VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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PER ELCHE junio 2013

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  • Re: PER ELCHE junio 2013

    Buenas Tardes,

    normativa sobre la Pregunta 42 Canal 70 VHF, cito a continuación normativa:

    REAL DECRETO 1185/2006, de 16 de octubre,
    por el que se aprueba el Reglamento por el que
    se regulan las radiocomunicaciones marítimas
    a bordo de los buques civiles españoles.

    Artículo 27. Instalaciones radioeléctricas, equipos y
    antenas.

    7. Los equipos de ondas métricas (VHF) deberán poder funcionar únicamente en los canales especificados en el apéndice 18 del Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT. Aquellos equipos de VHF utilizados únicamente para telefonía deberán llevar el canal 70 inhibido.

    Inhibir (RAE)
    (Del lat. inhibēre).
    1. tr. Impedir o reprimir el ejercicio de facultades o hábitos.
    2. tr. Der. Decretar que un juez no prosiga en el conocimiento de una causa por no ser de su competencia.
    3. tr. Med. Suspender transitoriamente una función o actividad del organismo mediante la acción de un estímulo adecuado. U. t. c. prnl.
    4. tr. p. us. Prohibir, estorbar, impedir. U. t. c. prnl.
    5. prnl. Abstenerse, dejar de actuar.
    6. prnl. Echarse fuera de un asunto o abstenerse de entrar en él o de tratarlo.

    En el Libro RADIOCOMUNICACIONES EN EL SERVICIO MÓVIL MARÍTIMO PARA EMBARCACIONES DE RECREO

    - PNB
    - PER
    - PY

    Catálogo general de publicaciones oficiales:

    Tienda virtual de publicaciones del Ministerio de Fomento:

    Edita: Centro de Publicaciones
    Secretaría General Técnica

    3 NORMAS DE INSTALACIÓN Y DE FUNCIONAMIENTO DE EQUIPOS

    Todos los equipos radioeléctricos, antenas o cualquier otro elemento que forme parte de los mismos y que, de manera obligatoria o voluntaria se instalen en una embarcación de recreo nacional, deberán encontrarse aprobados y disponer del número de registro expedido por la Dirección General de la Marina Mercante.
    Todos los equipos que se instalen en los buques nacionales deberán ser autorizados por la Capitanía Marítima y su instalación a bordo deberá ser realizada por empresas autorizadas por la Administración Marítima española.

    Los equipos de VHF que se instale en los buques de recreo de las zonas de navegación 2, 3, 4, 5, 6 y 7 podrán ser de las clases B (SOLAS) o D (NO-SOLAS).
    Los equipos portátiles obligatorios de VHF, las radiobalizas de 406 MHz y los respondedores de radar, si se instalan, aunque sea de manera voluntaria, deben, en cualquier caso, ser válidos para cumplir con el SMSSM, y disponer del Certifi cado de Conformidad.
    En embarcaciones no obligadas a disponer de ningún equipo radioeléctrico (zonas 6 y 7), o en aquellas otras que deseen disponer de un segundo equipo portátil de VHF a bordo de forma voluntaria, no será necesario que éste cumpla con las normas del SMSSM, aunque en cualquier caso deberá ser de un tipo aprobado por la Administración.
    Los equipos de VHF que utilicen las técnicas de LLSD, aunque se instalen de manera voluntaria, deberán ir siempre programados con el MMSI asignado a la embarcación.
    Los equipos de LLSD que se instalen en las embarcaciones de recreo españolas deberán ser capaces de transmitir automáticamente la posición de la embarcación cuando se active el pulsador de socorro, por lo que deberán ir conectados a un receptor de navegación (GPS), interno o externo, a fi n de que, cuando dicho pulsador se active, la posición se incluya de manera automática en la alerta de socorro inicial.
    Los equipos de VHF deberán poder funcionar únicamente en los canales especifi cados en el Apéndice 18 del Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT. Si se utilizan equipos de VHF únicamente para radiotelefonía, deberán llevar el canal 70 inhibido.
    Ningún buque será autorizado a salir de puerto mientras no esté en condiciones de transmitir y recibir los alertas de socorro buque-costera, costera-buque y buque-buque a través de los equipos radioeléctricos que esté obligado a llevar.
    Sin embargo, no se considerará que una defi ciencia del equipo destinado a mantener las radiocomunicaciones generales, haga que el buque deje de ser apto para navegar, siempre que el buque esté en condiciones de llevar a cabo todas las funciones de socorro y seguridad.

