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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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¿Para qué sirve realmente el PNB?

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  • #31
    Re: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

    Originalmente publicado por javieryc Ver Mensaje
    El problema es que si la Guardia Civil, puede y quiere multarte, te multa aunque sea por una tontería que hasta un Guardia Civil puede apreciar.
    Lo digo con todo el respeto hacia la Guardia Civil, porque también están allí cuando se les necesita.
    La Guardia Civil no multa, denuncia que no es lo mismo. Si la denuncia no es procedente por no corresponder a ninguna infracción, la bronca se la pegan a él. En principio conocen las leyes mejor que tú. Infórmate en Capitanía de los abrigos de la zona y siempre que estés a la distancia adecuada no pasa nada.
    Si Dios nos creó con dos orejas, dos ojos y una sola boca, es porque tenemos que escuchar y ver dos veces antes de hablar ..

    Comentario


    • #32
      Re: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

      Sin lugar a dudas el PER, es un poco más difícil y tiene cartas, pero las cartas son tres o cuatro tipos de problemas nada más.
      Yo me lo saqué por libre, la diferencia de precio es mi caso sólo eran 20 euros pues las prácticas del PER eran 30 euros más caras.
      Me compré el libro de Jordana y a hacer test que en internet hay varias páginas.
      Si vuestra preparación os lo permite sin dudarlo el PER, además si un día queréis sacaros un título superior tendréis primero que sacar el PER.
      Saludos y ánimo
      Anmi

      Comentario


      • #33
        Re: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

        sacate el per....si lo quita un necio como yo para los libros.....lo quita cualquiera!eso si,ay que chapar,eso fijo!!

        Comentario


        • #34
          Re: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

          La Guardia Civil no multa, denuncia que no es lo mismo. Si la denuncia no es procedente por no corresponder a ninguna infracción, la bronca se la pegan a él. En principio conocen las leyes mejor que tú. Infórmate en Capitanía de los abrigos de la zona y siempre que estés a la distancia adecuada no pasa nada
          Lo que yo quiero decir es que la aplicación de las leyes no entiende de lógica.
          Hay veces que la denuncia es legal, pero no lógica ( por ejemplo, que te denuncien con 1200 euros por llevar unas bengalas caducadas).
          De todas formas, estoy de acuerdo. Unas cañas.

          Comentario


          • #35
            Re: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

            Que conste que ya tengo el libro del PER en casa y estoy estudiando...
            Aun así sigo con mi manía de que alguien me aclare el tema del Titulín y del P.N.B.
            La última ha sido consultar en la Capitanía Marítima de Cartagena, que es en la zona en la que voy a navegar.
            Me han respondido por email y me dicen lo siguiente: "En esta provincia marítima (murcia), las atribuciones de la Autorización Federativa son hasta 4 millas de un abrigo, entendiendose por abrigo a todo lugar donde una embarcación pueda refugiarse. En cuanto al P.N.B es igual pero 5 millas"

            Dos conclusiones saco:
            PRIMERA: En esta provincia marítima, si tienes una lancha de menos de seis metros y con menos de 55 cv de motor (o de 90cv pero con 55 "en papeles"...) es una tontería sacarse el P.N.B. a no ser que vayas a navegar de noche.
            SEGUNDA: Sigo sin saber qué cojo... es un abrigo en náutica. Es como Dios para los creyentes, que nadie lo ha visto ni sabe como es pero todo el mundo sabe que existe... Porque pedí expresamente que me indicaran los abrigos que hay en su provincia marítima y no me han querido especificar más...

