, de 12 de junio,
            por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.
            3. Los buques de recreo de uso privado, podrán estar bajo el mando de un Capitán de Yate.

            teniendo en cuenta que son toneladas moorson de 2,83 Tm y que hay que multiplicarlas por un coeficiente según la eslora que tengan, tampoco creo que me haya pasado mucho. De todas formas; un capitán de yate con 24 m de eslora creo que es suficiente y demasiado para un PER.
            SALUDOS.

            Comentario


            • #7
              Re: Atribuciones Capitán de Yate

              Haber yo tengo delante de mí, un titulo de Capitan de Yate, expedido por el Ministerio de Fomento, osea expedido en Madrid,en el apartado de "atribuciones básicas"dece, "embarcaciones de recreo (motor) de hasta 24 metros de eslora,buques de recreo, patrón de moto de agua, navegación sin límites geográficos, habilitado a vela". pues bien, después, en el mismo documento, en el apartado 2ºdice, buque de recreo, todo buque de cualquier tipo, con independencia de su modo de propulsión, cuya eslora de casco (Lh) sea superior a 24 metros, con un arqueo bruto inferior a 3000 GT, la pregunta es, en base a esas atribuciones, que tipo de barco podría llevar un Capitán de yate,yo no entro es si es mucho poco o medio pensionista, lo que dice el titulo, que alguno ya da por sentado que lo que pretendo es "pilotar" no se que barco de nosequien que está en Formentera, yo con mi tractor de 11 metro estoy servido, es simplemente una aclaración que pedía en el foro por curiosidad

              Comentario


              • #8
                Re: Atribuciones Capitán de Yate

                Te falta decir de bandera española , y como no hay ningún barco de ese tamaño en España , pues es agua de borrajas , un brindis al viento , sin ninguna aplicación real,

                un capitán de yate no está preparado para llevar un barco de más de 200 GT, para eso estan los capitanes de la marina mercante pilotos y patrones de altura.

                Un capitán de yate llevando un barco de 3000 GT es inconcebible , sería un peligro para la seguridad de la navegación , para el medio ambiente marino y para los bienes en el mar.

                No sé si eso responde a tu pregunta,pero el hecho de que desconozcas que es un GT ya da una idea del tipo de conocimiento que tiene u CY, pa llevar un barquito de 3000 GT , mejor pa uno 24 m y con cuidado, zapatero a tus zapatos

                Comentario


                • #9
                  Re: Atribuciones Capitán de Yate

                  ¿No hay ningún barco de más de 24 metros y menos de 3000 GT con bandera española?¿De dónde sale ese dato? Es una duda solo, no quiero entrar en polémicas.

                  Salud!

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Atribuciones Capitán de Yate

                    Originalmente publicado por Faro de Arroxo Ver Mensaje
                    ¿No hay ningún barco de más de 24 metros y menos de 3000 GT con bandera española?¿De dónde sale ese dato? Es una duda solo, no quiero entrar en polémicas.

                    Salud!
                    El Valoria B por ejemplo
                    sigpic
                    En cada mariñeiro dorme un ser mitolóxico

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Atribuciones Capitán de Yate

                      Originalmente publicado por Faro de Arroxo Ver Mensaje
                      ¿No hay ningún barco de más de 24 metros y menos de 3000 GT con bandera española?¿De dónde sale ese dato? Es una duda solo, no quiero entrar en polémicas.

                      Salud!
                      He dicho que no hay ningún barco de 3000 , de 2000 ni de 1000 , el más grande que conozco es el nirvana Formentera de 58 metros y 432 G T. Claro que hay barcos de más de 24 m, yo he llevado algunos

                      En su día estaba el clarena II del pocero con 72 metros ,como más grande , pero lo vendio y perdió dicha bandera.
                      Ahora ase llama azteca

                      https://www.marinetraffic.com/en/ais.../vessel:AZTECA
                      Editado por última vez por hma; 19/02/2019, 12:26:55.

