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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Incidentes con orcas

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  • Re: Incidentes con orcas

    Originalmente publicado por zar Ver Mensaje
    Y...otra vez diciendo cosas que NO son verdad.El velero hundido en ese ataque sufrio la rotura de la limera junto al eje de uno de los timones, dicho por los que estaban a bordo.En NINGUN momento hablaron de golpes contra la orza y el casco.

    El uso de petardos y/o Pingers NO hará que los ataques dejen de existir.Cuando se sepa,cosa que dudo, el porqué de los ataques puede que se encuentre la forma de hacer que disminuyan..

    El uso de petardos pequeños sólo ASUSTA..no daña, no esta demostrado, no mata, no evita que vayan a otro velero que no los tenga..solo asusta, solo asusta..y digo esto basándome en los testimonios de los skippers que lo han usado, que en privado, y no en un foro público si que lo cuentan, y doy fe de ello.

    Si mi teoría fuese cierta y es que nos adentramos en las zonas de comida de las orcas, Que además y debido a la sobrepesca, escasean.Y que estas nos atacan porqué estamos en medio de sus zonas de comida.. bastaría con saber su posición, la de las Orcas, vía avisos a los navegantes, como he dicho muchas veces, y NO entraríamos en ellas
    Un petardo, incluso de los pequeños, bajo un medio como el agua hace una onda bastante bruta, para un bicho de estos tan sensible con ecolocalización puede dañarlos, por eso están prohibidos (entre otras cosas).


    Los pueden dañar físicamente incluso sondas de cierta potencia, por lo de que "solo asusta, no daña", en fin.

    Comentario


    • Re: Incidentes con orcas

      Originalmente publicado por caribdis Ver Mensaje
      Idéntico propósito modernizador preside la renovación que el título III lleva a cabo en el régimen de los sujetos de la navegación, empezando por la figura del armador, que no excluye pero sí desplaza a un plano secundario la del propietario del buque. La diferencia entre propietario y armador permite distinguir entre la simple cotitularidad del buque y el verdadero condominio naval. La explotación mercantil en común bajo un régimen de mayoría permite calificar la relación como algo distinto a la copropiedad y a quienes la protagonizan como verdaderos armadores y navieros.

      ...

      Queda garantizada la libertad profesional del capitán para tomar decisiones autónomas en materia de seguridad y protección del medio ambiente. Para ello se recoge de forma sintética y clara el poder que ostenta para actuar en interés del buque, con legitimación activa y pasiva para comparecer en todos los procedimientos judiciales y actuaciones administrativas que reclamen su presencia por causa de relaciones jurídicas surgidas con ocasión de la navegación o explotación del buque. Se aclara la responsabilidad del armador por los actos ilícitos del capitán frente a terceros (tanto si son de origen contractual como extracontractual), regulándose la «protesta de mar» como instrumento probatorio exento de formalismo, que obliga al capitán a dejar constancia en el Diario de Navegación de los acaecimientos ocurridos durante el viaje y a certificarlos luego de forma unilateral en la protesta.

      Estos párrafos están en el preámbulo de la ley 14/2014 de navegación marítima, y creo que expresan bien que es lo que quiere regular la ley

      Aún obviando que la ley se refiere a buques y a relaciones profesionales y no a barcos deportivos de menos de 24 m, parece claro que el alcance de ese "cuantas medidas crea necesarias" no es ilimitado y el capitán de repente tiene licencia para matar para preservar además "la seguridad" de personas y bienes...mira que no puedes entender de una manera amplia eso de "la seguridad"..

      Además la ley recalca la figura del capitán como autoridad pública que cumplirá y hará cumplir las leyes:

      Artículo 176. Condición de autoridad pública.
      1. El capitán tendrá a bordo la condición de autoridad pública y deberá cumplir y hacer cumplir toda obligación que legal o reglamentariamente se le imponga en razón del cargo, en especial la de mantener el orden y la seguridad a bordo

      Creo que os pasáis de frenada intentando justificar y darle incluso soporte legal a unas actuaciones que no se sabe muy bien de donde han salido, pero que están especificadas muy claramente como ilegales, y que ningún cientifico recomienda para este caso concreto, al contrario, dicen que son contraproducentes y lo estamos viendo.

      En cuanto al agorerismo de que va a pasar cuando muera alguien, es aplicable exactamente lo mismo:

      Los cientificos están diciendo que el uso de medios disuasorios agrava el problema, están desaconsejando encarecidamente

      Claro que mantendré mi postura si muere alguien, no veis que os están diciendo que las medidas disuasorias agravan el problema?