            Un saludo y unas birras para todos y que sean dobles para quién me diga que es un abrigo. (Y nada de gracietas con el tema de la ropa que ya os voy conociendo)

            Comentario


            • #36
              Re: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

              Originalmente publicado por rone Ver Mensaje
              Que conste que ya tengo el libro del PER en casa y estoy estudiando...
              Aun así sigo con mi manía de que alguien me aclare el tema del Titulín y del P.N.B.
              La última ha sido consultar en la Capitanía Marítima de Cartagena, que es en la zona en la que voy a navegar.
              Me han respondido por email y me dicen lo siguiente: "En esta provincia marítima (murcia), las atribuciones de la Autorización Federativa son hasta 4 millas de un abrigo, entendiendose por abrigo a todo lugar donde una embarcación pueda refugiarse. En cuanto al P.N.B es igual pero 5 millas"

              Dos conclusiones saco:
              PRIMERA: En esta provincia marítima, si tienes una lancha de menos de seis metros y con menos de 55 cv de motor (o de 90cv pero con 55 "en papeles"...) es una tontería sacarse el P.N.B. a no ser que vayas a navegar de noche.
              SEGUNDA: Sigo sin saber qué cojo... es un abrigo en náutica. Es como Dios para los creyentes, que nadie lo ha visto ni sabe como es pero todo el mundo sabe que existe... Porque pedí expresamente que me indicaran los abrigos que hay en su provincia marítima y no me han querido especificar más...

              Un saludo y unas birras para todos y que sean dobles para quién me diga que es un abrigo. (Y nada de gracietas con el tema de la ropa que ya os voy conociendo)
              Abrigo marinero donde los haya. Un auténtico Paul & Shark de 500 €.



              Si Dios nos creó con dos orejas, dos ojos y una sola boca, es porque tenemos que escuchar y ver dos veces antes de hablar ..

              Comentario


              • #37
                Re: ¿Para qué sirve realmente el PNB?



                La capitanía de cada zona establece las zonas de navegación que considera a menos de 5' de "abrigo o playa accesible", no hay más que acercarse a la capitanía correspondiente para saber cuales son.
                Viene a ser un mapita como el de la imagen
                sigpic

                Comentario


                • #38
                  Re: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

                  Originalmente publicado por rone Ver Mensaje
                  Que conste que ya tengo el libro del PER en casa y estoy estudiando...
                  Aun así sigo con mi manía de que alguien me aclare el tema del Titulín y del P.N.B.
                  La última ha sido consultar en la Capitanía Marítima de Cartagena, que es en la zona en la que voy a navegar.
                  Me han respondido por email y me dicen lo siguiente: "En esta provincia marítima (murcia), las atribuciones de la Autorización Federativa son hasta 4 millas de un abrigo, entendiendose por abrigo a todo lugar donde una embarcación pueda refugiarse. En cuanto al P.N.B es igual pero 5 millas"

                  Dos conclusiones saco:
                  PRIMERA: En esta provincia marítima, si tienes una lancha de menos de seis metros y con menos de 55 cv de motor (o de 90cv pero con 55 "en papeles"...) es una tontería sacarse el P.N.B. a no ser que vayas a navegar de noche.
                  SEGUNDA: Sigo sin saber qué cojo... es un abrigo en náutica. Es como Dios para los creyentes, que nadie lo ha visto ni sabe como es pero todo el mundo sabe que existe... Porque pedí expresamente que me indicaran los abrigos que hay en su provincia marítima y no me han querido especificar más...

                  Un saludo y unas birras para todos y que sean dobles para quién me diga que es un abrigo. (Y nada de gracietas con el tema de la ropa que ya os voy conociendo)
                  Ahora ya más en serio:

                  abrigo
                  m. Defensa contra el frío.
                  Cosa que abriga.
                  Prenda de vestir que se pone sobre las demás y sirve para abrigar.
                  Paraje defendido de los vientos.
                  fig.Amparo, auxilio, patrocinio.
                  mar. Lugar de la costa que sirve a las embarcaciones para resguardarse de los vientos o del mar.
                  Diccionario Enciclopédico Vox 1. © 2009 Larousse Editorial, S.L.
                  Si Dios nos creó con dos orejas, dos ojos y una sola boca, es porque tenemos que escuchar y ver dos veces antes de hablar ..

                  Comentario


                  • #39
                    Re: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

                    ABRIGO
                    Lugar defendido de los embates del mar, vientos o corrientes.
                    La fuente:

                    Si Dios nos creó con dos orejas, dos ojos y una sola boca, es porque tenemos que escuchar y ver dos veces antes de hablar ..