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Atribuciones Capitán de Yate

                        Originalmente publicado por hma Ver Mensaje
                        He dicho que no hay ningún barco de 3000 , de 2000 ni de 1000 , el más grande que conozco es el nirvana Formentera de 58 metros y 432 G T. Claro que hay barcos de más de 24 m, yo he llevado algunos

                        En su día estaba el clarena II del pocero con 72 metros ,como más grande , pero lo vendio y perdió dicha bandera.
                        Ahora ase llama azteca

                        https://www.marinetraffic.com/en/ais.../vessel:AZTECA
                        Aquí no se está hablando de barcos muy grandes, ni del barco más grande de España, ni nada por el estilo.

                        Noto como cierta manía a los CY en tu respuesta, perdona, intentaremos mejorar.

                        La norma que estáis comentando, según entiendo, deja una ventana a los barcos -buques- de menos de 3000GT pero más de 24 metros. De menos de 3000 GT no significa de 3000 GT, tampoco de 2000, ni de 1000, significa de menos de 3000 GT.

                        La duda original, en mi opinión, va más dirigida a la posibilidad de gobernar barcos de más de 24 metros, que a la de hacerlo en concreto de buques de 3000 GT, cosa que no creo que ningún CY pretenda.

                        En todo caso, no sé lo que querías decir, pero entre otras cosas has dicho que un CY no está preparado para llevar un barco de más de 200 GT ¿?, así, en general, cualquier CY y cualquier barco de más de 200 GT. También has puesto en duda el conocimiento que un CY tiene en general, igualmente, de cualquier CY, porque alguien en esta discusión, y según tu propia deducción, no sabe que significa GT.

                        La duda comprendía barcos de más de 24 metros pero menos de 3000 GT, con bandera española (esto ha quedado claro), de los cuales hay muchos, y de los que algunos están al alcance de gobierno de muchos CY.

                        Me gustaría retomar la duda, concretándola.

                        ¿Puede un CY hacerse cargo de un barco de recreo de más de 24 metros y menos de 3000GT?

                        Por otro lado, conozco Capitanes de MM que no los llevarían, nunca lo han hecho y no entran en su planes, controlan parámetros de una escala tan desmesurada que hacen su conocimiento cualitativamente diferente, sin más, no sabrían por dónde empezar (sic).

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Atribuciones Capitán de Yate

                          Mira a mi me faltan meses para obtener el título de capitán de la MM, ahora mismo soy piloto de primera , y no hablo de oídas como tú, ni controlo parametros de escala desmesurada ni ninguna cosa por el estilo, símplemente , si sabes destracar un barco de 100metros , pues uno de 24 te parece un juguete, y por supuesto que sabría por donde empezar, hasta lo podría sacar yo solo sin tripulación, fíjate. Y seguro mis compañeros capitanes pilotos y patrones , sabes porqué ? porque hemos hecho mas de 1500 días de mar para obtener distintas titulaciones y no unas prácticas de unas cuantas horas

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Atribuciones Capitán de Yate

                            La verdad, me impresiona lo que sabes, incluso de mí.

                            Llevar un velero de 24 m, y llevar un mercante de 100 m, son cosas simplemente distintas. Si hablamos de hacerlo a vela ni te cuento. Tú haces las dos cosas muy bien. Yo conozco capitanes de la MM que hacen muy bien la segunda y que nunca han hecho ni se plantean hacer la primera.

                            Por otro lado paso de tu tono y de tus sentencias, tienes un estilo que no voy a alimentar. No voy a seguir conversando contigo.

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Atribuciones Capitán de Yate

                              Yo también conozco capitanes de yate que han comprado el título, y algunos que no sabrían niatracar un chinchorro , porque básicamente son incapaces de navegar , pero han aprendido a pasar un test y han pagado las prácticas.

                              Cómo puedes saber si llevar un barco de 100 y 24 son cosas distintas si nunca has llevado uno de ese tamaño, yo sí lo he hecho y te aseguro que es lo mismo, y me atrevería a decir que uno de 200 m también, solo hayn que extrapolar principios físicos a distintos desplazamientos y sus inercias

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