      ...



      Enviado dende o meu SM-G736B usando Tapatalk
      Pero, ¿que cientificos dicen que agrava , con que pruebas lo dicen, y que medidas disuasorias son esas ?
      La pregunta , que yo te haria es.

      ¿Que medidas tomaras tu mismo , si ves peligrar a las personas que lleves en tu barco, y te pongo de ejemplo, tu mujer y tu hijo ?
      Es decir estas recibiendo ataques violentos, con posibilidad de hundimiento, ¿que harias tu mismo ante esa situacion?.

      Comentario


      • Re: Incidentes con orcas

        Originalmente publicado por antodelg Ver Mensaje
        Un petardo, incluso de los pequeños, bajo un medio como el agua hace una onda bastante bruta, para un bicho de estos tan sensible con ecolocalización puede dañarlos, por eso están prohibidos (entre otras cosas).


        Los pueden dañar físicamente incluso sondas de cierta potencia, por lo de que "solo asusta, no daña", en fin.
        De acuerdo un petardo de baja potencia puede causar una molestia auditiva a las orcas que estén cerca del lugar donde explota, pero no les produce un daño lo suficientemente grande, o al menos no lo parece, ya que la capacidad auditiva de las orcas sigue siendo muy buena ya que nos localizan rápidamente..
        Desde luego yo no estoy hablando,en ningún caso, de tirar petardos a los animales, soy un firme defensor de los animales, de todos los animales...ni utilizar petardos grandes, NI petardos "lastrados" para que exploten a profundidad, sino utilizar un pequeño petardo para que explote en el agua, en superficie, como medio disuasorio para asustarlas y hacerlas desistir de su ataque.

        Si no hay soluciones, si no hay marcaje de los grupos de orcas comunicando su posición a los navegantes...entonces quizás la única solución sea dejarse atacar y aceptarlo como un peligro más de la navegación...

        En fin, para mi este tema, a día de hoy, no tiene solución..

        Comentario


        • Re: Incidentes con orcas

          Originalmente publicado por zar Ver Mensaje
          De acuerdo un petardo de baja potencia puede causar una molestia auditiva a las orcas que estén cerca del lugar donde explota, pero no les produce un daño lo suficientemente grande, o al menos no lo parece, ya que la capacidad auditiva de las orcas sigue siendo muy buena ya que nos localizan rápidamente..
          Desde luego yo no estoy hablando,en ningún caso, de tirar petardos a los animales, soy un firme defensor de los animales, de todos los animales...ni utilizar petardos grandes, NI petardos "lastrados" para que exploten a profundidad, sino utilizar un pequeño petardo para que explote en el agua, en superficie, como medio disuasorio para asustarlas y hacerlas desistir de su ataque.

          Si no hay soluciones, si no hay marcaje de los grupos de orcas comunicando su posición a los navegantes...entonces quizás la única solución sea dejarse atacar y aceptarlo como un peligro más de la navegación...

          En fin, para mi este tema, a día de hoy, no tiene solución..
          Molestia no, precisamente es muy buena porque es muy sensible. Se han dado caso de daños por sondas e incluso ruido continuado de motores de barcos grandes... Un petardo comprime mucho el agua y genera una onda muy rápida.

          A mi lo que me da miedo del tema de los petardos a una cría es lo de que la "mamá orca" se tome al barco como una amenaza y entonces sí que ataque de verdad.

          Tampoco creo que haya otra solución que marcarlas y no navegar cuando estén cerca.

          Comentario


          • Re: Incidentes con orcas

            Originalmente publicado por antodelg Ver Mensaje
            Molestia no, precisamente es muy buena porque es muy sensible. Se han dado caso de daños por sondas e incluso ruido continuado de motores de barcos grandes... Un petardo comprime mucho el agua y genera una onda muy rápida.

            A mi lo que me da miedo del tema de los petardos a una cría es lo de que la "mamá orca" se tome al barco como una amenaza y entonces sí que ataque de verdad.

            Tampoco creo que haya otra solución que marcarlas y no navegar cuando estén cerca.

