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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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PER y Zona II

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  • #91
    Re: PER y Zona II

    Originalmente publicado por madrugon Ver Mensaje
    Pues yo creo que no, que te confundes, si el barco mide más de 12 metros evidentemente no se puede patronear con el PER pero por motivos de eslora no de zona de despacho, cuantas empresas de charter alquilan barcos despacahados en Zona 2 a PER?, es más en las atribuciones del título PER, no pone nada de limitaciones a barcos despachados en zona x, pone limitaciones: 12 metros, 12 millas. por lo tanto si el barco mide menos de 12 metros y estoy dentro de la zona para la cual estoy habilitado, si se denuncia es por desconocimiento del denunciante. Y me gustaria ver (no es que lo dude) un certificado de navegabilidad de un barco menor de 12 mts. en el cual ponga titulación mínima PY.

    Estoy totalmente de acuerdo contigo

    Comentario


    • #92
      Re: PER y Zona II

      Juerrr...!!!, que le pregunte de una vez a "un amigo que es el jefe de relaciones exteriores del ministerio de fomento", si PIPE se puede o no se puede ir ya a Ibiza, que está el hombre que no sabe que hacer.
      Saludos a la peña.

      Comentario


      • #93
        Re: PER y Zona II

        Pues cuanto mas leo sobre el tema, mas dudas tengo. Y no es por la norma en sí, sino por quienes la aplican, sin un criterio uniforme y sin una autoridad que ponga orden. Valga por ejemplo la cantidad de interpretaciones sobre la aplicación del último Real Decreto sobre comunicaciones ( de 2006, creo.). Para mi está clarísima la distinción que hacen las normas entre la habilitación del barco, por diseño y equipo, de la del patrón : su titulación. Lo que debería de ser obvio, consultar a la DGMM, seguir su criterio, compartido o no, y tener la tranquilidad de que estamos dentro de la legalidad, se convierte en numerosas ocasiones en mayores preocupaciones e incertidumbres.
        De aquí mis dudas, porque de la misma manera que te pueden exigir que lleves el equipo correspondiente a la zona de despacho, independientemente del lugar en que hayan cobrado la pieza, tambien te pueden exigir la titulación mínima para la zona para la que le barco esté despachado. Cuestión de criteriossss que deterioran la objetividad de la norma.

        Comentario


        • #94
          Re: PER y Zona II

          Originalmente publicado por sumeke Ver Mensaje
          Perguntas hechas a un patron de una patrullera de la guardia civil, hace unos minutos. no se si aclarará respuestas, pero ellos lo entienden asi:

          Pregunta. ¿Puede mi hija, PER, patronear mi barco despachado para zona 2?.
          Respuesta. Si, si no rebasa los 12 metros de eslora, y no mas alla de las 12 millas de costa.

          P. ¿ Hasta donde puedo yo, CY, navegar con un barco? esta me la sabia pero se lo he preguntado de todos modos..
          R. hasta donde este facultado por zona de navegacion, el barco que patroneas.

          P. ¿ si mi hija, PER, lleva mi barco el barco dentro de las 12 millas, le sobra con el material de seguridad de zona 4?
          R, negativo, el barco debe llevar siempre el material de seguridad exigido para la zona de navegacion en la que este despachado, aunque sea un cambio de amarradero dentro del puerto, solo se puede prescindir de esta material a bordo, para revisiones y el barco no deberá salir a la mar.

          P. ¿ donde se especifica, la titulacion requerida para cada barco?
          R. hasta ahora en la licencia de navegacion ( libreta verde), despues cuando se vayan quitando( al parecer va a ser asi), y mientras no digan otra cosa, se aplicaran las esloras, y zonas.

          P. ¿ se puede con el PER, y barco despachado para tal, cruzar de mallorca a Ibiza?
          R. es una incongruencia, pero si.

          P. ¿ puede un armador despachar su barco en zona 1 teniendo solo el PER?
          R. Perfectamente, si el barco tiene el marcado CE, adecuado y se le dota del material de seguridad pertinente, se puede despachar en la categoria que se quiera, solo que para navegar fuera de los limites de la titulacion del armador, debera de ser patroneado por una persona con la titulacion adecuada.

