VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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¿Para qué sirve realmente el PNB?

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  • #91
    ¿Para qué sirve realmente el PNB?

    [ATTACH]63037[/ATTACH]

    De marzo de 2008. Pone 6 metros a motor y 4 millas. Supongo será cosa de la xunta de galicia.
    Editado por última vez por krathos3; 01/06/2015, 15:38:08.

    Comentario


    • #92
      Re: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

      . . . . Ed. Spam. . . . .
      Editado por última vez por Atarip; 20/06/2015, 17:10:19.

      Comentario


      • #93
        Re: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

        Yo tenía la misma duda respecto a la distancia que permite el PNB. Estoy intentando sacarme el título en una escuela y los profesores no se ponían de acuerdo, principalmente por el tema de qué se considera lugar de abrigo. Así que fui a preguntar a la Dirección General de la Marina Mercante en Madrid y me dijeron que es "cualquier sitio donde se puedan bajar los pasajeros". Es decir, no son sitios marcados en las cartas náuticas y no tienen que ser necesariamente un puerto o una marina. Esta indefinición hace que haya tantas dudas.
        Para asegurarme, llamé a la Capitanía de Almería que donde quiero navegar y me dijeron que "mientras que no me aleje más de 5 millas de la línea de Costa no hay problema y que en el caso (raro) de tener un problema con la Guardia Civil, como la multa les llega a ellos, no la tramitan.
        Así funcionan las cosas.

        Comentario


        • #94
          ¿Para qué sirve realmente el PNB?

          El verdadero problema , como siempre, es si hay una desgracia. La compañía de Seguro y GC tirarán de normativa y si resulta que midiendo con el compás estas a mas de 5 millas de un refugio te crujen, diga lo que diga la DGMM o la capitanía de turno.
          Por otro lado la definición de "abrigo" también está "claramente" escrita en otro documento oficial.



          From my radio morse
          “There is never a 'right' time to sail across the Atlantic alone. There is only 'now' or 'never'.”

          .... el infierno puede ser divertido....
          .... si estás con la diablesa correcta ....

          NO ESTES TRISTE. TEN GANAS¡¡¡

          sigpic

          Comentario


          • #95
            ¿Para qué sirve realmente el PNB?



            Yo lo llevo en la cabina, y solo me separo un par de metros cuando voy a proa.

            La GC no sanciona, solo denuncia. Si el instructor del expediente, que es capitania, estima que los hechos denunciados no son constitutivos de infraccion se archiva y punto. No hay ninguna irregularidad en ello, se supone que el instructor tiene una formación jurídica de la que el guardia carece.

            Comentario


            • #96
              Respuesta: Re: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

              Buenas para todos y unas rondas!

              Veo a muchos con titulo PNB que navegan de noche y siento decir que esa titulacion no atribuye para navegacion nocturna.
              Editado por última vez por marcmaresme; 04/06/2015, 22:22:06.
              vamos despacio, por que vamos lejos...

              Comentario


              • #97
                Re: Respuesta: Re: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

                Originalmente publicado por marcmaresme Ver Mensaje
                Buenas para todos y unas rondas!

                Veo a muchos con titulo PNB que navegan de noche y siento decir que esa titulacion no atribuye para navegacion nocturna.
                Ya estamos otra vez. Dime por favor que artículo dice que un PNB no puede navegar de noche.
                Ya, que te has leido las atribuciones y no pone navegación nocturna...
                Pero, tampoco pone navegación diurna, por lo tanto lo que no está prohibido está permitido.
                Si no fuera así, a santo de que se darian "luces" en el curso y en el examen?

                Un saludo y

                Comentario


                • #98
                  Respuesta: Re: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

                  Originalmente publicado por marcmaresme Ver Mensaje
                  Buenas para todos y unas rondas!

