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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

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Nuevo «Decreto Ley»

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  • Re: Nuevo «Decreto Ley»

    Buenas, Yonavego.

    Te aseguro que no me he saltado páginas de ningún blog, de hecho he buscado el RD en Google y lo tengo descargado para consultas. Y me lo he leído de cabo a rabo.

    Pones dos cuestiones diferentes sobre la mesa.

    Una es la responsabilidad del coordinador de seguridad del evento, de inspeccionar In Situ el estado de las embarcaciones.

    En mi opinión, del RD no se desprende necesariamente este extremo.
    Existe un documento que se acepta oficialmente y se denomina Declaración Responsable.
    Si el número de participantes es elevado, ante la imposibilidad de realizar una inspección In Situ, estoy seguro que el Director de Seguridad de la Capitanía, aceptaría una copia del certificado de navegabilidad con una declaración responsable del Patrón de que los equipos que figuran en el inventario están en buen estado de mantenimiento.

    Aunque a decir verdad, eso es lo que inspeccionan en las ITBs con lo que me parece algo redundante e innecesario.

    Por otra parte el requisito de embarcaciones de seguridad es grande. Pero esta objeción es sólo un desacuerdo referente a los medios necesarios, y no al espíritu del RD.

    Estos dos puntos son objeciones que entiendo que son tratables con la Administración, sólo requerirán de cierta coordinación interclubes para comenzar las negociaciones.


    Saludos.
    Rog
    Y a la voz de: " ¡¡ A por ellos, que son pocos y cobardes !!, se abalanzaron sobre el que suscribe..."

    Comentario


    • Re: Nuevo «Decreto Ley»

      Originalmente publicado por Capita Drake Ver Mensaje
      Roger. en el fondo estamos mas de acuerdo de lo que parece.

      En las zonas en que poner unas boyas pueda obstaculizar el trafico casi que habria que prohibir las regatas (o autorizarlas como algo excepcional -al igual que la carrera a nado cruzando el puerto de Barcelona-). Porque ¿que pasa si se autoriza una regata y despues se anuncia a capitania la llegada de un petrolero de esos?

      Lo que no puede es, con la excusa de proteger el trafico, generalizar el exigir autorizacion a regatas que no interfieren ese trafico. Son una actividad libre que deberia seguir siendo libre (con algunas regulaciones de seguridad razonables, en caso de ser necesario, cosa que hasta ahora creo que ha habido sintomas de que lo sea. Al menos a mi no me suena que haya habido desgracias por regatas mal organizadas). De otra forma se cae en el totalitarismo.

      Y esto no es una opinion mia improvisada. Si alguien quiere profundizar le recomiendo algunas obras del maestro Maurice Duverger, uno de los gurus del derecho constitucional europeo del siglo XX y que ha estudiado mas las relaciones entre el poder y los ciudadanos, y que ha tenido mucha influencia en la mayoria de constituciones europeas de la postguerra mundial, incluida la constitucion española (Sociologia Politica, Sobre la dictadura, La Republica de Ciudadanos, La idea de la Politica: los usos del poder en la sociedad).

      Yonavego. un matiz. el RD no dice que deban ser zodiacs. Creo que el unico requisito es un motor de mas de 25CV y tres tripulantes (sin especificar cualificacion). Basandose en eso, las regatas con grupo tripulado (por ejemplo, Ophiusa, que lo dijo en un post, o la que mencionas de la Cohimar) puede acordar con algunos participantes que sean considerados barcos de seguridad y abandonen la regata si se les requiere. El problema seria mas con las regatas de solitarios y a dos (porque ninguno lleva tres participantes). Quiza habra que inventar las regatas en solitario, a dos y a tres.

