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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
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Grupo de Estudio PPER Octubre 2011

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  • Re: Grupo de Estudio PPER Octubre 2011

    ¡ JAVICHI ¡

    Lugar y hora del cenapio del sábado, que me apunto ( aún no sé si de uniforme o cómo...)


    Abrazos

    Comentario


    • Re: Grupo de Estudio PPER Octubre 2011

      Originalmente publicado por ENRICACION Ver Mensaje
      ¡ JAVICHI ¡

      Lugar y hora del cenapio del sábado, que me apunto ( aún no sé si de uniforme o cómo...)


      Abrazos
      Hola Enricación:

      Tome usded nota,

      Cenaremos en la Marisquería Ribeira Do Miño, el sábado 29 de Octubre 2011.
      IMPORTANTE: Tenemos reserva a las 20,45 horas y son muy estrictos con este tema ya que el restaurante está a tope los fines de semana.
      No admiten tarjetas de pago, hay que llevar el "money" en efectivo.

      http://www.marisqueriaribeiradomino.com ... 752&id=255
      Precio cerrado del menú: 36,50 €

      Si vienes de uniforme, luego paseo obligado por la Gran Vía... y calles adyacentes.

      Un cordial saludo,

      Javichi
      Editado por última vez por javichi; 25/10/2011, 15:37:54.
      Estudias o Navegas

      Test online todas titulaciones, incluido PPER

      Comentario


      • Re: Grupo de Estudio PPER Octubre 2011

        Originalmente publicado por javichi Ver Mensaje
        Si vienes de uniforme, luego paseo obligado por la Gran Vía... y calles adyacentes.
        Perdón por la intromisión, pero no puedo dejar de pensar en el YMCA y los Village People, trás ese comentario.

        Por cierto, sed buenos y poneos de acuerdo a ver si entre todos sacáis el examen, para que los futuros seamos capaces de hacernos una idea de como va el tema. De momento, un pago una ronda virtual por adelantado.

        Comentario


        • Re: Grupo de Estudio PPER Octubre 2011

          Originalmente publicado por Samaruch Ver Mensaje
          Perdón por la intromisión, pero no puedo dejar de pensar en el YMCA y los Village People, trás ese comentario.

          Por cierto, sed buenos y poneos de acuerdo a ver si entre todos sacáis el examen, para que los futuros seamos capaces de hacernos una idea de como va el tema. De momento, un pago una ronda virtual por adelantado.
          No te preocupes que memoria colectiva no nos va a faltar....

          Iñaki

          Comentario


          • Re: Grupo de Estudio PPER Octubre 2011

            Atención. Aviso a navegantes
            Leyendo la modificación del primer reglamento recientemente aprobada, encuentro uas cosillas nuevas que creo que se deben repasar.

            Art. 7.- Objetivos
            Artículo nuevo. Habla de los que deben ser objetivos de la Marina Mercante.

            Art. 264.- Del servicio público de salvamento
            Se añade un punto (5), donde habla de las competencias de las CCAA. Me parece interesante lo de la potestad sancionadora.

            Art. 265.- Comisión Permanente de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (CIAIM).
            Esto es completamente nuevo. Esta comisión no existía en el Reglamento antes de la modificación. Es un artículo largo y con mucha "enjundia preguntatoria".

            No me odiéis, pero me parecia interesante advertiros de estas modificaciones. Hala, me pongo a ello.
            Nos vemos en Madrid, mientras tanto que corra........ el café.

            Editado por última vez por arturo-1; 25/10/2011, 18:41:54.

            Comentario


            • Re: Grupo de Estudio PPER Octubre 2011

              Originalmente publicado por arturo-1 Ver Mensaje
              Atención. Aviso a navegantes
              Leyendo la modificación del primer reglamento recientemente aprobada, encuentro un par de cosas que creo que se deben repasar.

              Art. 264.- Del servicio público de salvamento
              Se añade un punto (5), donde habla de las competencias de las CCAA. Me parece interesante lo de la potestad sancionadora.