            Carajillos a esta ahora, por favor
            Absolutamente de acuerdo con la cosa del marcaje, si técnicamente es posible. Lo que no veo claro es que facilitaría su localización por las empresas de avistamientos, lo que quizás agrave el problema

            Comentario


            • Re: Incidentes con orcas

              Originalmente publicado por antodelg Ver Mensaje
              Molestia no, precisamente es muy buena porque es muy sensible. Se han dado caso de daños por sondas e incluso ruido continuado de motores de barcos grandes... Un petardo comprime mucho el agua y genera una onda muy rápida.

              A mi lo que me da miedo del tema de los petardos a una cría es lo de que la "mamá orca" se tome al barco como una amenaza y entonces sí que ataque de verdad.

              Tampoco creo que haya otra solución que marcarlas y no navegar cuando estén cerca.
              Entonces...cuales son las soluciones que propones para los que si navegamos en zona de orcas en un velero. En mi caso en un pequeño velero.

              Y si me permites una pregunta..te has visto tu en la situación de estar en un velero navegando en zona de orcas y oír por la radio como están atacando a otro velero cercano?..y si es así, como has reaccionado?

              Gracias

              Comentario


              • Re: Incidentes con orcas

                Anoto la ley que protege a las orcas:

                Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y Biodiversidad
                Artículo 54. Garantía de conservación de especies autóctonas silvestres.

                5. Queda prohibido dar muerte, dañar, molestar o inquietar intencionadamente a los animales silvestres, sea cual fuere el método empleado o la fase de su ciclo biológico


                Para las especies de animales no comprendidos en alguna de las categorías definidas en los artículos 56 y 58, estas prohibiciones no se aplicarán en los supuestos con regulación específica, en especial en la legislación de montes, caza, agricultura, sanidad y salud públicas, pesca continental y pesca marítima, o en los supuestos regulados por la Administración General del Estado o las comunidades autónomas, en el ámbito de sus competencias, para su explotación, de manera compatible con la conservación de esas especies.
                Artículo 57. Prohibiciones y garantía de conservación para las especies incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial.

                1. La inclusión en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial de una especie, subespecie o población conlleva las siguientes prohibiciones genéricas:

                b) Tratándose de animales, incluidas sus larvas, crías, o huevos, la de cualquier actuación hecha con el propósito de darles muerte, capturarlos, perseguirlos o molestarlos, así como la destrucción o deterioro de sus nidos, vivares y lugares de reproducción, invernada o reposo.

                ANEXO V

                Especies animales y vegetales de interés comunitario que requieren una protección estricta

                VERTEBRADOS.
                MAMÍFEROS.
                CETÁCEA.
                Todas las especies.




                Especificamente, el RD 1727/2007 de medidas de protección a los cetáceos


                Preámbulo: urge la adopción de medidas de prevención y protección que eviten o minimicen el impacto de las actividades de observación de cetáceos, ya sea con fines turísticos, científicos, recreativos, divulgativos o por cualquier otra circunstancia en la que el hombre entre en contacto con éstos.

                Los derechos de libre navegación y de paso inocente se ejercerán en los términos previstos en el derecho internacional, si bien los buques extranjeros deberán cumplir con las medidas de protección de los cetáceos.


                Artículo 4. Medidas generales de protección.

                1. Deberá evitarse en el Espacio Móvil de Protección de Cetáceos la realización de cualquier conducta que pueda causar muerte, daño, molestia o inquietud a los cetáceos conforme a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.
                2. A efectos de este real decreto, se considera que puede dañar, molestar o inquietar a los cetáceos:
                a) El contacto físico de embarcaciones o personas con el cetáceo o grupo de cetáceos.
                b) Alimentar a los animales, tirar alimentos, bebidas, basuras o cualquier otro tipo de objeto o sustancia sólida o líquida que sea perjudicial para los cetáceos.
                c) Impedir el movimiento libre de los cetáceos, interceptar su trayectoria, cortar su paso o atravesar un grupo de cetáceos, en cualquier momento y dirección.
                d) Separar o dispersar al grupo de cetáceos y, especialmente, interponerse entre un adulto y su cría.
                e) Producir ruidos y sonidos fuertes o estridentes para intentar atraerlos o alejarlos, incluyendo la emisión de sonidos bajo el agua.
                f) Bañarse o bucear en la Zona de Exclusión del Espacio Móvil de Protección de Cetáceos.


                "Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga"

                Comentario


                • Re: Incidentes con orcas

                  Originalmente publicado por zar Ver Mensaje
                  Entonces...cuales son las soluciones que propones para los que si navegamos en zona de orcas en un velero. En mi caso en un pequeño velero.