    En RESUMEN si el Canal 70 esta prohibido/inhibido llevarlo activo, no se pueden realizar o recibir llamadas de Voz, por tanto, no se puede prohibir una acción que no es posible realizar.

    Saludos, PSM.

    Comentario


    • Respuesta: Re: Respuesta: PER ELCHE junio 2013

      Originalmente publicado por GNA1950 Ver Mensaje
      Hola si ya vi que esta ahi pero me da rabia que me compre un libro y me lo estudie y no venga toda la informacion .culpa mia de no mirar mas

      Comentario


      • Re: PER ELCHE junio 2013

        Originalmente publicado por PER2013MANISES Ver Mensaje
        Buenas Tardes,

        normativa sobre la Pregunta 42 Canal 70 VHF, cito a continuación normativa:

        REAL DECRETO 1185/2006, de 16 de octubre,
        por el que se aprueba el Reglamento por el que
        se regulan las radiocomunicaciones marítimas
        a bordo de los buques civiles españoles.

        Artículo 27. Instalaciones radioeléctricas, equipos y
        antenas.

        7. Los equipos de ondas métricas (VHF) deberán poder funcionar únicamente en los canales especificados en el apéndice 18 del Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT. Aquellos equipos de VHF utilizados únicamente para telefonía deberán llevar el canal 70 inhibido.

        Inhibir (RAE)
        (Del lat. inhibēre).
        1. tr. Impedir o reprimir el ejercicio de facultades o hábitos.
        2. tr. Der. Decretar que un juez no prosiga en el conocimiento de una causa por no ser de su competencia.
        3. tr. Med. Suspender transitoriamente una función o actividad del organismo mediante la acción de un estímulo adecuado. U. t. c. prnl.
        4. tr. p. us. Prohibir, estorbar, impedir. U. t. c. prnl.
        5. prnl. Abstenerse, dejar de actuar.
        6. prnl. Echarse fuera de un asunto o abstenerse de entrar en él o de tratarlo.

        En el Libro RADIOCOMUNICACIONES EN EL SERVICIO MÓVIL MARÍTIMO PARA EMBARCACIONES DE RECREO

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        3 NORMAS DE INSTALACIÓN Y DE FUNCIONAMIENTO DE EQUIPOS

        Todos los equipos radioeléctricos, antenas o cualquier otro elemento que forme parte de los mismos y que, de manera obligatoria o voluntaria se instalen en una embarcación de recreo nacional, deberán encontrarse aprobados y disponer del número de registro expedido por la Dirección General de la Marina Mercante.
        Todos los equipos que se instalen en los buques nacionales deberán ser autorizados por la Capitanía Marítima y su instalación a bordo deberá ser realizada por empresas autorizadas por la Administración Marítima española.

        Los equipos de VHF que se instale en los buques de recreo de las zonas de navegación 2, 3, 4, 5, 6 y 7 podrán ser de las clases B (SOLAS) o D (NO-SOLAS).
        Los equipos portátiles obligatorios de VHF, las radiobalizas de 406 MHz y los respondedores de radar, si se instalan, aunque sea de manera voluntaria, deben, en cualquier caso, ser válidos para cumplir con el SMSSM, y disponer del Certifi cado de Conformidad.
        En embarcaciones no obligadas a disponer de ningún equipo radioeléctrico (zonas 6 y 7), o en aquellas otras que deseen disponer de un segundo equipo portátil de VHF a bordo de forma voluntaria, no será necesario que éste cumpla con las normas del SMSSM, aunque en cualquier caso deberá ser de un tipo aprobado por la Administración.
        Los equipos de VHF que utilicen las técnicas de LLSD, aunque se instalen de manera voluntaria, deberán ir siempre programados con el MMSI asignado a la embarcación.
        Los equipos de LLSD que se instalen en las embarcaciones de recreo españolas deberán ser capaces de transmitir automáticamente la posición de la embarcación cuando se active el pulsador de socorro, por lo que deberán ir conectados a un receptor de navegación (GPS), interno o externo, a fi n de que, cuando dicho pulsador se active, la posición se incluya de manera automática en la alerta de socorro inicial.
        Los equipos de VHF deberán poder funcionar únicamente en los canales especifi cados en el Apéndice 18 del Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT. Si se utilizan equipos de VHF únicamente para radiotelefonía, deberán llevar el canal 70 inhibido.
        Ningún buque será autorizado a salir de puerto mientras no esté en condiciones de transmitir y recibir los alertas de socorro buque-costera, costera-buque y buque-buque a través de los equipos radioeléctricos que esté obligado a llevar.
        Sin embargo, no se considerará que una defi ciencia del equipo destinado a mantener las radiocomunicaciones generales, haga que el buque deje de ser apto para navegar, siempre que el buque esté en condiciones de llevar a cabo todas las funciones de socorro y seguridad.