          No se me han ocurrido mas, pero si se os ocurre alguna mas, le pregunto sin problemas.

          Una ronda de cervecitas fresquitas que bajen la temperatura de la discusión, ...,
          Si tienes oportunidad de preguntarle al patrón de la "menemerita", quisiera saber si te paran en las islas y el barco esta despachado para zona 4 y puerto base en la península si te multan o no procede por estar en ese momento dentro de las 12 millas o navegación interinsular, aunque estaría claro que alguien ha tenido que cruzar el canal...; cada vez que he visto el temilla en alguna discusión siempre salen opiniones, el yo creo o yo considero que..., me gustaría saber la respuesta de un guardia civil experto, me aclararía totalmente las ideas.
          Saludos!!!!!!!!

          Comentario


          • #95
            Re: PER y Zona II

            Por cierto, si no recuerdo mal las aguas territoriales finalizan a 12 millas, no? A partir de ahi son internacionales, verdad ? La GC puede perseguir delitos como la pirateria, el tráfico de hombres, droga, armas y gran delincuencia, no? pero tiene jurisdicción para faltas administrativas ?

            A ver los expertos en derecho que opinan

            Comentario


            • #96
              Re: PER y Zona II

              Itaca, afortunadamente se le acaba la competencia administrativa. Pero cuidadin, la autoridad tiene la presuncion de veracidad, entonces ¿Quien establece las 12 millas?

              Salud y copas.

              Comentario


              • #97
                Re: PER y Zona II

                Originalmente publicado por Itaca2 Ver Mensaje
                Por cierto, si no recuerdo mal las aguas territoriales finalizan a 12 millas, no? A partir de ahi son internacionales, verdad ? La GC puede perseguir delitos como la pirateria, el tráfico de hombres, droga, armas y gran delincuencia, no? pero tiene jurisdicción para faltas administrativas ?

                A ver los expertos en derecho que opinan
                Me temo que la legislación que se aplica en función de la bandera y la normativa española se aplica a cualquier barco, si tiene pabellon español, dentro o fuera de nuestras aguas territoriales y se podria aplicar incluso una falta administrativa a un barco español por una falta cometida en las Antillas.Y no es que yo lo crea, que no creo que deba ser así, sino que es la opinión de la administración. El tema es más complejo, pero creo que es un buen resumen. Saludos.

                Comentario


                • #98
                  Re: PER y Zona II

                  Originalmente publicado por madrugon Ver Mensaje
                  Pues yo creo que no, que te confundes, si el barco mide más de 12 metros evidentemente no se puede patronear con el PER pero por motivos de eslora no de zona de despacho, cuantas empresas de charter alquilan barcos despacahados en Zona 2 a PER?, es más en las atribuciones del título PER, no pone nada de limitaciones a barcos despachados en zona x, pone limitaciones: 12 metros, 12 millas. por lo tanto si el barco mide menos de 12 metros y estoy dentro de la zona para la cual estoy habilitado, si se denuncia es por desconocimiento del denunciante. Y me gustaria ver (no es que lo dude) un certificado de navegabilidad de un barco menor de 12 mts. en el cual ponga titulación mínima PY.

                  Amigo cofrade, , verlo has de verlo, voto a bríos!!! No es nada personal, ya sabes, la santa administración
                  Ni más ni menos que en mi Permiso de Navegación.

                  P.D. En el último renglón pone Observaciones: Podrá efectuar navegación con tituluación de Patrón de Embarcaciones de Recreo, siempre que no se aleje más de doce millas de la costa.

                  Yo soy PY, osea que mi Almiranta o cualquier buen amigo PER podría llevarlo, eso sí, con todos los elementos de seguridad reglamentarios para navegar en las 25 millas.
                  Editado por última vez por Kiro; 02/02/2009, 05:06:17. Razón: Hacer algunas precisiones
                  En la mar, ni tiempo ni marea paran o esperan.