                  Veo a muchos con titulo PNB que navegan de noche y siento decir que esa titulacion no atribuye para navegacion nocturna.
                  Disculpa pero si está habilitado para navegación nocturna.

                  Ahora dirás, no lo pone en la web de Fomento....tampoco el Per, ni el Patrón de yate ni el de capitán de Yate y no lo pondrías en duda nunca.

                  Cualquiera que tenga el Pnb sabe que SI puede navegar de noche.

                  En el Per pone explícitamente linea paralela a la costa de 12 millas, pero es que no verás un Pnb queriendo irse a la cochinchimba sino que rara vez se alejará unas cuantas millas de su puerto.

                  El Pnb es el patito feo de los títulos pero para algunos, es suficiente.

                  Editado por última vez por TAMAMOANA; 05/06/2015, 00:59:40.
                  La vida es aquello que te va sucediendo mientras tú te empeñas en hacer otros planes.

                  Comentario


                  • #99
                    Re: Respuesta: Re: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

                    Originalmente publicado por sextante43
                    amigo ponent, por las causas que sean el PNB puede salir de noche, hasta ahi bien, pero no ponga ud. como excusa que a santo de que se dan "luces" en el curso y en el examen, porque ud. debe saber - aunque no le interese saberlo - que eso es una barbaridad, las "luces" que le enseñan en el curso, y las preguntas de "luces" que salen en el examen solo le sirven para saber cuall es la bocana del puerto porque ven una luz roja y otra verde, pero no saben distinguir una luz de un faro de una luz de un pescador que esta en la costa fumando un cigarrillo,
                    si ve ud una luz que le da 9 destellos, blancos, sabria ud decirme que luz es esa y que debe ud. hacer. puede que por su experiencia, y su veterania en la mar si lo sabe ud, como hay muchos PNB que son viejos marinos, y saben mas que un PY O UN CY no en teoria pero si en navegar, y con ese titulo les sobra, pero por lo que respecta a lo que se da en el curso y lo que sale en el examen, esta claro que no saben que luz da 9 destellos, y lo que es peor lo que debe hacer el patron,
                    tomeselo con filosofia, que no le pongo esto con animo de discutir, ni de crear enemistades, solo aclararle el "concepto luces"

                    Buenos días:

                    Efectivamente los PNB's pueden realizar navegaciones nocturnas de eso no cabe duda alguna. Sin embargo en el tema de luces, tanto las aplicadas al RIPA como a Balizamiento tiene que saber todas las que vienen recogidas en su programa, programa donde se estudia el IALA en sus principales señalizaciones (laterales, bifurcaciones, cardinales, peligro aislado, aguas navegables como ayuda a la navegación y las especiales), al igual que deben saber de la reglas 20 a la 31 (excepto la 22 que regula las distancias) del RIPA donde se regula las luces de de la mayoría de buques (propulsión mecánica, vela, remolcadores, sin gobierno etc...).

                    En consecuencia un PNB debe conocer perfectamente el significado de esos nueve "centelleos", otra cosa es que con el tiempo se le haya olvidado lo que se da con frecuencia.

                    Saludos cordiales

                    Guillermo

                    Comentario


                    • Re: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

                      Amigo SEXTANTE43:

                      No voy a seguir con esto, solo decirle que precisamente en el examen del PNB fallé una pregunta relativa a destellos, recuerdo que habia estudiado con un libro antiguo y la norma habia cambiado, menos mal que las otras las tenia bién.
                      Yo lo he vivido, que más quiere que le diga.

                      Un saludo y

                      Comentario


                      • Re: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

                        Que nada señores¡¡

                        Que a por el Capitan de Yate para salir de La Manga

                        Que empecinamiento tienen algunos en enterrar a mi querido PNB en el fondo abisal de las miserias nauticas.....

                        ¿Sera que tendran academias nauticas y necesitaran clientes?

                        ¿O sera que tienen mucho tiempo libre y hacen comentarios sin sentido para refllotar los hilos?...

