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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

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4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

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14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

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Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

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Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

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En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Trabajar en tu barco en los puertos andaluces

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  • #46
    Re: Trabajar en tu barco en los puertos andaluces

    Originalmente publicado por 0tilio Ver Mensaje
    ¿Cómorrr?

    Tal vez puedas pensar en hacerte un seguro de vida por si el barco te cae encima mientras das la patente, pero de ahí a que sea obligatorio....... De verdad que no veo la necesidad.
    En mi humilde opinión, si el barco se te cae encima es porque lo han calzado mal... y eso sí que no lo haces tú y no sería el primero que se cae.. así que la demanda contra el varadero (multimillonaria por burros, dicho sea de paso) está servida y ganada casi de antemano... diría yo...

    En cuanto a la seguridad... pienso que si, por ejemplo, no atas la escalera y te pegas un piñazo... la culpa es tuya, no de los responsables del varadero, igual que si te caes o te lesionas... aunque se pueda decir que responsabilidad civil, etc... pero existe la doctrina de los propios actos, es decir, tú no puedes actuar de forma incoherente con respecto a tus propios actos... si te subes a la cubierta de un barco que está a tres metros del suelo, sabes que te puedes caer... y punto.

    Me podría parecer lógico que se exigiese la adopción de ciertas medidas medidas de seguridad si vas a hacer bricobarco... pero dé ahí a decirte que una zona en la que pagas por estar, que se paga con tus impuestos, etc... es una zona de trabajo para profesionales... hay un abismo... además... basta irse a algunas explanadas para ver que los "profesionales" no adoptan todas las medidas de seguridad que debiera, yo no he visto a ninguno con casco en una zona en la que la posibilidad de que te caiga una llave inglesa desde una cubierta, por ejemplo, no es precisamente descartable... lo más que les veo hacer normalmente es ponerse monos apra no mancharse, gafas para no quedarse ciegos y mascarillas para no asfixiarse cuando pintan... pero poco más...

    a vuestra salud!!!!

    Comentario


    • #47
      Re: Trabajar en tu barco en los puertos andaluces

      Originalmente publicado por manolo g. Ver Mensaje
      Estimados tabernarios:

      Yo creo que todo quedaria resuelto, si el dueño del barco, firma una declaracion expresa de exencion de responsabilidad, hacia la APPA, algo de eso se firma cuando vas a subir el barco en el traveling.

      ................declaro ser el propietario de la embarcacion "Fulana" cuyos datos ya constan en la APPA, y voy a realizar tareas de mantenimiento y pintura en el barco de mi propiedad, bajo mi total y entera responsabilidad, exonerando a la APPA de cuandos daños, puedan ocasionarse al barco o a mi persona............

      creo que con algo asi, se solucionaria el problema, pero claro nos encontramos con los pseudo-funcionarios de la APPA y su habitual poderio

      manolo g.

      ...........lejos de la mar
      Pues yo más bien les exoneraría únicamente de los daños que se derivasen de mi actividad... porque con ese texto, se les cae el barco... y no ves un duro aunque no lo hayas tirado tú al suelo... y si te chafan al caérseles el barco del travelift... tampoco (cuando se supone que debieran de haberse asegurado que no estás ahí porque no puedes) ... o si se cae el barco por estar mal calzado... o si se cae el barco de al lado y se carga el tuyo...

      Tu idea es buena, pero hay que matizarla...

      a tu salud!!!

      Comentario


      • #48
        Re: Trabajar en tu barco en los puertos andaluces

        Originalmente publicado por Erice Ver Mensaje
        Pues, por increible que parezca si es la APPA y, por más increible aún que pudiese parecer, ninguna validez jurídica tiene un escrito eximiendo de cualquier responsabilidad futura a una administración pública por lo que pueda acaecer en las instalaciones que recaen en su esfera de acción.

        Y es así por una razón muy sencilla que el TS articula en su doctrina no a mayor beneficio de la administración sino del propio administrado, imagina que el ayuntamiento hace firmar a todos los vecinos que quieran acceder a un parque que le eximen de cualquier responsabilidad respecto de lo que pudiese suceder en el mismo y ello como requisito necesario para podr disfrutar de las instalaciones, el que se rompiese la pierna por el mal estado de las mismas, a reclamar al maestro armero (ya se que el ejemplo es peregrino, pero es a efectos de clarificar la cuestión con un caso sin ambajes).

        En definitiva, un varadero es un centro de trabajo y, a mayor abundamiento, en el caso de los de los puertos del APPA, de propiedad pública por lo que, en buena lógica jurídica, las reglas garantistas en materia de seguridad deben llevarse a su extremo, nos guste o no, posiblemente a los millones de andaluces que no tienen barco no les gustaría que con sus impuestos se abonase la indemnización millonaria de un armador que hacía arreglos en su barco, firmó una renuncia a exigir responsabilidades pero, después de su grave accidente, sabiamente aconsejado por su abogado abogó por meter una reclamación patrimonial sustanciosa contra la Junta, jejeje.

