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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

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9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

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14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Examen Per Diciembre 2011 Valencia

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  • Re: Examen Per Diciembre 2011 Valencia

    Hola enriloud,
    Para impugnar hay que esperar a que salgan las notas. Previamente salen las plantillas. Pero cuidado porque una vez se publican las listas de aprobados hay 5 días para presentar las impugnaciones.

    Un saludo

    Comentario


    • Re: Examen Per Diciembre 2011 Valencia

      Hola compis, aqui en andalucia hemos impugnados varios compañeros 2preguntas de cartas,pero hoy mismo han salidos la respuestas definitivas y no ha valido para nada ya ke no ha habido ninguna modificacion al respecto,y tampoco te fundamenta las impugaciones. Voy a solicitar ke me la fundamenten.

      Comentario


      • Re: Examen Per Diciembre 2011 Valencia

        Unas birras para toda la barra

        Vaya por delante que no me gusta -para nada- el tipo de exámenes que están poniendo con tanta pregunta mal redactada, o fuera de temario (respecto a esto, he abierto un post-
        http://foro.latabernadelpuerto.com//showthread.php?t=81528)

        Ahora, al asunto:
        He echado un vistazo al examen que os han hecho (http://www.megaupload.com/?d=YB98ENDW), y creo que han tirado un poco "a matar"

        No obstante, desde mi "novatez", unos comentarios respecto a las preguntas 52, 55, 63 y 64; que algunos habéis citado como impugnables:

        PREGUNTA 52: La pregunta habla de las señales acústicas que DEBE (DEBE!!) transmitir un buque varado. A este respecto, hay que recordar que las señales acústicas de pitadas de buque varado "corta-larga-corta" son OPCIONALES según el RIPA; con lo cual, las respuestas "A" y "B" se pueden descartar claramente. Nos quedan pues la "C" y la "D". Ambas citan las señales obligatorias (para esloras >12m), con la diferencia de que la "C" habla de intervalos de 1 min., y la "D" de intervalos de 2 min. Está claro que la "D" es errónea, y la "C" es la correcta.
        Yo no veo aquí motivo de reclamación.

        PREGUNTA 55: La pregunta habla de un buque a vela que navega con motor (i.e. triángulo invertido). Por lo tanto, de acuerdo al RIPA, en esa circunstancia, NO es un "buque de vela", sino un buque de "propulsión mecánica"; por lo cual deberá emitir una pitada larga como dice la respuesta "A".
        Tampoco veo aquí motivo de reclamación.

        PREGUNTA 63: La pregunta nos plantea que, estando ciñendo amurados a Br, observamos a 10º por Er a un pesquero con el que existe riesgo de abordaje. Personalmente, en esa situación (y suponiendo que deseo seguir ciñendo), haría una virada por avante, con lo cual el pesquero quedaría en una marcación de aprox 100º por Er (i.e. 90º aprox de mi virada + los 10º iniciales), y no habría rumbo de colisión ya que nuestras trayectorias resultarían divergentes (en aprox 90º). No obstante, esa no es ninguna de las respuestas que se dan en el enunciado. Así que vamos a analizar:
        - La "A" es absurda: ciñendo amurados a Br, y viéndole a 10º por Er, ¿qué "maniobra" podemos hacer para pasarle por proa?... Ninguna (ojalá hiciesen veleros que ciñesen a 0º, jajaaaa!!!)
        - La "C" nos lleva al desastre. Es decir, nos dicen que "existe riesgo de abordaje" con un tipo de buque (pesquero) ante el que -por categoría- estamos obligados a maniobrar en ese caso.
        - La "D" tiene trampa, ya que indica algo viable (i.e. "maniobrar virando por avante") pero con un truco: "cuando vemos que la otra embarcación no nos maniobra". Y ahí está la trampa de la pregunta: ante un pesquero, un buque de vela SIEMPRE está obligado a maniobrar en caso de riesgo de abordaje y, al igual que en cualquier otro caso de prioridades, el barco obligado a maniobrar no debe esperar a "comprobar" si la otra embarcación maniobra. Con lo cual lo de ESPERAR/COMPROBAR a ver si el pesquero nos maniobra es un error. Así que, única respuesta lógica que queda es la "B".
        Tampoco veo aquí motivo de reclamación.

        PREGUNTA 64: Esta -hay que reconocerlo- es una pregunta un poco "cabrona". Pero, a ver, yo creo que ninguno de los artículos del RIPA te exonera de emitir una señal por el mero hecho de tener otro buque cerca que, estando en tu misma situación, ha emitido la misma señal que TÚ deberías también emitir.
        Digo que la pregunta es un poco "cabrona" porque si, por ejemplo, hubiesen preguntado algo así como:
        Estando fondeado sin visibilidad ¿estás obligado a emitir señales acústicas cuando un buque, próximo a ti, y en la misma circunstancia, ya las emite?...
        En ese caso, está claro que no hubiésemos tenido tantas dudas, ¿no? Pues la pregunta 64 es -creo- más de lo mismo. Y la respuesta clara es la "A" (descartando claramente la "B" y "C" por ilógicas, y la "D" por errónea).
        Así que tampoco creo que -aún siendo un poco "cabrona"- haya motivo de impugnación con ella.