      Saludos,
      Bos días
      Crees que la Sidney-Hobart o la Fastnet se celeran sin la necesaria coordinación con las autoridades marítimas australiana y británica (y fijate que te hablo de países anglosajones, no de los amantes de las regulaciones gabachos)
      Porqué hay puertas SUR en la últimas vueltas al mundo? Porque Australia dijo que por debajo de una determinada latitud "pasa" de rescatar a esos locos con sus locos cacharros.
      Como ves, al final, cierto grado de autorización de los gestores de los recursos de salvamento marítimo lo tienen TODAS las regatas para celebrarse.
      Saúdos
      Una enorme ola espumosa salió de la bruma; se venía sobre el barco, rugiendo con salvajismo, y en el afán con que se precipitaba parecía tan terrible y escalofriante como un loco blandiendo un hacha.
      El negro del Narcissus. Joseph Conrad

      Comentario


      • Re: Nuevo «Decreto Ley»

        "Artículo 8. Obligaciones del coordinador de seguridad.

        1. Comprobar que todas las embarcaciones participantes en las pruebas, así como las adscritas a la entidad organizadora a fines de seguimiento y control de las pruebas, se encuentran en las debidas condiciones de mantenimiento y seguridad.

        a- No dice pedir papeles y certificados como hace con el seguro, dice COMPROBAR.
        Yo no voy a ir barco por barco a comprobar nada, vosotros sabréis con que barco queréis participar y en que estado esta, que ya sois mayorcitos y patrones. Pero lo que no acepto es ser responsable de vuestro barco y el daño que con el hagáis a vuestros tripulantes, otros barcos, etc..
        Tristemente, cuando existen reclamaciones económicas, todo el mundo busca “escurrir el bulto” y yo no pienso ser el “responsable civil subsidiario” de nada.
        Esto o se corrige o yo no organizo regatas. ( Bastaría con solo pedir papeles )"



        Artículo 14. Normas específicas de seguridad.

        2. Así mismo, si por las características de una concentración o tipo de prueba deportiva alguno de los requisitos exigidos por este reglamento en materia de seguridad se demostrara de imposible cumplimiento, la entidad organizadora, con al menos diez días de anticipación a la celebración del evento, podrá solicitar su supresión y sustitución por otros más acordes con las características del evento, siempre que se garantice la seguridad de las embarcaciones y de los participantes.
        En este último supuesto, el capitán marítimo resolverá, motivadamente, lo que proceda.

        Se me ocurre que el artículo 8 ... de difícil aplicación.
        Aplico el 14 y le digo al Capitán Marítimo que este punto, lo solucionamos con el "certificado de navegabilidad", que otorga la propia Capitanía a las embarcaciones deportivas y que nosotros exigiremos para la regata.

        Santo Cristo de Fisterra,
        Santo da barba dourada,
        danos o vento de popa
        pra pasal-a Touriñana!


        http://www.youtube.com/nordesio

        Comentario


        • Re: Nuevo «Decreto Ley»

          Una pregunta!

          ¿La regata Columbretes-Trofeo Cohimar ya se disputa bajo este reglamento?

          En su anuncio de regata dice explicitamente (punto 12) que los organizadores no asumen ninguna responsabilidad en accidentes, daños, molestias producidas durante la regata, este punto entiendo que es ilegal ya que la ley le obliga a asumir ciertas responsabilidades

          También habrá categoria de solitarios!

          ¿Va a autorizar el capitan marítimo una regata bajo estas condiciones?

          Otra duda, alguien me puede explicar el punto 11 respecto a seguridad, ¿esta vigente el reglamento al que hace referencia? ¿que significa categoria 4ª a nivel de seguridad?, ¿eso permite participar a veleros sin el despacho apropiado a la zona en que se va a navegar ya que esta en una competicion deportiva?. ¿Se puede "legalmente" participar en esta regata con el barco despachado en zona 4?

          Pego el pedazo del anuncio de regatas al que hago referencia


          11. SEGURETAT I MESURAMENT
          El Comitè de Regata pot procedir, si ho estima oportú, abans o després de la prova, a la inspecció dels elements de seguretat i/o mesures d’un o varis elements dels iots participants. A efectes de seguretat, aquesta regata serà considerada de Categoria 4ª segons les Regles Especials per a regates d’Alta Mar.