        Un saludo y más para el rollo, que llevo un día para que me echen de la taberna.

        Estimado Erice,

        Como profesional del derecho, no creas que no comparto buena parte de tus reflexiones y argumentos, y que mi lucha es más por lo que creo que debería ser que por lo que realmente crea que es.

        Sin embargo, hay datos objetivos que avalan lo dicho por algunos cofrades, que abogan por una declaración exonerativa de responsabilidad. Me refiero al documento que te hacen firmar cuando contratas las operaciones de varada y botadura; no los tengo delante, y no puedo afirmarlo con rotundidad, pero creo recordar que firmas, si no una exoneración, sí una asunción plena de responsabilidad por los daños que se puedan causar en tu embarcación.

        Es más: sin la presencia del armador (o persona autorizada por éste) dentro del barco, no se hace ninguna operación de varada ni de botadura. Y eso significa que tú como armador intervienes personal y directamente en operaciones que el Reglamento de Uso de Varaderos "prohibe" (según algunos, yo no lo tengo tan claro, y de ahí mi lucha) que sean hechas por particulares.

        Seguiremos en la lucha.

        No job, no problem. No money, no problem. NO WIND, BIG PROBLEM.

        Socio 319

        Comentario


        • #49
          Re: Trabajar en tu barco en los puertos andaluces

          Yo veo un poco esto como pasa en los hospitales cuando te tienen que operar, se debería de sacar la opción del papel firmado que exime a la empresa explotadora del varadero si pasa cualquier cosa con el patrón que quiera curraselo solo en el barco, es decir quieres pasar al varadero y jugártela firma aquí , te dejaran (cuando haya sitio) el barco en un lugar del varadero habilitado solo para no profesionales, otra opción :que quieres dejar el asunto en manos de expertos profesionales que corren con seguro etc etc etc... firma aquí que tu barco pasará a la zona de profesionales del varadero y ya te llamaremos para que recojas las llaves de tu barco en la "ofi". Mi modesta opinion...y todo el mundo contento

          Comentario


          • #50
            Re: Trabajar en tu barco en los puertos andaluces

            Muy bueno el debate

            Yo también estoy afectado por el nuevo Reglamento de la APPA: como casi todos los cofrades suelo (¿solía?) aprovechar los tiempos de varada para hacer yo mismo algunos trabajos.

            Por eso sigo este interesante tema, y agradezco de verdad la forma y el fondo de las aportaciones: la mayoría son racionales, bien argumentadas, respetuosas con las opiniones de los demás...espero que siga así.

            Y como no entiendo de leyes pero me siento perjudicado por ese Reglamento, podéis contar conmigo para cuantas acciones (legales, claro) puedan emprenderse, ya sean ante los tribunales (aunque me pese, creo que Erice tiene razón al decir que es difícil que prospere) o ante la misma APPA.

            Pero en cualquier caso creo que deberían ser acciones coordinadas para que puedan tener posibilidades de tener éxito.

            Enhorabuena de nuevo a todos.

            Comentario


            • #51
              Re: Trabajar en tu barco en los puertos andaluces

              Hola a todos:

              Me parece interesantísimo este debate, tan solo un apunte mas, no soy abogado y entiendo de leyes lo justo pero con el poco conocimiento que tengo de esto y después de leer la ley (BOJA nº 74 del 15 de abril del 2008) la ley no dice que el usuario deportivo no pueda realizar reparaciones en su barco, lo que dice que para acceder a la zona de varadero se necesita un permiso que ha de conceder la APPA.

              En un documento que esta colgado el la pag. web de la APPA, firmado por D.Luis Garraton, director de explotación, es donde dice, aplicando la ley, que si tu pides un permiso para arreglar tu barco no te lo van a dar. Por lo que bajo mi punto de vista la APPA hace una política defensiva con medidas desproporcionadas, ignorando y pasando por alto una vez mas la opinión de los usuarios e ignorando igualmente la realidad de esta afición que es que muchos usuarios realizan ellos mismos labores de mantenimiento en sus embarcaciones, y que con estas medidas y de rebote protegen y arropan a las empresas que se ubican en sus instalaciones obligando a los usuarios a tener que contratar sus servicios, por lo que también coincido con aquellos compañeros que piden asociación y negociación.

              Creo que esta batalla no esta perdida y creo también que estas acciones han de servir para que dejemos abiertos unos canales de comunicación con la administración que sirvan para acometer otros muchos y graves problemas que presentan las instalaciones y que el usuario deportivo deje de ser el doliente y el sujeto pasivo sobre el que hacer recaer todos los inconvenientes y las limitaciones.