              Art. 265.- Comisión Permanente de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (CIAIM).
              Esto es completamente nuevo. Esta comisión no existía en el Reglamento antes de la modificación. Es un artículo largo y con mucha "enjundia preguntatoria".

              No me odiéis, pero me parecia interesante advertiros de estas modificaciones. Hala, me pongo a ello.
              Nos vemos en Madrid, mientras tanto que corra........ el café.


              De esa primera leida en diagonal, también recuerdo algo nuevo sobre avales... (relativo al tema de lugares de refugio, supongo).

              Iñaki

              Comentario


              • Re: Grupo de Estudio PPER Octubre 2011

                Originalmente publicado por Vidal Mestre Ver Mensaje
                Buenos días Iñaki
                Como lo llevas ? rematando el temario ?

                En vista lo que indica entiendo que no puedes reclamar salvamento de bienes u objetos , no pertenecientes al buque, podría ser por ejemplo bienes propios del buque que ha efectuado el salvamento, daños que hayas realizado por motivos diversos del salvamento, en la dársena, balizas, buque externo, etc etc, cualquier elemento o parte que no pertenece al buque salvado.
                Salvo , lo que se encuentre dentro del buque o se haya perdido o tirado por la borda durante el salvamento.

                Ya me comentarás.

                Saludos
                Vidal Mestre.



                Articulo 19:
                Indica lo siguiente:

                "cualesquiera otros bienes en peligro que no estén ni hayan estado a bordo del buque, no darán lugar a pagos en virtud del presente Convenio."

                Sigo sin tenerlo muy claro...
                Iñaki

                Comentario


                • Re: Grupo de Estudio PPER Octubre 2011

                  Joer Iñaki, colega, ponte a mi lado en el examen.....¡¡¡.

                  Llevaré el uniforme, aunque sea en una bolsa.
                  Luego, dependiendo del orujo, me lo planto, y como el restaurante está por Chueca, joer, me falta esa anécdota en mi historial.

                  Acojonante.¡¡¡

                  ¿Van más uniformados? ( lo pregunto para repartir hostias, por si ocurriera.....)

                  Saludos

                  Comentario


                  • Re: Grupo de Estudio PPER Octubre 2011

                    Originalmente publicado por ENRICACION Ver Mensaje
                    Joer Iñaki, colega, ponte a mi lado en el examen.....¡¡¡.

                    Llevaré el uniforme, aunque sea en una bolsa.
                    Luego, dependiendo del orujo, me lo planto, y como el restaurante está por Chueca, joer, me falta esa anécdota en mi historial.

                    Acojonante.¡¡¡

                    ¿Van más uniformados? ( lo pregunto para repartir hostias, por si ocurriera.....)

                    Saludos
                    En el de marzo ya nos tocó muy cerca el uno del otro...

                    Mucha suerte en el examen... a ti y a todos!!!
                    Iñaki

                    Comentario


                    • Re: Grupo de Estudio PPER Octubre 2011

                      Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver Mensaje
                      De esa primera leida en diagonal, también recuerdo algo nuevo sobre avales... (relativo al tema de lugares de refugio, supongo).

                      Buenas tardes Iñaki

                      He efectuado un estudio de lo que creo ha sido modificado con el RD 2/2011, de las partes que nos afectan, seguramente debe haber alguna más , lo he colgado en Estudias o Navegas, puedes descargartelo desde allí, y comentarme si falta algun punto más

                      Nos vemos pronto

                      Vidal Mestre

                      Comentario


                      • Re: Grupo de Estudio PPER Octubre 2011

                        Originalmente publicado por Vidal Mestre Ver Mensaje
                        Buenas tardes Iñaki

                        He efectuado un estudio de lo que creo ha sido modificado con el RD 2/2011, de las partes que nos afectan, seguramente debe haber alguna más , lo he colgado en Estudias o Navegas, puedes descargartelo desde allí, y comentarme si falta algun punto más

                        Nos vemos pronto

                        Vidal Mestre


                        Hola Vidal
                        Veo en tu resumen que no incluyes el artículo 265 sobre la Comisión de Investigación (CIAIM). No crees que eso entre?. Está dentro del capítulo de Administración Central.
                        Si no entra, dínoslo, que lo único que nos falta es estudiar de más.
                        Gracias.