        En RESUMEN si el Canal 70 esta prohibido/inhibido llevarlo activo, no se pueden realizar o recibir llamadas de Voz, por tanto, no se puede prohibir una acción que no es posible realizar.

        Saludos, PSM.

        No hombre, para la ZONA 4, NO es obligatorio que el equipo VHF tenga técnicas de LLSD, como tampoco es obligatorio la LEB, por lo tanto se puede navegar en regla con un equipo VHF que lleve el Canal 70 activo.

        Esto ya lo explicó muy bien la DGMM en su nota informativa

        http://www.azimut.es/docs/NOTA_INFOR...D1435_2010.pdf

        otra cosa es que la pregunta este mal redactada y que de lugar a confusiones, pero creo que si enfocáis la alegación para su anulación fundamentándola en que no se puede llamar porque debe llevarlo inhibido o simplemente porque no lo tienes activo no vais a ningún lado.

        Saludos

        Guillermo

        Comentario


        • Re: PER ELCHE junio 2013

          Buenas Guillermo,

          como crees que debemos plantear la alegación ?

          Saludos, PSM.

          Comentario


          • Re: PER ELCHE junio 2013

            Originalmente publicado por PER2013MANISES Ver Mensaje
            Buenas Guillermo,

            como crees que debemos plantear la alegación ?

            Saludos, PSM.
            En mi opinión deberíais de fundamentarla en la redacción de la pregunta, para posteriormente complementarla en los diferentes cambios, en tan poco tiempo, que la ley a tenido respecto a estos equipo, para por ultimo remartala con la NOTA INFORMATIVA que os he subido y que podéis emplea si así lo creéis conveniente.

            La pregunta no especifica si el canal 70 a la que se refiere corresponde a un equipo VHF con técnicas LSD o no, ya que si se refiere al primero es obvio que la respuesta no pude ser nunca la a) ya que no es que este prohibido es que no se pueden realizar. Por otra parte si se trata de un equipo de radiotelefonía sin LSD los textos dicen que deberían estar inhibido, por lo tanto tampoco seria válida la respuesta a) ya que como algún cofrade ha apuntado, eso sería ilegal, sin embargo viendo la redacción de la NOTA informativa, se puede dar el caso, y de hecho se dan muchos, que se navega legalmente con un equipo con el canal 70 activo.

            Lógicamente estos continuos cambios, hoy los equipos deben disponer de técnicas de LSD, y mañana no es necesario y para pasado mañana ya veremos lo que se le ocurre al político de turno solo conlleva a la confusión a la hora de interpretar este tipo de preguntas.

            Mi opinión, aunque seria bueno que otros cofrades también aportaran las suyas, es basar vuestras alegaciones en las continuas fluctuaciones de la propia ley con respecto a este sistema.

            Saludos

            Guillermo

            Comentario


            • Re: PER ELCHE junio 2013

              Editado: No procede
              Editado por última vez por Atarip; 08/07/2013, 22:17:06.

              Comentario


              • Re: PER ELCHE junio 2013

                Hola Guillermo,

                Que información debemos apuntar sobre la nota informativa???

                No habla del canal 70...

                Comentario


                • Respuesta: PER ELCHE junio 2013

                  Hola.alguien sabe como funciona lo de la correccion del examen si por ejemplo ellos tenian como buena la d y luego la revisan antes de poner la plantilla y ven que es la c.que hacen .invalidan la pregunta o cambian a la correcta la c? Gracias

                  Comentario


                  • Re: PER ELCHE junio 2013

                    Hola a todos,
                    Creo que como algunos, mi aprobado en el examen depende de la pregunta del canal 70. Estoy un poco perdida porque no sé muy bien como tengo que hacer la reclamación, cuando y donde he de presentarla. Si alguien pudiese ayudarme se lo agradecería muchísimo.
                    Saludos.