              Contad conmigo.

              Comentario


              • #52
                Re: Trabajar en tu barco en los puertos andaluces

                Siento discrepar contigo VIENTOVERDE, en lo referente a lo que establece el Reglamento, aunque esté plenamente de acuerdo en todo lo que a continuación expones.

                El Reglamento de Explotación de Varaderos de la EPPA (ahora APPA) dice textualmente:

                Artículo 18. Seguridad y salud.

                1. Los interesados que soliciten prestar servicios en el interior de varadero, sin perjuicio de los requisitos generales, deberán presentar ante la Agencia Pública de Puertos de Andalucía la siguiente documentación relativa a la seguridad de su actividad y la evitación de riesgos, y sin cuya aportación no se conferirá la autorización o concesión solicitada:

                a) Evaluación de Riesgos Laborales.

                b) Plan de Prevención de Riesgos Laborales.

                c) Planificación de la Actividad Preventiva.

                d) Listado de las personas que, bajo su dirección, realicen las operaciones [Parte de alta en Seguridad Social, autónomos o régimen general].

                e) Listado de los equipos de trabajo, productos y sustancias químicas, medidas de prevención colectivas y equipos de protección individual que deban ser aplicados por el empresario, así como información de los riesgos que genere su actividad a otros trabajadores y usuarios de puerto.

                f) Acreditación del modelo de prevención de que dispone el empresario [(personalmente por el empresario, trabajador (es) designados o servicio de prevención (propio o ajeno))].

                g) Acreditación disponen de las autorizaciones, licencias u otros documentos necesarias para el ejercicio de la actividad. Igualmente queda obligado a acreditar la vigencia de las mismas, en cualquier momento en que sea requerido por la Agencia.

                2. Antes de acceder por primera vez, tras el otorgamiento del título habilitante, a la zona acotada mostrará o tendrá disponible la documentación siguiente para mostrarla a cualquier agente de la Administración del Sistema Portuario de Andalucía:

                a) Listado de las personas que, bajo su dirección, realicen las operaciones para las que se les autorizó [Parte de alta en Seguridad Social, autónomos o régimen general, TC1 y TC2] e identificación de ellas.

                b) Listado e identificación de todos aquellos vehículos, remolques y otros equipos móviles o maquinaria, en caso ser diferentes a los entregados con la solicitud de autorización.

                c) Certificado de la Inspección Técnica de Vehículos o de la Declaración de Conformidad Europea (Real Decreto 1435/1992) o, en su caso, del Certificado por Organismo de Control Autorizado correspondiente a la adecuación al Real Decreto 1215/1997.

                Dime tú si, según esta redacción, merece la pena obtener tal cúmulo de documentos para dar nosotros mismos la patente. De locos, vamos.

                Insisto, este tema no se puede solucionar vía recursos ante los Tribunales. Yo no le veo resquicios por dónde meter mano.

                Este es un tema a solucionar POLÍTICAMENTE, argumentando y convenciendo a la Directora Gerente de la APPA del perjuicio generado a miles de modestos propietarios de embarcaciones de recreo que no pueden asumir el coste de la varada + el coste de una empresa especializada.

                Es, en definitiva, un tema SOCIAL y ese debe ser nuestro principal argumento. Así lo veo yo.
                Editado por última vez por Invitado; 23/01/2009, 20:44:40.

                Comentario


                • #53
                  Re: Trabajar en tu barco en los puertos andaluces

                  Digo yo que el puerto tiene que tener un seguro, ya que la grua, la varada y el apuntalamiento lo realiza personal del puerto teoricamente cualificado, y creo nos cobran hasta el ultimo centimo, no perdonan ni una,por m2, por tiempo, por sacarla, por meterla. creo que tendriamos que pedir un certificado de varada que el barco esta en condiciones para poder trabajar tanto fuera de el como dentro, y asi cubrirse en caso de accidente, como comentaba un cofrade antes es un hobby, un trabajo no remunerado, entiendo que tendremos que tomar las medidas de seguridad pertinente, pero si me pasa algo no voy a la mutua, me ire a urgencias y si preguntan estaba trabajando para mi en mi barca. No se encuentro que desdeel punto de vista legal no van a j-der vivos, pero luego esta cada puerto es diferente. A mi por ejemplo me dejan entrar el vehiculo en la zona de varada solo para descargar herramienta, pero no se han puesto cazurros con el tema aqui en las baleares.

                  Comentario


                  • #54
                    Re: Trabajar en tu barco en los puertos andaluces

                    Originalmente publicado por TINGIS Ver Mensaje
                    Artículo 18. Seguridad y salud.

