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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

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10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

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14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

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Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Nueva normativa europea para los barcos de recreo

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  • #46
    Re: Nueva normativa europea para los barcos de recreo

    Originalmente publicado por markuay Ver Mensaje
    Los que estan navegando ya tienen su calificacion, si en el 83 un barco era de categoria 2, hoy lo sigue siendo, si aguantaba holas de 6 metros entonces, hoy deberia poder hacerlo si esta en buenas condiciones.

    En cuanto al comentario del cofrade Jadarvi, solo una precision, no es igual pillar holas de 5 metros a 100 millas de la costa que a 1 milla, siempre tendras la posibilidad de refugiarte en cualquier puerto, darsena, cala o simplemente en una playa, a 200 millas te tendras que comer el marron con patatas, dure una hora o 30.

    Salut.
    Lo que quiero saber es si para los que navegan seguirán las zonas asignadas de navegación 4,5,6,7 o si desaparecen para todos, si ahora un barco que tenía zona asignada 6, dos millas, puede navegar a cinco o doce millas, llevando el equipamiento necesario y en función de las condiciones meteorológicas.
    Caminante no hay camino sino estelas en el mar...

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    • #47
      Re: Nueva normativa europea para los barcos de recreo

      Wolfo, mientras existan embarcaciones bajo esas normas, ambas normas deberan coesixtir igual que ocurre con las licencias de navegacion y otros muchos reglamentos, en mi trabajo mantengo vigentes hasta tres reglamentos de una misma actividad.

      Comentario


      • #48
        Re: Nueva normativa europea para los barcos de recreo

        Originalmente publicado por Dibujito Ver Mensaje
        Discrepo totalmente, el dia que pilles una castaña fuerte de levante, vas a estar deseando estar lejos de la costa, pocos puertos conozco que puedas entrar en ellos sin peligro, ademas que en la costa se generan olas muchisimo mas peligrosas.
        Eso esta claro, la costa es un peligro y la poca profundidad aun altera mas el mar, pero un barco pequeño y normalmente con menor categoria de navegacion, estando a una milla puedes refugiarte en un puerto, se entra como sea, incluso en uno comercial (Valencia, Sagunto, en nuestro caso, incluso tirarte a la playa, no hablo solo de veleros, alla dentro aguantar el palizon puede ser un infierno, sobre todo para la tripulacion.

        De todas formas, el castañon no te llega en cinco minutos, antes de salir ya puedes ver mas o menos como esta el tema, incluso si empieza a pintar mal, das media vuelta, pero a 200 millas aunque lo veas venir...............



        PD/ Jodido es entrar en la Puebla, pero en Saplaya aun es mas divertido.
        .

        sigpic Slava Ukrayini!.

        Comentario


        • #49
          Re: Nueva normativa europea para los barcos de recreo

          Originalmente publicado por Wolfo Ver Mensaje
          Lo que quiero saber es si para los que navegan seguirán las zonas asignadas de navegación 4,5,6,7 o si desaparecen para todos, si ahora un barco que tenía zona asignada 6, dos millas, puede navegar a cinco o doce millas, llevando el equipamiento necesario y en función de las condiciones meteorológicas.
          son cosas distintas.

          .

          sigpic Slava Ukrayini!.

          Comentario


          • #50
            Re: Nueva normativa europea para los barcos de recreo

            Originalmente publicado por GMB Ver Mensaje
            Wolfo, mientras existan embarcaciones bajo esas normas, ambas normas deberan coesixtir igual que ocurre con las licencias de navegacion y otros muchos reglamentos, en mi trabajo mantengo vigentes hasta tres reglamentos de una misma actividad.
            Eso es lo que no aclara el artículo. Lo que lo lía todo es cuando dice que se eliminan las zonas de navegación y hace referencia a la confusión de los navegantes entre zonas de navegación y condiciones meteorológicas. Eso es lo que hace dudar.

            Cuando aumentaron las atribuciones de los PER para equipararlos al resto de países lo hicieron para todos. De todas formas son directrices europeas falta llevarlo a la normativa española.