        En cualquier caso, si decidís impugnar: mucha suerte... en serio.

        Saludos
        /Paco
        Editado por última vez por Nosomosnadie; 13/12/2011, 06:58:40.

        Comentario


        • Re: Examen Per Diciembre 2011 Valencia

          muy buenas jesster,podias mandarme la plantilla de correccion del examen,me comen los nervios,un saludo y gracias

          Comentario


          • Re: Examen Per Diciembre 2011 Valencia

            Originalmente publicado por Nosomosnadie Ver Mensaje
            Unas birras para toda la barra

            Vaya por delante que no me gusta -para nada- el tipo de exámenes que están poniendo con tanta pregunta mal redactada, o fuera de temario (respecto a esto, he abierto un post-
            http://foro.latabernadelpuerto.com//showthread.php?t=81528)

            Ahora, al asunto:
            He echado un vistazo al examen que os han hecho (http://www.megaupload.com/?d=YB98ENDW), y creo que han tirado un poco "a matar"

            No obstante, desde mi "novatez", unos comentarios respecto a las preguntas 52, 55, 63 y 64; que algunos habéis citado como impugnables:

            PREGUNTA 52: La pregunta habla de las señales acústicas que DEBE (DEBE!!) transmitir un buque varado. A este respecto, hay que recordar que las señales acústicas de pitadas de buque varado "corta-larga-corta" son OPCIONALES según el RIPA; con lo cual, las respuestas "A" y "B" se pueden descartar claramente. Nos quedan pues la "C" y la "D". Ambas citan las señales obligatorias (para esloras >12m), con la diferencia de que la "C" habla de intervalos de 1 min., y la "D" de intervalos de 2 min. Está claro que la "D" es errónea, y la "C" es la correcta.
            Yo no veo aquí motivo de reclamación.

            PREGUNTA 55: La pregunta habla de un buque a vela que navega con motor (i.e. triángulo invertido). Por lo tanto, de acuerdo al RIPA, en esa circunstancia, NO es un "buque de vela", sino un buque de "propulsión mecánica"; por lo cual deberá emitir una pitada larga como dice la respuesta "A".
            Tampoco veo aquí motivo de reclamación.

            PREGUNTA 63: La pregunta nos plantea que, estando ciñendo amurados a Br, observamos a 10º por Er a un pesquero con el que existe riesgo de abordaje. Personalmente, en esa situación (y suponiendo que deseo seguir ciñendo), haría una virada por avante, con lo cual el pesquero quedaría en una marcación de aprox 100º por Er (i.e. 90º aprox de mi virada + los 10º iniciales), y no habría rumbo de colisión ya que nuestras trayectorias resultarían divergentes (en aprox 90º). No obstante, esa no es ninguna de las respuestas que se dan en el enunciado. Así que vamos a analizar:
            - La "A" es absurda: ciñendo amurados a Br, y viéndole a 10º por Er, ¿qué "maniobra" podemos hacer para pasarle por proa?... Ninguna (ojalá hiciesen veleros que ciñesen a 0º, jajaaaa!!!)
            - La "C" nos lleva al desastre. Es decir, nos dicen que "existe riesgo de abordaje" con un tipo de buque (pesquero) ante el que -por categoría- estamos obligados a maniobrar en ese caso.
            - La "D" tiene trampa, ya que indica algo viable (i.e. "maniobrar virando por avante") pero con un truco: "cuando vemos que la otra embarcación no nos maniobra". Y ahí está la trampa de la pregunta: ante un pesquero, un buque de vela SIEMPRE está obligado a maniobrar en caso de riesgo de abordaje y, al igual que en cualquier otro caso de prioridades, el barco obligado a maniobrar no debe esperar a "comprobar" si la otra embarcación maniobra. Con lo cual lo de ESPERAR/COMPROBAR a ver si el pesquero nos maniobra es un error. Así que, única respuesta lógica que queda es la "B".
            Tampoco veo aquí motivo de reclamación.