                    [I]1. Los interesados que soliciten prestar servicios en el interior de varadero,
                    Vamos a ver, yo no entiendo mucho de leyes tampoco, pero esta redacción no parece referida a nada que el propietario pudiera realizar en su embarcación, sino que regula las condiciones para que terceras personas puedan hacerlo, ¿no?

                    ¿No puede ser ésto un resquicio, Tingis?
                    Las alegrías de un marino son tan simples como las de un niño.
                    Bernard Moitessier

                    Saludos,
                    Mac.

                    Comentario


                    • #55
                      Re: Trabajar en tu barco en los puertos andaluces

                      Yo creo que lo mejor es que antes de nada alguien compruebe con D.Luis Garraton como plantean el tema, pues estoy con el cofrade que esto mas bien parece dirigido a "los profesionales" que desean "prestar" sus servicios a terceros. Eso me pareceria lógico.
                      Saludos
                      LORDRAKE
                      El GRAN AZUL

                      Comentario


                      • #56
                        Re: Trabajar en tu barco en los puertos andaluces

                        Es que no quiero publicar el Reglamento completo, pero en relación a tu pregunta, aquí tienes la respuesta:

                        Artículo 2. Definiciones.

                        1. A los efectos del presente reglamento, se establecen las siguientes definiciones:
                        ....
                        b) Usuario Del Varadero: Quien solicite autorización o disponga de ella para el acceso al varadero. Los usuarios del varadero podrán ser:

                        - Usuario deportivo: Propietario de una embarcación deportiva, titular del derecho de uso preferente de atraque de una embarcación deportiva o usuarios de la embarcación autorizados por la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, a solicitud de aquellos.

                        Artículo 9. Acceso a varadero.

                        1. El acceso a varadero está restringido a aquellas personas y vehículos expresamente autorizados por la Agencia Pública de Puertos de Andalucía.

                        Y el artículo 18 transcrito anteriormente habla de:

                        Artículo 18. Seguridad y salud.

                        1. Los interesados que soliciten prestar servicios en el interior de varadero, sin perjuicio de los requisitos generales,....

                        Es decir, el Reglamento no habla de "terceros" habla de "interesados que soliciten prestar servicios" y nosotros (los armadores de embarcaciones de recreo) entramos en el concepto de INTERESADOS en prestar servicios,en nuestro barco SÍ, pero prestando servicios DENTRO DEL VARADERO.

                        Vamos, yo lo veo claro. Y esta interpretación es la que está aplicando la APPA.

                        P.D. Que conste que estoy haciendo de "abogado del diablo", no que esté en absoluto de acuerdo con este Reglamento...ehhh!!

                        Comentario


                        • #57
                          Re: Trabajar en tu barco en los puertos andaluces

                          Pues por ahí creo que hay que hilar TINGIS, por ese huequecillo, nosotros no prestamos ningun servicio en el varadero, ese concepto lo aplica la ley de protección para los profesionales. Hay que luchar esto, ya que me temo que como obliguen a las nauticas a realizar todo ese papeleo las cosas se van a encarecer desmedidamente, se van a crear una especie de monopolio que ayudara a lo anterior y además las pocas empresas que puedean cumplir la reglamentación no daran abasto y las esperas para dar patentes seran de aupa...
                          Saludos
                          LORDRAKE
                          Editado por última vez por LORDRAKE; 23/01/2009, 21:30:03.
                          El GRAN AZUL

                          Comentario


                          • #58
                            Re: Trabajar en tu barco en los puertos andaluces

                            Brindo por tí: Ron u lo que sea para todos y para todas, ( ¿se dice así ahora? ).
                            Así tendríamos que hacer todos.
                            joao.

                            Comentario


                            • #59
                              Re: Trabajar en tu barco en los puertos andaluces

                              En el Puerto de Rota veo a particulares trabajando en su barco

                              SALUDOS A TODOS
                              INSTRUCTOR BUCEO FEDAS


                              http://dosvelas.jimdo.com/

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                              • #60
                                Re: Trabajar en tu barco en los puertos andaluces

                                Desde aqui hago un llamamiento a todos los cofrades y especialmente a los Andaluces para que se apunten en ANAVRE : demos fuerza a nuestra asociación para que nos pueda proteger ante estas cosas. Si no te afecta porque encargas los trabajos, tranquilo te afectaran otras medidas que tomen en el futuro...
                                Ya esta bien de dudas y tibiezas, si no unimos ahora nuestras fuerzas, esta gente hara lo que quiera con nosostros, por favor pensadlo.
                                Cada sociedad tiene lo que se merece, es esto realmente lo que nos merecemos??
                                ANAVRE ya , privado a CIRCE con tus datos ya sabes, solo un pequeño esfuerzo, 30 € al año...
                                Por favor amigos...
                                Saludos
                                LORDRAKE
                                El GRAN AZUL

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                                Trabajando...
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