            En cualquier caso no deja de ser bastante absurda la diferenciación entre dos, cinco y doce millas. Es algo desfasado que no responde a otra cosa que a la burocratización secular que tenemos en España.

            Lo lógico sería primar el estado meteorológico, elementos de seguridad y titulación del Patrón.
            Editado por última vez por Wolfo; 25/01/2016, 12:39:00.
            Caminante no hay camino sino estelas en el mar...

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            • #51
              Re: Nueva normativa europea para los barcos de recreo

              De momento es una directiva europea, ahora falta que cada pais miembro la trasponga en forma de ley, esta es la cuestion, de todas formas como indique antes, ninguna ley puede hacer ilegal lo que un dia lo fue.
              De todas formas, la directiva hace referencia al diseño, no a su ambito de utilizacion, esto es lo que casa pais miembro interpreta un poco a su criterio.

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              • #52
                Re: Nueva normativa europea para los barcos de recreo

                Originalmente publicado por Wolfo Ver Mensaje
                Eso es lo que no aclara el artículo. Lo que lo lía todo es cuando dice que se eliminan las zonas de navegación y hace referencia a la confusión de los navegantes entre zonas de navegación y condiciones meteorológicas. Eso es lo que hace dudar.

                No hay que confundir la categoria de fabricacion que otroga el astillero en funcion de lo que considera que puede aguantar el barco con seguridad, con las categorias administrativas de cada pais que no tienen nada que ver.

                Cuando aumentaron las atribuciones de los PER para equipararlos al resto de países lo hicieron para todos. De todas formas son directrices europeas falta llevarlo a la normativa española.

                Sigue siendo un tema diferente.

                De todas formas no deja de ser bastante absurda la diferenciación entre dos, cinco y doce millas. Es algo desfasado que no responde a otra cosa que a la burocratización secular que tenemos en España.

                Dos millas desde un abrigo, frente a 12 millas paralelas a la costa, nada que ver, es una de las pocas diferenciaciones que tienen algo de sentido.

                Lo lógico sería primar el estado meteorológico, elementos de seguridad y titulación del Patrón.

                Y tipo-diseño de barco, fundamental, no es lo mismo una zodiac de 3 metros que un velero de 50 pies por mucho material de seguridad que se tenga o muy capitan de yate que se sea.

                Editado por última vez por markuay; 25/01/2016, 12:53:54.
                .

                sigpic Slava Ukrayini!.

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                • #53
                  Re: Nueva normativa europea para los barcos de recreo

                  Cuando aumentaron las atribuciones de los PER para equipararlos al resto de países lo hicieron para todos. De todas formas son directrices europeas falta llevarlo a la normativa española.

                  Cierto, lo hicieron para todos lo que se examinan con la nueva normativa, yo tengo el mio sin actualizar y nadie me ha dicho que sea ilegal, lo que no te se decir es que ocurrida el dia que me toque renovarlo, tendre que actualizarlo, podre mantenerlo, ya vere cuando llegue el momento.

                  Comentario


                  • #54
                    Re: Nueva normativa europea para los barcos de recreo

                    [quote=GMB;1870080]Cuando aumentaron las atribuciones de los PER para equipararlos al resto de países lo hicieron para todos. De todas formas son directrices europeas falta llevarlo a la normativa española.

                    Cierto, lo hicieron para todos lo que se examinan con la nueva normativa, yo tengo el mio sin actualizar y nadie me ha dicho que sea ilegal, lo que no te se decir es que ocurrida el dia que me toque renovarlo, tendre que actualizarlo, podre mantenerlo, ya vere cuando llegue el momento.

                    Yo renové el mío hace poco y entiendo que las atribuciones son las mismas para todos los PER.
                    Caminante no hay camino sino estelas en el mar...

                    Comentario


                    • #55
                      Re: Nueva normativa europea para los barcos de recreo

                      Originalmente publicado por markuay Ver Mensaje
                      La única diferencia que puedes encontrar a 12 millas es el tráfico mercante y a dos millas en Gijón ya lo topas. Lo que tienes que hacer es conocer las normas de navegación pero eso es a dos y a dos mil millas.
                      Caminante no hay camino sino estelas en el mar...