                    Comentario


                    • #40
                      Re: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

                      abrigo:
                      Lugar defendido de los embates del mar, vientos y corrientes.
                      La fuente:

                      Si Dios nos creó con dos orejas, dos ojos y una sola boca, es porque tenemos que escuchar y ver dos veces antes de hablar ..

                      Comentario


                      • #41
                        Re: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

                        Originalmente publicado por rone Ver Mensaje
                        Ya, por eso le pregunto después que si le paró la GC alguna vez

                        De todas formas siguiendo lo que pone en la ley y aunque sólo consideremos abrigo un puerto si que se puede navegar bordeando la costa. Por ejemplo desde el Tomás Maestre que es donde yo estoy hacia el norte he estado mirando hasta Alicante y sí hay un puerto cada menos de 10 millas, con lo cual se podría hacer la travesía...
                        No??
                        La norma dice 5 millas de una playa o abrigo con lo cual se abre mas el espacio para poder navegar,yo fui de cabo de palos hasta Calpe y pienso ir de Calpe a Almeria he mirado en las cartas y siempre estaré a menos de 10 millas entre un abrigo o playa y otro buena proa

                        Comentario


                        • #42
                          Re: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

                          Originalmente publicado por nadie Ver Mensaje
                          La norma dice 5 millas de una playa o abrigo con lo cual se abre mas el espacio para poder navegar,yo fui de cabo de palos hasta Calpe y pienso ir de Calpe a Almeria he mirado en las cartas y siempre estaré a menos de 10 millas entre un abrigo o playa y otro buena proa
                          No, la norma no dice nada de playa (me refiero al PNB) dice de un abrigo. Y me han confirmado en Capitanía Marítima de Cartagena que las playas no se consideran abrigo... Así que mucho cuidadín. Solo entre puertos que estén a menos de 10 millas.

                          Vaya, que lo mejor es el PER para ir tranquilo porque éste si que se mide desde la costa... Aunque también es cierto que con la nueva reforma se van a subir las atribuciones de las autorizaciones federativas (titulin) y los que tengan el PNB se supone que los van a subir a PER porque el PNB desaparece... PERO ESTO SOLO SON RUMORES...

                          Comentario


                          • #43
                            Re: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

                            Originalmente publicado por Canteirán Ver Mensaje
                            Esto es un abrigo





                            Una ronda de birras fresquitas
                            Y por cierto, feo.
                            -----------------------------------------------------------
                            ... a ver si hoy también puedo salir a navegar.....

                            Comentario


                            • #44
                              Re: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

                              A ver, a ver.... Que está habiendo confusiones.

                              Con el PNB NO se puede costear. máximo 5. Millas de playa, puerta o abrigo ( y eso, lo define cada capitania).
                              Con el titulin, 2 millas en las mismas condiciones que con el PNB.
                              Con e el PER 12 millas de la costa, con lo que SI se puede costear.

                              Y sobre la GC .... Sin comentarios, por lo que se ve, los exámenes que les hacen no son demasiado exigentes.
                              -----------------------------------------------------------
                              ... a ver si hoy también puedo salir a navegar.....

                              Comentario


                              • #45
                                Re: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

                                Originalmente publicado por alfretairati Ver Mensaje
                                A ver, a ver.... Que está habiendo confusiones.

                                Con el PNB NO se puede costear. máximo 5. Millas de playa, puerta o abrigo ( y eso, lo define cada capitania).
                                Con el titulin, 2 millas en las mismas condiciones que con el PNB.
                                Con e el PER 12 millas de la costa, con lo que SI se puede costear.

                                Y sobre la GC .... Sin comentarios, por lo que se ve, los exámenes que les hacen no son demasiado exigentes.
                                Una pregunta, con el PER y un barco homologado para navegar en zona 5 prevalece el límite de la zona de navegación y no el que establece el título, no?

                                Rondas para todos!

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