            PREGUNTA 64: Esta -hay que reconocerlo- es una pregunta un poco "cabrona". Pero, a ver, yo creo que ninguno de los artículos del RIPA te exonera de emitir una señal por el mero hecho de tener otro buque cerca que, estando en tu misma situación, ha emitido la misma señal que TÚ deberías también emitir.
            Digo que la pregunta es un poco "cabrona" porque si, por ejemplo, hubiesen preguntado algo así como:
            Estando fondeado sin visibilidad ¿estás obligado a emitir señales acústicas cuando un buque, próximo a ti, y en la misma circunstancia, ya las emite?...
            En ese caso, está claro que no hubiésemos tenido tantas dudas, ¿no? Pues la pregunta 64 es -creo- más de lo mismo. Y la respuesta clara es la "A" (descartando claramente la "B" y "C" por ilógicas, y la "D" por errónea).
            Así que tampoco creo que -aún siendo un poco "cabrona"- haya motivo de impugnación con ella.

            En cualquier caso, si decidís impugnar: mucha suerte... en serio.

            Saludos
            /Paco



            perdona que te de mi humilde opinion

            el fin de este examen no es que tu te imagines cosas leyendo las preguntas


            pregunta 52

            en ningun momento dice si esta en visivilidad reducida. tu no tienes porque imaginarte las situaciones o te la dice o no.
            con lo cual ninguna

            pregunta 64

            puedes leerla 5000 veces que 2500 diran que es la A y 2500 diran que es la D , solo tienes que ver que en la plantilla aunque no oficial que nos a dejado el compañero la respuesta es la d


            un examen de este tipo no puede estar enfocado a la picardia de cada individuo a la hora de interpretar una pregunta.
            las preguntas deven de ser claras y directas , si la sabes la contestas y si no pues nada

            Comentario


            • Re: Examen Per Diciembre 2011 Valencia

              Originalmente publicado por bertimago Ver Mensaje
              muy buenas jesster,podias mandarme la plantilla de correccion del examen,me comen los nervios,un saludo y gracias
              La tienes aquí! www.megaupload.com/?d=WS842QJJ

              Suerte!

              Comentario


              • Re: Examen Per Diciembre 2011 Valencia

                Por cierto, que sepáis que la Asociación de Escuelas Náuticas de Valencia (o algo así) ha propuesto impugnar las preguntas: 2, 15, 17, 18, 22, 28, 31, 35, 36, 37, 38, 49, 50, 52, 53, 58, 62, 64, 67 y 71.

                Por supuesto esto NO QUIERE DECIR QUE LAS IMPUGNEN. Simplemente nos han comentado que, debido a diferentes razones, dichas preguntas o se salen del alacance del PER o pueden llevar a confusión al examinado y van a intentar que las reconsideren. Lo más probable es que se lo pasen por el forro.

                En fin, como decimos en Valencia, ya vorem.....

                Un abrazo.

                Comentario


                • Re: Examen Per Diciembre 2011 Valencia

                  Varios compañeros que nos presentamos, tenemos el temario más que empollao y si no impugnan alguna del RIPA vamos a suspender por la cantidad de preguntas de dudosa contestación ó por no pertenecer al temario del Per.
                  Mira que hemos repasado examenes de todas las comunidades y no tenemos ninguno tan jodido como este.
                  La pregunta del Aerodeslizador, en mi temario pone que muestra una luz amarilla de centelleos, pero no especifica si es con desplazamiento ó sin desplazamiento...desconozco la finalidad de estas preguntas...no se la cantidad de veces que nos vamos a encontrar un Aerodeslizador navegando.

                  Comentario


                  • Re: Examen Per Diciembre 2011 Valencia

                    Creo que ya llegamos tarde....

                    Con tanto lio de si se recurre antes de los resultados, después o cuando, acabo de leer en la web de la Generalitat:

                    "- Finalizados los exámenes, los candidatos dispondrán de 5 días hábiles contados a partir del día del examen para presentar alegaciones sobre las preguntas del examen. Resueltas éstas alegaciones se realizará la corrección de los exámenes por el tribunal, los resultados se publicarán en el tablón de anuncios de las dependencias de la Subdirección General de Puertos, Aeropuertos y Costas en Alicante, así como en la página web de la Generalitat (www.cit.gva.es/actividadesnauticas), de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente."

                    Comentario


                    • Re: Examen Per Diciembre 2011 Valencia

                      Una ronda para tod@s que por lo que estoy leyendo hace falta, hay que tranquilizarse, de todas las preguntas que teóricamente se dice que la Asociación de escuelas nauticas quieren impugnar solo veo 7 que efectivamente pueden ser impugnables, bajo mi punto de vista, el examen creo que era puñetero, que no imposible, pero hay que esperar a ver si Ellos mismos quitan alguna pregunta, a veces pasa.

                      Arriba ese ánimo, un saludo a todos.