                        Comentario


                        • Re: Grupo de Estudio PPER Octubre 2011

                          Originalmente publicado por arturo-1 Ver Mensaje
                          Hola Vidal
                          Veo en tu resumen que no incluyes el artículo 265 sobre la Comisión de Investigación (CIAIM). No crees que eso entre?. Está dentro del capítulo de Administración Central.
                          Si no entra, dínoslo, que lo único que nos falta es estudiar de más.
                          Gracias.
                          Hola Arturo-1

                          Ni idea si entrará, o no, pero pero me parece que no ha cambiado nada de lo anterior, en todo caso, eso que te adjunto.



                          La Comisión Permanente de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (CIAIM) ha sido creada mediante el Real Decreto 862/2008, de 23 de mayo, para llevar a cabo las investigaciones e informes técnicos de los accidentes e incidentes marítimos, con el objeto de determinar las causas técnicas que los produjeron y formular recomendaciones al objeto de tomar las medidas necesarias para prevenirlos en el futuro.

                          La Comisión Permanente investigará:
                          1. los accidentes marítimos graves y muy graves.
                          2. los incidentes marítimos, cuando de la investigación puedan obtenerse enseñanzas para la seguridad marítima y para la prevención de la contaminación del medio marino procedente de los buques.

                          Comentario


                          • Re: Grupo de Estudio PPER Octubre 2011

                            Originalmente publicado por Vidal Mestre Ver Mensaje
                            Hola Arturo-1

                            Ni idea si entrará, o no, pero pero me parece que no ha cambiado nada de lo anterior, en todo caso, eso que te adjunto.



                            La Comisión Permanente de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (CIAIM) ha sido creada mediante el Real Decreto 862/2008, de 23 de mayo, para llevar a cabo las investigaciones e informes técnicos de los accidentes e incidentes marítimos, con el objeto de determinar las causas técnicas que los produjeron y formular recomendaciones al objeto de tomar las medidas necesarias para prevenirlos en el futuro.

                            La Comisión Permanente investigará:
                            1. los accidentes marítimos graves y muy graves.
                            2. los incidentes marítimos, cuando de la investigación puedan obtenerse enseñanzas para la seguridad marítima y para la prevención de la contaminación del medio marino procedente de los buques.



                            Jod...., me estoy liando. O yo buceo en otro reglamento diferente o es que ya tengo los sesos derretidos, pero en la Ley de Puertos recientemente modificada (5 de Septiembre 2011) encuentro lo siguiente sobre la susodicha Comisión: (copio y pego)

                            Artículo 265. Comisión Permanente de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (CIAIM). 1. La Comisión Permanente de Investigación de Accidentes e Incidentes (CIAIM):
                            1. Es el órgano colegiado, adscrito al Ministerio de Fomento, con competencia para la investigación de las causas técnicas de los accidentes e incidentes marítimos.
                            2. Está compuesto por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario y el número reglamentario de Vocales, formando parte de ella, además, investigadores propios o adscritos, todos ellos con conocimientos especializados en los hechos a investigar.
                            3. Goza de plena independencia funcional respecto de las autoridades marítima, portuaria, de costas o de cualquier otra cuyos intereses pudieran entrar en conflicto con sus competencias.