                    Comentario


                    • Re: PER ELCHE junio 2013

                      hola a todos,en el examen pasado las posibles reclamaciones las dirigimos a: TRIBUNAL DE EXAMENES NAUTICOS A LA ATT DE D.AGUSTIN LLORET SOLER,SECRETARIO DEL TRIBUNAL SERVICIOS DE PUERTOS. avda AGUILERA N1 PLANTA 8 03007 ALICANTE PERO NO HICIERON NI PUTO CASO,Y ENCIMA NOS LLAMARON MENTIROSOS. SUERTE Y SALUDOS

                      Comentario


                      • Re: PER ELCHE junio 2013

                        Originalmente publicado por juansan80 Ver Mensaje
                        Hola Guillermo,

                        Que información debemos apuntar sobre la nota informativa???

                        No habla del canal 70...
                        Pues la que queráis, esa nota informativa no es otra cosa que la interpretación que la DGMM dio a las modificaciones que sufrió el Reglamento de radiocomunicaciones que habían sido establecidos mediante el RD 1185/2006, modificaciones que permiten que en zona 4 se navegue con equipos VHF sin LSD.

                        No obstante creo que os estáis adelantado a los acontecimientos ya que igual dan por buena la d) ...., sinceramente yo esperaría a que al menos dijeran las respuestas.

                        Saludos

                        Guillermo
                        Editado por última vez por Invitado; 09/07/2013, 14:18:59.

                        Comentario


                        • Respuesta: PER ELCHE junio 2013

                          Hola como permanises llamo y le dijeron que le daban la a como respuesta .pero tienen ke revisarla.igual la dan como todas correctas que seria lo suyo

                          Comentario


                          • Re: PER ELCHE junio 2013

                            Buenas tardes/noches......

                            Para qué estéis informados de mis "avances"......

                            Como ya os dije, envié Mail a la DGMM y no obtenía respuesta, pues bien, despues de llamar por teléfono, esta mañana, a la DGMM, tan sólo media hora después...... Respuesta a mi Mail, que me escribe los siguiente;

                            "Buenas días Alejandro:
                            Siento informarle que este buzón de Atención Sede está dedicado a resolver dudas o problemas que puedan surgir durante la tramitación de algún procedimiento de la misma.
                            Hemos remitido su correo electrónico a la Dirección General de la Marina Mercante, para que mis compañeros resuelvan su consulta a la mayor brevedad posible.
                            Cualquier nueva consulta que desee realizar, le atenderemos gustosamente.
                            Reciba un cordial saludo,
                            Atención Sede Electrónica del Ministerio de Fomento"

                            Así qué, después de esto, espero que cumplan con su labor, y me ofrezcan una respuesta, y que esta, nos sea a todos de utilidad.

                            Por otro lado, tengo un número de teléfono de la DGMM, de las personas, en teoría, encargadas de solucionar las dudas en estos asuntos de titulaciones náuticas, con lo cual, mañana llamaré y os mantendré informados de los acontecimientos....

                            Saludos y unas rondikas güenas patós.....

                            Comentario


                            • Respuesta: PER ELCHE junio 2013



                              Se suma todo: funcionarios + verano + mucho calor + más efecto DGMM + falta de responsabilidad...

                              Es una pena que tengamos que andar así por culpa de una pregunta con deficiente calidad de redacción.
                              Ellos suelen incidir en que las transmisiones en el canal 70 están prohibidas y punto. Sin darse cuenta del lío que han formado por su pésimo hábito de redactar negligentemente.
                              Es sorprendente la ignorancia de la gramática y del lenguaje náutico en titulados superiores que han "ganado" una oposición del grupo A.

                              Además del desprecio manifiesto a los administrados...

                              Saludos
                              Editado por última vez por Neska; 11/07/2013, 07:40:43. Razón: Completar

                              Comentario


                              • Respuesta: PER ELCHE junio 2013

                                Ya esta la plantilla http://www.cit.gva.es/val/areasactiv...lles-dexamens/

                                Repasar pero veo cosas k no m coinciden en el b

                                Comentario

                                Trabajando...
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