                        Enfin...que es cuanto menos curioso el comportamiento de algunos en esta Taberna de legalistas trasnochados...

                        El PNB es valido para embarcaciones de 8m , navegacion nocturna y mientras no te pases de 5nm de la costa nadie te dira nada porque esta aceptado asi por parte de los que se encargan de controlarlo aunque algunos se empeñen en cambiarlo. ooooooooh un maldito PNB a mi laaaadoooo!!! ¿Como es posible? Indignos¡! apartaos de mi camino de Capitan de Yate de sangre azul ...que meo colonia oiga ¡!!

                        Comentario


                        • Respuesta: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

                          Me quereis decir pues, que entendeis por diurno?

                          Pd.no es mi intencion desprestigiar a ningun pnb, creo que mas bien es ayudar a que no cometan un error que les pueda llevar a sancion.
                          Archivos Adjuntos
                          Editado por última vez por marcmaresme; 05/06/2015, 12:04:29.
                          vamos despacio, por que vamos lejos...

                          Comentario


                          • Re: Respuesta: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

                            Originalmente publicado por marcmaresme Ver Mensaje
                            Me quereis decir pues, que entendeis por diurno?

                            Pd.no es mi intencion desprestigiar a ningun pnb, creo que mas bien es ayudar a que no cometan un error que les pueda llevar a sancion.
                            Por favor un poco de sentido comun y tambien dejamos de tirar piedras en nuestro propio tejado !!!

                            El PNB mermite la navegacion nocturna porque como bien han comentado otros cofrades, cuando te examinan unos de los temas mas importantes es ese mismo...con TODAS las marcas y señalizaciones luminosas.

                            Pero claro aun insistira otro cofrade de que no !!!!

                            Comentario


                            • Re: Respuesta: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

                              Originalmente publicado por marcmaresme Ver Mensaje
                              Me quereis decir pues, que entendeis por diurno?

                              Pd.no es mi intencion desprestigiar a ningun pnb, creo que mas bien es ayudar a que no cometan un error que les pueda llevar a sancion.
                              Hola buenas tardes:

                              No se de donde has sacado esa tabla, lo que si está claro es que no se adecua a lo establecido para los PNB en el Real Decreto 875/2014 de 10 de Octubre donde en su articulo 8 apartado d) especifica


                              d) Patrón para navegación básica:
                              1.º Gobierno de embarcaciones de recreo a motor, de hasta 8 metros de eslora, siempre que la embarcación no se aleje más de 5 millas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo.
                              2.º Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.


                              por lo tanto la "sanción" habría que ponérsela a quién sin conocimiento ha colgado esa tabla.

                              Saludos cordiales

                              Guillermo

                              Comentario


                              • Respuesta: Re: Respuesta: ¿Para qué sirve realmente el PNB?

                                Originalmente publicado por GNA1950 Ver Mensaje
                                Hola buenas tardes:

                                No se de donde has sacado esa tabla, lo que si está claro es que no se adecua a lo establecido para los PNB en el Real Decreto 875/2014 de 10 de Octubre donde en su articulo 8 apartado d) especifica


                                d) Patrón para navegación básica:
                                1.º Gobierno de embarcaciones de recreo a motor, de hasta 8 metros de eslora, siempre que la embarcación no se aleje más de 5 millas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo.
                                2.º Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.


                                por lo tanto la "sanción" habría que ponérsela a quién sin conocimiento ha colgado esa tabla.

                                Saludos cordiales

                                Guillermo
                                Bueno pues quiza me equivoque, pero sigo diciendo que no es mi intencion ni confundir, ni menospreciar, ni tirar piedras a ningun lado, cierto es que en el BOE no dice nada sobre si se puede o no navegar de noche, mejor me callo i no digo nada que los lobos se me tiran al cuello.
                                Unas rondas
                                vamos despacio, por que vamos lejos...

                                Comentario

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