                  Y si me permites una pregunta..te has visto tu en la situación de estar en un velero navegando en zona de orcas y oír por la radio como están atacando a otro velero cercano?..y si es así, como has reaccionado?

                  Gracias
                  Ahora? Pues la única solución es intentar no navegar por zonas donde estén las orcas mientras estén por ahí. Igual que no navegarías si dan previsión de tormenta.

                  No deja de ser otro elemento más de la naturaleza al que hay que tener en cuenta si se quiere ir con cierta seguridad. Al final ir en barco recreativo no deja de ser una actividad lúdica que no debería ponerse por encima de la vida de animales protegidos.

                  No, por suerte no me he encontrado en esa situación, Sí qué he escuchado por radio ataques cercanos (este verano mismo entraron en Arousa unas cuantas), pero no iba en velero.
                  Editado por última vez por antodelg; 06/10/2025, 18:40:44.

                  Comentario


                  • Re: Incidentes con orcas

                    Originalmente publicado por zar Ver Mensaje
                    Y...otra vez diciendo cosas que NO son verdad.El velero hundido en ese ataque sufrio la rotura de la limera junto al eje de uno de los timones, dicho por los que estaban a bordo.En NINGUN momento hablaron de golpes contra la orza y el casco.

                    El uso de petardos y/o Pingers NO hará que los ataques dejen de existir.Cuando se sepa,cosa que dudo, el porqué de los ataques puede que se encuentre la forma de hacer que disminuyan..

                    El uso de petardos pequeños sólo ASUSTA..no daña de manera agresiva, o al menos no esta demostrado científicamente, no mata, no evita que vayan a otro velero que no los tenga...y digo esto basándome en los testimonios de los skippers que lo han usado, que en privado, y no en un foro público si que lo cuentan, y doy fe de ello.

                    Si mi teoría fuese cierta y es que nos adentramos en las zonas de comida de las orcas, Que además y debido a la sobrepesca, escasean.Y que estas nos atacan porqué estamos en medio de sus zonas de comida.. bastaría con saber su posición, la de las Orcas, vía avisos a los navegantes, como he dicho muchas veces, y NO entraríamos en ellas
                    Mira el vídeo del Ocean View y los golpes que recibe, en los que hasta tiembla la jarcia y escora el barco, como si tocara contra una piedra, esos no son golpes a los timones



                    ...
                    "Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga"

                    Comentario


                    • Re: Incidentes con orcas

                      Pero Caribdis, ¿Tan difícil es comprender que esas medidas de protección que citas son para cuando los humanos van a molestarlas (y las compartimos todos) y no para cuando son ellas las que vienen a hundir el barco con tu familia dentro?.
                      Las navegaciones y los libros del Corto Maltés:
                      https://cortomaltes2012.blogspot.com/

                      Comentario


                      • Re: Incidentes con orcas

                        Originalmente publicado por Josejoaquin Ver Mensaje
                        Pero, ¿que cientificos dicen que agrava , con que pruebas lo dicen, y que medidas disuasorias son esas ?
                        La pregunta , que yo te haria es.

                        ¿Que medidas tomaras tu mismo , si ves peligrar a las personas que lleves en tu barco, y te pongo de ejemplo, tu mujer y tu hijo ?
                        Es decir estas recibiendo ataques violentos, con posibilidad de hundimiento, ¿que harias tu mismo ante esa situacion?.

                        Hay gente que estudia todos los casos de avistamientos, interacciones, incidentes y ataques. En el taller del IWC ya llevaban 4 años de incidentes y muchísima información.

                        Sobre las medidas disuasorias aclaran que ninguna es efectiva, ni las legales ni las ilegales.

                        The Workshop agreed that current measures used by mariners, legal and illegal, have been ineffective. It was suggested that this may be because the whales do not make a direct association with the mariners’ action (e.g. shooting a flare) and the rudder. These actions may also be reinforcing the behaviour rather than deterring it.

                        El Taller concordó que las medidas actuales empleadas por los navegantes, tanto legales como ilegales, han sido ineficaces. Se sugirió que esto podría deberse a que las ballenas no establecen una asociación directa entre la acción de los navegantes (por ejemplo, disparar una bengala) y el timón. Estas acciones también podrían estar reforzando el comportamiento en lugar de disuadirlo.