                            Reglamentariamente se determina el número de Vocales que integran la Comisión y se desarrollan los aspectos necesarios para su organización y funcionamiento adecuados.
                            2. La investigación que la CIAIM lleve a cabo no perseguirá la determinación de responsabilidad, ni la atribución de culpa.
                            No obstante, el hecho de que del resultado de sus investigaciones pueda inferirse determinada culpa o responsabilidad, no le exime de informar plenamente acerca de las causas del accidente o incidente marítimo.
                            3. La CIAIM realizará sus investigaciones de la manera más eficaz y rápida posible, colaborando, en su caso, con las autoridades judiciales.
                            A estos efectos la CIAIM realizará las investigaciones de modo que:
                            1. Se lleven a cabo con independencia de las investigaciones penales o de otra índole realizadas paralelamente para determinar la responsabilidad o atribuir la culpa.
                            2. No puedan verse indebidamente impedidas, suspendidas o retrasadas a causa de tales investigaciones.

                            4. Los investigadores, que actuarán con plena independencia de criterio en el ejercicio de sus funciones, tendrán la condición de autoridad pública y las siguientes atribuciones:
                            1. Gozar de libre acceso a cualquier zona pertinente o al lugar de siniestro, así como a cualquier buque, resto de naufragio o estructura, lo cual incluye carga, equipos u objetos a la deriva.
                            2. Garantizar el inventario inmediato de las pruebas y proceder a la búsqueda y retirada controladas de los restos de naufragio, objetos a la deriva u otros componentes y substancias a efectos de examen o de análisis.
                            3. Exigir el examen o análisis de los elementos contemplados en el párrafo anterior y gozar de libre acceso a los resultados obtenidos.
                            4. Gozar de libre acceso a cualquier información pertinente y a cualquier dato disponible, incluidos los procedentes de los Registradores de Datos de la Travesía (RDT), en relación con un buque, travesía, carga, tripulante o cualquier otra persona, objeto, condición o circunstancia, así como a copiar y utilizar dicha información.
                            5. Gozar de libre acceso a los resultados del examen de los cuerpos de las víctimas, así como a los resultados de las pruebas que se realicen con muestras procedentes de dichos cuerpos.
                            6. Exigir y obtener libre acceso a los resultados del examen de las personas implicadas en las operaciones de un buque o de cualquier otra persona pertinente, así como a los resultados de las pruebas que se realicen con muestras procedentes de dichas personas.
                            7. Interrogar a los testigos en ausencia de cualquier persona cuyos intereses pudiera considerarse que obstaculizan la investigación de seguridad.
                            8. Obtener los expedientes de los reconocimientos y todos los datos pertinentes que obren en poder del Estado del pabellón, los propietarios de buques, las sociedades de clasificación o cualquier otra parte interesada, siempre y cuando las partes en cuestión o sus representantes estén establecidos en España.
                            9. Solicitar la asistencia de las autoridades pertinentes de los Estados respectivos y, en particular, de los inspectores del Estado del pabellón y del Estado rector del puerto, del personal del servicio de salvamento marítimo, de los operadores del servicio de tráfico marítimo, de los equipos de búsqueda y salvamento, de los prácticos o de cualquier otro miembro del personal marítimo o portuario.

                            5. Los datos, registros, grabaciones, declaraciones, comunicaciones e informes obtenidos por la CIAIM, así como por los integrantes de los equipos de investigación, en el desempeño de sus funciones, tienen carácter reservado y sólo pueden ser utilizados para los fines propios de la investigación técnica.
                            La información a la que se refiere el párrafo anterior no puede ser comunicada o cedida a terceros, salvo en los casos siguientes:
                            1. Cuando sea requerida por los órganos judiciales o del Ministerio Fiscal para la investigación y persecución de delitos.
                            2. Cuando lo soliciten las Comisiones Parlamentarias de Investigación a que se refiere el artículo 76 de la Constitución.