          12. RESPONSABILITATS
          Cap de les Entitats o persones que intervenen en l’organització, assumeix cap responsabilitat per qualsevol accident, pèrdua, danys o molèsties personals o materials que puguin ocórrer com a conseqüència de la celebració d’aquesta regata. El patró es l’únic responsable de la seva decisió de prendre o no la sortida o continuar en regata.


          Mundo Redondo
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          Es món és rodó WEB/BLOG
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          Comentario


          • Re: Nuevo «Decreto Ley»

            Por cierto se me olvidaba:

            "Artículo 20. Personas responsables.
            Serán responsables por la comisión de las infracciones las entidades organizadoras, los clubes y federaciones deportivas, los coordinadores de seguridad, los comités de regatas, los patrones de las embarcaciones y los tripulantes y demás personas embarcadas en las mismas, en los términos previstos en el artículo 118 de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre."

            Responsables... no culpables y aquí estamos todos, hasta los tripulantes. Cada uno con su responsabilidad.

            Santo Cristo de Fisterra,
            Santo da barba dourada,
            danos o vento de popa
            pra pasal-a Touriñana!


            http://www.youtube.com/nordesio

            Comentario


            • Re: Nuevo «Decreto Ley»

              Veras, yo intento diferenciar lo que es de lo que se permite, ya que en la practica, como expuse anteriormente, mientras no hay problemas, pues eso, no los hay.

              Yo que desayuno a veces con mossos al coincidir en el mismo bar, les pregunté sobre la continua de las costas del Garraf. Me dijeron que había una tolerancia para adelantar a los ciclistas.

              Pero que pasará si el ciclista hace un giro brusco y le das un golpe cuando lo estas pasando en continua??

              El texto del RD dice:
              Artículo 8. Obligaciones del coordinador de seguridad.
              Corresponde al coordinador de seguridad ejercer la dirección interna de las actividades preparatorias y de ejecución y desarrollo de la concentración náutica conmemorativa, a cuyo fin llevará a cabo las siguientes actuaciones:
              1. Comprobará que todas las embarcaciones participantes en el evento, y los equipos y aparatos de que deban estar dotadas, conforme a la legislación que le sea de aplicación, se encuentran en las debidas condiciones de mantenimiento y seguridad, así como que todos los certificados exigibles se hallan en vigor.
              3. Dispondrá la existencia de medios exteriores de ayuda y rescate que acompañen a las embarcaciones participantes en la concentración, en número suficiente para hacer frente a cualquier emergencia previsible durante su celebración, que en ningún caso será inferior a una embarcación de rescate por cada veinte embarcaciones participantes. Todo ello sin perjuicio de la presencia o no de servicios públicos de salvamento marítimo.
              Dichas embarcaciones serán de francobordo bajo, para facilitar el rescate desde el agua, y estarán dotadas de un motor de al menos 25 CVE de potencia propulsora. El único fin de dichas embarcaciones será preservar la seguridad del evento, irán tripuladas por al menos tres personas, y estarán a la escucha por el canal de seguridad en contacto con el coordinador de seguridad, dispuestas a intervenir a requerimiento del mismo y estarán distribuidas estratégicamente por la totalidad del área de la concentración, en las posiciones que al efecto se determinen por el coordinador de seguridad.
              Yo lo expongo como coordinador de seguridad que he sido de varias regatas.
              1- Ahora lo de que varias embarcaciones que estén inscritas en la regata sean de apoyo ya no me vale. Y debo distribuirlas entre el recorrido. Yo no se que entiendes tu por Franco bordo bajo, yo entiendo zodiacs o similares.
              2- Yo puedo pedir los certificados como se hacia hasta ahora, pero no iré a comprobar barco por barco si funcionan los equipos, les has puesto pilas, llevas los chalecos, etc..
              Para mi el fondo del problema del RD radica en que “se busca responsable” para lo que es responsabilidad individual de cada uno y como decía al principio de este post, mientras no exista problema, no lo hay. El resumen es muy sencillo, quieres ser el responsable de la próxima regata ??

              Comentario


              • Re: Nuevo «Decreto Ley»

                Efectivamente, Yonavego, el texto dice comprobará. Lo cual no tiene forzosamente que implicar una inspección In Situ.