                        Si me preguntas como actuaré yo, ya me ha pasado, y diría que en primer lugar, siempre me preocupó la seguridad y que pensé que la insumergibilidad era una condición importante en un barco. La tenía el barco con el que hice más de 30.000 millas, la mayor parte en aguas tropicales y sin motor, y cuando me planteé comprar un nuevo barco mientras no puedo abordar el proyecto de velero oceánico que bastantes conocéis, preferí también que fuera insumergible, un Etap..

                        Y trayéndolo de Holanda, más preocupado de la navegación que de las orcas, nos encontraron ellas en Fisterra. Y puedo asegurar que mi principal sentimiento era de perplejidad y tristeza: que os he hecho yo para que me ataquéis con esta furia??..podría esperar un juego, pero no, fue un ataque furioso...por qué? por qué pasa?

                        La respuesta que me sale más fácil es que alguien las ha atacado y les somos hostiles. No van a ganar nada atacándonos, pero tal vez no lo pueden evitar, es su naturaleza de depredador en la cúspide de la pirámide alimentaria..

                        Ya son cinco años, ya se ve que los petardos son solamente una solución egoísta que las aleja momentáneamente para volver después por sorpresa o para atacar furiosas al barco que pasa más cercano.

                        Un poco de cabeza por favor, NO funciona subir en la escala de la agresividad. Son daños materiales hasta el momento, y hay seguros que los pagan, no hagamos las cosas más graves, precisamente pensando en un niño o una familia que lleves a bordo...busca un barco fuerte, refuérzale la limera, infórmate donde están, procura no pasar, pero no vayas de gallito a medir tus genitales con los de un bicho de 9 toneladas, no somos menos machos porque nos ataquen, yo lo tengo muy claro..

                        Solucionémoslo entre todos, evitemos las medidas egoístas que prolongan el problema..

                        ...
                        "Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga"

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                        • Re: Incidentes con orcas

                          Originalmente publicado por aaledo Ver Mensaje
                          Pero Caribdis, ¿Tan difícil es comprender que esas medidas de protección que citas son para cuando los humanos van a molestarlas (y las compartimos todos) y no para cuando son ellas las que vienen a hundir el barco con tu familia dentro?.
                          Ya te he puesto el preámbulo que aclara eso:

                          fines turísticos, científicos, recreativos, divulgativos o por cualquier otra circunstancia en la que el hombre entre en contacto con éstos.


                          Quien te dice que estos ataques no vienen ya de no haber respetado ese real decreto?

                          "Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga"

                          Comentario


                          • Re: Incidentes con orcas

                            Originalmente publicado por caribdis Ver Mensaje
                            Anoto la ley que protege a las orcas:

                            Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y Biodiversidad
                            Artículo 54. Garantía de conservación de especies autóctonas silvestres.

                            5. Queda prohibido dar muerte, dañar, molestar o inquietar intencionadamente a los animales silvestres, sea cual fuere el método empleado o la fase de su ciclo biológico


                            Para las especies de animales no comprendidos en alguna de las categorías definidas en los artículos 56 y 58, estas prohibiciones no se aplicarán en los supuestos con regulación específica, en especial en la legislación de montes, caza, agricultura, sanidad y salud públicas, pesca continental y pesca marítima, o en los supuestos regulados por la Administración General del Estado o las comunidades autónomas, en el ámbito de sus competencias, para su explotación, de manera compatible con la conservación de esas especies.
                            Artículo 57. Prohibiciones y garantía de conservación para las especies incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial.

                            1. La inclusión en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial de una especie, subespecie o población conlleva las siguientes prohibiciones genéricas:

                            b) Tratándose de animales, incluidas sus larvas, crías, o huevos, la de cualquier actuación hecha con el propósito de darles muerte, capturarlos, perseguirlos o molestarlos, así como la destrucción o deterioro de sus nidos, vivares y lugares de reproducción, invernada o reposo.

                            ANEXO V

                            Especies animales y vegetales de interés comunitario que requieren una protección estricta

                            VERTEBRADOS.
                            MAMÍFEROS.
                            CETÁCEA.
                            Todas las especies.




                            Especificamente, el RD 1727/2007 de medidas de protección a los cetáceos


                            Preámbulo: urge la adopción de medidas de prevención y protección que eviten o minimicen el impacto de las actividades de observación de cetáceos, ya sea con fines turísticos, científicos, recreativos, divulgativos o por cualquier otra circunstancia en la que el hombre entre en contacto con éstos.