                            En las actuaciones de colaboración desarrolladas por la Comisión con otros organismos de investigación técnica de accidentes e incidentes marítimos, de acuerdo con lo establecido en las normas internacionales, comunitarias y nacionales sobre esta materia.
                            En los supuestos en que el Pleno de la Comisión considere que la comunicación de datos sea lo más eficaz para prevenir un accidente e incidente grave.
                            6. Los miembros de la CIAIM y el personal al servicio de la misma estarán obligados, en el desempeño de sus funciones, a preservar el carácter reservado de dichos datos e informaciones.
                            No obstante lo anterior, en ningún caso serán revelados ni podrán ser utilizados para otros propósitos que no sean la investigación de la CIAIM, salvo que ésta determine que su divulgación reviste un interés público superior, los documentos que se mencionan a continuación:
                            1. La totalidad de los testimonios de los testigos y de otras declaraciones, descripciones y anotaciones realizadas o recibidas por el organismo de investigación en el curso de la investigación de seguridad.
                            2. Los documentos que revelen la identidad de las personas que hayan testificado en el contexto de la investigación de seguridad.
                            3. La información en relación con las personas implicadas en el accidente o incidente marítimo, que sea información especialmente sensible o de carácter privado, incluida la información en relación con su estado de salud.

                            7. Las partes implicadas en los accidentes e incidentes investigados por la CIAIM deberán:
                            1. Salvaguardar toda la información procedente de cartas náuticas, cuadernos de bitácora, grabaciones y cintas de video electrónicas y magnéticas, lo cual incluye la información procedente de los RDT y de otros dispositivos electrónicos, obtenida antes, durante y después del accidente.
                            2. Evitar la sobregrabación y otro tipo de alteración de dicha información.
                            3. Evitar las interferencias con cualquier otro equipo que pudiera considerarse razonablemente pertinente para la investigación de seguridad del accidente.
                            4. Recopilar y conservar diligentemente todas las pruebas a efectos de las investigaciones de seguridad.

                            8. La CIAIM:
                            1. Publicará un informe, incluidas sus conclusiones y cualquier posible recomendación, que estará a disposición del público y, muy especialmente, de todo el sector marítimo en el plazo de doce meses a partir de la fecha del siniestro. Si no fuera posible presentar a tiempo el informe definitivo, se deberá publicar un informe provisional en dicho plazo.
                            2. Podrá formular recomendaciones sobre seguridad basándose en un análisis resumido de los datos y en los resultados generales de las investigaciones de seguridad realizadas. Tales recomendaciones de seguridad no podrán, bajo ningún concepto, determinar la responsabilidad ni atribuir la culpa de un siniestro.

                            9. Reglamentariamente, de conformidad con las normas europeas correspondientes, se concretarán cuantos extremos requiera la aplicación de este artículo.



                            Siento el "chorizo", pero nada de esto aparecia en el antiguo 27/1992, y este artículo está al final del apartado de la Administracion Central, dentro del Titulo: Administración Marítima.


                            Estoy liao




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                            • Re: Grupo de Estudio PPER Octubre 2011

                              Arturo-1
                              Yo de tí pasaría de leerme ahora todo este tema, si entra mala suerte, pero es que a tan pocos días del exàmen, creo que meter todo esto, es para acabar quemado de neuronas.
                              Sientiendolo mucho, no me voy a meter en quien está en la comisión del CIAIM, ni nada de ello.
                              Relajemonos , que todo lo contrario será malo, para lo que aún podamos retener en la mente.

                              Saludos y hasta pronto

                              Vidal Mestre

                              Comentario


                              • Re: Grupo de Estudio PPER Octubre 2011

                                Originalmente publicado por Vidal Mestre Ver Mensaje
                                Arturo-1
                                Yo de tí pasaría de leerme ahora todo este tema, si entra mala suerte, pero es que a tan pocos días del exàmen, creo que meter todo esto, es para acabar quemado de neuronas.
                                Sientiendolo mucho, no me voy a meter en quien está en la comisión del CIAIM, ni nada de ello.
                                Relajemonos , que todo lo contrario será malo, para lo que aún podamos retener en la mente.

                                Saludos y hasta pronto

                                Vidal Mestre

                                Estoy de acuerdo contigo, a mi ya no me cabe en la cabeza ni una coma.
                                Saludos.

                                Comentario

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