                O al menos, así lo entiendo yo.

                Saludos.
                Rog
                Y a la voz de: " ¡¡ A por ellos, que son pocos y cobardes !!, se abalanzaron sobre el que suscribe..."

                Comentario


                • Re: Nuevo «Decreto Ley»

                  Originalmente publicado por Roger Rabbit Ver Mensaje
                  ...
                  Pones dos cuestiones diferentes sobre la mesa.

                  Una es la responsabilidad del coordinador de seguridad del evento, de inspeccionar In Situ el estado de las embarcaciones.

                  En mi opinión, del RD no se desprende necesariamente este extremo.
                  Existe un documento que se acepta oficialmente y se denomina Declaración Responsable.
                  Si el número de participantes es elevado, ante la imposibilidad de realizar una inspección In Situ, estoy seguro que el Director de Seguridad de la Capitanía, aceptaría una copia del certificado de navegabilidad con una declaración responsable del Patrón de que los equipos que figuran en el inventario están en buen estado de mantenimiento.

                  Aunque a decir verdad, eso es lo que inspeccionan en las ITBs con lo que me parece algo redundante e innecesario.
                  ...
                  Roger, ¿en qué lugar del RD está lo de la Declaración responsable?

                  Porque aquí de lo que se habla es de que tienes que cumplir lo que pone el RD, no de lo que me pueden aceptar, como tu suposición de que se aceptaría una declaración y tal y tal... Y ya en posts anteriores a éste ya te han dicho lo que pone la "ley" (RD).

                  ¿Que es lo que hemos de hacer, lo de hecha la ley, hecha la trampa?

                  Por otra parte, creo que conviene resaltar para los que "defendéis" que eso es más o menos lo que ya había que, además de que no es así, es que lo que había ya era absurdo. Perdón, puntualizo un poco más: estúpido.

                  Porque me parece muy bien que esté regulado que nadie puede montar un campo de regatas en un sitio de paso de cargueros, o en la bocana del puerto, o que se tengan que tener ciertas condiciones de seguridad, pero ¿que el capitán marítimo tenga que conceder una autorización expresa para que pueda celebrarse un acto en el cual se reúnen unos cuántos barcos a hacer un recorrido de 2' y cerca de la costa?: ¡por favor!.

                  Eso me recuerda la antigua normativa de despachos: los que ya peinamos alguna cana en lo de la náutica recordaremos que hace ya unos aprox. 20 años tenías la obligación de despachar el barco cada día que salías a navegar..

                  Si, si, los que no lo habéis vivido os parecerá guasa, pero se tenía (teóricamente) que ir a capitanía y que te sellasen el rol, diciendo que saldrías a tal hora y volverías a tal otra, dando cuenta y demás.

                  ¿A nadie le lleva ninguna similitud con lo ahora impuesto?

                  Insisto, me parece muy bien que el tema de concentraciones/regatas esté regulado. También me parece correcto que una regata de travesía con un recorrido de más de por ejemplo 15 - 20' (donde los barcos pueden dispersarse bastante y alejarse de la costa, etc.) se obligue a los organizadores a informar de la celebración y que ésta transcurra bajo una serie de medidas, pero para regatas que transcurren a máx. 3' de la costa, con un grupo reducido de barcos que están todo el rato en el campo visual de todos, etc: ¡por favor!

                  No quiero seguir para no extenderme más aún, pero como resumen quiero decir que lo que debería de haberse hecho es eliminar disposiciones obsoletas en vez de dar aún una vuelta de tuerca más al tema.

                  En el próximo RD me veo ante la obligación de presentarse vestidos de gala ante el capitán marítimo a todos los participantes antes de empezar la peligrosa prueba deportiva...
                  Buena proa!

                  Comentario


                  • Re: Nuevo «Decreto Ley»

                    Y como compruebo que te funciona la radio, la linterna alógena tiene pilas, llevas el reflector de radar y te funciona la bocina de niebla, además de pedirte el certificado de navegabilidad?