                            Los derechos de libre navegación y de paso inocente se ejercerán en los términos previstos en el derecho internacional, si bien los buques extranjeros deberán cumplir con las medidas de protección de los cetáceos.


                            Artículo 4. Medidas generales de protección.

                            1. Deberá evitarse en el Espacio Móvil de Protección de Cetáceos la realización de cualquier conducta que pueda causar muerte, daño, molestia o inquietud a los cetáceos conforme a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.
                            2. A efectos de este real decreto, se considera que puede dañar, molestar o inquietar a los cetáceos:
                            a) El contacto físico de embarcaciones o personas con el cetáceo o grupo de cetáceos.
                            b) Alimentar a los animales, tirar alimentos, bebidas, basuras o cualquier otro tipo de objeto o sustancia sólida o líquida que sea perjudicial para los cetáceos.
                            c) Impedir el movimiento libre de los cetáceos, interceptar su trayectoria, cortar su paso o atravesar un grupo de cetáceos, en cualquier momento y dirección.
                            d) Separar o dispersar al grupo de cetáceos y, especialmente, interponerse entre un adulto y su cría.
                            e) Producir ruidos y sonidos fuertes o estridentes para intentar atraerlos o alejarlos, incluyendo la emisión de sonidos bajo el agua.
                            f) Bañarse o bucear en la Zona de Exclusión del Espacio Móvil de Protección de Cetáceos.


                            Como siempre parido desde un despacho por quien no se "comio" un incidente con orcas en su barco
                            BARRILES DE RON JAMAICANO PARA TODOS

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                            • Re: Incidentes con orcas

                              Originalmente publicado por caribdis Ver Mensaje
                              Hay gente que estudia todos los casos de avistamientos, interacciones, incidentes y ataques. En el taller del IWC ya llevaban 4 años de incidentes y muchísima información.

                              Sobre las medidas disuasorias aclaran que ninguna es efectiva, ni las legales ni las ilegales.

                              The Workshop agreed that current measures used by mariners, legal and illegal, have been ineffective. It was suggested that this may be because the whales do not make a direct association with the mariners’ action (e.g. shooting a flare) and the rudder. These actions may also be reinforcing the behaviour rather than deterring it.

                              El Taller concordó que las medidas actuales empleadas por los navegantes, tanto legales como ilegales, han sido ineficaces. Se sugirió que esto podría deberse a que las ballenas no establecen una asociación directa entre la acción de los navegantes (por ejemplo, disparar una bengala) y el timón. Estas acciones también podrían estar reforzando el comportamiento en lugar de disuadirlo.


                              Si me preguntas como actuaré yo, ya me ha pasado, y diría que en primer lugar, siempre me preocupó la seguridad y que pensé que la insumergibilidad era una condición importante en un barco. La tenía el barco con el que hice más de 30.000 millas, la mayor parte en aguas tropicales y sin motor, y cuando me planteé comprar un nuevo barco mientras no puedo abordar el proyecto de velero oceánico que bastantes conocéis, preferí también que fuera insumergible, un Etap..

                              Y trayéndolo de Holanda, más preocupado de la navegación que de las orcas, nos encontraron ellas en Fisterra. Y puedo asegurar que mi principal sentimiento era de perplejidad y tristeza: que os he hecho yo para que me ataquéis con esta furia??..podría esperar un juego, pero no, fue un ataque furioso...por qué? por qué pasa?

                              La respuesta que me sale más fácil es que alguien las ha atacado y les somos hostiles. No van a ganar nada atacándonos, pero tal vez no lo pueden evitar, es su naturaleza de depredador en la cúspide de la pirámide alimentaria..

                              Ya son cinco años, ya se ve que los petardos son solamente una solución egoísta que las aleja momentáneamente para volver después por sorpresa o para atacar furiosas al barco que pasa más cercano.

                              Un poco de cabeza por favor, NO funciona subir en la escala de la agresividad. Son daños materiales hasta el momento, y hay seguros que los pagan, no hagamos las cosas más graves, precisamente pensando en un niño o una familia que lleves a bordo...busca un barco fuerte, refuérzale la limera, infórmate donde están, procura no pasar, pero no vayas de gallito a medir tus genitales con los de un bicho de 9 toneladas, no somos menos machos porque nos ataquen, yo lo tengo muy claro..

                              Solucionémoslo entre todos, evitemos las medidas egoístas que prolongan el problema..