                  Los doctores son hombres que prescriben medicinas que conocen poco, curan enfermedades que conocen menos, en seres de humanos de los que no saben nada. Voltaire (1694-1778)
                  Albaid en youtube

                  Comentario


                  • #99
                    Re: PER y Zona II

                    Por la hora, rondita de cafelitos, epa!, y carajillo de ron para el que quiera.
                    Bueno, he subido la ORDEN FOM/1144/2003, de 28 de abril, por la que se regulan los equipos de seguridad, salvamento, contra incendios, avegación y prevención de vertidos por aguas sucias, que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo, en la que también figuran las categorías de diseño.
                    Espero que clarifique.
                    Salud y buena mar cofrades
                    En la mar, ni tiempo ni marea paran o esperan.

                    Los doctores son hombres que prescriben medicinas que conocen poco, curan enfermedades que conocen menos, en seres de humanos de los que no saben nada. Voltaire (1694-1778)
                    Albaid en youtube

                    Comentario


                    • Re: PER y Zona II

                      Originalmente publicado por Kiro Ver Mensaje
                      Amigo cofrade, , verlo has de verlo, voto a bríos!!! No es nada personal, ya sabes, la santa administración
                      Ni más ni menos que en mi Permiso de Navegación.

                      P.D. En el último renglón pone Observaciones: Podrá efectuar navegación con tituluación de Patrón de Embarcaciones de Recreo, siempre que no se aleje más de doce millas de la costa.

                      Yo soy PY, osea que mi Almiranta o cualquier buen amigo PER podría llevarlo, eso sí, con todos los elementos de seguridad reglamentarios para navegar en las 25 millas.
                      Por lo tanto, tal y como vengo defendiendo, un PER puede patronear un barco despachado para zona 3 siempre que no sobrepase las atribuciones de su titulación. Que es de lo que se trataba el hilo.
                      Gracias por la aportación.

                      No se trata de ver algo que nadie haya visto jamás, se trata de ver algo nuevo y diferente en lo que todo el mundo ve.

                      Comentario


                      • Re: PER y Zona II

                        Originalmente publicado por madrugon Ver Mensaje
                        Por lo tanto, tal y como vengo defendiendo, un PER puede patronear un barco despachado para zona 3 siempre que no sobrepase las atribuciones de su titulación. Que es de lo que se trataba el hilo.
                        Gracias por la aportación.

                        y despachado para zona 1 tambien, siempre que no ........

                        mira que ha costado saber lo que se sabe (o se deberia saber )
                        Manel - EA3CBQ

                        Socio fundador Anavre n° 15

                        de Baja por en crisis económica ??

                        Comentario


                        • Re: PER y Zona II

                          Bueno entonces quedamos en que si, no?
                          Muchas gracias a todos por vuestras respuestas

                          Comentario


                          • Re: PER y Zona II

                            Al final impera la lógica y por esta vez el sentido común y la Administración llevan el mismo rumbo , por un momento y ante la seguridad en las manifestacioes de un cofrade pensé que ivan de vuelta encontrada.
                            sigpic

                            Comentario


                            • Re: PER y Zona II

                              Originalmente publicado por Kiro Ver Mensaje
                              Amigo cofrade, , verlo has de verlo, voto a bríos!!! No es nada personal, ya sabes, la santa administración
                              Ni más ni menos que en mi Permiso de Navegación.

                              P.D. En el último renglón pone Observaciones: Podrá efectuar navegación con tituluación de Patrón de Embarcaciones de Recreo, siempre que no se aleje más de doce millas de la costa.

                              Yo soy PY, osea que mi Almiranta o cualquier buen amigo PER podría llevarlo, eso sí, con todos los elementos de seguridad reglamentarios para navegar en las 25 millas.
                              El mío es calcaito a ese, pero no me pone la observación del PER, voy a intentar arreglarlo de alguna manera, porque si no, ¿quien le quita a mi padre el barco este verano?........jejeje

                              Comentario


                              • Re: PER y Zona II

                                Madre mía!! La que tenéis liada!!!!!
                                Saludos,

                                Comentario

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