                      Comentario


                      • #56
                        Re: Nueva normativa europea para los barcos de recreo

                        Originalmente publicado por GMB Ver Mensaje
                        Cuando aumentaron las atribuciones de los PER para equipararlos al resto de países lo hicieron para todos. De todas formas son directrices europeas falta llevarlo a la normativa española.
                        No hay una normativa europea al respecto y por lo tanto nada que equiparar.

                        En Europa hay legislaciones nacionales mas restrictivas y otras que directamente no legislan nada en materia de titulaciones, simplemente se cambiaron algunos conceptos haciendolos mas" laxos".

                        .

                        sigpic Slava Ukrayini!.

                        Comentario


                        • #57
                          Re: Nueva normativa europea para los barcos de recreo

                          Originalmente publicado por markuay Ver Mensaje
                          No hay una normativa europea al respecto y por lo tanto nada que equiparar.

                          En Europa hay legislaciones nacionales mas restrictivas y otras que directamente no legislan nada en materia de titulaciones, simplemente se cambiaron algunos conceptos haciendolos mas" laxos".

                          No me referia al caso de los PER, conozco las peculiaridades de nuestras legislaciones, me referia a la aplicacion de las directivas europeas en general.

                          Comentario


                          • #58
                            Re: Nueva normativa europea para los barcos de recreo

                            Originalmente publicado por markuay Ver Mensaje
                            No hay una normativa europea al respecto y por lo tanto nada que equiparar.

                            En Europa hay legislaciones nacionales mas restrictivas y otras que directamente no legislan nada en materia de titulaciones, simplemente se cambiaron algunos conceptos haciendolos mas" laxos".

                            Cuando se aumentaron las atribuciones se habló de su adecuación al marco europeo.



                            Ciertamente en España tenemos un exceso de burocratización
                            Caminante no hay camino sino estelas en el mar...

                            Comentario


                            • #59
                              Re: Nueva normativa europea para los barcos de recreo

                              Originalmente publicado por Wolfo Ver Mensaje
                              La única diferencia que puedes encontrar a 12 millas es el tráfico mercante y a dos millas en Gijón ya lo topas. Lo que tienes que hacer es conocer las normas de navegación pero eso es a dos y a dos mil millas.
                              No estoy de acuerdo, el echo de las 2, 5 o 12 millas no es lo fundamental, aunque evidentemente las distancias tienen su importancia, pero lo que hace la norma completamente diferente es que en el caso de las 2 y las 5 millas habla de esas distancias desde un punto de abrigo, (puerto, estuario, playa , etc.) mientras que en el caso de las 12 millas ya cambia todo, aqui se habla de distancia paralela a la costa y por lo tanto puedes estar navegando a 7 millas de un acantilado que tiene 50 millas de largo y por lo tanto sin posibilidad alguna de refugio.

                              O sea, nada que ver, si en nuestra farragosa legislacion hay algo con un poco de sentido, es precisamente esta diferenciacion de categorias que se basa por una parte en el tamaño del barco, es evidente que algunas embarcaciones estan muy limitadas por su diseño o tamaño para segun que cosas por muchas normas que se sepan.

                              .

                              sigpic Slava Ukrayini!.

                              Comentario


                              • #60
                                Re: Nueva normativa europea para los barcos de recreo

                                Por definición, las normas legales no pueden tener efectos retroactivos cuando estos sean potencialmente desfavorables, por tanto, entiendo que los barcos anteriores a la norma mantendrán sus categorías de diseño de acuerdo con los criterios que regían hasta la entrada en vigor de la nueva normativa.

                                Por otro lado, y por definición, se entiende que cualquier barco con categoría A es transoceánico y, además, la transposición de esta Directiva a nuestra legislación supondrá necesariamente cambios en la normativa española, aunque dudo de que cambien las zonas de navegación tal cual las entienden actualmente.

                                salud!!!

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