                              ...
                              Bueno , respeto tu opinion, pero yo no lo tengo tan claro como tú.
                              Barco insumergible, quizás no con un niño a bordo( te hace sentir más vulnerable), en fin nvegar en un barco insumergible te hace sentir mucho mejor y si vas con un par de amigos , no será lo mismo que el planteamiento que te dije, es decir muchos de nosotros ni tenemos barco insumergible , y si navegamos en familia con menores bordo, no es lo mismo, lo siento pero no comparto tú solución que no es una solución a lo preguntado.
                              Gracias de todos modos, pero como te digo no estoy de acuerdo con los petardos, pero tampoco no hacer nada, y como los científicos y expertos no sabemos qué hacer.

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                              • Re: Incidentes con orcas

                                Originalmente publicado por caribdis Ver Mensaje
                                Anoto la ley que protege a las orcas:

                                Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y Biodiversidad
                                Artículo 54. Garantía de conservación de especies autóctonas silvestres.

                                5. Queda prohibido dar muerte, dañar, molestar o inquietar intencionadamente a los animales silvestres, sea cual fuere el método empleado o la fase de su ciclo biológico


                                Para las especies de animales no comprendidos en alguna de las categorías definidas en los artículos 56 y 58, estas prohibiciones no se aplicarán en los supuestos con regulación específica, en especial en la legislación de montes, caza, agricultura, sanidad y salud públicas, pesca continental y pesca marítima, o en los supuestos regulados por la Administración General del Estado o las comunidades autónomas, en el ámbito de sus competencias, para su explotación, de manera compatible con la conservación de esas especies.
                                Artículo 57. Prohibiciones y garantía de conservación para las especies incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial.

                                1. La inclusión en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial de una especie, subespecie o población conlleva las siguientes prohibiciones genéricas:

                                b) Tratándose de animales, incluidas sus larvas, crías, o huevos, la de cualquier actuación hecha con el propósito de darles muerte, capturarlos, perseguirlos o molestarlos, así como la destrucción o deterioro de sus nidos, vivares y lugares de reproducción, invernada o reposo.

                                ANEXO V

                                Especies animales y vegetales de interés comunitario que requieren una protección estricta

                                VERTEBRADOS.
                                MAMÍFEROS.
                                CETÁCEA.
                                Todas las especies.




                                Especificamente, el RD 1727/2007 de medidas de protección a los cetáceos


                                Preámbulo: urge la adopción de medidas de prevención y protección que eviten o minimicen el impacto de las actividades de observación de cetáceos, ya sea con fines turísticos, científicos, recreativos, divulgativos o por cualquier otra circunstancia en la que el hombre entre en contacto con éstos.

                                Los derechos de libre navegación y de paso inocente se ejercerán en los términos previstos en el derecho internacional, si bien los buques extranjeros deberán cumplir con las medidas de protección de los cetáceos.


                                Artículo 4. Medidas generales de protección.

                                1. Deberá evitarse en el Espacio Móvil de Protección de Cetáceos la realización de cualquier conducta que pueda causar muerte, daño, molestia o inquietud a los cetáceos conforme a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.
                                2. A efectos de este real decreto, se considera que puede dañar, molestar o inquietar a los cetáceos:
                                a) El contacto físico de embarcaciones o personas con el cetáceo o grupo de cetáceos.
                                b) Alimentar a los animales, tirar alimentos, bebidas, basuras o cualquier otro tipo de objeto o sustancia sólida o líquida que sea perjudicial para los cetáceos.
                                c) Impedir el movimiento libre de los cetáceos, interceptar su trayectoria, cortar su paso o atravesar un grupo de cetáceos, en cualquier momento y dirección.
                                d) Separar o dispersar al grupo de cetáceos y, especialmente, interponerse entre un adulto y su cría.
                                e) Producir ruidos y sonidos fuertes o estridentes para intentar atraerlos o alejarlos, incluyendo la emisión de sonidos bajo el agua.
                                f) Bañarse o bucear en la Zona de Exclusión del Espacio Móvil de Protección de Cetáceos.


                                Si nos ponemos finos en la interpretación de leyes, según el apartado C, del artículo 4, los barcos, catamaranes etc… que hacen negocio de ir a avistarlos, con posibilidad de ponerse en medio como el apartado d, interponiéndose entre adulto y cría, pues no entiendo que esto no se vigile y multen , a lo mejor parte de la culpa de estos comportamientos se deba a
                                También por estar “ dándoles el follon”, ya puestos

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