                    Lo de vestirse de gala, no creo. Pero obligación de llevar el arnés, no usar el móvil, solo usar el GPS si van más de 2 tripulantes, no ceñir más de 40 grados y que la inclinación del barco no supere el 45% de la obra viva. ¿?
                    Editado por última vez por Yonavego; 12/05/2008, 14:03:29.

                    Comentario


                    • Re: Nuevo «Decreto Ley»

                      Originalmente publicado por Capita Drake Ver Mensaje
                      Por otro lado, hay una cuestion de principios (menos practica) pero que a mi me indigna. Que haya que pedir permiso a un funcionario para realizar una actividad licita en mar abierto es propio de un pais totalitario, en que los ciudadanos no son libres y sus actividades privadas estan sometidas a control guvernamental. Es indignante. Punto. Si tu participas en un centro de activiades para jovenes tienes que pedir permiso a la Direccion General de Bosques cada vez que quieres hacer una excursion con los niños del centro? Pues porque tienes que pedir permiso al capitan maritimo para hacer una regata? Me gustaria saber en que paises europeos sucede que haya que "pedir permiso" para organizar una regata.

                      Pues eso Torredehercules

                      ... montar unas boyas un rato (es decir fondeandolas y luego retirandolas), que yo sepa no va en contra de nada... (y si me equivoco pedire perdon...)

                      Comentario


                      • Re: Nuevo «Decreto Ley»

                        Originalmente publicado por Keith11 Ver Mensaje
                        Pues eso Torredehercules

                        ... montar unas boyas un rato (es decir fondeandolas y luego retirandolas), que yo sepa no va en contra de nada... (y si me equivoco pedire perdon...)
                        Boas tardes
                        Pues como me gusta decir, depende.......... de donde montes las boyas
                        Y prefiero que el criterio de dónde es seguro montar las boyas y donde no lo es sea el criterio del responsable del Salvamento marítimo, no sólo del colocador de boyas
                        De la misma manera que si hay 20 barcos a 15 millas celebrando una regata, me parece lógico que el responsable del Salvamento marítimo que, eventualmente acudiría en su ayuda, tenga conocimiento por adelantado de dicha regata, para activar los recursos necesarios (evidentemente mayores a los necesarios si no hubiese regata)
                        Aquí todos somos muy libertarios y autoregulativos hasta que la cosa se pone chunga y llamamos a papá estado a que nos rescate (como los promotores inmobiliarios)
                        Saúdos
                        Una enorme ola espumosa salió de la bruma; se venía sobre el barco, rugiendo con salvajismo, y en el afán con que se precipitaba parecía tan terrible y escalofriante como un loco blandiendo un hacha.
                        El negro del Narcissus. Joseph Conrad

                        Comentario


                        • Re: Nuevo «Decreto Ley»

                          Originalmente publicado por TorredeHércules Ver Mensaje
                          Bos días
                          Crees que la Sidney-Hobart o la Fastnet se celeran sin la necesaria coordinación con las autoridades marítimas australiana y británica (y fijate que te hablo de países anglosajones, no de los amantes de las regulaciones gabachos)
                          Porqué hay puertas SUR en la últimas vueltas al mundo? Porque Australia dijo que por debajo de una determinada latitud "pasa" de rescatar a esos locos con sus locos cacharros.
                          Como ves, al final, cierto grado de autorización de los gestores de los recursos de salvamento marítimo lo tienen TODAS las regatas para celebrarse.
                          Saúdos
                          Si estas regatas que dices prefirieran disponer sus propios servcios de salvamanto podrian pasar perfectamente de esa exigencia de las autoridades australianas. Por lo que dices, lo que dijeron las autoridades australianas es "si vas mas abajo de determinada latitud no envio mi SM", y no "si vas mas abajo no te autorizo a hacer la regata". Insisto: no son autorizaciones. Estoy convencido.

                          Saludos,

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                          • Re: Nuevo «Decreto Ley»

                            Originalmente publicado por Roger Rabbit Ver Mensaje
                            Efectivamente, Yonavego, el texto dice comprobará. Lo cual no tiene forzosamente que implicar una inspección In Situ.