                      Comentario


                      • Re: Examen Per Diciembre 2011 Valencia

                        Originalmente publicado por Playmar Ver Mensaje
                        Varios compañeros que nos presentamos, tenemos el temario más que empollao y si no impugnan alguna del RIPA vamos a suspender por la cantidad de preguntas de dudosa contestación ó por no pertenecer al temario del Per.
                        Mira que hemos repasado examenes de todas las comunidades y no tenemos ninguno tan jodido como este.
                        La pregunta del Aerodeslizador, en mi temario pone que muestra una luz amarilla de centelleos, pero no especifica si es con desplazamiento ó sin desplazamiento...desconozco la finalidad de estas preguntas...no se la cantidad de veces que nos vamos a encontrar un Aerodeslizador navegando.
                        La verdad es que yo tampoco leí nada en ningún libro o apunte el tema del aerodeslizador sin desplazamiento. Esta la acerté de chiripa puesto que el sentido arácnido me hizo intuir que si había desplazamiento un aerodeslizador sería considerado como barco...

                        Es injusto que fueran a matar con esta y otras tantas preguntas del estilo. No he visto ningún examen anterior de valencia ni otro sitio con tanta pregunta conflictiva... Alguna sí... Pero 10 ó 12 es pasarse...

                        Como dijo alguien, a los que aprobemos sin impugnar que nos convaliden P.Y.

                        Comentario


                        • Originalmente publicado por Purplehaze Ver Mensaje
                          Creo que ya llegamos tarde....

                          Con tanto lio de si se recurre antes de los resultados, después o cuando, acabo de leer en la web de la Generalitat:

                          "- Finalizados los exámenes, los candidatos dispondrán de 5 días hábiles contados a partir del día del examen para presentar alegaciones sobre las preguntas del examen. Resueltas éstas alegaciones se realizará la corrección de los exámenes por el tribunal, los resultados se publicarán en el tablón de anuncios de las dependencias de la Subdirección General de Puertos, Aeropuertos y Costas en Alicante, así como en la página web de la Generalitat (www.cit.gva.es/actividadesnauticas), de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente."
                          Según la convocatoria oficial publicada en el boletin oficial de la cv pone que hay 5 días a partir de que salgan las notas provisionales, así que creo que será posible impugnar cuando eso ocurra. De todas formas como han dicho varios foreros, toca esperar a ver si al final no son tan malos como los pintamos

                          Enviado desde mi Blade usando Tapatalk

                          Comentario


                          • Re: Examen Per Diciembre 2011 Valencia

                            Para cuando dijeron que salian publicadas las notas?y donde puedo verlo?

                            Comentario


                            • Re: Examen Per Diciembre 2011 Valencia

                              Originalmente publicado por Purplehaze Ver Mensaje
                              Creo que ya llegamos tarde....

                              Con tanto lio de si se recurre antes de los resultados, después o cuando, acabo de leer en la web de la Generalitat:

                              "- Finalizados los exámenes, los candidatos dispondrán de 5 días hábiles contados a partir del día del examen para presentar alegaciones sobre las preguntas del examen. Resueltas éstas alegaciones se realizará la corrección de los exámenes por el tribunal, los resultados se publicarán en el tablón de anuncios de las dependencias de la Subdirección General de Puertos, Aeropuertos y Costas en Alicante, así como en la página web de la Generalitat (www.cit.gva.es/actividadesnauticas), de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente."
                              Hola
                              _Aqui va arder TROYA o el examinador....
                              Como!! ninguna escuela os a informado de que se pueden recoger impugnaciones y demas..solo 5 dias despues del examen,y no despues de las notas finales...
                              yo que e ido por libre,aun lo entenderia..espero que se pueda hacer algo.
                              En que apartado lo has leido del CIT??
                              Gracias

                              Comentario


                              • Re: Examen Per Diciembre 2011 Valencia

                                NO NOS VOLVAMOS LOCOS, SE PUEDE IMPUGNAR 5 DÍAS DESPUÉS DE QUE SALGAN LAS NOTAS PROVISIONALES Y LA PLANTILLA

                                El texto oficial lo tenéis aquí: http://www.docv.gva.es/datos/2010/12...2010_13422.pdf

                                Copio del texto OFICIAL para que quede claro:

                                Décima. Resultados de los exámenes
                                10.1. Finalizados los exámenes y una vez realizada la corrección por
                                el tribunal, la plantilla de resultados y las calificaciones provisionales se
                                publicarán en el tablón de anuncios de las dependencias de la Dirección
                                General de Puertos, Aeropuertos y Costas en Alicante, así como en la
                                página web de la Generalitat Valenciana (www.cit.gva.es/actividadesnauticas), de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte.

                                10.2. Los candidatos examinados dispondrán de 5 días hábiles contados a partir del día en que se hagan públicas las calificaciones provisionales de la convocatoria de la que se trate, para solicitar la revisión
                                de su examen por el tribunal o presentar las alegaciones que se consideren oportunas.


                                Si no es así, decídmelo, pero yo entiendo lo que pone en ese párrafo: que hay 5 días a partir de que salgan las notas. Un saludo camaradas!

                                Comentario

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