                            O al menos, así lo entiendo yo.

                            Saludos.
                            Rog

                            Efectivamente. Dice "comprobara", no "obtendra de cada armador una declaracion de que ...."

                            La cita dice "comprobara":
                            1. "que todas las embarcaciones participantes en el evento, y los equipos y aparatos de que deban estar dotadas, conforme a la legislación que le sea de aplicación, se encuentran en las debidas condiciones de mantenimiento y seguridad"
                            2. "así como que todos los certificados exigibles se hallan en vigor".

                            Lo de separar el parrafo en apartados numerados es cosa mia, para que quede claro que son dos comprobaciones diferentes. La primera requiere una inspeccion fisica.

                            Comentario


                            • Re: Nuevo «Decreto Ley»

                              Originalmente publicado por TorredeHércules Ver Mensaje
                              ...si hay 20 barcos a 15 millas celebrando una regata, me parece lógico que el responsable del Salvamento marítimo que, eventualmente acudiría en su ayuda, tenga conocimiento por adelantado de dicha regata, para activar los recursos necesarios (evidentemente mayores a los necesarios si no hubiese regata)...
                              No entiendo nada de nada...

                              ¿Quieres decir que por el sólo hecho de que es una regata ya se necesitan más recursos, o quizás es debido a que por el hecho de ser una regata, ya se incurre en un peligro? (quizás sí que somos unos descerebrados los que alguna vez hemos asistido a un acto tan peligroso).

                              Y en el caso de que haya una necesidad igual de recursos, entonces ¿porqué Salvamento Marítimo no tiene que estar altanto de 20 barcos que salgan de un puerto a navegar un domingo cualquiera?

                              Yo abogo para que en las bocanas de los puertos haya alguien controlando tal peligrosa práctica (la de navegar), y, en consecuencia, los domingos (entre semana no salen ni las gaviotas) vaya juntando los barcos que salen de 20 en 20, tras lo cual dé notificación a Capitanía (una vez revisados que todos cumplen todo lo que hay que cumplir) y asigne un barco de seguimiento.

                              ¿O vamos a permitir que esos barcos vayan desamparados navegando por dónde les dé la gana sin que nadie los controle?.

                              No hace falta que nadie responda a eso...
                              Buena proa!

                              Comentario


                              • Re: Nuevo «Decreto Ley»

                                Originalmente publicado por Atnem Ver Mensaje
                                No entiendo nada de nada...

                                ¿Quieres decir que por el sólo hecho de que es una regata ya se necesitan más recursos, o quizás es debido a que por el hecho de ser una regata, ya se incurre en un peligro? (quizás sí que somos unos descerebrados los que alguna vez hemos asistido a un acto tan peligroso).

                                Y en el caso de que haya una necesidad igual de recursos, entonces ¿porqué Salvamento Marítimo no tiene que estar altanto de 20 barcos que salgan de un puerto a navegar un domingo cualquiera?

                                Yo abogo para que en las bocanas de los puertos haya alguien controlando tal peligrosa práctica (la de navegar), y, en consecuencia, los domingos (entre semana no salen ni las gaviotas) vaya juntando los barcos que salen de 20 en 20, tras lo cual dé notificación a Capitanía (una vez revisados que todos cumplen todo lo que hay que cumplir) y asigne un barco de seguimiento.

                                ¿O vamos a permitir que esos barcos vayan desamparados navegando por dónde les dé la gana sin que nadie los controle?.


                                No hace falta que nadie responda a eso...
                                Peligroso post Atnem. No sé yo si entenderán tu fina ironía, pensarán que es una sugerencia y tendremos una revisión 1 del decreto.
                                Editado por última vez por chemamoreno; 12/05/2008, 20:45:10.
                                "Manzana in corpore zano" Yomismo

                                "Mesana in corpore sano" Asociación de Amigos del Ketch

                                "Mar sana y vivan las ranas" Un descerebrao que pasaba por aquí.


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                                http://www.chemamoreno.com

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